Atrás La Fiscalía Anticorrupción da por concluida la investigación en dos piezas de la llamada "Operación Tándem"

05 de mayo de 2020

La Fiscalía Anticorrupción da por concluida la investigación en dos piezas de la llamada "Operación Tándem"

La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada ha solicitado hoy al Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional la conclusión de la instrucción de dos de las Piezas Separadas de las Diligencias Previas nº 96/17 -causa conocida como Operación Tándem- en sendos dictámenes por los que interesa su continuación por los trámites del Procedimiento Abreviado. Una vez abierta, en su caso, esta fase intermedia del procedimiento, se procederá a presentar de manera inmediata los correspondientes escritos de acusación.

Así, en la en la Pieza Separada nº 2 -Proyecto Iron- se pretende la formulación de acusación contra catorce investigados, además de contra una persona jurídica investigada, por los delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos, tráfico de influencias y falsedad en documento mercantil.

En la Pieza Separada nº 3 -Proyecto Land-, la nueva fase procesal permitirá dirigir la acusación contra siete investigados y contra otras tres personas jurídicas investigadas, por delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y falsedad en documento mercantil.

De este modo, la formación de Piezas Separadas impulsada por el Ministerio Fiscal desde el inicio de la instrucción y acordada por el Instructor, va a permitir en esta causa de extraordinaria complejidad, incluso con anterioridad al agotamiento de sus plazos, el pronto enjuiciamiento por muy diversos delitos de los principales miembros de la presunta organización criminal que fue objeto de la querella presentada por esta Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada en el mes de noviembre de 2017.
 
Tras el período de suspensión de plazos y términos procesales derivados de la declaración del estado de alarma, el reciente Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, acuerda el reinicio del cómputo de los plazos de instrucción con la finalidad de proporcionar seguridad jurídica y procurar una salida ágil a la acumulación de los procedimientos suspendidos. Esta norma, respetuosa con la jurisprudencia constitucional y los derechos consagrados en los artículos 24 de la Constitución española y 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, disipa la incertidumbre de las personas investigadas a fin de que puedan acreditar su inocencia o la disminución de su culpabilidad en los plazos legalmente previstos para la investigación judicial.

 

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