10. COOPERACIÓN PENAL INTERNACIONAL
10.1 Consideraciones generales y contexto estratégico
El ejercicio 2025 ha confirmado la consolidación de la cooperación penal internacional como uno de los ejes estructurales del sistema de justicia penal, tanto en el ámbito de la Unión Europea como en la cooperación con terceros países. La evolución de la criminalidad organizada transnacional, caracterizada por su creciente sofisticación, digitalización y versatilidad, exige una respuesta desde la primacía del Estado de derecho basada en la eficacia operativa, la especialización, la digitalización y la coordinación que solo puede darse por los Ministerios Públicos.
En este contexto, la experiencia acumulada por el Ministerio Fiscal español evidencia la necesidad de acometer una serie de reformas normativas orientadas a reforzar el carácter del Ministerio Fiscal como autoridad judicial de referencia en la cooperación penal internacional, superando las disfunciones estructurales del modelo vigente para optimizar la aplicación de los instrumentos de reconocimiento mutuo en el Espacio de Libertad Seguridad y Justicia (ELSJ) europeo, desde la adaptación a los nuevos desafíos derivados de la digitalización y buscando la eficacia en la recuperación de activos.