Juzgado 6 de Tarragona declara la vulneración del derecho a la intimidad de un menor, en un programa de RTVE
Atrás Juzgado 6 de Tarragona declara la vulneración del derecho a la intimidad de un menor, en un programa de RTVE
Juzgado 6 de Tarragona declara la vulneración del derecho a la intimidad de un menor, en un programa de RTVE
El pasado 17 de junio de 2014, el Ministerio Fiscal interpuso demanda ante el Juzgado nº6 de Tarragona en referencia a unas imágenes emitidas en el programa “Entre Todos” de las sobremesas de Televisión española.
La demanda iba dirigida contra la Corporación Radio Televisión Española, RTVE, y la productora PROAMAGNA, al considerar que una de las emisiones del programa vulneraba el derecho a la intimidad y propia imagen de un menor con discapacidad.
Así, el Fiscal solicitó al Juzgado no sólo que se declarase la vulneración del derecho a la intimidad e imagen del menor, sino también la publicación de la sentencia en un programa de TVE de igual relevancia, la retirada del programa de sus formatos digitales, el pago de una indemnización de 15.000 euros más intereses y la condena en costas de las codemandadas.
Con todo, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Tarragona ha estimado parcialmente la demanda interpuesta y tras declarar que sí existió vulneración, ha condenado a RTVE y a la productora a la retirada del programa de la web de RTVE, —si bien, el ente público quiso de manera voluntaria retirar este programa al recibir la demanda—.
Con respecto a la imagen del menor, el Juzgado considera que era “fácilmente identificable” pues se facilitaron los nombres y apellidos del padre así como las iniciales del niño que aparecía “débilmente pixelado” mientras que el resto de la imagen quedaba a la vista del espectador.
La sentencia también apunta que las informaciones facilitadas en el programa utilizaban “un mecanismo de morbo, que era la tónica para garantizar una audiencia”. El programa trataba casos de personas en una difícil situación económica en los que se solicitaba a la audiencia una ayuda económica para los afectados.
“Entre Todos” se emitió desde el 26 de agosto de 2013 hasta que fue retirado de la parrilla el 27 de junio de 2014, en medio de fuertes críticas de diversos colectivos sociales.
En cuanto al resto de las peticiones, la sentencia las desestima, incluida la petición de publicación de la sentencia en un programa de TVE, el pago de las costas originadas por el procedimiento y la solicitud del pago de una indemnización de 15.000 euros. Respecto a esta última petición, la indemnización solicitada por daños morales, la sentencia expresamente declara que no se aprecia daño moral en el menor por lo que no procede fijar cantidad alguna en concepto de indemnización.
Fiscalia y CERMI
Para extremar la protección hacia este colectivo de menores, la Fiscalía tiene un compromiso de colaboración con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en materia de derecho de protección de la imagen de las niñas y niños con discapacidad en los medios de Comunicación.
La Comisión de seguimiento de este Convenio, —formada por dos representantes de cada una de las partes, para velar por el correcto desarrollo y ejecución del mismo—, fueron los que llamaron la atención en este caso sobre la posible vulneración de los derechos de intimidad del menor con discapacidad.
Hay que recordar que una de las competencias del Ministerio Fiscal es la de la protección de los menores contra injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o ataques a su honra y reputación tal y como establecen tanto la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.