Atrás La Fiscalía ante los delitos de odio y contra la discriminación

21 de marzo de 2018

La Fiscalía ante los delitos de odio y contra la discriminación

Hoy es el día internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial

 

En marzo de 2013, la Fiscalía General del Estado puso en marcha una red de Fiscales especializados en delitos contra el odio, con la designación de un Fiscal en cada provincia que coordinara la actuación en su jurisdicción de los asuntos relacionados con este fenómeno delictivo. Cuatro años antes la Fiscalía de Barcelona había creado ya  el “Servicio de Delitos de Odio y Discriminación”,  inspirador para el resto de las fiscalías desde su posición pionera. 

 

Con esta medida, el Ministerio Fiscal trataba, en sentido amplio, de dar una respuesta eficaz al incremento de estos delitos en la sociedad española. Y, más concretamente, de ofrecer una especial protección a quienes sufrían el odio irracional y la discriminación por  prejuicios basados en la raza, las creencias, la orientación e identidad sexual o la situación de exclusión social.

La figura del Fiscal Especialista en delitos de odio, según el modelo diseñado por el Ministerio Fiscal español, está hoy en día reconocida por la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea “como un ejemplo de buena práctica que debería ser reproducido en otros Estados miembros”.

 

 

Las cifras del delito

En la última Memoria de la Fiscalía General del Estado, donde se recoge la evolución de la criminalidad, se ha realizado un especial seguimiento a estos delitos, que arrojan la cifra de  425 procedimientos judiciales abiertos a lo largo del 2016. Se apuntan 134 diligencias de investigación incoadas y  82 escritos de acusación formulados por los fiscales.

En este mismo ejercicio, los delitos de odio generaron 35 sentencias en las que se puede observar, aunque no de manera sistemática, que los motivos fundamentales de odio y discriminación vienen derivados del racismo y la xenofobia, seguidos de la orientación e identidad sexual, la ideología política, aporofobia y la discriminación por discapacidad.

En este contexto social, donde todos los indicativos apuntan a un incremento de este tipo de delitos, cobra especial protagonismo el discurso del odio en internet y las redes sociales, donde los delitos de odio encuentran su mejor campo de difusión y propagación.

Tanto es así que en su reciente comparecencia en el Congreso de los Diputados, el Fiscal General del Estado, Julián Sánchez Melgar, ha alertado a los portavoces parlamentarios sobre la proliferación en un futuro próximo de estos comportamientos delictivos, que encuentran en las redes sociales unos altavoces que multiplican su propagación a múltiples destinatarios.

Alerta reiterada por el Fiscal General que apunta que no se trata de castigar el mero sentimiento de odio, ni tampoco la expresión de unas ideas, “por execrables que sean”, sino que estas ideas puedan crear un escenario de violencia que conduzca a situaciones de esta naturaleza. 

 

Relaciones con la sociedad civil

Pero quien toma la palabra es la sociedad civil y la Fiscalía quiere oír de primera mano a los colectivos sociales que por su experiencia y conocimiento, contribuyen a mejorar la lucha contra el racismo, la xenofobia, la discriminación y la intolerancia

Los fiscales mantienen de forma periódica encuentros con diversas asociaciones y organizaciones de defensa de los derechos de los colectivos afectados. Gracias a la actividad de estas entidades, se ha tenido conocimiento de agresiones o actos ilícitos, y se ha podido evitar que pasen a formar parte de las “cifras negras” de la delincuencia y hayan llegado a los Tribunales.

En las últimas jornadas de fiscales de esta especialidad se invitó a participar a representantes de miembros de estos colectivos. Los asistentes pudieron escuchar las experiencias del Presidente de la Federación de Comunidades judías, Isaac Querub, y las de Aurora Ali y Esteban Ibarra, de la Plataforma contra la Islamofobia. Asimismo, se contó con la intervención de Óscar Moral, asesor jurídico del CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad).

Un ejemplo de estas relaciones entre entidades y Fiscalía quedó reflejado en la concesión del Premio Fundación Secretariado Gitano 2015 en la categoría de “Solidaridad con G”, al fiscal Miguel Ángel Aguilar García, Delegado de Barcelona, quien ha tenido un papel pionero en esta especialidad y así ha sido reconocido con otros galardones.

Resultan de especial importancia las fluidas relaciones establecidas entre Fiscalía y los Colegios de Abogados. Los fiscales han intervenido en programas de formación para los abogados del turno de oficio para la protección de las víctimas en Madrid, y han participado en congresos de abogados sobre esta materia en Córdoba y Valencia. El objetivo de estas acciones conjuntas es mejorar la atención jurídica que se dispensa a las personas que sufren este tipo de agresiones.

La Fiscalía es uno de los actores protagonistas en el panorama de la defensa de la igualdad y en la lucha contra la discriminación. Por este motivo, el Fiscal de Sala Alfonso Aya Onsalo, ha asistido este  mes a la adenda del Convenio Marco contra el racismo y la xenofobia suscrito en 2015 entre varios Ministerios, la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder Judicial y el Centro de Estudios Jurídicos. Un convenio creado  para mejorar la respuesta institucional frente a las actitudes  intolerantes.

 

Dimensión internacional

El discurso del odio ha estado en el origen de verdaderos genocidios, los más recientes ocurridos en Ruanda y Yugoslavia. La irrupción de internet como elemento de propagación de estas conductas aporta el elemento de extraterritorialidad, y supone todo un reto para la cooperación judicial.

Por ello, y porque nos encontramos ante un fenómeno global, el Comité de las Naciones Unidas para la eliminación de la Discriminación Racial realiza de forma periódica un examen a los diversos Estados, entre ellos España. Se trata de revisar la actividad del Estado español en su tarea de eliminar la discriminación racial, y se analizan diversos ámbitos además de la justicia, como la educación, sanidad, integración de los inmigrantes, derecho de asilo o adquisición de la nacionalidad.

El fiscal Alfonso Aya ha acudido en Ginebra a estos últimos exámenes o “diálogos interactivos” que realiza el Comité, donde ha expuesto la actividad del Ministerio Fiscal, las últimas reformas del Código Penal en delitos de discriminación, así como los datos estadísticos de estos delitos.

El pasado mes de febrero, representantes de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI), han estado en España para examinar nuestro grado de cumplimiento de las recomendaciones que el Consejo de Europa ha hecho a los Estados miembros.

Asimismo, la Fiscalía española está presente  en otros organismos dedicados a esta materia. Varios Fiscales Delegados han intervenido en sesiones de trabajo de la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, o la Organización para la Seguridad y la Cooperación Europea.

 

Instrucción de la Fiscalía General en proyecto

Los fiscales cuentan  con el principio de unidad de actuación, que proporciona a los ciudadanos la necesaria seguridad jurídica. En ese esfuerzo por trabajar al unísono se hace necesario aclarar conceptos claves para el ejercicio de la acusación penal.

En esta materia del derecho que se ocupa de los delitos de odio y discriminación, se ha visto necesaria la publicación de una  nueva  Instrucción de la Fiscalía General del Estado –que se encuentra actualmente en fase de elaboración-, con el fin de ofrecer a los fiscales pautas de actuación en esta materia. En nuestro país aún no existe una jurisprudencia consolidada que indique el modo de interpretar el art. 510 del Código Penal.

 

La doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

En todo caso, conviene escuchar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha indicado que “…la libertad de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, una de las condiciones primordiales de su progreso y del desarrollo de cada persona”.

El TEDH añade que “Sin embargo, la libertad de discusión política no reviste, desde luego, un carácter absoluto. Un Estado contratante puede someterla a determinadas «restricciones» o «sanciones», pero le corresponde al Tribunal decidir en último lugar sobre su compatibilidad con la libertad de expresión tal y como la consagra el artículo 10… La tolerancia y el respeto de la igual dignidad de todos los seres humanos constituyen el fundamento de una sociedad democrática y pluralista. De ello resulta que, en principio, se puede considerar necesario, en las sociedades democráticas, sancionar e incluso prevenir todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio basado en la intolerancia (incluida la intolerancia religiosa), si se vela por que las «formalidades», «condiciones», «restricciones» o «sanciones» impuestas sean proporcionales al fin legítimo perseguido».

 

En el manual práctico sobre investigación de delitos de odio, obra dirigida por el fiscal Miguel Ángel Aguilar, se aborda la colisión con derechos fundamentales, como la libertad ideológica o de conciencia y libertad de expresión, reconocidos en nuestra Constitución. En esa ponderación de bienes jurídicos, se concluye que el discurso generador de odio y discriminación no tiene amparo ni cobertura en esos derechos constitucionales.

 

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