CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 7. SECRETARÍA TÉCNICA

7.7 Otras actividades

7.7.1 Actividades derivadas de la Comisión contra la Violencia, Racismo, Xenofobia e Intolerancia en el Deporte

La presencia del Ministerio Fiscal en el ámbito del deporte como consecuencia de la participación en la Comisión para la Violencia, Racismo, Xenofobia e Intolerancia en el Deporte (CEVRXID) ha permitido que la Fiscalía General del Estado haya podido acceder a las comisiones existentes en la legislación europea que afrontan los diversos aspectos que implican al deporte en el ámbito penal, entre otros, a la violencia en los acontecimientos deportivos; al discurso de odio en el ámbito del deporte; la corrupción, tanto en lo relativo a las federaciones deportivas como al fenómeno de las apuestas deportivas o las primas deportivas ilegales, y finalmente el fenómeno del dopaje, tanto en el marco administrativo, como en el penal.

Así, en el ámbito europeo dicha participación se ha concretado en los siguientes foros y acontecimientos:

– Participación en las jornadas de trabajo celebradas en Madrid el día 3 de marzo de 2023 que bajo la cobertura de la operación Shield IV y el auspicio del Consejo de Europa trataron el tema del dopaje y la falsificación de medicamentos.

– Participación en las jornadas de trabajo celebradas en Roma los días 18 y 19 de abril de 2023 que bajo la denominación «Fight the fix» desarrollan un programa de trabajo sobre la persecución de la corrupción en el deporte y en especial las apuestas ilegales en el seno de la UEFA.

– Participación en la jornada presencial de inauguración del curso HELP sobre la convención Medicrime celebrado el 20 de junio de 2023, con intervención sobre delito de dopaje y su relación con la falsificación de medicamentos.

– Participación en las segundas jornadas de la red MARS (Network of Magistrates/Prosecutors Responsible for Sports) que se llevaron a cabo en la sede del Tribunal Supremo en París (Francia) los días 18 y 19 de septiembre de 2023, en las que se trataron temas relativos a las apuestas ilegales y el nombramiento del Secretariado de dicha comisión.

– Participación en las jornadas de reuniones de Direcciones Generales de Deportes de la Unión Europea, en el seno de la Presidencia Española de la Unión Europea, celebradas en Valencia los días 21 y 22 de septiembre de 2023.

– Awareness Raising Practical Session (ARPS) organizado por Cuerpo Nacional de Policía e IntegriSport 3.0 project, en relación con corrupción en el deporte y apuestas ilegales el día 20 de octubre de 2023.

– Dirección del Curso HELP sobre Derechos Humanos y deportes, con jornada inicial presencial el día 12 de diciembre de 2023 en la FGE y curso presencial entre diciembre de 2023 y marzo de 2024.

En el ámbito nacional dicha participación se ha concretado en los siguientes foros y acontecimientos:

– Violencia y Odio en el Deporte, con la intervención en las Jornadas de Fiscales Especialistas de delitos de odio el día 17 de enero de 2023 y en las jornadas de la Fiscalía General del Estado sobre violencia en el deporte celebradas el 2 de mayo de 2023.

– Amaños y corrupción deportiva, con participación en las Jornadas de formación del Cuerpo Nacional de Policía, concretamente en las Jornadas sobre amaños y corrupción deportiva, celebradas en la sede de formación del Cuerpo Nacional de Policía el día 27 de septiembre de 2023.

Asimismo, y en el contexto nacional se celebraron reuniones en el ámbito del deporte con el objetivo de dar una respuesta coordinada a la materia en toda su extensión y servir de interlocutor entre los organismos administrativos, los cuerpos policiales y los compañeros que se enfrentan en su trabajo diario a las siguientes acciones:

– El dopaje: Reunión con la Guardia Civil con competencia en la materia el día 7 de febrero de 2023 y el CELAD el día 2 de octubre de 2023.

– La violencia en el deporte: Reunión con la Comisaria General de Información del Cuerpo Nacional de Policía sobre grupos violentos el día 17 de noviembre de 2023.

La oportunidad de ahondar en la materia de violencia en el deporte ha venido determinada por la incidencia cada vez mayor en estadios de futbol y sus alrededores de comportamientos susceptibles de ser calificados como delitos de odio. Sirva de ejemplo la repetición de actos en relación a conocidos jugadores de futbol, o la existencia de episodios de conductas violentas de grupos radicales en los estadios de futbol o alrededores, que ha derivado en una cada vez mayor visibilización de estos comportamientos suscitando la necesidad de una respuesta común y coordinada para frenar su escalada e impedir su reiteración.

Todo ello determinó que en las jornadas ya referidas de Fiscales Especialistas de delitos de odio celebradas el día 17 de enero de 2023, se adoptara como una de sus conclusiones el que, aprovechando la presencia de la Secretaría Técnica en la Comisión Antiviolencia en el Deporte, los delegados especialistas comunicaran a la ST los hechos de los que tuvieran conocimiento susceptibles de constituir delitos de odio en el ámbito deportivo de manera que este lo participara a la Comisión. Con dicha comunicación se pretendía un doble objetivo, por un lado, que los fiscales y la Comisión tuvieran mutuo conocimiento de los asuntos investigados por cada parte a fin de que la investigación se llevara a efecto, ora en vía penal, ora en vía administrativa, por quien realmente fuera competente, de modo que no se incurriera en un conocimiento simultáneo en ambas vías cuando ello no fuera procedente. Por otro lado, se consideró como vía adecuada para aquellos supuestos en los que, descartada la vía penal, la Administración tuviera conocimiento de dicha circunstancia y pudiera proceder en el marco de sus competencias. Este traslado de información respecto de conductas violentas en el mundo de la asistencia a espectáculos deportivos se ha visto completado con una labor de coordinación para proporcionar respuesta común en lo atinente a las medidas cautelares que han de solicitarse a los Juzgados de instrucción en relación a los hinchas violentos o que lleven a cabo comportamientos racistas o xenófobos. La medida cautelar de alejamiento se ha solicitado en varias ocasiones en diferentes juzgados (Burgos, Pamplona, San Sebastián, Soria, Madrid y Lugo) y responde a un criterio de proporcionalidad en relación a la gravedad de las conductas, al solicitarse con un carácter temporal (4 horas antes y 4 horas después de la celebración de un partido), con una fijación de límite de distancia (alejamiento a una distancia de 500-1000 metros del estadio) y con una extensión determinada en cuanto al acceso a competiciones deportivas. Dicha medida ha sido satisfactoriamente acogida en aquellos supuestos en los que se ha interesado en diferentes juzgados de España.

Finalmente quedaron pendientes para celebrar a lo largo del año 2024 nuevas reuniones con los organismos administrativos que realizan sus funciones en el ámbito de las materias antes citadas, todo ello con el objetivo de dar una respuesta coordinada a la materia y servir de interlocutor entre los organismos administrativos, los cuerpos policiales, autoridades deportivas y los compañeros que se enfrentan a esta materia en su trabajo diario.

7.7.2 Actividad derivada de la Delegación de la Especialidad de los Delitos de Odio y contra la Discriminación

Como se refirió en el texto memorial del año pasado, en el segundo semestre de 2022 la Fiscal General del Estado asumió la llevanza de la materia de los delitos de odio y discriminación, cuya gestión material cotidiana se ha realizado a través de su equipo técnico. Esta situación se ha mantenido hasta mediados del año 2023, al procederse por Real Decreto 460/2023, de 13 de junio al nombramiento del Fiscal de Sala Coordinador de los Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía General del Estado, habiéndose creado dicha plaza por Real Decreto 311/2023, de 25 de abril, al contemplarse expresamente la misma en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Derivado de lo anterior y en el espacio temporal referido, la Secretaría Técnica ha desarrollado la llevanza ordinaria de esta materia mediante el desarrollo de una actividad de coordinación del trabajo que se realiza a nivel nacional. Se ha canalizado la recepción de los escritos de acusación y de las diligencias de investigación desarrolladas por los fiscales especialistas así como de las sentencias que dictan los diferentes órganos judiciales de todo el territorio. Se ha mantenido abierto un cauce directo de comunicación con los compañeros para la resolución de consultas que se plantean desde el punto de vista práctico, proporcionando orientación jurídica cuando la misma es solicitada, así como la transmisión de los criterios comunes de actuación, siendo el exponente más representativo la organización de las jornadas de especialistas que tuvieron lugar en enero de 2023, al constituir el foro adecuado para el debate y la resolución de asuntos, tanto de carácter jurídico como organizativo. La Secretaría Técnica ha estado presente en representación de la Institución y del Fiscal General del Estado en reuniones con los organismos, ministerios y entidades del tercer sector dedicadas al desarrollo y sensibilización de los delitos de odio.

7.7.3 Actividad relativa a herramientas informáticas

La Secretaría Técnica ha participado en grupos de trabajo y reuniones en relación con aplicaciones de gestión en el ámbito de la Fiscalía General.

1. En relación con las Diligencias de Investigación del Ministerio Fiscal.

Con el fin de buscar una aplicación uniforme de los preceptos de la Circular 2/2022 en la totalidad del territorio nacional creando a tal fin una aplicación de gestión preprocesal que englobe los tres tipos de diligencias previstas (preprocesales, auxiliares y posprocesales). Desde el mes de marzo de 2023 se han llevado a cabo reuniones para el diseño de la aplicación que tiene como finalidad la creación de un sistema de gestión único ajustado a lo previsto en la Circular y dotar a la misma de interoperabilidad con los sistemas de gestión procesal existentes en las CC. AA. que disponen de sistemas propios.

2. En relación a los Expedientes Gubernativos de la Secretaría Técnica.

A lo largo del año 2023 se ha trabajado en la realización de modificaciones respecto a la aplicación «Expediente Gubernativo» de la Secretaría Técnica. Esta aplicación es utilizada en el momento actual para la tramitación de los expedientes relativos a la dación de cuentas (art. 25 EOMF) y la prórroga de las diligencias de investigación. Asimismo, permite el trámite combinado en el cual la solicitud enviada a la Secretaría Técnica a través de la aplicación (expediente combinado) permite su traslado directo sin necesidad del uso de correo electrónico u otros medios desde la Fiscalía solicitante y permite el registro y control de los asuntos en dichas materias.

Se ha participado en la reunión que tuvo lugar el día 2 de febrero de 2023 entre la Fiscalía General del Estado y las Comunidades Autónomas con sistemas AVANTIUS para detectar problemas y buscar posibles soluciones.

La Secretaría Técnica ha participado en las reuniones junto con la Unidad de Apoyo para la creación de la Sede Electrónica de la Fiscalía.

Y también ha participado junto con la Unidad de Apoyo en las reuniones habidas para la creación de la nueva página fiscal.es de la Fiscalía General del Estado.

7.7.4 Actividad relativa al seguimiento de los fallecimientos en residencias y centros de mayores

En el año 2023 se ha continuado con la atención y seguimiento de la situación de las residencias y centros sociosanitarios que se generó a consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19.

Tal y como se recogió el texto memorial pasado, la Fiscalía General del Estado, desarrolló desde el mismo año 2020 una actuación de seguimiento y control de las incidencias que se dieron todo el territorio nacional versando la información que se solicitaba a las fiscalías de las Comunidades Autónomas sobre personas fallecidas o contagiadas por la COVID-19, medidas de confinamiento adoptadas por las administraciones que determinasen privación o limitación de la libertad u otro derecho fundamental, y resoluciones judiciales sobre esta cuestión emitidas por los juzgados de guardia o de lo contencioso-administrativo.

Al existir un especial interés en atender y dar una adecuada respuesta a las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad, así como la protección de sus derechos fundamentales, la vigilancia e intervención del Ministerio Fiscal ha continuado desde ese primer momento, pero la información interesada desde la FGE ha variado, conforme se ha ido estabilizando la situación.

Así, en el año 2021 se solicitó que con carácter trimestral se remitieran los datos relativos a las diligencias preprocesales civiles de protección y a las diligencias de investigación penal tramitadas por las distintas fiscalías de cada Comunidad Autónoma. El año de 2022 la actuación de seguimiento estuvo centrada no sólo en las diligencias de investigación sino en el estado de los procedimientos judiciales incoados con ocasión de los fallecimientos acaecidos en los centros sociosanitarios de mayores.

A tal efecto, y siguiendo las indicaciones del Fiscal General del Estado, en la Secretaría Técnica se incoaron dos expedientes relacionados con los fallecimientos por la COVID. El primero de ellos se centró en la situación existente en las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña y Castilla-La Mancha, pues atendiendo a los datos publicados eran donde mayor incidencia se había dado en los fallecimientos acaecidos en residencias. El segundo expediente abarcó la totalidad del territorio nacional al considerarse necesario conocer información detallada y completa de todos los procedimientos judiciales relacionados con esta materia así como la actuación que el Ministerio Fiscal hubiera tenido en los mismos; igualmente se incluyó en el oficio dirigido a los y las Fiscales Superiores que se procediera al dictado de instrucciones a los miembros de sus plantillas de forma que se escuchara a los familiares de las víctimas así como para que los/las fiscales asistieran a la toma de declaración de familiares, personas investigadas y testigos de relevancia en el proceso.

La información obtenida fue bastante clarificadora, y se pudo concluir que a fecha 30 de septiembre de 2022, existían en trámite 106 procedimiento judiciales, 20 de los cuales habían sido incoados por denuncia o querella interpuesta por el Ministerio Fiscal y 8 estaban pendientes de resolución la impugnación planteada contra su archivo. También en tramitación se encontraban cuatro diligencias de investigación, todas ellas incoadas en 2022.

Por parte de la FGE, en el año 2023, se ha continuado con la actividad que se había desplegado desde el inicio de la crisis sanitaria generada por la COVID-19 y que se ha ido desgranando en los párrafos anteriores. Esa actividad, encuadrada dentro de la función tuitiva del Ministerio Público, se ha desarrollado en varias vertientes, todas ella bajo el prisma de protección a las personas más vulnerables y que en mayor grado sufrieron los estragos de la pandemia. A tal efecto se ha mantenido el seguimiento de las diligencias de investigación habidas en las fiscalías, así como de los procedimientos judiciales existentes en el territorio nacional.

A partir de los informes trimestrales que se realizaron en el año 2023, y que continúan en el año 2024, se han actualizado los datos anteriormente referenciados. A fecha 31 de diciembre de 2023 se ha constatado la existencia de 89 procedimientos que se encontraban todavía en tramitación, si bien 25 de los mismos estaban pendientes de que por la Audiencia Provincial se resolvieran los recursos de apelación contra los Autos de sobreseimiento provisional promovidos bien por la familia bien por el Ministerio Fiscal. Otro dato obtenido representativo de la actividad del Ministerio Fiscal lo constituye los recursos interpuestos por la Fiscalía, en la medida que en el año 2023 se han recurrido un total de 18 Autos en reforma o en apelación, siendo objeto del recurso en su mayoría la falta de audiencia a los familiares, de los cuales 6 han sido estimados, 4 desestimados y 8 se encuentran pendientes de resolución.

En relación con las diligencias de investigación, tal y como se recogió en la anterior memoria, atendiendo al tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia y al encontrarse la mayor parte de las investigaciones en fase judicial, la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal apenas es ya significativa, habiéndose centrado dicha actuación en los años 2020 y 2021. Se aludía la incoación en 2022 de cuatro diligencias de investigación, y a partir de los informes actualizados remitidos por las Fiscalías se ha conocido que 3 han sido archivadas y en una de ellas se ha presentado denuncia que se está siendo tramitada por el juzgado competente. En el año memorial que se está analizando, se ha incoado 1 diligencia de investigación que ha sido archivada.

Debe señalarse que, en el año 2023, a partir de las instrucciones remitidas a los/las Fiscales Superiores a fin de exhortarles a velar por el derecho de los familiares a ser oídos en los procedimientos penales en aquellos supuestos en los que no se les hubiera dado ya audiencia, se ha realizado una actuación proactiva del Ministerio Público en aras a darles entrada en el procedimiento en su condición de víctimas indirectas que tienen legalmente atribuida.

Por otro lado, tal y como se avanzaba en la memoria correspondiente al año 2022, en el mes de febrero de 2023 el Fiscal General del Estado, acompañado por la Fiscal de Sala al frente de la Unidad de personas con discapacidad y mayores, la Fiscal de Sala Jefa de la Secretaría Técnica y otras fiscales de este órgano, recibió en la sede de la Fiscalía General a representantes de las asociaciones de víctimas, con el fin de informales personalmente de los datos recabados y de la actuación que la Fiscalía estaba desplegando en ese ámbito. Esta reunión ayudó a establecer la ruta de trabajo para el año memorial, puesto que a partir de la misma se conocieron de primera mano quejas y solicitudes realizadas por las asociaciones de la sociedad civil organizada, aspirando desde la FGE a perseverar en la dedicación a la protección de las personas más vulnerables como ya se venía haciendo por parte de todos los miembros que conforman la Institución.

En el año 2024, se continúa con el seguimiento de los procedimientos que todavía se encuentran en tramitación si bien las daciones de cuentas se han interesado con carácter semestral. También se ha analizado el documento relativo a las Conclusiones de la Comisión Ciudadana por la verdad en las residencias de la Comunidad de Madrid, y a partir del mismo se procederá a la realización de las actuaciones pertinentes destinadas a persistir en el amparo y defensa de nuestros mayores.

7.7.5 Seguimiento de las sentencias firmes condenatorias de delitos contra la libertad sexual

Como es sabido, la entrada en vigor de la Ley 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, supuso un trascendente cambio de la regulación de los delitos contra la libertad sexual en el CP. Ante la ausencia de disposiciones transitorias expresas en dicha ley y las distintas interpretaciones sobre la posibilidad de aplicación retroactiva de la norma más favorable, el FGE dictó un Decreto el 21 de noviembre de 2022 con la finalidad de establecer criterios uniformes de actuación respecto de las revisiones de sentencias firmes.

Desde la Secretaría Técnica se realizó un seguimiento de todas las peticiones de revisión de sentencias firmes condenatorias por delitos contra la libertad sexual dictadas por los distintos órganos judiciales de todo el territorio nacional; de los informes que al respecto se elaboraron por los/as compañeros/as; de los Autos que al efecto se dictaron decretando o no la revisión por los distintos órganos judiciales; así como de los recursos que contra los mismos se interpusieron. Este seguimiento fue posible por la inmediata colaboración de las Fiscalías de las Comunidades Autónomas, quienes a su vez recibieron la información de las Provinciales y de Área, y su canalización a la Secretaría Técnica, en un auténtico ejercicio del funcionamiento estructurado y unitario de la Institución.

Además del trabajo propio de seguimiento, en la Secretaría Técnica se han analizado las 81 sentencias de la Sala II del Tribunal Supremo dictadas durante el 2023 en procedimientos de revisión de sentencias firmes de condena, datos extraídos de LOTUS. Se observa que en 27 de esas 81 el procedimiento se inició por la interposición de recurso del Ministerio Fiscal y/o de la acusación particular contra el auto de revisión (33,33%). De esas 27 sentencias, en 7 de ellas el Tribunal Supremo estimó el recurso y anuló la revisión de la condena realizada (25,92%); en 14, se estimó parcialmente el recurso (51,85%) y en 6 se desestimó el recurso y se mantuvo la revisión de la condena (22,22%). En 54 sentencias del total de 81, el procedimiento se debió a la interposición por parte del penado del correspondiente recurso contra el auto de no revisión (66,67%). En 10 sentencias de esas 54, el Tribunal Supremo estimó el recurso y revisó la condena (18,52%) y en las 44 sentencias restantes, se desestimó el recurso y se mantuvo la no revisión (81,48%).

Así pues, el Tribunal Supremo durante el 2023 indicó que no procedía la revisión de la sentencia firme de condena, bien porque anuló el auto que la acordaba (7) o bien porque desestimó el recurso del penado contra el auto que la denegaba (44) en un total de 51 sentencias de las 81 dictadas (62,96%).

En febrero de 2024, al disponerse de un elenco de resoluciones que reflejaban la opción interpretativa que de la reforma asumía la Sala II del Tribunal Supremo, no se consideró necesario mantener el referido seguimiento.

7.7.6 Actividades en el ámbito internacional

7.7.6.1 Renuncia de jurisdicción con relación a delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas de EEUU

Al amparo del artículo VII del Convenio entre los Estados Parte del Tratado del Atlántico Norte relativo al Estatuto de sus Fuerzas Armadas de 19 de junio de 1951, el Convenio de Cooperación para la Defensa entre España y los Estados Unidos de América de 1 de diciembre de 1988 (BOE de 6 de mayo de 1989) se diseña el mecanismo en virtud del cual el Gobierno de EEUU puede solicitar la cesión de jurisdicción por los hechos delictivos cometidos por personas sometidas a la jurisdicción española. El Comité Permanente Hispano Norteamericano, Grupo de Asuntos Jurisdiccionales es el órgano encargado de canalizar este tipo de solicitudes, estudiarlas y emitir un dictamen que se remite a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que, conforme al artículo 65.3 de la LOPJ, tiene atribuida la competencia para decidir sobre la renuncia planteada.

La Secretaría Técnica forma parte del Comité Permanente Hispano Norteamericano y asume la remisión del expediente con el dictamen correspondiente de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. En 2023 se presentaron cuatro peticiones de renuncia, siendo que en una de ellas la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional fue conforme, y en tres de los casos fue desfavorable. La mayoría de los casos que se analizan son relativos a delitos de lesiones o agresiones sexuales, bien en el ámbito de la violencia de género y doméstica, bien fuera de este.

7.7.6.2 Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos

En enero de 2023 se realizó la renovación y designación concreta de los puntos de contacto de las redes y grupos de trabajo de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), cuya composición y funcionamiento se encuentra en el Reglamento de los Grupos de Trabajo y Redes Especializadas de la AIMAP. Como consecuencia de la convocatoria lanzada desde la Secretaría Técnica, se presentaron candidatos para todas las redes y grupos de trabajo, habiéndose así garantizado la presencia de España en todos ellos.

La AIAMP, a fecha 31 de diciembre de 2023, contaba con nueve redes permanentes y ocho grupos de trabajo de vocación temporal, si bien, tras la XXXII Asamblea General Ordinaria de febrero de 2024, el grupo de trabajo de acompañamiento para la implementación del Reglamento IberRed quedó absorbido en la Red de Cooperación Penal Internacional.

7.7.6.3 Red Judicial Europea de Formación

La Red Judicial Europea de Formación Judicial (EJTN, por sus siglas en inglés) es el principal foro europeo para la formación y el intercambio de conocimientos de jueces y fiscales, así como de otros operadores de justicia. La formación ofrecida por la EJTN se realiza a través de distintos formatos tanto presenciales, fundamentalmente seminarios, como online, esencialmente webinarios de tres horas y lunchtime webinarios de una hora, además de los programas de intercambio o de los programas de formación lingüística.

Tratándose de una materia de formación, en este caso internacional, la Secretaría Técnica está directamente involucrada en las actividades de la EJTN, en coordinación con el Centro de Estudios Jurídicos. Por ello, la ST forma parte del Subgrupo de Trabajo de Derechos Humanos y ostenta la condición de «convener» del Subgrupo de Trabajo de Justicia Criminal, el de mayor relevancia de la EJTN; como «convener» asume, con asistencia del personal de la EJTN, la dirección de las reuniones del subgrupo de trabajo e impulsa sus actividades, así como la participación e implicación de los demás miembros del subgrupo de trabajo.

En 2023, la Secretaría Técnica dirigió cuatro actividades formativas en el seno de la EJTN. En marzo, el seminario Environmental crime que tuvo lugar en Pirna (Alemania); en junio, el seminario Autonomous Prosecution Services and their essential role for the Rule of Law, en Riga (Letonia); en septiembre, el luchtime webinar The use of restorative justice in the criminal justice system; en diciembre, el webinario Probation measures or alternatives sanctions. Different types of supervision measures as an alternative to provisional detention.

217 fiscales españoles participaron en las 100 actividades ofertadas por la EJTN para miembros del Ministerio Fiscal en 2023, de ellos, 60 fueron hombres (27,6%) y 157 mujeres (72,4%).

Actividades dirigidas a Fiscales 2023

Núm.

Participantes

Seminarios EJTN

56

95

Estancias larga duración EJTN

3

3

Intercambios EJTN

24

64

Visitas de estudios EJTN

9

12

Seminarios EAJTN

1

12

Seminarios ERA

3

12

Otros

4

19

Total

100

217

7.7.6.4 Informe Estado de Derecho

El informe sobre el Estado de Derecho de la Comisión Europea se constituye como un instrumento de análisis del correcto funcionamiento del Estado de Derecho en los distintos países que integran la Unión Europea. Este informe se elabora a través de un diálogo entre la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo con los Estados miembros y cuenta con la participación de diversos actores públicos y privados de cada Estado. En el caso de España, participa la Fiscalía General del Estado a través de la Secretaría Técnica, la Unidad especializada de Cooperación Penal Internacional y la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada. La Secretaría Técnica elaboró y remitió a la Comisión un informe previo sobre la materia y participó en las entrevistas que tuvieron lugar en marzo de 2023 para la evaluación de España.

7.7.7 Actividades en materia de corrupción

La lucha contra la corrupción constituye uno de los ejes estratégicos trazados por la Fiscalía General del Estado. La colaboración entre los distintos operadores públicos implicados en esta difícil tarea contribuye a incrementar la efectividad de todos ellos.

La experiencia resultante de la colaboración entre el Ministerio Fiscal y las oficinas y agencias antifraude se ha demostrado positiva pues se trata de instituciones u organismos perfectamente complementarios cuya actuación, sin embargo, se orienta a la consecución de un fin que en última instancia puede resultar considerado común: la satisfacción del interés general.

El profundo conocimiento que las distintas agencias y oficinas antifraude han adquirido a la hora de detectar e investigar las prácticas fraudulentas y corruptas que tienen lugar en el sector público constituye una valiosa herramienta de la que el Ministerio Fiscal puede nutrirse.

En este contexto, la ST colaboró en los convenios y protocolos de actuación que a continuación se indicarán, con el objetivo de dotar de un marco formal y preciso a la referida colaboración, garantizando con ello la uniformidad y transparencia.

– Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina de prevención y lucha contra la corrupción en las Illes Balears, de 19 de junio de 2023.

– Protocolo de actuación para el desarrollo del Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina de Prevención y Lucha contra la corrupción en las Illes Balears, de 19 de junio de 2023.

– Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina Andaluza contra el fraude y la corrupción, de 19 de junio de 2023.

– Protocolo de actuación para el desarrollo del Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina Andaluza contra el fraude y la corrupción, de 19 de junio de 2023.

– Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Agencia de prevención y lucha contra el fraude y la corrupción de la Comunitat Valenciana, de 19 de junio de 2023.

– Protocolo de actuación para el desarrollo del Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Agencia de prevención y lucha contra el fraude y la corrupción de la Comunitat Valenciana, de 19 de junio de 2023.

– Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina Antifraude de Cataluña, de 19 de junio de 2023.

– Protocolo de actuación para el desarrollo del Convenio de colaboración entre el Ministerio Fiscal y la Oficina Antifraude de Cataluña, de 19 de junio de 2023.

7.7.8 Labor de coordinación en los casos de abusos y agresiones sexuales a menores cometidos en el ámbito de congregaciones, colegios u otras instituciones religiosas

La Fiscalía General del Estado, ha continuado en el año 2023 consolidando el compromiso institucional adquirido con el seguimiento, estudio y coordinación de casos de abusos y agresiones sexuales cometidos en contextos religiosos.

En esa misma línea de colaboración institucional iniciada en años anteriores, una fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado participó en las reuniones de la Comisión de Expertos creada por el Defensor del Pueblo, profundizando en la elaboración conjunta del «Informe sobre los abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia Católica y el papel de los poderes públicos» que vería la luz el 27 de octubre de 2023, fecha en la que fue entregado al Congreso de los Diputados.

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El Informe cuenta con 777 páginas y recoge, entre otros contenidos, los ámbitos de actuación, objetivos, metodología y fuentes empleadas, detalles de una encuesta encargada a la empresa GAD3, el marco jurídico, y una serie de conclusiones-recomendaciones que fueron elevadas a las Cortes Generales y al Gobierno de España para la adopción de las medidas necesarias en orden a cumplir con el objetivo de la encomienda inserta en la Proposición No de Ley que se le hizo al Defensor del Pueblo el 10 de marzo de 2022, que contó con el voto a favor de la mayoría de los grupos políticos de la Cámara Baja.

Tal y como se hace constar en la introducción, «se trata de un Informe necesario para dar respuesta a una situación de sufrimiento y de soledad que durante años se ha mantenido, de una u otra manera, cubierta por un injusto silencio».

En relación con lo anterior, en la parte VI del Informe titulada «Respuestas de las Instituciones Públicas», se recoge expresamente toda la labor efectuada a través del expediente de coordinación incoado por la Secretaría Técnica, con todos los datos concretos que ya fueron reflejados en la Memoria del año 2022.

Por tanto, la labor llevada a cabo por la Fiscalía General del Estado en 2023 no fue tanto la recopilación de datos sobre abusos y agresiones sexuales a menores cometidos en el ámbito de congregaciones, colegios o cualquier otra institución religiosa, remitidos por cada una de las fiscalías provinciales, sino la elaboración de un análisis técnico jurídico que abordara las principales dificultades encontradas a la hora de dimensionar el fenómeno y de analizar las posibles respuestas a hechos prescritos y cometidos por autores ya fallecidos.

El informe elaborado por la ST abordaba como punto de partida que, el derecho a la justicia que legítimamente reclaman las víctimas de abusos sexuales en instituciones religiosas se ve directamente afectado por la existencia y el fundamento de la prescripción del delito.

No obstante, tras recabarse más de 600 testimonios en la Unidad de Atención a las Victimas creada por el Defensor del Pueblo, que estuvo operativa hasta finales del año 2023, surgió la importante reflexión sobre la necesidad de garantizar un «contenido mínimo» en el derecho de justicia que reclaman las víctimas de hechos ya prescritos.

Partiendo de ese «contenido mínimo», se inició el debate respecto a su esencia, que podría consistir en una declaración pública ante la existencia de un principio de prueba planteado ante una autoridad institucional neutral (independiente e imparcial), que integrara: el que un hecho ha tenido lugar, el reproche por considerarlo injusto, la individualización y reconocimiento del status de víctimas, y finalmente, que se establezca una obligación para la reparación del daño causado a las mismas.

Con esta estructura, se podrían completar las tres fases que toda víctima merece y necesita: ser oída, ser reconocida y ser reparada.

No es discutible que uno de los efectos de la prescripción para todo tipo de delitos, es la imposibilidad de dar una respuesta a la víctima que conlleve el enjuiciamiento de los hechos que ha sufrido. Sin embargo, dadas las especiales características de este tipo de víctimas, los efectos de la prescripción son enormemente revictimizantes. La falta de conciencia social existente sobre estos delitos, el clima de impunidad y silencio que los ha acompañado durante años lleva a la sugerencia o estudio de plantear alternativas a la vía judicial penal.

Entre las alternativas al proceso penal a explorar, se encuentra la del proceso civil con un estudio profundo de la posible reforma de los plazos de prescripción en este ámbito y distintas formas de plantear la acción civil con la solicitud de la responsabilidad civil subsidiaria a las instituciones religiosas.

Tampoco debe descartarse la vía de los procesos restaurativos si las víctimas aceptan de forma voluntaria participar en ellos o si son solicitados por las mismas para llevar a cabo una adecuada reparación.

Otras opciones que han sido estudiadas son la instauración de las comisiones de la verdad, como la que se creó en Bélgica con el Centro de Arbitraje.

Mención especial ha de hacerse respecto a la promulgación de leyes administrativas de ayudas a víctimas de delitos violentos y sexuales, como por ejemplo recoge el artículo 37 de la L. O. 10/22, de garantía integral de la libertad sexual, en lo que se refiere a la novedosa forma de acreditar la situación de violencia sexual sin que esté constreñida a un momento concreto.

En esa línea y pese a que sea inevitable que los procedimientos sobre los delitos en el entorno que hemos analizado finalicen por resolución que acuerde la prescripción penal con efectos de cosa juzgada, nada impide mejorar la argumentación y el contenido de dichas resoluciones conforme al principio constitucional del derecho a obtener una resolución fundada en Derecho. Lo anterior respondería al carácter reparador que para la víctima implicaría una resolución que explique sucintamente que pese a que la prescripción significa que la responsabilidad penal queda extinguida y el proceso queda excluido, ello no elimina la certeza de su relato.

Por ello en el informe se hizo mención también acerca de la instauración por el legislador, de un procedimiento declarativo de tipo administrativo que conllevara un pronunciamiento expreso sobre la condición de víctima, otorgándoles el reconocimiento de un status y estableciendo ciertos cauces de reparación.

Para finalizar, se llega a la conclusión de que los jueces y fiscales en el desempeño de sus funciones relativas a la atención y protección a la víctima, deberían priorizar la escucha a las que lo son por este tipo de delitos y la notificación en persona de las resoluciones que pongan fin al procedimiento por prescripción, con una explicación en lenguaje inteligible del alcance de la misma y de la existencia de otras vías ajenas al proceso judicial penal.

Una vez finalizada la encomienda para la que se formó la Comisión de Expertos en el Defensor del Pueblo, podemos llegar a afirmar que el problema no parte únicamente de dar una respuesta penal a un hecho delictivo y acreditado, sino que resulta necesario plantear otras iniciativas que permitan detectar los casos que se produjeron en otras décadas y que pese a estar prescritos o sus autores fallecidos, pudieran tener alguna respuesta.

7.7.9 Análisis de conclusiones de las jornadas

Dentro de la organización del trabajo interno de la Secretaría Técnica, se analizaron las conclusiones de las jornadas de especialistas celebradas en 2023, tras lo cual se dio difusión de las mismas a los miembros de la carrera fiscal para su conocimiento a través de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General.

7.7.10 Elaboración periódica de los infofiscalía

La Secretaría Técnica ha continuado durante el año 2023 con la elaboración periódica de los infofiscalía, publicaciones que constituyen breves artículos de distinta naturaleza y que se remiten a todos/as los/as fiscales mediante correo electrónico. Su contenido puede referirse a sentencias del Tribunal Supremo de especial interés o trascendencia, en los que se sintetizan los criterios adoptados por el alto tribunal respecto de cuestiones jurídicas relevantes para el quehacer cotidiano de los/as fiscales; en otras ocasiones se utilizan como vía para dar publicidad a los/as compañeros/as de las novedades normativas, de las instrucciones y dictámenes de las especialidades de la carrera para su rápido y puntual conocimiento, y también para dar difusión a asuntos varios que afectan a la carrera fiscal.

Durante el 2023, se remitieron a todos/as los/as fiscales 44 infofiscalía, de los cuales el 50% tenían contenido jurídico (22) y el otro 50% versaban sobre cuestiones trascendentes para la carrera.

De los 22 infofiscalía de contenido jurídico, el 45,5% trataban cuestiones de derecho penal tanto de la parte general como de la especial (10), el 18,2% sobre derecho procesal (4), el 13,6% sobre derecho civil (3) y el 22,7% sobre derecho constitucional (5).