Atrás La Fiscalía abre por primera vez diligencias de investigación por torturas durante el franquismo

03 de abril de 2025

La Fiscalía abre por primera vez diligencias de investigación por torturas durante el franquismo

 

La Fiscalía de Barcelona, en coordinación con la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, ha abierto por primera vez diligencias penales para investigar las torturas perpetradas durante el franquismo por miembros de la llamada Brigada Político-Social en dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Vía Laietana (Barcelona).

Las diligencias de investigación se incoaron como consecuencia de la denuncia interpuesta por la víctima por los malos tratos físicos y psíquicos que le fueron infligidos durante su detención en febrero de 1977, en el marco de represión sistemática por motivos políticos impuesto por el régimen dictatorial.

El Decreto de incoación se fundamenta en la obligación establecida por la Ley de Memoria Democrática de “realizar una investigación efectiva que satisfaga el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, principios estos que son pilares del Derecho Internacional de los Derechos Humanos” y que se integran en el derecho a la tutela judicial efectiva por el art. 10.2 de la Constitución.

Asimismo, el Decreto analiza la concurrencia en el caso de los requisitos objetivos, temporales y contextuales que se exigen para la aplicación de la Ley de Memoria Democrática: que se trate de graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos o del Derecho Internacional Humanitario; que los hechos se hayan producido con ocasión del golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la guerra y la dictadura, hasta la entrada en vigor de la Constitución Española el 29 de diciembre de 1978; y que los mismos hayan sido perpetrados en el contexto de un régimen institucionalizado de represión contra la población civil, en este caso por motivos políticos.

El Ministerio Fiscal, en actuaciones anteriores, ya había sostenido el criterio de que, en aplicación de la nueva ley, es necesario llevar a cabo una investigación efectiva cuya finalidad última no tiene por qué ser la persecución penal, sino garantizar a las víctimas sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, con independencia del resultado final del proceso.
 

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