CAPÍTULO IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

Este capítulo proporciona los datos generales de la actividad de las fiscalías territoriales durante el año 2025 en base a la información proporcionada por las diecisiete fiscalías de las comunidades autónomas y por las fiscalías provinciales. El análisis comprende la actuación del Ministerio Fiscal en todas las jurisdicciones, con especial referencia al ámbito penal. Sin embargo, cada año se acrecienta su intervención en los demás ámbitos jurisdiccionales, en los que la posición procesal del Ministerio Fiscal cobra una especial transcendencia, en atención a la defensa del interés social que la ley le atribuye.

La exposición, estructurada de esta forma, ofrece una visión global de la actividad del Ministerio Fiscal y proporciona datos y valoraciones que pueden ser útiles para la ciudadanía y las instituciones, la formación de criterios y la toma de decisiones por los poderes públicos. Del mismo modo, esta visión pone de manifiesto el esfuerzo organizativo y personal que las y los fiscales realizan para dar respuesta a las funciones encomendadas por la ley.

En todo caso, ha de tenerse en consideración que la evolución de la criminalidad y de los procedimientos judiciales no puede conocerse tan solo a través de las estadísticas de la Fiscalía, cuyos indicadores reflejan la actividad procesal del Ministerio Fiscal, sino que ha de ser completada e interpretada fundamentalmente junto con la que se ofrece por el Consejo General del Poder Judicial e instancias policiales, por cuanto cada una refleja los aspectos de su actividad desde sus ópticas particulares.

Además de la información analizada en este texto, existen abundantes datos estadísticos accesibles en el portal fiscal.es. En este mismo portal se pueden consultar también todas las memorias de las fiscalías de las comunidades autónomas.

El análisis que se hace en este capítulo toma como referencia dichos datos estadísticos, respecto de los cuales procede exponer una serie de consideraciones. Los resultados que se recogen de forma agrupada a nivel provincial –y que luego son analizados en las distintas memorias de las fiscalías provinciales y de las comunidades autónomas– tienen como base los datos obrantes en los distintos sistemas informáticos empleados para la tramitación de procedimientos por las fiscalías (o sistemas de gestión fiscal), sin perjuicio de su revisión por parte de dichos órganos territoriales.

Se presenta a continuación la imagen del mapa de los sistemas de gestión fiscal y procesal en el año 2025 –por ser especialmente ilustrativa de la diversidad tecnológica con la que se trabaja por las distintas fiscalías– y que son los que generan la información que luego ha de volcarse en el sistema para la recogida de datos estadísticos de ámbito nacional.

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Esta variedad de sistemas de gestión provoca disfunciones en la recopilación de información estadística, pues no todas las fiscalías pueden aportar los datos requeridos o no los interpretan de manera uniforme, lo que, no obstante, trata de suplirse por las fiscalías territoriales con consultas a otras fuentes y, en ocasiones, con determinados registros manuales. Por otra parte, algunos datos llegan al sistema de gestión fiscal en función de los registros de los sistemas de gestión procesal de los órganos judiciales, que a veces arrastran errores que no son susceptibles de corrección.

La Unidad de Apoyo de la FGE ha puesto de relieve ante el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (CTEAJE) la necesidad de disponer de una extracción automática de la información de los sistemas para su incorporación a la estadística de la Memoria, y de la unificación de las tablas de delitos de la normativa técnica, para su implementación por todos los sistemas como paso previo a poder obtener mayores desgloses en la información sobre delitos.

En este ejercicio memorial esta problemática se presenta especialmente en la Comunitat Valenciana, en la que se ha producido de forma escalonada a lo largo de la anualidad la implantación del sistema Just@, con las dificultades propias de todo cambio de sistema, y sin que estuvieran convenientemente desarrollados los instrumentos para la explotación estadística.

Por ello, si bien resulta más prudente, con carácter general, atender a las tendencias consolidadas más que a las variaciones puntuales que se presenten de año en año al interpretar los datos estadísticos, en este ejercicio resulta especialmente recomendable tener dicha prevención, por el impacto que pueda representar sobre la información a escala nacional el volumen de procedimientos que se tramitan ante las fiscalías valencianas.