Atrás La Consulta 1/2015 informa sobre el acceso al contenido de las Diligencias practicadas por las Fiscalías

19 de noviembre de 2015

La Consulta 1/2015 informa sobre el acceso al contenido de las Diligencias practicadas por las Fiscalías

 

 

La Fiscalía General del Estado ha remitido la Consulta 1/2015 en la que ofrece a las diferentes Fiscalías pautas generales acerca del acceso al contenido de las Diligencias de Investigación practicadas por las Fiscalías por quien invoca un interés legítimo.

El interés de la Consulta viene determinado por el notable incremento de la actividad investigadora del Ministerio Fiscal, en asuntos de trascendencia social y de mayor complejidad.

Como norma general, las Diligencias de Investigación practicadas por la Fiscalía son de carácter reservado, y habrá que valorar su estado -en trámite o archivadas-, para determinar si se facilita su contenido a quien lo solicite.

La actividad investigadora del Fiscal está íntimamente vinculada al proceso penal, puesto que es su antesala, por lo que el régimen jurídico aplicable será el mismo de las actuaciones judiciales.

Los Fiscales podrán informar a la opinión pública durante la tramitación de las Diligencias de Investigación, en cumplimiento del art. 4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, siempre respetando los deberes de reserva y velando porque tal información no perjudique los fines de la investigación, la intimidad, la seguridad de las personas o los derechos del investigado o de terceros.

Respecto de las Diligencias de Investigación archivadas que han dado lugar a una denuncia o querella, los Fiscales remitirán las peticiones de información sobre dichas Diligencias al juzgado que esté tramitando la denuncia para que decida. En lo referido a las Diligencias que han sido archivadas y no hayan sido judicializadas, los Fiscales deberán valorar el interés legítimo expuesto por el solicitante, el tipo de documentación recabada por la Fiscalía que solicite, y los derechos fundamentales en juego, entre ellos el derecho a la tutela judicial efectiva del interesado.

La concesión o denegación de acceso a las diligencias de investigación tendrá forma de decreto y se hará de forma motivada. El decreto del Fiscal sobre el acceso a unas diligencias en trámite es irrecurrible. El decreto sobre unas Diligencias archivadas puede ser recurrido en alzada ante el superior jerárquico y admite un posterior control jurisdiccional.

   

 CONSULTA 1/2015

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