La Fiscalía publica la Instrucción 3/2017 sobre la grabación en video de las declaraciones sumariales
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La Fiscalía publica la Instrucción 3/2017 sobre la grabación en video de las declaraciones sumariales
La prohibición de transcribir en soporte escrito de la LOPJ las grabaciones de vídeo no alcanza a las diligencias sumariales. Los Fiscales podrán solicitar al Juzgado la documentación escrita de las diligencias sumariales, con el fin de preparar la prueba. si su petición es denegada, podrán formular los recursos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Ese es la idea que recoge la Instrucción 3/2017 de la Fiscalía General del Estado acerca de la grabación videográfica de las declaraciones de investigados y testigos en un sumario.
La Instrucción tiene en cuenta la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) del año 2015 en esta materia, que considera que las grabaciones audiovisuales que reúnan los requisitos legales de integridad y autenticidad son documentos originales que pueden suplir al acta escrita.
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