Oficina Fiscal

La Oficina Fiscal es una organización de carácter instrumental que presta soporte y apoyo necesario a la actividad del Ministerio Fiscal. El artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que la ordenación del personal y su integración en las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas judiciales se realizará a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que, en todo caso, serán públicas, extendiendo inequívocamente su aplicación a las Fiscalías o Adscripciones de la Fiscalía al configurarlas expresamente como centros de destino. Por tanto, sin desconocer las particularidades propias de las Fiscalías y las funciones organizativas y de distribución de trabajo que realizan los distintos Fiscales Jefes, los principios y características propias de la oficina judicial recogidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial pueden y deben ser aplicados en la configuración de las oficinas fiscales.

La Oficina Fiscal está dirigida por un director, que es el Fiscal Superior o Fiscal jefe , un coordinador de la oficina fiscal, que será un funcionario de los cuerpos  de Gestión Procesal y Administrativa o  del  Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un tramitador de apoyo a la jefatura, un responsable de control de registro, estadística y calidad y la posibilidad de personal colaborador. La relación de puestos de trabajo comprende además de los anteriores, a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. El despliegue de la Oficina Fiscal corresponde a las administraciones públicas competentes en la materia.

Por Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal que comprendía las  ciudades de Murcia, Cáceres, Cuenca, Ceuta y Melilla y  sus respectivas Secciones Territoriales, esto es, las de Cieza y Lorca, dependientes de Murcia, y la de Plasencia, dependiente de Cáceres.

 

Implantación de la Oficina Fiscal en las CCAA que no tienen transferidas las competencias en materia de justicia. Territorio Ministerio de Justicia.

 

Por Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal en el territorio que comprendía las ciudades de Murcia, Cáceres, Cuenca, Ceuta y Melilla y sus respectivas Secciones Territoriales, esto es, las de Cieza y Lorca, dependientes de Murcia, y la de Plasencia, dependiente de Cáceres. Esta es la única información disponible en la web:

https://www.mjusticia.gob.es/va/justicia-espana/proyectos-transformacion/oficina-fiscal

Posteriormente se aprobó la Orden JUS 3/2018, de 5 de enero por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la segunda fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal, y se modifica la Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de
puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase.

En dicha Orden se ponen en  funcionamiento las oficinas fiscales las  Comunidades Autónomas de Castilla y León (con sede en Burgos y Sección Territorial en Valladolid), Castilla-La Mancha (con sede en Albacete), Extremadura (con sede en Cáceres) e Illes Balears (con sede en Palma, Fiscalía de Área en Eivissa y Secciones Territoriales en Inca, Manacor y Maó), así como en las Fiscalías Provinciales de Ávila, Burgos, León (con Fiscalía de Área en Ponferrada), Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real (con Sección Territorial en Manzanares), Guadalajara, Toledo (con Secciones Territoriales en Ocaña y Talavera de la Reina), Badajoz (con Fiscalía de Área en Mérida y Secciones Territoriales en Villanueva de la Serena y Zafra), y la Fiscalía de Área de Cartagena. Esta información no está en la web. 

https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-424-consolidado.pdf

 

Oficina Fiscal en el País Vasco

 

ORDEN de 6 de febrero de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se determina la estructura y organización de la nueva Oficina Fiscal en Euskadi.

Boletín Oficial del País Vasco - BOPV (euskadi.eus)

DECRETO 18/2012, de 14 de febrero, de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina Fiscal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Boletín Oficial del País Vasco - BOPV (euskadi.eus)
 

Oficina Fiscal en Andalucía

 

Decreto 1/2014, de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía.

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/15/1

 

Oficina Fiscal en Navarra


Orden Foral 74/2014, de 5 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se determina la estructura y organización de la nueva Oficina Fiscal de la Comunidad Foral de Navarra (BON de 14 de marzo de 2014)

http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=33420

 

Oficina Fiscal en Galicia

 

Decreto 124/2014, de 11 de septiembre, por el que se determina la estructura y la organización de la oficina fiscal en Galicia y de la Unidad de Apoyo a la Fiscalía Superior (DOG de 30 de septiembre de 2014)

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2014/20140930/AnuncioG0244-170914-0003_es.html

El Decreto 124/2014 tiene por objeto definir la estructura y la organización de la nueva oficina fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.

 

Oficina Fiscal en Madrid

 

Decreto 51/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se determina la estructura y organización de la Oficina de Fiscalía en la Comunidad de Madrid y de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior

https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1140960

Oficina Fiscal en La Rioja

 

Decreto 41/2016, de 4 de noviembre, por el que se regula la estructura funcional y organización de la Oficina Fiscal de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 9 de noviembre de 2016)

https://web.larioja.org/normativa?n=dyn-na02298

 

Oficina Fiscal en la Comunidad Valenciana

 

Orden 16/2017, de 3 agosto, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se determina la estructura y organización de la Oficina Fiscal en la Comunitat Valenciana y de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior (DOCV de 9 de agosto de 2017)

Oficina Fiscal en Aragón

 

 

Oficina Fiscal en Asturias

 

Decreto 16/2023, de 24 de febrero, por el que se determina la estructura y organización de la Oficina Fiscal en el Principado de Asturias y de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior (BOPA de 8 de marzo de 2023)

 


Trabajadoras en la Oficina Fiscal

Oficina Fiscal



Adjuntos