5.6 Evolución de la plantilla del Ministerio Fiscal en 2025
El Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, por el que se dotan nuevas plazas en Secciones de Violencia sobre la Mujer, se crean Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal incrementa en 42 plazas la plantilla del Ministerio Fiscal, todas de la segunda categoría.
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Número de plazas |
Plantilla del Ministerio Fiscal conforme Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo |
Plantilla del Ministerio Fiscal conforme Real Decreto 311/2023, de 25 de abril |
Plantilla del Ministerio Fiscal conforme Real Decreto 1100/24, de 29 de octubre |
Plantilla del Ministerio Fiscal conforme Real Decreto 422/2025, de 3 de junio |
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De Primera categoría/Fiscal de Sala |
26 |
28 |
30 |
30 |
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De Segunda categoría/fiscal |
1942 |
2010 |
2306 |
2348 |
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De Tercera categoría/abogado fiscal |
645 |
645 |
426 |
426 |
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Total |
2613 |
2683 |
2762 |
2804 |
Ascensos a primera categoría. En 2025 se han producido tres ascensos a la primera categoría.
Altas en la Carrera Fiscal. Finalizado el curso teórico-práctico de carácter selectivo de los alumnos y las alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, se convocó por Orden PJC/1462/2025, de 13 de diciembre, concurso para la provisión de destinos en la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para los alumnos y las alumnas del Centro de Estudios Jurídicos que habían superado el proceso selectivo de acceso a la Carrera Fiscal.
Con la 63.ª promoción de fiscales se incorporan a la carrera un total de 76 nuevos abogados fiscales, 59 mujeres y 17 hombres, 66 de los cuales quedan en situación de expectativa de destino, dado que se ofertan únicamente diez plazas en propiedad.
De la promoción anterior (Orden PJC/1421/2024, de 13 de diciembre), en la que en primer término la totalidad de los abogados fiscales quedaron en expectativa de destino, han conseguido plaza en propiedad todos ellos en 2025 tras la resolución de los dos concursos de traslados convocados en el ejercicio.
Bajas en la Carrera Fiscal. Las bajas producidas en la carrera durante el año ascendieron, s.e.u.o, a 38 jubilaciones, veinticinco de las cuales son anticipadas, –una de ellas por incapacidad–, una forzosa a la edad de 70 años y doce forzosas tras cumplir los 72 años.
Debe dejarse constancia en esta memoria del agradecimiento de quienes integramos la carrera fiscal a todos/as y cada uno/a de ellos/as, en consideración a su dedicación y esfuerzo en beneficio de la función pública, los derechos de la ciudadanía y la propia institución del Ministerio Fiscal.
Fallecimientos: Excmo. Sr. D. Luis del Río Montesdeoca e Ilmas. Sras. Dña. Miryam Segura Rodrigo y Dña. Rosario Paricio Rodríguez, tres muy queridos compañeros y valiosos profesionales que nos dejaron prematuramente en 2025. Descansen en paz.
Excedencias: Voluntarias por cuidado de hijo o familiar: constan registradas un total de 11 en 2025.
Prolongación en el servicio activo: La reforma introducida en la LOPJ por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio modificó la redacción del apartado 1 del art. 386 para permitir, previa solicitud, que la jubilación por edad pueda prolongarse hasta los setenta y dos años. En la actualidad, dicha posibilidad se encuentra regulada en el art. 139.1 RMF.
En 2025 se han dictado diecisiete resoluciones acordando la prórroga del servicio activo, frente a las ocho de 2024, las diecisiete de 2023 y las trece de 2022.