Atrás Declaración Institucional del Fiscal General del Estado en relación con la Fiscalía Provincial de Madrid y la nota de prensa emitida por el Ministerio Fiscal

15 de abril de 2024

Declaración Institucional del Fiscal General del Estado en relación con la Fiscalía Provincial de Madrid y la nota de prensa emitida por el Ministerio Fiscal

El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, ha realizado esta mañana la siguiente declaración institucional tras la toma de posesión de varios fiscales y acompañado de la cúpula de la carrera Fiscal:

“El Consejo Consultivo de Fiscales Europeos, en su Octava Reunión Plenaria celebrada los días 8 y 9 de octubre de 2013, dispuso lo siguiente:

«Cuando un fiscal individual sea objeto de un ataque injusto a través de los medios de comunicación, así como cuando se hayan difundido informaciones falsas sobre personas o hechos relacionados con algún procedimiento del que se ocupe un fiscal, la reacción debe provenir preferentemente del máximo responsable de la fiscalía o de un portavoz de ésta y, en casos importantes, del Fiscal General o de la máxima autoridad responsable del ministerio fiscal. Tal reacción institucional minimiza la necesidad de que el fiscal afectado haga uso del derecho de respuesta garantizado a toda persona, así como el riesgo de una excesiva personalización del conflicto».

Reproduzco aquí esta declaración del órgano consultivo del Comité de Ministros del Consejo de Europa a cuenta de los últimos acontecimientos ocurridos en relación con la Fiscalía Provincial de Madrid y la nota de prensa emitida por el Ministerio Fiscal.

En primer lugar, quiero reconocer públicamente la labor y el desempeño profesional —con el máximo rigor, objetividad, imparcialidad y transparencia— de la Fiscal Jefa y el fiscal de la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Segundo: Recibir libremente información veraz es un derecho fundamental consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución.

Tercero: La Ley atribuye al Ministerio Fiscal la relevante función de informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan en el ámbito de su competencia.

Cuarto: No puede considerarse infringido el deber de reserva cuando el objeto de la comunicación es de dominio público fruto de indeseables filtraciones.

Quinto: La comunicación de la Fiscalía no contenía información que pudiera perjudicar el derecho de defensa ni datos de carácter confidencial que tuvieren incidencia procesal alguna en un ulterior procedimiento judicial. 

Y Sexto: Como Fiscal General del Estado, estaba informado de los acontecimientos y de la publicación de un comunicado que se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, informaciones falaces e interesadas previamente publicadas por algunos medios. Por consiguiente, asumo la responsabilidad última de esa nota de prensa.

No voy a tolerar que ningún fiscal tenga que soportar las consecuencias del funcionamiento trasparente de nuestra institución.

No pienso consentir que la Fiscal Jefa de Madrid o el fiscal encargado del caso sean perturbados por ejercitar la acción penal ante la posible comisión de hechos de naturaleza delictiva.

En consecuencia, sirva esta declaración institucional como respaldo a los compañeros de la Fiscalía Provincial de Madrid, que no han hecho sino cumplir un deber de informar verazmente a la ciudadanía con absoluta transparencia, prudencia y dentro de los márgenes y límites que marca nuestro ordenamiento jurídico y la Instrucción núm. 3/2005 de la Fiscalía General del Estado. E, insisto, asumo institucionalmente la responsabilidad última de la nota de prensa emitida por la Fiscalía Provincial de Madrid.

Para finalizar, quiero destacar que la Fiscalía española actúa con absoluta imparcialidad, objetividad y neutralidad política en el ejercicio de sus funciones. Y que ningún ciudadano o ciudadana de este país recibirá un tratamiento distinto por motivos ajenos al proceso.

La actuación del Ministerio Fiscal se enmarca siempre dentro de la Ley, porque fuera de la Ley no hay nada”.

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