9. PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y MAYORES
9.1 Iniciativas y novedades en la actuación de la Unidad especializada en el año 2025
9.1.1 Actividades de impulso de cooperación internacional en los casos con un elemento transnacional. Primeros pasos para la constitución de la Red Civil Internacional de Fiscales
La concreción, por Decreto de 30 de septiembre de 2025, de la estructura y atribuciones de la Red Civil Internacional de Fiscales (RCIF) –creada el año anterior y en la cual la Unidad de Personas con Discapacidad y Mayores ostenta funciones de coordinación compartidas con la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, la Unidad de Menores y la Sección Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo– ha dado el impulso definitivo a su efectiva puesta en marcha mediante el inicio del procedimiento para la designación de sus miembros en las diversas fiscalías territoriales. Este despliegue territorial de la red ha venido acompañado, de una parte, del desarrollo de actividades formativas de especialización para los miembros de la carrera interesados en la materia y, de otra parte, del lanzamiento de diversas iniciativas de cooperación jurídica internacional, particularmente en el ámbito regional latinoamericano.
Así, en ese primer ámbito formativo, los días 11 y 12 de febrero de 2025, tuvo lugar el primer curso de especialización en la materia dirigido a los/as fiscales con interés en la llevanza de los asuntos atribuidos a la RCIF, bajo el título «Intervención del Ministerio Fiscal en asuntos civiles con incidencia trasfronteriza y en procedimientos de cooperación jurídica internacional civil». Esta actividad formativa contó con un módulo específico sobre medidas de apoyo a la capacidad jurídica de personas adultas, en el cual se trató de combinar el abordaje académico y profesional de soluciones prácticas fundadas en derecho interno –ante la inexistencia de instrumento internacional actualmente aplicable– con el análisis de situación de la tramitación de las iniciativas de la Comisión de la Unión Europea, relativas a la adhesión de los Estados miembros al Convenio de la Haya de 13 de enero de 2000 sobre Protección Internacional de Adultos y a la elaboración de un reglamento específico en la UE. Adicionalmente, con el fin de comprender mejor las utilidades y herramientas prácticas de cooperación jurídica internacional que el Convenio de la Haya podría aportar en el futuro, se contó con la intervención de la fiscal responsable de la Autoridad Central de Portugal respecto de dicho Convenio, quien expuso las dificultades derivadas de que España no sea parte del mismo, así como los beneficios que se derivarían de su eventual ulterior ratificación.
En el segundo ámbito, el relativo al desarrollo de nuevos marcos de cooperación, la Unidad ha comenzado a dar los primeros pasos para impulsar redes informales y grupos de trabajo integrados por fiscales especializadas/os en la materia en el ámbito latinoamericano, bien a través de nuevas iniciativas, bien sobre la base de los grupos de trabajo ya creados en el seno de las asociaciones y organizaciones previamente existentes y, en particular, de la AIAMP. Para ello, se realizaron las primeras tomas de contacto y reuniones con los departamentos especializados de diversos Ministerios Públicos, como es el caso de las Fiscalías de Chile, Costa Rica, República Dominicana o Argentina. Si bien, con carácter general, los Ministerios Públicos de la región central y sudamericana no cuentan con unidades centrales especializadas en materia civil, sí que están dotados de secciones especializadas en relación con la protección y salvaguarda de derechos de personas vulnerables. De los encuentros celebrados se ha podido obtener la concreción de específicos campos de actuación común, a partir de los cuales ya ha comenzado el intercambio de conocimiento, experiencias y buenas prácticas. De entre las líneas de trabajo de interés compartido identificadas cabe destacar, de una parte, el derecho de acceso a la justicia de las personas vulnerables sobre la base de los compromisos adquiridos en las Reglas de Brasilia y, de otra parte, la protección de las personas mayores que cuenta en ese entorno con un instrumento multilateral propio: La Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
A partir de la información recabada en estas primeras interacciones, desde la Unidad se han planteado dos líneas de acción estratégica para fortalecer la cooperación del Ministerio Público español en este ámbito: la primera, la creación de un grupo de trabajo específico en el seno de la AIAMP que, con el fin de suscitar el interés del mayor número posible de representaciones de Ministerios Públicos de distintos Estados, habría de articularse en torno a la cuestión de los ajustes y adaptaciones procesales para la efectividad del derecho de acceso a la justicia de personas vulnerables en el proceso penal; la segunda, la participación en actividades de formación de la cooperación internacional española como espacio de transferencia de conocimiento y experiencias prácticas y de abordaje de retos comunes, con el objetivo de ampliar la nómina de contactos y el volumen de colaboraciones con fiscales especialistas en la materia en otros Estados de la región.
En relación con esta última línea de trabajo, la Unidad ha participado en el diseño y desarrollo de la actividad formativa «Protección de los derechos de las personas con discapacidad y mayores en contacto con la administración de justicia: desafíos comunes en la región», insertada, a su vez, en el programa de formación bianual que la Unidad de Cooperación Internacional coordina en el marco del proyecto «Intercoonecta» como parte del Plan de Transferencia, Intercambio y Gestión del Conocimiento para el Desarrollo de la Cooperación Española en América Latina y Caribe de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID). La actividad se estructuró en dos fases: una primera formación on line y un segundo encuentro presencial, desarrollado en el mes de junio en el centro de cooperación de AECID en la ciudad boliviana de Santa Cruz de la Sierra. A lo largo de sus cinco jornadas de duración, se tuvo ocasión de compartir espacio y tiempo de trabajo con juristas procedentes de diversos Estados de la región, como es el caso de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Guatemala, Honduras, México, Uruguay, República Dominicana o Paraguay.
En el ámbito europeo, el año ha venido marcado por la consolidación de la fluida y eficaz cooperación con el Ministerio Público de Portugal, mediante la recíproca trasmisión de información y colaboración en diversos asuntos. Por su mayor complejidad técnica cabe destacar un supuesto de solicitud de traslado involuntario de una persona de nacionalidad portuguesa que se había desplazado ocasionalmente a Madrid y que, tras un episodio de desestabilización en el curso de una patología mental previa, fue ingresada involuntariamente. El caso requirió acompasar la coordinación de las autoridades administrativas en materia sanitaria (centros de salud y transporte sanitario competentes en los diversos territorios del itinerario que se habría de recorrer en España y Portugal) con la cooperación judicial precisa para hacer posible dicho traslado, en el marco de las resoluciones judiciales dictadas y por dictar en los órganos judiciales competentes en cada Estado. Se resolvió positivamente con la ejecución coordinada de dicho traslado, realizado en el tiempo y condiciones pautadas por las indicaciones clínicas y sin que se produjese incidencia alguna en ninguno de los tres ámbitos –sanitario, administrativo y judicial– involucrados.
Ya en el plano institucional, la Unidad ha seguido trabajando conjuntamente con la Secretaría Técnica en el seguimiento de la tramitación de las referidas iniciativas de la Comisión Europea dirigidas a impulsar la adhesión al Convenio de la Haya de 2000 por parte de todos los Estados miembros y a elaborar un reglamento propio de la UE en la materia. El referido reglamento, conforme al estado actual del proyecto, en caso de ser definitivamente aprobado, se remitiría al Convenio de la Haya de 2000 en cuanto a competencia, ley aplicable y algunos mecanismos de cooperación, si bien con el complemento del reglamento de la UE, a fin de avanzar en la aproximación de normas, en las herramientas de reconocimiento mutuo y en el establecimiento de criterios interpretativos y de aplicación propios de la cooperación más estrecha que debe darse entre los Estados miembros de la UE.
Las sucesivas rondas de lectura del proyecto inicial han dado oportunidad a la formulación de múltiples sugerencias por parte de esta Unidad, las cuales se pueden sintetizar en los siguientes aspectos: i) armonización del texto del Reglamento –y, en consecuencia, del futuro régimen de aplicación del Convenio de la Haya entre los Estados miembros de la UE– con los principios de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la cual son parte tanto la UE en sí misma considerada, como todos y cada uno de sus Estados miembros; ii) flexibilización del concepto de autoridad para que, junto con los órganos judiciales en sentido estricto y otras autoridades, como las notariales, con competencia para adoptar medidas de apoyo, se reconozca igualmente a las autoridades competentes tanto en relación con la actividad previa a la adopción de medidas de apoyo y a la valoración de su necesidad como en la salvaguarda de los derechos afectados durante su implementación posterior; iii) otras mejoras técnicas de las que cabe destacar las relativas a las herramientas específicas de cooperación que prevé desarrollar el futuro reglamento: traslados de adultos ingresados en centros residenciales o de internamiento situados en distintos Estados; supuestos de trasmisión de información relevante al Estado en el que se encuentre un adulto en quién se aprecie riesgo grave derivado de la necesidad de medidas de apoyo o salvaguardas no cubiertas; y supuestos de necesidad de localización en otro Estado de un adulto o de la persona que deba prestarle su apoyo.
A modo de balance podría concluirse que, si bien aún queda camino por recorrer para que el texto del futuro reglamento UE sea plenamente consistente con la Convención de Nueva York –fundamentalmente en relación con el respeto a la voluntad del adulto que precisa medidas de apoyo y a su autonomía personal–, sí que se han consolidado avances sustanciales, entre los que cabe destacar la introducción del concepto de apoyo junto a la tradicional fórmula de representación o la referencia a relevancia de la voluntad y preferencias del adulto en los considerandos interpretativos de algunos de los mecanismos de cooperación.
Por otra parte, y en relación con la aplicación del futuro reglamento, la consideración en su articulado de otras autoridades competentes junto a los órganos judiciales, así como la habilitación para las comunicaciones directas entre las mismas, abren un prometedor panorama respecto de las posibilidades de actuación del Ministerio Público español como autoridad competente de referencia en nuestro marco institucional. Ello sin perjuicio de que, llegado el momento, sea precisa su ulterior designación como tal autoridad, la cual debería de venir acompañada por un equivalente reconocimiento en el marco de los otros dos instrumentos básicos para la cooperación jurídica internacional civil en el ámbito de la UE, a saber, el Reglamento (UE) 2020/1783 relativo a la obtención de pruebas en materia civil o mercantil y el Reglamento (UE) 2020/1784 relativo a la notificación y traslado de documentos.
Ya en relación con la incidencia de asuntos con elementos trasnacionales en las diversas fiscalías territoriales deben destacarse –tanto por el volumen de asuntos planteados como por su complejidad–, las fiscalías de Alicante, Illes Balears, Canarias, Madrid o Murcia; territorios que aglutinan más de la mitad de la población extranjera mayor de 65 años con residencia habitual en España. Estas fiscalías reportan diversas dificultades derivadas de la inexistencia de herramientas de cooperación específicas en este ámbito, tanto en los tratados existentes en la actualidad como en los instrumentos de reconocimiento mutuo desarrollados hasta la fecha en el ámbito de la UE. Esta situación se solventa, parcialmente, mediante la cooperación canalizada a través de consulados, embajadas o recurriendo a la interlocución, de haberlos, con los/as respectivos/as magistrados/as de enlace, tal y como informan, entre otras, las Fiscalías de Alicante, Illes Balears, Girona o Tenerife. Particularmente se destacan las dificultades para realizar la averiguación de entorno familiar, medios económicos y patrimonio de ciudadanos extranjeros asentados en nuestro país. Este déficit de información repercute tanto en la adecuada provisión de las medidas de apoyo como, indirectamente, en la ulterior asignación administrativa de recursos y, en su caso, en el acceso a las prestaciones a las que pudieran tener derecho, así como a la valoración de su eventual retorno a su Estado de origen o a la determinación de su capacidad económica a efectos, por ejemplo, de copago de recursos residenciales. Retos y dificultades que podrían resolverse con mayor eficacia y celeridad una vez que España ratifique el Convenio de la Haya y se apruebe el referido reglamento de la UE, en cuanto en ellos se contempla la comunicación e intercambio directo de información entre las autoridades competentes de cada Estado, lo que nos lleva a concluir, una vez más, que la declaración del Ministerio Fiscal español, llegado el momento, como tal autoridad nacional de referencia en la materia, es absolutamente esencial.
9.1.1.1 Atención al ciudadano
Asciende cada año la actividad de la Unidad en lo referido a la atención ciudadana, ya sean consultas recibidas a través de la Sede Electrónica del Ministerio Fiscal (Acceda), de la dirección de correo electrónico institucional de la Unidad (fge.discapacidadymayores@fiscal.es) o de la aplicación de gestión integrada de servicios de registro (Geiser).
Con 238 entradas, esta actividad se ha visto notablemente incrementada respecto del año precedente en un 35,22%, lo que parece responder al éxito de la puesta en marcha de la sede electrónica, ya que esta vía de comunicación lidera, con el 64,2%, las entradas de atención ciudadana recibidas ese año (153 consultas). Un 27,4% se ha recibido a través del correo electrónico, mientras que en el 8,4% de los casos se ha utilizado Geiser.
Dentro de este apartado se incluyen solicitudes de intervención expuestas por instituciones, asociaciones u otros organismos, que suponen casi el 12% de estas consultas, siendo el 88% restante dirigidas a esta Unidad por particulares.
Se pone especial atención en contestar todas las consultas y solicitudes de información con celeridad. Muchas de ellas se refieren a casos concretos, en los que se facilita al requirente la información y el contacto directo con su fiscalía. Si bien, en el caso de que se perciba la necesidad de urgente actuación o valoración, son objeto de inmediato reenvío a las fiscalías territorialmente competentes.
9.1.1.2 Expedientes de seguimiento
En el caso de que la entrada registrada requiera la intervención coordinadora por parte de esta Unidad, se tramita un expediente de seguimiento. En estos se documentan las actuaciones de coordinación que se considere realizar (una vez remitidas las actuaciones a la fiscalía territorialmente competente).
En el año 2025, se han incoado un total de 32 expedientes de seguimiento. Estas actuaciones comprenden diversos campos de intervención que se pueden distribuir en los siguientes bloques temáticos:
i) Seguimiento de quejas relativas a la situación de personas residentes o ingresadas en recursos sociosanitarios y/o psiquiátricos (43,7%).
En ellos se han analizado quejas sobre los servicios prestados (alimentación, confort...) y conductas de presunto trato degradante u otros delitos –a denuncia de particulares o de las propias fiscalías tras sus visitas de inspección–. En este apartado se dividen en proporción equivalente las actuaciones referidas a centros y unidades psiquiátricas y las referidas a centros residenciales de personas mayores o con discapacidad.
Una especial atención debe realizarse en relación con los tres expedientes abiertos en el año tras la recepción de los informes del Defensor del Pueblo en calidad de Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Los informes, resultado de su actividad inspectora en unidades hospitalarias y centros psiquiátricos, son objeto de puntual seguimiento por la Unidad y de las correspondientes actuaciones por parte de la fiscalía territorial que desarrolla la actuación de campo precisa, habitualmente, la visita al centro en seguimiento de las recomendaciones efectuadas. En este año uno de ellos se refería a una unidad psiquiátrica en la que estaban siendo atendidos menores de edad: Hospital de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro de Albacete, por lo que el seguimiento de las recomendaciones realizado incluye la actuación coordinada con la Unidad especializada de menores de la FGE.
ii) Evaluación de necesidades de apoyo a la capacidad jurídica de una persona y coordinación de actuaciones de secciones especializadas en dicha materia (37,5%).
Aun cuando la mayor parte supone una derivación a la fiscalía territorial competente para determinar la necesidad de apoyo de una persona, en la miscelánea abordada debemos incluir actuaciones de coordinación de las secciones de discapacidad del territorio, con las de violencia sobre la mujer o menores, pues convergían distintas actuaciones y problemáticas.
iii) Cooperación internacional; aun cuando se analiza esta actividad en su apartado específico, debe reflejarse aquí su volumetría (9,4%).
iv) Situaciones de abuso o desprotección patrimonial (6,3%). La escasa cifra responde a la directa comunicación de las entidades bancarias con las fiscalías territoriales, una vez puesto en marcha el convenio de colaboración firmado entre FGE y las asociaciones bancarias.
v) Cuestiones de accesibilidad general y no discriminación (3,1%).
9.1.1.3 Actuaciones de Coordinación Institucional y de desarrollo de protocolos suscritos. Participación en grupos de trabajo
La demanda de unificación de criterios interpretativos persiste tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Por esta razón, además de las actividades propias de la Unidad especializada en su relación continuada con las/los fiscales delegadas/os, o de la participación en foros conjuntos con la judicatura para potenciar el enriquecimiento del debate interpretativo tanto intra como extraprocesal, se mantienen actividades de relación interinstitucional que se han revelado muy enriquecedoras.
9.1.1.3.1 Actuación de la comisión de seguimiento de los protocolos suscritos con las entidades bancarias, con la participación del Banco de España como observador.
La comisión de seguimiento/grupo de trabajo, constituido tras la firma del «Protocolo marco de colaboración para la efectividad de las medidas de apoyo a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en el ámbito bancario» y del «Protocolo general de colaboración para la protección patrimonial de personas titulares de productos bancarios con discapacidad o en otras situaciones de vulnerabilidad», sigue sus trabajos para la monitorización y evaluación del cumplimiento de ambos.
Para clarificar la figura de la guarda de hecho en la operativa bancaria, se ha consensuado la edición y publicación de dos folletos explicativos que pueden consultarse en las respectivas páginas web de FGE, del Banco de España y de las tres asociaciones que representan al sector financiero (AEB, UNACC y CECA). En ellos se resumen de manera gráfica y sencilla (en formato preguntas frecuentes o por medio de una infografía) los conceptos básicos relacionados con esta forma de apoyo, detallando su diversa funcionalidad, los límites de su ejercicio, los derechos y obligaciones que comporta o la forma de acreditar la condición de guardador de hecho ante el banco. También incluyen un mini test para orientar a los familiares y allegados sobre el tipo de guarda de hecho más adecuada a cada caso concreto.
Se han acordado futuras líneas de trabajo, encaminadas a testar el grado de difusión interna del trabajo realizado sobre la guarda de hecho y a abordar posibles soluciones a los problemas prácticos del diseño de los apoyos notariales y judiciales a la capacidad jurídica, con otros operadores jurídicos.
Las fiscalías territoriales exponen una notable disminución en el volumen de quejas recibidas sobre el manejo de las cuentas de las personas con discapacidad en situación de guarda de hecho, si bien siguen reportando problemas relativos a cierta rigidez en los límites de disposición mensual o la imposibilidad de usar los servicios de la banca on line. En algún caso concreto, tramitado en vía penal por delitos de apropiación indebida o estafas sobre titulares de cuentas vulnerables, reflexionan sobre la idoneidad de que se hubiera alertado a tiempo para evitar el perjuicio patrimonial. Es de destacar la satisfacción que reportan aquellas secciones que han recibido las oportunas alertas en desarrollo del protocolo firmado, como lo hacen las delegadas de Gipuzkoa o Valencia.
9.1.1.3.2 Colaboraciones interinstitucionales en relación con la accesibilidad de la justicia
En el año 2025 se llevaron a cabo dos trabajos de colaboración interinstitucional, promovidos por la Oficina Nacional de Lucha contra los Delitos de Odio y el CGPJ, contando con la participación de esta Unidad. Dicha actividad se materializó en sendas guías de actuación que han contado con la imprescindible colaboración del tercer sector.
1.º) El grupo técnico de trabajo constituido en la ONDOD se fijó como objetivo primordial actualizar a las novedades legislativas la Guía de intervención policial con personas con discapacidad, confeccionada en su día por el Ministerio del Interior y la Fundación A LA PAR (2012).
La tarea de actualización comenzó en el tercer trimestre de 2023, fructificando en dos documentos que se publicaron en la web oficial de la ONDOD en mayo de 2025, si bien la presentación oficial de los trabajos se hizo el 3 de diciembre de 2025, con motivo de la conmemoración del Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Estos documentos son:
i) La Guía de intervención policial con personas con discapacidad intelectual. La actuación del primer interviniente.
ii) La Guía de intervención policial con personas con discapacidad intelectual. La actuación del primer interviniente. Preguntas y respuestas.
El primero es el documento matriz; un texto amplio que permite orientar la actuación del primer agente interviniente de las fuerzas y cuerpos de seguridad, no especialista, cuando tiene que actuar con una persona con discapacidad intelectual.
La guía ilustra sobre el concepto de discapacidad intelectual, alineado con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), poniendo el acento en allanar las barreras de estas personas en su relación con el entorno policial. El documento ayuda, asimismo, a sensibilizar sobre la importancia de un adecuado tratamiento de personas investigadas y detenidas y sobre los derechos de la víctima del delito.
El documento incide, especialmente, en la importancia de detectar la presencia de discapacidad cuando esta no es evidente externamente. Asimismo, incorpora información básica sobre los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, la figura del facilitador procesal y cuanto concierne al concepto de ajustes del procedimiento.
El segundo documento, designado con el mismo nombre, pero en formato de preguntas y respuestas, se propone atender, partiendo de la primera guía, las preguntas más frecuentes que pueden plantearse en las actuaciones directas e inmediatas a los agentes actuantes en relación con personas con discapacidad.
2.º) Tras las reformas legislativas del artículo 49 de la Constitución en el año 2024 y la obrada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se convino en el seno del Foro Justicia y Discapacidad, del que esta Unidad forma parte, en la necesidad de constituir un grupo de trabajo que analizara, desde el nuevo marco legal, la protección de los derechos de las personas con discapacidad durante la tramitación del proceso penal.
El objetivo era elaborar una guía práctica que recogiera las conclusiones de dicho análisis y sirviera como herramienta para garantizar un acceso real, efectivo y sin barreras al sistema de justicia de las personas con discapacidad en el proceso penal.
Los trabajos finalizaron en octubre de 2025 y culminaron con su publicación y presentación oficial el 18 de diciembre de 2025, con ocasión de la entrega de los XVIII Premios del Foro Justicia y Discapacidad.
Aunque la guía tiene a la judicatura como principal destinataria, resulta igualmente útil para las autoridades, personal funcionario y demás profesionales que pueden intervenir en el proceso y actuar en contacto con la persona con discapacidad.
El trabajo incorpora la perspectiva de discapacidad en el sistema de justicia penal, lo que conlleva deberes específicos para quienes pueden interactuar con la persona con discapacidad, con independencia de cuál sea la condición procesal de esta: testigo, víctima, investigado/a, etc.
Si bien el documento centra su atención en el proceso penal, incluye nociones, conceptos y claves de actuación que pueden proyectarse a otros órdenes jurisdiccionales.
9.1.1.3.3 Trabajo con Cruz Roja
La constatación de notables diferencias en los volúmenes de comunicaciones, recibidas por las fiscalías sobre posibles situaciones de riesgo o de necesidades de apoyo de personas mayores por parte de Cruz Roja, determinó el interés conjunto en desarrollar el Convenio de colaboración llevando a cabo estrategias de formación y contactos mutuos. A tal efecto, se convocó un monográfico sobre experiencias territoriales de buen trato a personas mayores el 17 de marzo de 2025, en el que participó la Unidad especializada juntamente con el delegado provincial de Sevilla, contando con la asistencia on line de todos los responsables de los puntos de referencia territoriales del proyecto de Cruz Roja.
A su vez, la persona encargada del Programa de personas mayores y cuidadoras del Área de Conocimiento de Inclusión Social de Cruz Roja participó, en noviembre 2025, en uno de los cursos de formación continua de FGE interdisciplinar convocados por la unidad especializada, compartiendo su conocimiento. Ambas experiencias formativas nos han permitido detallar en la comisión de seguimiento del convenio una hoja de ruta para dinamizar la intercomunicación de casos sospechosos y evitar los amplios espacios de infradenuncia existentes en el ámbito de las personas de edad. Actualización de puntos de contactos, análisis estadístico, buenas prácticas y modelos de comunicación serán la guía que permita ampliar la prevención de situaciones de riesgo, abusos o influencias indebidas en las personas mayores.
9.1.1.4 Actividades de formación desarrolladas por la Unidad especializada
Las siempre fructíferas jornadas de fiscales especialistas, celebradas en Ciudad Real los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre, contribuyeron, un año más, a mantener el principio de unidad de actuación. Consolidando el criterio del año precedente, se organizó su celebración conjunta con la especialidad civil, desde el objetivo compartido por ambas especialidades de resolver algunas cuestiones de interés común y la buena recepción de las/os fiscales delegadas/os, quienes cerca del 78% compatibilizan ambas delegaciones. La incidencia de la LO 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y la exigencia de la acreditación previa de la utilización de medios alternativos de resolución de conflictos (MASC) como requisito de procedibilidad precisaban de delimitación en los procedimientos de familia, cuando existen hijos menores con discapacidad, mayores de 16 años, o cuando son mayores de edad, al estar las medidas de apoyo excluidas de la actividad negociadora previa (art. 5.2). Con carácter específico, se trató sobre la coordinación interinstitucional del Ministerio Fiscal como mecanismo de salvaguarda de los derechos de las personas con discapacidad, con la búsqueda de los mecanismos que aseguren la fluidez y la operatividad. La salud mental fue otro tema de tratamiento, en concreto, respecto de la eficacia de los apoyos colaborativos para el seguimiento de tratamientos y terapias de salud mental; la salvaguarda de derechos de las personas con ingreso psiquiátrico involuntario; o la especial problemática cuando se trata de un ciudadano extranjero sin residencia habitual en España.
La Unidad dirigió un año más el contenido correspondiente dentro del curso de formación inicial de la 63.ª promoción de fiscales.
En el ámbito de la formación continua especializada, se ofrecieron tres cursos, bajo la dirección de la unidad. El primero, abordando la garantía de derechos de las personas con discapacidad y mayores, desde un enfoque multidisciplinar, con la colaboración de profesionales de la geriatría, la psiquiatría o el trabajo social. En coordinación con la especialidad civil, se ofertó el curso codirigido por la Unidad dedicado a la Intervención del Ministerio Fiscal en asuntos civiles con incidencia transfronteriza y en procedimientos de cooperación jurídico internacional civil y desarrollado con la Sección Civil de la Fiscalía del TS. Finalmente, en diciembre, se celebró el curso Reflexiones sobre la aplicación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, manteniendo una iniciativa colaborativa con el Consejo General del Notariado y la Judicatura en su III edición.
Por primera vez, se ofreció el primer ciclo del curso de iniciación a la especialidad sobre discapacidad y mayores. La realidad muestra que las vistas, comparecencias y entrevistas de estos procedimientos se realizan por fiscales que desarrollan sus funciones en las distintas fiscalías territoriales sin pertenecer a la sección especializada o mediante la sustitución temporal. Se hacía necesario ofrecer a los miembros de la carrera fiscal que deban cubrir estos servicios una visión panorámica de los principios a aplicar. Con esa finalidad y con la dinamización a cargo de las/los fiscales de la Unidad, se desarrolló el curso en formato asíncrono, entre los días 21 de abril y 6 de junio, contando con 60 participantes.
También cabe destacar la colaboración docente entre esta Unidad y el CGPJ en materia de discapacidad, tanto con la Escuela Judicial como en la inclusión de la perspectiva fiscal a través de ponencias específicas en los cursos de formación continua para la carrera judicial. Debe destacarse la colaboración habitual con el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil y sus áreas especializadas (UFAM y EMUME) en sus respectivos planes de formación.
Además, se ha intervenido en multitud de jornadas, cursos y seminarios ofrecidos tanto por universidades como por otras instituciones y organizaciones: consejerías de gobiernos regionales, colegios de abogados de distintas provincias, Colegio de Registradores de España o el Consejo General del Notariado, a las que hay que sumar la participación en las organizadas por entidades del tercer sector social que, a su vez, participan en los programas formativos impartidos desde FGE.