Glosario - Fiscalia Accesible
C
- Curatela
- Es un apoyo que decide un juez para que otra persona o entidad ayude en algunas áreas de la vida de la persona con discapacidad. Esta medida se establece cuando la persona no ha nombrado a nadie ante un notario como persona de apoyo en un poder, ni tiene un guardador de hecho, ni se le puede dar una buena atención en el lugar en donde vive, y necesita hacer ciertas cosas que no puede hacer sola.
D
- Datos de la persona
- Es el nombre, apellidos, dónde vive, dónde nació y qué día.
E
- Estatuto de la víctima
- Es la norma donde están los derechos o beneficios que tiene quien sufre un delito.
G
- Guarda de hecho
- Es el apoyo natural que tiene la persona con discapacidad. Por ejemplo, alguien de su familia o una amiga o amigo. La guarda de hecho es una medida de apoyo en la que una persona se encarga de ayudar a una persona con discapacidad a tomar decisiones sin que haya sido nombrada por el juez, salvo que sea para aspectos de especial trascendencia personal o patrimonial.