La Fiscalía del Tribunal Supremo fija criterios para intervenir en los recursos sobre manifestaciones
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La Fiscalía del Tribunal Supremo fija criterios para intervenir en los recursos sobre manifestaciones
La Fiscalía de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha enviado un escrito a las Fiscalías Superiores y Provinciales para fijar un criterio común sobre la intervención del Ministerio Público en los recursos contra la prohibición o propuesta de modificación de reuniones y manifestaciones, en el contexto actual de estado de alarma.
A la vista del considerable número de consultas que desde distintos órganos territoriales del Ministerio Fiscal se están planteando en relación con la interposición de recursos y señalamientos de vistas relativas al ejercicio del derecho de reunión y manifestación que regula el art. 122 LJCA, en el contexto actual de vigencia del estado de alarma declarado por RD 463/2020, de 14 de marzo y prorrogado en sucesivas ocasiones, parece conveniente facilitar a los Fiscales especialistas en el orden contencioso-administrativo, al amparo de lo dispuesto en la Instrucción 1/2015 de la Fiscalía General del Estado, algunas pautas interpretativas orientadas a asegurar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal en este concreto ámbito.
Ver documento adjunto.
