Atrás La Fiscalía de Seguridad Vial aborda el fenómeno de los VMP y la siniestralidad provocada por las personas usuarias de estos vehículos y ciclistas en el ámbito urbano

21 de junio de 2021

La Fiscalía de Seguridad Vial aborda el fenómeno de los VMP y la siniestralidad provocada por las personas usuarias de estos vehículos y ciclistas en el ámbito urbano

El Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha ofrecido una rueda de prensa para informar de los riesgos derivados del incumplimiento de las normas viales por parte de los usuarios de vehículos comercializados como VMP (Vehículos de Movilidad Personal), los verdaderos VMP y su indebida comercialización.

La Fiscalía de Seguridad Vial ha publicado su Dictamen 2/2021, que ha sido remitido a la Red de Fiscales Delegados de Seguridad Vial y dirigido un Oficio a las Policías Urbanas de Tráfico para la unificación de criterios en una triple vertiente:

1.- Afrontar el fenómeno de proliferación de vehículos comercializados como VMP -por citar algunos, hoverboard o balance scooter, segway o dispositivo de transporte con autobalanceo, mini segway, bicicletas eléctricas, monociclos eléctricos o airwheel, patinetes eléctricos, vehículos autoequilibrados (basados en el equilibrio inestable inherente que necesita un sistema auxiliar de control para mantenerlo) o no, en ocasiones con apariencia de ciclomotores y con elevadas prestaciones y nivel de potencia- determinando cuáles de ellos tienen encaje en el concepto de ciclomotor o vehículo a motor con los que se pueden cometer los delitos contra la seguridad vial de los arts. 379 y ss. CP, en esencia, conducciones bajo la influencia del alcohol o drogas, temerarias o sin permiso.

2.- El aumento de la circulación de los verdaderos VMP no incluidos en el CP y bicicletas en el ámbito urbano, lo que está en consonancia con el nuevo diseño de la ciudad bajo el modelo de la movilidad sostenible que debe fomentarse con toda decisión. Pero al mismo tiempo también aumenta la perturbación del bienestar e inseguridad de los ciudadanos, al no observarse, en ocasiones de modo generalizado, las normas viales que les obligan como a todos los usuarios de las vías públicas urbanas, por lo que la siniestralidad que originan va en aumento. De este modo se perjudica y pone en serio peligro el modelo urbano hacia el que nuestro país y la UE avanzan paulatinamente.

El Ministerio Fiscal vela porque las normas se cumplan “por todos, sin excepción”, ha dicho Vargas. En este sentido, el Dictamen y el Oficio facilitan criterios uniformes de actuación sobre la sujeción de los usuarios de VMP y ciclistas a la Ley de Seguridad Vial, impulsando el ejercicio con mayor rigor de las facultades de vigilancia policiales, controles de alcohol y drogas conocidos y visibles para la ciudadanía,  sanciones, inmovilización, retirada y depósito ante infracciones legales generadoras de situaciones de riesgo y su consideración cuando las infracciones viales generen resultados lesivos como posibles autores de los delitos de homicidio del art. 142 y 142 bis (sancionados con penas que van desde 1 año a 9 de prisión) y lesiones imprudentes de los arts. 152 y 152 bis (que van de 3 meses a 6 años y 9 meses de prisión).

3.- Además de su actuación en la vía pública, el Ministerio Fiscal pretende abordar el fenómeno de la indebida comercialización de estos vehículos desde estrategias sancionatorias y preventivas. Sobre este punto se detecta una muy extendida vulneración de las normas reguladoras de la homologación en vehículos sometidos a ella frente a la que apenas hay respuesta. Los fabricantes, importadores y distribuidores están obligados en los arts. 9, 12 y 14 del Reglamento Europeo 168/2013, de 15 de enero, de homologación, a respetar sus normas y las autoridades de vigilancia del mercado (art. 8) a hacerlas cumplir con el régimen de sanciones del art. 76. En el ámbito nacional es de obligado cumplimiento por todos el RD 750/2010, de 4 de junio.  Respecto de las bicicletas y, en particular VMP, se constatan infracciones de la normativa aplicable y se comercializan con frecuencia para su uso en el ámbito urbano sin ninguna cautela como si se tratara “de un balón de baloncesto”, ha destacado el Fiscal de Sala, estando al alcance de menores de edad, a veces de edades tempranas, su adquisición o uso.

Bartolomé Vargas se ha referido también al peligro de circular sin seguro, careciendo de solvencia patrimonial suficiente por parte de ciclistas y conductores de los VMP. Asegura que desde la Fiscalía se van a impulsar los contactos con la Dirección General de Seguros y Consorcio de Compensación de Seguros para encontrar fórmulas de cobertura en relación a los accidentes provocados por estos vehículos y, en su caso, proponer las oportunas reformas legales.

Enlace al Dictamen.

Enlace al Oficio.

Nota de la Fiscalía de Seguridad Vial.

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