CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.4 Descripción de la actividad de la fiscalía por órdenes jurisdiccionales

La investigación por delitos de terrorismo –en lo que atañe al 2025– representa un 26,32 % de las diligencias previas tramitadas (169 de 642 incoadas en la AN).

4.4.1 Terrorismo

Los delitos de terrorismo representan un 29,81% de todas las diligencias previas tramitadas (excluidos sumarios y procedimientos abreviados) durante este año 2025 (169 de 567), porcentaje ligeramente superior al del año 2024 que fue del 28,02%.

Terrorismo yihadista

Terrorismo ETA

Otros grupos

DP

149

7

13

169

PA

8

0

0

8

S

5

0

1

6

Total

162

7

14

183

Porcentaje Dp terrorismo yihadista (149/169); 88,16%

Porcentaje Dp terrorismo ETA (7/169); 4,14%

Porcentaje Dp terrorismo otros grupos (13/169); 7,7%

D. Previas terrorismo

169

Diligencias previas terrorismo incoadas AN (sumando las tres fiscalías que intervienen en este órgano central):

169/642 → 26,32 %

Diligencias previas terrorismo tramitadas en Fiscalía (referidas solo a la Fiscalía de la AN):

169/567 → 29,81%

Entre los procedimientos actualmente vivos, tanto de terrorismo nacional como yihadista, podemos mencionar los siguientes:

– DP 2/2024 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 6. La investigación se centra en varios ciudadanos paquistaníes residentes en Barcelona vinculados a la organización Tehreek-e-Labbaik Pakistan (TLP), conocida por enaltecer actos terroristas y promover la violencia contra quienes consideran blasfemos, incluyendo la justificación de decapitaciones y ahorcamientos.

– DP 110/2025 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 3. El 22 de noviembre de 2025 un hombre de 18 años atacó con un cuchillo a tres personas en Vallecas (Madrid). Tras huir a su domicilio, se enfrentó a los policías que acudieron, blandiendo un cuchillo de gran tamaño y lanzando amenazas de muerte. Un funcionario policial tuvo que dispararle a muy corta distancia para inmovilizarlo debido a la violencia del ataque.

– DP 12/2023 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 6. La investigación apunta a un individuo que mantiene contactos con personas radicalizadas en Europa y Oriente Medio, participa en tráfico de documentos falsos y realiza operaciones internacionales de criptomonedas posiblemente destinadas a la financiación del terrorismo.

– Sumario 56/2007 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 1. Atentado de ETA contra la T4 de Barajas (2006). En trámite por admisión de querella contra los dirigentes de la banda terrorista.

– Sumario 6/2003 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 1. Atentado contra guardias civiles (1981). Bélgica rechazó la entrega de la presunta autora. La AN declaró prescritos los hechos, pero el Tribunal Supremo revocó la decisión y se está a la espera de tomar declaración indagatoria a la procesada, que fue localizada en España.

– Sumario 27/2000 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 5. Asesinato de un magistrado del Tribunal Supremo. Causa activa por nuevas actuaciones tendentes a la averiguación de los autores intelectuales del mismo.

4.4.2 La actividad de investigación de la criminalidad organizada y socioeconómica

Procedimiento

Falsificación moneda
y tarjeta de crédito

Patrimoniales
y socioeconómicos

DP

9

187

PA

0

5

S

0

1

Total

9

193

Operaciones policiales:

65 personas detenidas en operaciones relacionadas con falsificación de moneda.

53 detenidos de nacionalidad española (81,5%) y 12 extranjeros.

Principales zonas de actividad: Madrid, Cataluña, Levante (Valencia-Alicante-Murcia) y Andalucía.

Incremento de incautaciones policiales antes de la puesta en circulación de los billetes falsos (+35%).

Descenso aproximado del 20% de billetes falsos detectados en circulación respecto al año anterior.

En cuanto a la distribución de billetes falsos la mayor parte de las falsificaciones detectadas corresponden a billetes de uso cotidiano. Los billetes de 50 euros representan aproximadamente la mitad de las falsificaciones detectadas, seguidos por los de 20 euros.

Las falsificaciones pueden tener origen nacional o internacional. En España predominan pequeños grupos que utilizan medios informáticos domésticos para producir billetes falsos en cantidades reducidas. A nivel internacional, Italia continúa siendo uno de los principales focos de producción de billetes falsos en Europa. También se detecta un aumento de los denominados billetes movie money, procedentes principalmente de Asia.

Concepto

Cantidad

Falsificación, tenencia y
distribución de moneda falsa

9

Falsificación de tarjeta y
estafas bancarias online

4

Detenidos:

Concepto

Detenidos

Falsificación, tenencia y distribución de moneda falsa

65

Falsificación de tarjeta y estafas bancarias online

56

Evolución anual de falsificación, tenencia y distribución de moneda falsa:

Año

Falsificación, tenencia y distribución de moneda falsa

Falsificación de tarjeta y estafas bancarias online

2018

22

62

2019

30

52

2020

16

121

2021

16

35

2022

15

140

2023

1

186

2024

8

58

2025

65

56

Los datos de 2025 muestran una mejora en la capacidad de detección policial y cooperación internacional, lo que ha permitido reducir la presencia efectiva de moneda falsa en el circuito financiero. No obstante, siguen siendo desafíos importantes la distribución a través de internet, la falsificación procedente del extranjero y la circulación de reproducciones de billetes destinadas inicialmente a usos cinematográficos o publicitarios.

4.4.3 Redes de inmigración clandestina y trata de seres humanos

La competencia de la AN en esta materia se circunscribe a la investigación de las estructuras de captación radicadas en el extranjero y de aquellas redes criminales con ramificaciones transnacionales cuyo destino final es el territorio nacional. Si bien el volumen de procedimientos no es elevado en términos cuantitativos, la previsión del artículo 570 quater.3 del Código Penal ha permitido una extensión de las facultades investigativas de este órgano, al amparo del artículo 65.1.e) de la LOPJ.

No obstante, se estima oportuna una redefinición del marco competencial que permita a la AN –como órgano de alta especialización– abordar de manera más integral la lucha contra estas formas de criminalidad organizada transnacional.

Esta asunción de competencias ha consolidado a la AN como el eje central de las investigaciones más complejas desarrolladas por las unidades policiales especializadas. Bajo la coordinación de la Fiscalía, se han incoado más de 50 procedimientos específicos desde el año 2012 ante los juzgados centrales de instrucción.

En la actualidad, se encuentran en fase de tramitación procedimientos de especial relevancia. Estos expedientes se dirigen contra organizaciones criminales que emplean la falsificación documental como instrumento para la inmigración clandestina, destinando posteriormente a las víctimas a redes de explotación laboral y sexual. Como más destacados se pueden reseñar los siguientes:

1. DP 18/2022 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 2 – Operación Gran Salto. Red que trasladaba personas de nacionalidad cubana a Europa mediante documentación falsa y a través de rutas balcánicas; una víctima fue explotada sexualmente.

2. DP 25/2025 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 4 – Tráfico desde Valencia. Red india que transportaba migrantes desde España hacia Europa y EE. UU. cobrando hasta 25.000€. El juzgado archivó por falta de competencia objetiva.

3. DP 21/2025 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 5 – Red de captación de mujeres de origen ruso y ucraniano. La organización ofertaba falsos empleos mediante webs y redes sociales para luego llevar a cabo la explotación sexual de las mujeres en España. Se investigan delitos de trata de seres humanos, prostitución, inmigración ilegal y blanqueo de capitales.

Diligencias de investigación:

Contra la integridad moral:

Trata de seres humanos art. 177 bis

1

Contra la comunidad internacional:

Genocidio art. 607

1

Cooperación internacional:

Comisión Rogatoria Pasiva

1

Seguimiento Pasivo

2

Dictamen de Servicio

3

Orden Europea de Investigación

2

Reconocimiento Mutuo Pasivo

1

4.4.4 Delitos contra la corona, los altos organismos de la nación y la forma de gobierno

Históricamente, la actividad procesal en este ámbito se ha centrado en acciones de menosprecio a la Familia Real o injurias contra instituciones del Estado (Gobierno, Parlamento y otros órganos constitucionales), conforme a los tipos penales previstos en los artículos 490.3 y 491 del Código Penal.

Tal como se ha reseñado en ejercicios anteriores, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos –específicamente tras la Sentencia de 13 de marzo de 2018 (caso Stern Taulats y Roura Capellera v. España)– ha motivado una reducción significativa en la incoación de estos procedimientos. La prevalencia del derecho a la libertad de expresión y el margen de crítica política hacia las instituciones del Estado han redefinido el umbral de la persecución penal.

En consecuencia, el Ministerio Fiscal actúa con un criterio de intervención mínima, incoando diligencias de investigación preprocesales para someter cada atestado o denuncia a un riguroso juicio de tipicidad. Este análisis preliminar permite discernir si las conductas denunciadas se enmarcan en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión o si, por el contrario, exceden los parámetros jurisprudenciales, garantizando así la proporcionalidad en el ejercicio de la acción penal.

Contra la Corona – Instituciones:

Tipo de actuación

Descripción

Cantidad

Diligencias de investigación

Calumnias e injurias a la Corona (art. 490.3 y 491.1)

4

Diligencias de investigación

Improcedente utilización de imagen de la Corona (art. 491.2)

3

4.4.5 La jurisdicción penal internacional

La actividad de la Fiscalía en este ámbito se halla condicionada por la reforma operada mediante la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo. Dicha modificación de la LOPJ supuso una contracción significativa en la capacidad de persecución de delitos cometidos fuera del territorio nacional, al supeditar la jurisdicción española a criterios estrictos de personalidad activa (art. 23.2 LOPJ) y principio real o de defensa (art. 23.3 LOPJ).

Esta limitación competencial fue refrendada por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 140/2018, de 20 de diciembre, la cual declaró la plena constitucionalidad de la reforma, al entender que no vulnera los derechos fundamentales ni los compromisos internacionales asumidos por España.

Como consecuencia directa del actual marco legal, el volumen de procedimientos incoados se mantiene reducido, centrándose exclusivamente en aquellos supuestos donde concurren los nexos de conexión exigidos por la ley. En la actualidad, se pueden destacar, como más importantes, los siguientes casos:

Genocidio de Ruanda (Sumario 3/2008 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 4). Procedimiento en fase de tramitación bajo los parámetros de la justicia penal internacional (pendiente de comisiones rogatorias).

Procedimiento por desaparición de opositores guineanos (Sumario 1/2004 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 5). Investigación activa sobre presuntas vulneraciones de derechos humanos bajo el ámbito de competencia de la AN.

Compraventa de diamantes de Sierra Leona (DP 29/2020 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 1). Causa pendiente de resolución por la Sala de lo Penal en cuanto a la concurrencia de los requisitos de prescripción, así como cumplimentación de comisiones rogatorias.

DP 51/2025 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 1. La querella atribuye a una mercantil la exportación de acero de uso militar a Israel sin autorización. La empresa habría enviado varias toneladas de acero a una empresa pese a restricciones oficiales. La causa está en fase inicial.

Abordaje de un buque en misión humanitaria (DP 44/2025 Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 6). Se denunció a altos cargos del gobierno israelí y mandos militares por la interceptación en alta mar de una misión humanitaria y la detención de un español. La AN inadmitió la querella por falta de jurisdicción española.

DP 90/2025 y 93/2025, Sección Instrucción TCI. Plaza n.º 1. Se denunció a altos cargos israelíes por asalto en alta mar a barcos humanitarios con ciudadanos españoles, que habrían sido detenidos en la prisión de Ketziot. La AN inadmitió la querella por falta de jurisdicción; una segunda querella se acumuló y resultó inadmitida por el mismo motivo.

4.4.6 Sección de menores

Dada la naturaleza singular de esta jurisdicción (en la que el Ministerio Fiscal asume la función instructora), esta sección requiere de un sistema informático diferenciado del resto de la Fiscalía. Actualmente, la gestión se realiza a través del sistema Minerva, encontrándose en fase de implementación la aplicación Atenea, la cual sustituirá a la anterior para ofrecer una respuesta más ágil y adaptada a las necesidades del procedimiento.

Durante el presente ejercicio, se ha continuado subsanando las disfunciones operativas detectadas en años anteriores mediante la implementación de diversas soluciones tecnológicas.

Si bien la implantación de Minerva en septiembre de 2022 supuso un avance funcional cualitativo, el sistema aún no alcanza su rendimiento óptimo. Persisten procesos de gestión analógica en determinadas piezas separadas de especial sensibilidad, tales como las diligencias restrictivas de derechos fundamentales (art. 23.3 LORPM), las actuaciones de agente encubierto informático (art. 282 bis LECrim), las piezas de responsabilidad civil y medidas cautelares y la tramitación de Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE).

En el marco de la optimización del servicio público, se han habilitado salas físicas especializadas para la práctica de declaraciones. La adecuación de estos espacios ha sido posible gracias a la interlocución estratégica con la Secretaría de Gobierno de la AN y el soporte técnico permanente de la Unidad de Apoyo de la FGE.

Incoación de diligencias preliminares:

Año

Valor

2018

14

2019

5

2020

6

2021

9

2022

8

2023

26

2024

47

2025

47

Delito:

Categoría

Valor

Contra la libertad sexual (cometido en el extranjero)

9

Lesiones (cometido en el extranjero)

2

Terrorismo de carácter yihadista

30

Pornografía infantil

2

Revelación de secretos

1

Reconocimiento de resoluciones judiciales dictadas en el extranjero

2

OEDE pasiva por homicidio

1

Total

47

Este año se ha mantenido el número de incoaciones con respecto al anterior y, por tanto, el incremento del 80,76% con respecto al año 2023.

Expedientes de reforma incoados en 2025:

Categoría

Valor

Total expedientes incoados

29

Procedentes de DP 2024

2

En tramitación (terrorismo)

17

Archivados provisionales

4

Sobreseídos (no terrorismo)

3

Otros en tramitación

5

Sentencias condenatorias

Delito de autoadoctrinamiento terrorista enaltecimiento del terrorismo

4

4

En las sentencias dictadas resultaron condenados 14 menores, casi todos ellos por delitos de autoadoctrinamiento, adoctrinamiento o integración terrorista, con imposición de medidas de:

– Internamiento en régimen cerrado entre 1 año y 4 años y seis meses.

– Libertad vigilada posterior de 2 a 5 años.

– Inhabilitación absoluta de entre 5 y 6 años.

4.4.7 Víctimas

El Ministerio Fiscal, en cumplimiento del mandato constitucional, asume la protección integral de las víctimas del delito como un eje prioritario de su actuación.

El ordenamiento jurídico español ha consolidado un sistema de protección de vanguardia, iniciado con la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo y su Reglamento (RD 671/2013). Este marco se vio reforzado por la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, que extendió estas garantías a la generalidad de los sujetos pasivos del delito, reconociendo su derecho a una intervención activa y asistida en el proceso.

En este ámbito, la función tuitiva del Ministerio Público se ejerce en estrecha colaboración con la Oficina de Asistencia a las Víctimas de la AN (OAVD), órgano clave para garantizar el derecho a la información sobre el estado de las actuaciones judiciales.

Durante el año 2025, la Fiscalía ha gestionado de manera proactiva las solicitudes de víctimas de atentados terroristas, canalizadas a través de la OAVD, asociaciones representativas y la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo (Ministerio del Interior). La atención se ha materializado no solo en el plano documental, sino mediante una interlocución directa a través de reuniones presenciales y comunicaciones personalizadas.

La intervención del Ministerio Fiscal se ha diversificado en los siguientes ámbitos según las necesidades específicas de las víctimas:

Inormación sobre causas no resueltas. Se ha dado respuesta a consultas sobre el estado de procedimientos vinculados a la organización terrorista ETA que no han cristalizado en sentencia por causas de prescripción, falta de autoría conocida o insuficiencia probatoria.

Informes de reconocimiento de condición de víctima. Elaboración de dictámenes preceptivos para la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, esenciales para la acreditación administrativa y el posterior acceso a los sistemas de ayudas y resarcimiento.

Coordinación de resarcimiento económico. Intervención en materia de trámites indemnizatorios para procurar un resarcimiento efectivo de las víctimas, tanto en fase administrativa como judicial, especialmente en la ejecución de sentencias condenatorias por daños físicos y psicosomáticos que exceden los baremos ordinarios.

Diligencias transnacionales. Provisión de información sobre el curso de investigaciones, tanto nacionales como derivadas de la cooperación jurídica internacional, requisito sine qua non para el inicio de expedientes de indemnización por parte de los ciudadanos afectados.

Peticiones asistencia a víctimas: 8.

Ministerio del Interior: 2.

Oficina de asistencia a víctimas: 2.

Otros: 4.

4.4.8 Coordinación para la averiguación de los delitos sin resolver de ETA, GRAPO y demás organizaciones terroristas

En continuidad con la línea estratégica definida en ejercicios anteriores, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha proseguido con el análisis exhaustivo de los efectos y material probatorio procedentes de las autoridades francesas vinculados a la organización terrorista ETA.

Como hito operativo, que se inició ya en 2024, se ha continuado implementando el registro sistematizado de las solicitudes policiales para el estudio de sellos y evidencias específicas bajo la modalidad de diligencias de investigación preprocesal. Este procedimiento dota de mayor trazabilidad y rigor jurídico al análisis forense de los efectos intervenidos. Durante 2025, se ha incoado un procedimiento para el análisis de un sello de ETA entregado por las autoridades francesas.

4.4.9 Extradiciones y OEDES

– Extradiciones Pasivas:

Procedentes de Europa

140

Resto del mundo

476

Se han incoado en el año 2025 un total de 616 expedientes de extradición pasiva, frente a los 432 que se incoaron en 2024, lo que supone un incremento de 42,59% en asuntos iniciados y tramitados.

Autos de Sala

203

Del total de autos dictados por las distintas secciones, solo se han recurrido 2 por el Ministerio Fiscal (a México e Irán).

Los países que más reclamaciones extradicionales han efectuado a España han sido:

País

Cantidad

Perú

67

Marruecos

49

Reino Unido

43

Estados Unidos

35

Ucrania

35

Colombia

32

Venezuela

32

Rusia

31

Brasil

28

Suiza

23

Honduras

22

Mapa_cap_II

– Órdenes Europeas de Detención.

Durante el año 2025, se han incoado 728 OEDES, cifra que supone un descenso del 14,65% frente a las 853 de 2024.

2025

728

2024

853

2023

753

2022

744

En 2025 se mantienen los mismos países que más OEDES han emitido:

País

Cantidad

Francia

116

Alemania

113

Italia

85

Rumanía

78

Bélgica

62

Polonia

46

Portugal

38

Holanda

35

Suecia

34