CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6. UNIDAD DE APOYO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

6.1 Funciones y organización

El artículo 13.4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal define las funciones de la Unidad de Apoyo entre las que se encuentran la asistencia a la Fiscal General del Estado en materias como la representación institucional y relaciones con los poderes públicos; la comunicación, relaciones con los medios y gestión de la atención al ciudadano; el análisis y evaluación de las propuestas relativas a necesidades de organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal en materia de estadística, informática, personal, medios materiales, información y documentación y, en general, aquellas funciones de asistencia o apoyo a la Fiscal General del Estado, a los Fiscales de Sala adscritos a la Fiscalía General del Estado, al Consejo Fiscal y a la Junta de Fiscales de Sala que no correspondan a la Inspección Fiscal o a la Secretaría Técnica. Las funciones son, por tanto, muy heterogéneas y se encuentran en continua expansión ante una plantilla orgánica de más de 2.800 fiscales y la aparición de nuevas necesidades organizativas.

Para el ejercicio de sus competencias, la plantilla orgánica de la Unidad de Apoyo estuvo compuesta en el año 2025 por la Fiscal de Sala Jefa, cinco fiscales de plantilla y una fiscal en situación de comisión de servicios. Los funcionarios asignados a esta Unidad fueron treinta y siete personas, de las cuales veintisiete pertenecen a la Administración de Justicia y diez a la Administración General del Estado, incluyendo personal funcionario y laboral.

Se exponen a continuación las principales líneas de actuación de la Unidad de Apoyo durante el año 2025.