Atrás Entrevista del Fiscal Alfonso Aya Onsalo, delegado para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación

05 de julio de 2019

Entrevista del Fiscal Alfonso Aya Onsalo, delegado para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación

¿Qué recomienda hacer a una persona que haya sido agredida de cualquier forma por su condición sexual?

Todas las Fiscalías están abiertas a la recepción de denuncias que presente cualquier persona que haya sido agredida, y en especial, en el motivo que ahora nos concita, aquellas que sean del colectivo LGTBI, que hayan recibido una agresión.

En todas las Fiscalías Provinciales hay un fiscal especializado en delitos de odio y contra la discriminación abierto a recibir estas denuncias, a recibir a la persona agredida”.

 

¿Cómo trabaja la Fiscalía a la hora de investigar delitos de odio?

Lo primero es el conocimiento del hecho, bien sea a través de un atestado o de una denuncia. Ahí hay un problema y es que mucha gente no quiere denunciar agresiones por la condición del agredido de ser LGTBI, y por eso no nos llega la denuncia a la Fiscalía. Lo que pedimos es que nos ayuden al ejercicio de nuestra función presentando esas denuncias, bien sea directamente a Fiscalía, o bien a través de los colectivos que agrupan y que defienden, que representan de alguna manera a todos estos colectivos. Esas entidades que se pongan en contacto con la Fiscalía, bien directamente o a través de las entidades. Pero que nos llegue a Fiscalía los asuntos para poder tratarlos.

 

¿Cómo califica el actual Código Penal estas agresiones?
 

Una agresión que no tenga un resultado grave, que puede ser unas amenazas, unas patadas, puede quedar en un delito leve o prácticamente en nada, en unas amenazas. Mientras que, si es producida por un motivo discriminatorio, entonces es constitutivo de un delito de mayor gravedad y por lo tanto la justicia lo toma con mucha más gravedad e importancia, y puede llegar a ser un delito grave”.

 

La Circular de la Fiscalía General del Estado sobre pautas para interpretarlos delitos de odio tipificados en el art. 510 CP, ¿en qué medida ayuda en el trabajo cotidiano de los fiscales?

“La Circular que se ha publicado sobre los delitos de odio es fruto de una reflexión tanto de todos los fiscales especialistas de toda España como de la Junta de Fiscales de Sala, es decir, es un trabajo muy elaborado y supone un instrumento para unificar los criterios que puedan tener todos los fiscales de toda España para ver dónde está el delito y dónde es una libertad de expresión, y dónde es una expresión incómoda pero no constitutiva de delito”.

 

 

 

En todas las Fiscalías Provinciales hay un fiscal especializado en delitos de odio y contra la discriminación abierto a recibir estas denuncias, a recibir a la persona agredida "
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