Promotor de la Acción Disciplinaria

El artículo 180 RMF aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, publicado en el BOE del pasado 4 de mayo, prevé la figura del Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal, a quien corresponde la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes disciplinarios por hechos presuntamente susceptibles de responsabilidad de esa índole que puedan ser imputados a los miembros del Ministerio Fiscal y a los abogados fiscales sustitutos en el ejercicio del cargo .

La duración del mandato del Fiscal Promotor de la Acción Disciplinaría y su sustituto será de dos años no prorrogables, y únicamente cesarán por renuncia, por finalización de dicho mandato, por incapacidad o incumplimiento grave de sus deberes, así como por haber incurrido en responsabilidad disciplinaria en el ejercicio de sus otras funciones. La aceptación de la renuncia y la apreciación de las demás causas de cese se resolverán mediante Decreto de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, oído el Consejo Fiscal.

Por Decreto de 4 de octubre de 2022, del Fiscal General del Estado, se nombró Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal a don Manuel Moix Blázquez y sustituto del Promotor de la Acción Disciplinaria del Ministerio Fiscal a don Manuel Campoy Minarro.