Atrás La Fiscal General convoca a las asociaciones de fiscales a una reunión sobre cuestiones de prevención de riesgos laborales en la Carrera Fiscal

06 de noviembre de 2020

La Fiscal General convoca a las asociaciones de fiscales a una reunión sobre cuestiones de prevención de riesgos laborales en la Carrera Fiscal

La Fiscal General del Estado ha convocado a las tres asociaciones de fiscales a una reunión el próximo día 12 de noviembre con objeto de abordar cuestiones relativas a la prevención de riesgos laborales en la Carrera Fiscal y escuchar las propuestas y opiniones de las asociaciones en la materia.

Desde el inicio de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19, el máximo interés de la Fiscalía General del Estado ha estado y está dirigido a preservar, dentro de sus competencias organizativas, la salud tanto de los/as fiscales como de los/as funcionarios/as de la Administración de Justicia que sirven en las fiscalías.

A tal fin la Fiscal General dictó nueve Decretos, el primero, el 10 de marzo- antes de la declaración del estado de alarma por Real Decreto de 14 de marzo de 2020-, y el último en fecha 27 de octubre de 2020. En ellos se abordan criterios organizativos para la protección de colectivos vulnerables, la conciliación familiar, el teletrabajo y la mayor utilización de las videoconferencias, muchos de ellos acogidos en la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (1).

Las competencias en materia de prevención laboral están atribuidas al Ministerio de Justicia en base en el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo. El artículo 4, 1. h atribuye a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, bajo la dirección de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, la coordinación de la prevención de riesgos laborales.

La solicitud de creación de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales no es una nueva iniciativa. En el año 2015, la Fiscalía General dio traslado al Ministerio de Justicia de tal petición, pues es el competente para su creación tras los trámites oportunos con los Ministerios de Función Pública y Hacienda, solicitándose también la formalización de un Convenio de Prevención entre ambas Instituciones. La respuesta del Ministerio de Justicia en aquel momento fue negativa, y de ello tuvo conocimiento tanto la Comisión de Prevención de Riesgos de la Fiscalía General como el Consejo Fiscal, órganos colegiados que cuentan con representación asociativa.

En la actualidad, el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial han traslado a la Fiscalía General del Estado su intención de integrarla en el nuevo Convenio de Prevención que están elaborando al haber caducado el anterior.

La determinación de las cargas de trabajo es igualmente una constante aspiración de la Fiscalía General del Estado. Conviene resaltar que en este ámbito también se deben respetar las competencias conferidas en la legislación. Por tanto, un sistema de racionalización, organización y medición del trabajo de los puestos de trabajo de la carrera fiscal, debe elaborarse juntamente con el Ministerio de Justicia y en su caso de las Comunidades Autónomas, según indica el art. 560 de la LOPJ, de acuerdo con la Ley Orgánica 4/2013.

En el presente momento, tanto la Fiscalía General del Estado como el Ministerio de Justicia están de acuerdo en la necesidad de elaborar los citados sistemas, y en este sentido todas las aportaciones que vayan encaminadas a conseguir su efectiva implantación serán muy valoradas.

La Fiscal General del Estado se compromete a continuar impulsando las medidas que sean competencia de la Fiscalía General y apoyando la adopción de aquellas atribuidas al Ministerio de Justicia y, en su caso, las Comunidades Autónomas.

 

(1) 1.- Decreto de 10 de marzo de 2020, por el que se dictan instrucciones sobre suspensión de actuaciones, uso de medios telemáticos y organización de las Fiscalías.
2.- Decreto de 14 de marzo de 20202, de regulación de la emergencia sanitaria y definición de servicios esenciales.
3.- Decreto de 19 de marzo de 2020, sobre el uso de videoconferencias.
4.-Decreto de 27 de marzo de 2020, recordatorio sobre los servicios esenciales y las medidas de seguridad ante el COVID19.
5.- Decreto de 15 de abril de 2020, sobre reordenación de los servicios para asegurar la prestación del servicio público.
6.- Decreto de 20 de abril, para garantizar la presentación por el Ministerio Fiscal del servicio público constitucionalmente asignado.  
7.- Decreto de 30 de abril de 2020, sobre la organización de los servicios de las fiscalías en el nuevo escenario abierto tras la publicación del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril
8.- Decreto de 3 de junio de 2020, sobre la reactivación de la actividad judicial y la reincorporación de la plantilla.
9.- Decreto de 27 de octubre de 2020, con motivo del Real Decreto 926/2020, de 25 octubre.  

 

 

OTRAS NOTICIAS
08 de marzo de 2017 Visita de una delegación de Amnistia Internacional Seguir leyendo
22 de enero de 2018 Las Fiscalías de España y Palestina firman un acuerdo de colaboración Seguir leyendo
18 de enero de 2017 La Asociación Víctimas del Terrorismo explica en Fiscalía su línea de actuación Seguir leyendo