Glosario - Fiscalia Accesible
G
- Guarda de hecho
- Es el apoyo natural que tiene la persona con discapacidad. Por ejemplo, alguien de su familia o una amiga o amigo. La guarda de hecho es una medida de apoyo en la que una persona se encarga de ayudar a una persona con discapacidad a tomar decisiones sin que haya sido nombrada por el juez, salvo que sea para aspectos de especial trascendencia personal o patrimonial.
- Guardador de hecho
- La persona que se encarga de atender y cuidar a la persona se le llama guardador de hecho, por ejemplo, su pareja, padre o madre, hermanos, o alguien muy cercano.
I
- Informe de la vida laboral
- Es el documento que dice todos los trabajos que ha tenido una persona.
- Instancia de parte
- Cuando el delito solo se investiga si hay una denuncia. Es lo contrario a perseguible de oficio.