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Glosario - Fiscalia Accesible

A

Abogado de oficio
Es un abogado que defiende gratis a una persona que no tiene dinero para pagar una abogada o un abogado, si cumples unas condiciones o cuando no has elegido uno. Por ejemplo, si tienes discapacidad. En los casos de violencia de género siempre es gratis.
Agencia Española de Protección de Datos
Es el organismo español que vigila que se cumple la norma sobre protección de datos personales.
Apoyos naturales
Son las ayudas que encuentras en tu entorno de manera normal. Por ejemplo, la que te da tu familia o tus amigos.
Asistencia jurídica gratuita
Es recibir gratis del Estado la ayuda, apoyo y asistencia necesaria de un abogado y personal especializado a lo largo del proceso y del juicio. Tienen este derecho las personas que no pueden pagar un abogado.
Autocuratela
La persona mayor o menor de edad emancipada puede nombrar en escritura pública a uno o varios curadores cuando crea que la medida de apoyo es necesaria para desarrollar su capacidad jurídica como las otras personas.

C

Certificado del registro de parejas de hecho
Es el documento que pone los datos de las personas que forman una pareja familiar.
Colegio de abogados
Es la asociación que agrupa a los abogados.
Conflicto de intereses
Es una situación en la que una persona no puede decidir de manera objetiva porque tiene intereses propios o cosas que le afectan en la decisión que tiene que tomar con respecto a otra persona.
Convención
Es un acuerdo muy importante que un grupo de países o instituciones establece sobre un tema o sobre un asunto.
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Es un texto internacional que protege los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. España y casi todos los países del mundo han firmado la Convención y están obligados a cumplirla.
Curador o curadora
Es la persona que nombra el juez para ser el apoyo principal de otra persona. El curador está sujeto al control del juez y del fiscal. Las entidades pueden hacer la función de curadoras.
Curatela
Es un apoyo que decide un juez para que otra persona o entidad ayude en algunas áreas de la vida de la persona con discapacidad. Esta medida se establece cuando la persona no ha nombrado a nadie ante un notario como persona de apoyo en un poder, ni tiene un guardador de hecho, ni se le puede dar una buena atención en el lugar en donde vive, y necesita hacer ciertas cosas que no puede hacer sola.

D

Datos de la persona
Es el nombre, apellidos, dónde vive, dónde nació y qué día.

E

Entidad pública
Son organismos públicos que prestan servicios de asistencia, como por ejemplo el apoyo a la capacidad jurídica.
Estatuto de la víctima
Es la norma donde están los derechos o beneficios que tiene quien sufre un delito.

F

Federación
Es un grupo de asociaciones con metas parecidas. Por ejemplo, en la federación de Plena inclusión Madrid participan asociaciones de apoyo a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.

G

Guarda de hecho
Es el apoyo natural que tiene la persona con discapacidad. Por ejemplo, alguien de su familia o una amiga o amigo. La guarda de hecho es una medida de apoyo en la que una persona se encarga de ayudar a una persona con discapacidad a tomar decisiones sin que haya sido nombrada por el juez, salvo que sea para aspectos de especial trascendencia personal o patrimonial.
Guardador de hecho
La persona que se encarga de atender y cuidar a la persona se le llama guardador de hecho, por ejemplo, su pareja, padre o madre, hermanos, o alguien muy cercano.

I

Informe de la vida laboral
Es el documento que dice todos los trabajos que ha tenido una persona.
Instancia de parte
Cuando el delito solo se investiga si hay una denuncia. Es lo contrario a perseguible de oficio.