Atrás Javier Huete, Fiscal de Menores: “Hay saturación en los centros porque en 2018 la llegada de los MENA a territorio nacional ha crecido mucho”

20 de noviembre de 2019

Javier Huete, Fiscal de Menores: “Hay saturación en los centros porque en 2018 la llegada de los MENA a territorio nacional ha crecido mucho”

Con motivo del Día Universal del Niño, entrevistamos al Fiscal de Sala Coordinador de Menores, Javier Huete.

¿Qué impresión puede sacar de sus visitas o la de los fiscales de Menores, a los llamados MENAS y cuál es la relación de la Fiscalía con estos centros?

La Unidad de Menores de la Fiscalía General del Estado no desarrolla, como función específica, visitas de inspección a centros de protección de menores, sino que, de conformidad con lo establecido en la instrucción 3/2008 sobre el Fiscal de Sala Coordinador de Menores y las Secciones de Menores, (Apartado III. 4, Cometidos de la Sección de Menores en materia de protección y derechos fundamentales) en el número 12, se señala como una de las funciones de las Secciones de Menores la de visitar periódicamente los Centros de Protección de Menores (art. 21.4 LOPJM), inspeccionando las instalaciones, las medidas de seguridad e higiene y entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias que se observen. En caso de que las disfunciones comunicadas a la Autoridad Autonómica competente no sean corregidas en plazo razonable, atendidas las circunstancias en cada caso concurrentes, la Sección, a través del Fiscal Jefe, lo pondrá en conocimiento del Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma y del Fiscal de Sala Coordinador.

Por lo tanto, el conocimiento de la situación de los centros de protección, donde se encuentran acogidos los menores extranjeros no acompañados, se deriva de las comunicaciones de los Fiscales Delegados tras la realización de las visitas periódicas que realizan.

En este sentido, señalar que los Centros de protección y de primera acogida para menores, lo son respecto de cualesquiera menores, independientemente de que sean o no MENA.  

En el pasado año 2018 la llegada de menores no acompañados a territorio nacional ha crecido mucho, ello ha conllevado una sobresaturación y desbordamiento de las capacidades de recepción y asistencia de las entidades públicas encargadas de su adecuada atención. Dicho desbordamiento lo han denunciado las secciones territoriales de Navarra, Tarragona, Huelva, Barcelona, Gerona, Guipúzcoa, Mallorca, Asturias, Murcia, Zaragoza, Granada, Cádiz, Sevilla, Cantabria, Madrid, Valencia, Jaén y Almería.

Esta situación conlleva el aumento exponencial de los expedientes de menores en situación de riesgo y deriva en enorme precariedad de medios materiales de las CCAA para afrontar adecuadamente esta situación. Incluso, desde algunos territorios, se alerta de que existe una interlocución interna entre los propios menores y ciertas organizaciones clandestinas que les posibilitan su entrada y asentamiento en España. Ello provoca que, cada vez que se crea un nuevo recurso, inmediatamente aparece un número mayor de menores solicitando su inmediato ingreso en el mismo. Todo ello se traduce en un agravamiento general de la escasez de medios autonómicos disponibles para abordar la protección de los menores y está generando un malestar social que, además, se une al peligro potencial de abocar a dichos menores a la delincuencia y la marginalidad como medio de subsistencia.
Sí interesa destacar que, las Secciones de Menores de las Fiscalías Provinciales, comienzan su actuación una vez que se constata la minoría de edad de la persona, bien porque no exista duda acerca de tal extremo, bien porque se ha determinado su edad mediante el dictado de un Decreto de determinación de la edad, cuestión esta que queda sometida a las directrices de la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del Estado.
 

El acoso escolar es uno de los temas de máxima notoriedad y preocupación social en el ámbito de la problemática del menor. ¿Qué papel desempeña la Fiscalía de Menores en este aspecto?

Todas las Secciones de Menores de las diversas Fiscalías Provinciales de toda España están prestando una especial atención a esta temática, tal y como se recoge en las Memorias Anuales que luego se elevan a la FGE. Se aplican las directrices de la Instrucción de la FGE 10/2005, de 6 de octubre. En las estadísticas no existen datos concretos del número de denuncias por hechos relacionados con acoso escolar, pues tales comportamientos quedan englobados en diferentes tipos delictivos del CP. Tampoco las aplicaciones informáticas permiten obtener datos del delito contra la integridad moral, del art. 173.1 del CP, conforme al que se califican los supuestos de acoso strictu sensu que llegan a juicio.

Aun así, el registro manual de este tipo de asuntos denunciados corrobora la impresión de que el incremento de esas cifras en los años anteriores no se ha mantenido en el año 2018. Destaca el importante porcentaje de archivos por ser los denunciados de edad inferior a catorce años, incluso con denuncias interpuestas contra niños de muy corta edad, por hechos carentes de relevancia jurídico-penal y que responden a conflictos puntuales propios de la convivencia escolar y a desavenencias de los progenitores con los centros escolares.

Con todo, las secciones de menores siguen investigando cualquier situación que pueda hacer sospechar la existencia de un acoso escolar.
 

La violencia doméstica hacia ascendientes y hermanos, a tenor de los datos de la última Memoria de la Fiscalía de Menores, siguen en aumento. ¿Qué esfuerzo hace la Fiscalía que dirige para minimizar esta problemática?

Al igual que en el caso anterior, las Secciones de Menores sostienen una actitud proactiva en la erradicación de esta tipología delictiva. Han ascendido los procedimientos incoados por esta modalidad delictiva. En el 2018 se contabilizan 4.833 asuntos, frente a los 4.665 de 2017 y los 4.355 de 2016. Las cifras que se observan a lo largo de la década son muy altas y, como decíamos hace un año, no se vislumbran soluciones a corto plazo para reducir esta modalidad criminal.

Este es un mal que permanece enquistado en el tejido social y que, paradójicamente, no ha tenido la misma repercusión mediática que sí han merecido otras vertientes de la delincuencia juvenil, como el acoso escolar.  En la práctica totalidad de los casos en que se adoptaron medidas cautelares la evolución de los menores fue muy positiva y las sentencias fueron de conformidad casi sin excepción y también destaca el elevadísimo índice de conformidades en estos casos.
 

También ustedes apuntan un aumento de los abusos sexuales, y de las agresiones sexuales en menores. ¿Qué nos puede decir de ello?

A lo largo de los tres años anteriores se han constatado importantes incrementos de los delitos contra la libertad sexual y en las Memorias sucesivas se apuntó a la reforma del CP por LO 1/2015 como explicación de dichos aumentos, al menos de los abusos sexuales, pues la reforma legislativa elevó de trece a dieciséis años la edad para prestar consentimiento en las relaciones sexuales.

En el año 2018, no obstante, el incremento ha sido aún más pronunciado, no sólo aumentan los abusos sexuales, sino también las agresiones sexuales que permanecían estabilizadas o a la baja. Ciertamente puede haber una parte significativa de abusos sexuales entre menores de edades parejas, susceptibles de resolución por aplicación del art. 183 quater del CP, no obstante se estima que el tema de los delitos contra la libertad sexual en edades adolescentes reviste aspectos inquietantes ya que se aprecia, de modo progresivo, que aparecen implicados menores de más corta edad y puede apuntarse que se detecta una “gran precocidad y comportamientos y relaciones altamente sexualizados entre menores de muy corta edad”, con significativas cifras de archivos de diligencias por ser los investigados de edad inferior a 14 años.
 
No menos preocupante es la constatación, cada vez más frecuente, de la actuación grupal en algunas agresiones sexuales, reproduciéndose en diversos lugares las conocidas últimamente como “manadas”, incluso es posible constatar un efecto de “contagio”, por afán de emulación de los agresores en este tipo de delitos, con pérdida de conciencia de la gravedad y responsabilidad individual de la acción al diluirse dentro del grupo.  


La Fiscalía de Menores colabora estrechamente con distintas instituciones y organizaciones sociales implicadas en la defensa de los derechos de los menores como: Save The Children, Fundación La Merced Migraciones, Asociación Estatal de Acogimiento Familiar, o UNICEF e IUNDIA, entre otras. En el marco de esta colaboración y partición ¿qué es lo que más preocupa en relación al menor y qué abordaje se considera más oportuno?

La función de la Unidad Especializada de Menores de la FGE es la coordinación dinámica de las tareas que desempeñan las Secciones de Menores de todas las Fiscalías Provinciales de España.

Para destacar y potenciar esa tarea se desarrolla, de forma paralela, una actividad de colaboración estrecha con esas instituciones externas al organigrama del Ministerio Fiscal.

En ese sentido, siempre se procura que la Fiscalía conozca y valore las opiniones y visiones diversas de la sociedad civil y, paralelamente, que la sociedad y sus organizaciones colaboradoras conozcan las funciones y pautas de actuación del Ministerio Fiscal. Todo ello se encuentra siempre orientado a la consecución del superior interés de los niños, teleológicamente exigido por la nueva legislación sobre la infancia y la adolescencia emanada de las reformas de la LOPJM del año 2015.

En unos momentos de transformación social tan importantes como los actuales, permanece la tarea del Fiscal como garante del principio de legalidad que, en materia de menores, se orienta a la efectiva consecución de objetivos de protección efectiva de la infancia, desarrollo de valores de inclusión, no discriminación, solidaridad y educación en valores que permitan un futuro mejor para la infancia y la adolescencia.


El Fiscal de Sala ha dirigido la reunión de los representantes de los Ministerios Públicos especializados en Justicia Penal Juvenil y Justicia Restaurativa, de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP). ¿Cómo están evolucionando estos trabajos y qué conclusiones en referencia al Menor se pueden sacar de ellos?  

El Fiscal de Sala Coordinador de Menores dirigió la reunión del Grupo de trabajo de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP) de Justicia Penal Juvenil y Justicia Restaurativa que se desarrolló en Antigua (Guatemala) los días 25 al 29 de junio de 2018.

Los objetivos del encuentro del Grupo de Trabajo, se centraron en dos aspectos: el primero, analizar a partir de los encuentros anteriores realizados en los años 2013 y 2016, el desarrollo legislativo, procedimental y de ejecución de medidas en el ámbito de la justicia Penal Juvenil y, el segundo, elaborar una propuesta para elevar a la Asamblea General Ordinaria de la AIAMP, para afrontar la incorporación de la AIAMP a la Declaración Iberoamericana de Justicia Juvenil Restaurativa.

La metodología de la actividad se centró en la exposición por los representantes de cada uno de los países de la situación actualizada de la normativa sustantiva y procesal en materia de Justicia Juvenil, destacando los avances efectuados en los últimos años así como en la detección de instituciones y medidas ya contempladas en los ordenamientos propios que pudieran tener enfoque restaurativo, caso de no existir formalmente implementada Justicia Restaurativa en los mismos, concluyendo con un doble acuerdo, tanto en cuanto a conclusiones de carácter general como en la formulación de una propuesta conjunta para su remisión a la Asamblea General de la AIAMP.

El grupo de trabajo propuso un documento en forma de decálogo que fue aprobado por los fiscales iberoamericanos sobre justicia juvenil restaurativa en la XXVI asamblea general ordinaria de la AIAMP, celebrada en ciudad de México, del 5 al 7 de septiembre de 2018.

En la actualidad el grupo de trabajo está liderado por Chile.

 

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