2.2 Coordinación entre la Fiscalía del TS y las fiscalías territoriales
La Sección Civil de la Fiscalía del TS está apostando por conseguir que en cada Fiscalía Provincial exista una sección civil, integrada por un número variable de fiscales con dedicación exclusiva o no, dependiendo del tamaño de cada fiscalía, que despachen el papel civil, acudan a juicios y controlen las resoluciones. Esta apuesta en aras de la especialización no resulta una tarea sencilla por la escasez de fiscales en la mayoría de las fiscalías, y por la ausencia aún en muchas provincias de un juzgado especializado en familia que de forma exclusiva o junto con otros asuntos aglutine la materia y principalmente los señalamientos. Se están dando pasos importantes para conseguir actualizar los nombramientos de los/as delegados/as o coordinadores/as y fomentar la relación de éstos/as con la Sección Civil de la Fiscalía del TS, mediante una comunicación más ágil y directa a fin de fortalecer el principio de unidad de actuación en materia civil esencial para garantizar la seguridad jurídica. Con tal fin, se remiten a todas las fiscalías las sentencias dictadas por el TS que por su contenido sean de interés o novedosas, evacuando las consultas o dudas que se plantean.
Este año se han vuelto a celebrar de manera conjunta las jornadas de fiscales delegados/as de Civil y fiscales delegados/as de Personas con Discapacidad y Mayores, dada la gran coincidencia en la llevanza de ambas materias. La reunión se celebró en el mes de septiembre en Ciudad Real, con una duración de dos días y medio.
El tema estrella de las jornadas fue la incidencia de las modificaciones introducidas en el proceso civil por la LO 1/2025 de eficiencia procesal. Siguiendo las líneas marcadas en la jornada de trabajo llevada a cabo con la AEAFA, se abordó principalmente el estudio de la regulación de los diferentes MASC y de los problemas que la exigencia de esta previa negociación podía plantear en asuntos en que estuviera implicado el interés del menor o de una persona con discapacidad tanto en los procesos verbales como en los de jurisdicción voluntaria. También se analizaron las modificaciones introducidas en la tramitación del juicio verbal, especialmente la posibilidad de no celebración de vista a criterio del juez, concluyéndose que dichas modificaciones no eran aplicables al juicio verbal de familia, al tratarse de procedimientos especiales y con una regulación propia y especifica en los artículos 748 y siguientes LEC, que no habían sido reformados, y en los que los principios de inmediación y oralidad eran esenciales para la adecuada valoración del interés superior del menor. Se abordaron también las cuestiones más complejas surgidas a lo largo del año en los procedimientos de consumo y los pronunciamientos más novedosos del TS en materia de familia, adopción y derechos fundamentales.
La última media jornada conjunta estuvo dedicada a analizar los avances en la puesta en marcha de la Red Civil Internacional de Fiscales (RCIF) creada por Decreto FGE de 2 de octubre de 2024 y el estudio de los principales instrumentos internacionales y su aplicación a procedimientos con aspectos transfronterizos.