CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS DE MATERIAS ESPECÍFICAS - 8. CRIMINALIDAD INFORMÁTICA

8.3 Estructura y funcionamiento del área de especialización

La estructura y funcionamiento de este área de especialización, tras su constitución mediante RD 1735/2010, de 23 de diciembre, responde al esquema establecido en la Instrucción 2/2011 sobre el Fiscal de Sala de Criminalidad Informática y las Secciones de Criminalidad informática de las Fiscalías de 11 de octubre de 2011, que fue actualizada en el año 2021 para adaptar la relación de delitos que integran su ámbito de competencia a las modificaciones derivadas de las sucesivas reformas del Código Penal.

El área de especialización se encuentra coordinada por la Fiscal de Sala a quien corresponde el impulso y supervisión de la actividad del Ministerio Fiscal español frente a la ciberdelincuencia. Su labor se desempeña desde la Unidad de Criminalidad Informática de la FGE, con el apoyo de tres Fiscales adscritas, una de las cuales realiza actualmente su función en comisión de servicios, situación que le fue concedida en octubre del pasado año 2024. El refuerzo que esta designación implica resulta imprescindible para esta Unidad Especializada, por lo que esperamos se consolide en un futuro próximo ante el creciente volumen y complejidad de los asuntos que nos competen. A nivel nacional, el organigrama se completa con la figura del fiscal de enlace con la Audiencia Nacional, cuya participación en la red especializada es cada vez más activa e importante y al que ha de agradecerse muy especialmente su permanente disponibilidad y colaboración ante el incremento de las investigaciones por delitos informáticos que encuentran encaje en el artículo 65 de la LOPJ, destacando entre ellas las conductas defraudatorias, las que afectan a altas instituciones del Estado o las referidas a ataques informáticos que, en atención a la finalidad con la que se llevan a efecto y de conformidad con lo establecido en el art. 573.2 CP, pudieran merecer la consideración de delitos de terrorismo.

Con todo, es de reconocer que la parte fundamental del trabajo efectuado en el área de criminalidad informática, clave de su buen funcionamiento, se encuentra en el esfuerzo, la entrega y la excelente labor desarrollada en los distintos territorios por quienes integran la Red de Especialistas, constituida y estructurada conforme al modelo establecido en la citada Instrucción 2/2011. El trabajo que desarrollan los integrantes de la Red se caracteriza por su alto grado de compromiso, permanente disponibilidad e importante esfuerzo personal, ya que asumen, sin arredrarse, la investigación de asuntos muy complejos, en muchas ocasiones con un elevado número de víctimas y connotaciones internacionales.

La estructura territorial del área de especialización se articula en torno a las 50 secciones, correspondientes a las fiscalías provinciales del país, que son dirigidas y coordinadas por el/la respectivo/a fiscal delegado/a. Aunque, por razones organizativas o debido a su limitada plantilla, persisten algunas fiscalías –en general las de menor tamaño, tales como las de Ourense, Huesca, Segovia, Cuenca, Guadalajara o Ávila– en las que la sección de criminalidad informática es unipersonal y se integra únicamente por el/la delegado/a, ha de ponerse de relieve que estas situaciones se han ido reduciendo drásticamente a medida que las jefaturas territoriales han ido tomando conciencia del progresivo incremento de los ciberdelitos y de su creciente complejidad, y han procedido a reforzar la plantilla y las competencias de estas secciones. Así, en la actualidad, la mayoría de las secciones especializadas cuentan con fiscales colaboradores –en mayor o menor número en atención a las dimensiones del propio órgano provincial– a los que, en su caso, han de añadirse los designados como enlace en las fiscalías de área, desarrollando todos ellos su actividad especializada bajo la dirección y coordinación del/de la delegado/da correspondiente.

Actualmente la red se encuentra conformada por los 50 fiscales delegados provinciales, 88 fiscales colaboradores y 30 fiscales de enlace con las fiscalías de área. En las provincias donde existen secciones territoriales, estas son atendidas por fiscales colaboradores, si bien, como reiteradamente viene solicitando el delegado de Barcelona, sería deseable que el estatus de estas secciones se regulara adecuadamente a imagen de los fiscales de enlace, ya que desempeñan en el respectivo territorio, una función similar.

En el caso de la CCAA del País Vasco el organigrama se completa con la figura del/la Fiscal delegado/a para la CCAA, creada en 2021 para la coordinación, intercambio de conocimientos e impulso de las investigaciones en el marco territorial autonómico, cargo que ha venido ejerciendo desde entonces la delegada de Vizcaya con tan buenos resultados que estimamos debe promoverse la articulación de similar figura en las demás CCAA.

En su mayoría, los fiscales territoriales mantienen una comunicación permanente y ágil con la Unidad de Criminalidad Informática, así como con las secciones especializadas de otras provincias. Esta circunstancia es percibida como un factor esencial para el adecuado ejercicio de nuestra función en la convicción de que solo con el esfuerzo conjunto y el apoyo mutuo es posible luchar con garantías de éxito frente a un fenómeno que cada vez es más complejo y dañino y que plantea problemas de alto calado, en ocasiones acerca de su incardinación en los tipos penales vigentes y en otros supuestos respecto a la forma o técnicas de investigación aplicables o a la necesidad de coordinación con autoridades de otros países afectados por igual actividad criminal.

Uno de los foros más idóneos para solventar estas cuestiones son las Jornadas de Especialistas que reúnen anualmente a los fiscales delegados de todas las provincias y que en 2024, tuvieron lugar durante los días 20 a 22 de noviembre, en la ciudad de León, sede del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), organismo cuyo invaluable apoyo material y personal a la Red, a estos efectos, contribuyó a hacer posible la obtención de los resultados pretendidos que quedaron reflejados en las conclusiones, recientemente validadas por el Fiscal General del Estado.

En la medida en que la labor de esta área de especialización es el resultado conjunto de la desarrollada a nivel central desde la Unidad de Criminalidad Informática y de la efectuada a nivel territorial por las secciones provinciales, se ha de hacer una sucinta mención a ambos ámbitos de trabajo.

8.3.1 Actividad de unidad de criminalidad informática de la FGE

En el año 2024 se registraron en la Unidad de Criminalidad Informática un total de 930 expedientes, lo que implica un sensible incremento –más de un 35%– respecto del año precedente en el que se contabilizaron 685. Como ya se expusiera en el anterior periodo memorial estos expedientes, en atención a la naturaleza del asunto al que se refieren, se clasifican en distintas categorías: expedientes ordinarios; de seguimiento; de coordinación; de resolución de consultas informales; de comunicación de incidentes de seguridad por la OCC; de ejecución del Protocolo para retirada del discurso de odio; de cumplimentación de solicitudes internacionales; expedientes INCIBE-CERT para cumplimentación del Convenio Marco de Colaboración firmado entre la FGE y el INCIBE para mejorar los procesos de detección, persecución penal y retirada de contenidos sobre abuso sexual contra personas menores edad en la red; expedientes para recopilación de documentos técnico-jurídicos; diligencias informativas; diligencias de investigación penal y, como novedad, este año se ha añadido una nueva categoría cuyo objeto es el seguimiento de investigaciones en las que se ha recurrido a la utilización del agente encubierto.

En el ejercicio correspondiente a 2024, las denuncias u otros escritos recibidos en esta Unidad –a través de la sede electrónica, correo corporativo o entrega presencial– a iniciativa de ciudadanos afectados por ilícitos online de distinta naturaleza, unidades policiales especializadas, organismos o entidades públicas o privadas o por derivación de la Unidad de Apoyo o la Secretaría Técnica de FGE, dieron lugar a la apertura de 368 expedientes ordinarios. De entre ellos, deben ser objeto de mención los 51 derivados de actuaciones de la AEPD que fueron trasladadas a la Fiscalía para valoración de su posible trascendencia penal y los 13 que fueron incoados por suplantación de identidad en la red y que llegaron a nuestro conocimiento por remisión desde la Oficina del Defensor del Pueblo, por comunicación de la propia víctima o porque fueron detectados por los fiscales con ocasión de su actividad ordinaria. Se trata de supuestos que siguen sin tener una solución satisfactoria al carecer de un registro y control informático adecuado que haga posible interrelacionar la información disponible en los distintos cuerpos policiales sobre denuncias o actuaciones relativas a una misma persona. Por nuestra parte, seguimos resolviendo estas situaciones desde la propia Unidad Especializada con la colaboración inestimable de los delegados, que intentan localizar en el territorio de su competencia aquellos procedimientos que se hayan originado a consecuencia de dicha suplantación. También, las Oficinas de Enlace con esta Unidad correspondientes al Cuerpo Nacional de Policía; Guardia Civil y Mossos d´Esquadra, operan como correa de transmisión con sus respectivos cuerpos, facilitando la información puntual y actualizada que sea de interés a estos efectos.

Por otro lado, se incoaron en 2024 un total de 228 expedientes de seguimiento de los que 221 −38 más que en el año precedente– se corresponden con la remisión de escritos de acusación para supervisión por la Fiscal de Sala en cumplimiento de lo establecido en las Instrucciones 1/2015 y 2/2011 de la FGE, a fin de garantizar la unidad de actuación y la calidad técnico-jurídica de estos escritos. En un elevado porcentaje la supervisión recae sobre asuntos relativos a corrupción de menores de gran complejidad por la diversidad de acciones ilícitas ejecutadas y el elevado número de víctimas, requiriendo una labor de análisis y estudio seria y reflexiva que se lleva a cabo tanto por el/la fiscal territorial correspondiente como por la propia Unidad Especializada, a efectos de su correcta calificación jurídica y determinación de la legislación penal aplicable. También se incoaron en la Unidad Especializada un total de 123 diligencias de investigación penal, para la averiguación de la fiscalía territorialmente competente para el conocimiento de los hechos denunciados, de las que 118 se debieron al traslado desde la Unidad contra los delitos de Odio y Discriminación de otras tantas denuncias referidas a contenidos de esta naturaleza difundidos online y cuyo origen fue investigado en fuentes abiertas por nuestras Oficinas de Enlace con los cuerpos policiales que igualmente procedieron a la preservación de contenidos a los efectos oportunos.

Por su parte, la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.3 del RD 12/2018, sobre seguridad en redes y sistemas de información, comunicó a la Unidad un total de 14 incidentes de ciberseguridad que dieron lugar a la apertura de otros tantos expedientes para el seguimiento de la investigación policial correspondiente y, en su caso, posterior judicialización de las actuaciones.

En nuestra condición de Punto de Contacto Nacional para la retirada de contenidos en aplicación del «Protocolo para combatir el Discurso de Odio Ilegal en línea», se abrieron en el año memorial 6 expedientes que dieron lugar a la ejecución de las correspondientes resoluciones judiciales. A su vez, el compromiso adquirido por el Ministerio Fiscal en el citado Convenio Marco de Colaboración con INCIBE dio lugar a la apertura de 298 expedientes cuyo objeto, como ya se expusiera en el año precedente, es el de garantizar, en la medida de lo posible, que las notificaciones recibidas en la línea de reporte de contenido CSAM del INCIBE reciban una adecuada respuesta. A estos efectos, ha de recordarse que el INCIBE es miembro de la hotline internacional INHOPE, destinada a facilitar la denuncia y retirada de contenidos CSAM, y que, como tal, es receptor de las comunicaciones y denuncias recibidas en la misma sobre posible difusión o acceso a contenido ilícito. Con base en este Convenio, dichas denuncias son notificadas a esta Unidad para que, en el ejercicio de sus funciones, pueda promover la persecución penal de dichas conductas y, en su caso, impulsar la retirada o bloqueo de acceso desde nuestro país a esta clase de material.

Por último, en 2024 se abrieron 16 expedientes para resolución de consultas informales planteadas por los especialistas; 2 expedientes de coordinación de asuntos que afectaban a múltiples demarcaciones territoriales y los 8 expedientes para resolución de solicitudes de colaboración internacional. Para concluir ha de mencionarse el interés de la Unidad de Criminalidad Informática por promover la formación de los fiscales en esta materia, a cuyo efecto ha asumido la propuesta y planificación de actividades formativas que en unos casos se destinan a la actualización de los conocimientos de los especialistas –una exigencia que si bien es común a todas las especialidades resulta especialmente necesaria en este ámbito por las peculiaridades del fenómeno que nos ocupa– y en otros se orienta a facilitar la incorporación en la especialidad de los nuevos integrantes o de quienes pretenden hacerlo en un futuro próximo. Esta labor de capacitación se completa con la elaboración semestral de un dosier que contiene la jurisprudencia nacional e internacional más reciente y de mayor relevancia en la materia y otros documentos de interés para la especialidad que se difunde entre todos los miembros de la plantilla, labor que se ve facilitada por la colaboración de los propios integrantes de la Red, que en muchos casos trasladan a la Unidad información destacable de la que han tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

8.3.2 Actividad de las secciones territoriales

El incremento constante en el volumen y la complejidad de los ciberdelitos redunda en un aumento de la carga de trabajo de las secciones especializadas, lo que es puesto de relieve por los fiscales delegados y que, en tanto no sea posible el refuerzo de las mismas, es afrontado gracias a la vocación de servicio y profesionalidad de sus integrantes. En algún caso, como ocurre, entre otras, en las Fiscalías de Barcelona o A Coruña, esta situación impide que la sección pueda asumir de forma integral la llevanza de los asuntos relacionados con la especialidad o que, como sucede en la segunda mencionada, las funciones de supervisión del delegado queden limitadas a las causas más complejas.

Pese a la estabilidad que caracteriza la composición de las secciones especializadas, una parte de las mismas ha sufrido cambios determinados por razones de distinta naturaleza –refuerzo de plantilla; jubilación; concurso traslado; reestructuración interna en la correspondiente fiscalía provincial, etc.–, pese a lo cual ello no implica necesariamente que el afectado haya dejado de pertenecer al área de especialización, sino que, en ocasiones sigue prestando el mismo servicio en otra situación o localidad. Tal es el caso de la delegada de Zamora hasta noviembre de 2024 que, tras su traslado a la Fiscalía de Salamanca, ha asumido la delegación de la especialidad en dicho órgano provincial y también del enlace hasta diciembre de 2024 en la Fiscalía de Área de Ferrol y actualmente integrado en la sección provincial de A Coruña. Igual acontece con la fiscal procedente de la sección especializada de las Palmas, que se ha incorporado en la correspondiente a la Fiscalía de Huesca.

En el año 2024 se jubilaron el delegado de Albacete, integrante de la Red desde sus inicios, a quien agradecemos muy especialmente su buen hacer y su compromiso con la especialidad y el Fiscal integrado desde 2023 en la sección de Navarra. El traslado a otros destinos ha determinado el cese de funciones en la Red del delegado provincial de Huesca y del de Girona; de dos de los fiscales colaboradores de la sección de Madrid y del delegado de la sección de las Palmas. Asimismo, por reestructuración interna del servicio en el propio órgano territorial cesaron también como especialistas en esta materia el delegado de Salamanca; la delegada de Ávila; el delegado de Huelva; una fiscal de la sección de Almería; otro de la sección de Valencia y el enlace de Alzira. A todos agradecemos su inestimable labor durante el tiempo de permanencia en la Red.

Por su parte en el año 2024 se incorporaron al área de especialización en criminalidad informática las fiscales delegadas de Ávila, de Guadalajara, y de Huesca; la fiscal de enlace de la Fiscalía de Área de Alzira; dos fiscales de la sección de las Palmas; dos fiscales de la sección de Madrid; el fiscal de la sección de Navarra y la fiscal de la sección de Sevilla. Ya entrado 2025 han sido propuestos como fiscales delegados, el de la Fiscalía de Zamora, de Huelva y de Girona.

La organización y funcionamiento de las secciones territoriales varía en función de sus propias necesidades atendiendo a diversos factores: su dimensión, plantilla y/o carga de trabajo. Salvo contadas excepciones, como ocurre con los delegados de Madrid y Barcelona, los miembros de la Red no ejercen la especialidad en régimen de exclusividad, sino que han de compatibilizar esta actividad con el despacho de otros asuntos de distinta naturaleza. Sin perjuicio de ello asumen personalmente la llevanza de las diligencias de investigación relativas a los delitos de la especialidad y el despacho de los procedimientos judiciales más relevantes, de mayor complejidad o cometidos en el seno de una organización criminal.

En un alto porcentaje los/las Fiscales Jefes provinciales han delegado la función de visado o previsado de los delitos informáticos en los y las fiscales delegados y delegadas, así ocurre, por ejemplo, en las Fiscalías de Madrid, Barcelona, Almería, Córdoba o Girona, en este último caso con la excepción de los delitos cometidos en el ámbito familiar que corresponden a la sección de violencia ejercida sobre la mujer. Aun sin delegación a efectos de visado es habitual en algunos órganos que el/la Fiscal Jefe/a o fiscal que asuma dicha función, cuando la naturaleza o complejidad de la causa así lo requiere, recabe el parecer al respecto de los delegados.

En muchos casos, la organización y funcionamiento de la sección y las novedades en relación con ello se dan a conocer mediante la publicación de Notas internas. Así ha ocurrido en el año memorial en la provincia de Badajoz, que ha actualizado las pautas de funcionamiento de la sección mediante Nota Interna n.º 1/2024 y también en la Fiscalía de Córdoba en la que se emitió una Nota de servicio sobre distribución de trabajo en esta materia para mejorar el registro y control de causas. Por su parte, la Fiscal Jefe de Valencia a través de su Nota de servicio n.º 40/2024 creó la plaza de vicecoordinador de la sección que habrá de sustituir al delegado en los supuestos de ausencia o imposibilidad de este. Dicha plaza ofertada a toda la plantilla fue asignada finalmente a una fiscal que ya formaba parte con anterioridad de esta sección.

La comunicación entre los miembros de la sección especializada y los demás miembros de plantilla se efectúa mediante reuniones presenciales o aprovechando las herramientas tecnológicas a su disposición –teléfono, WhatsApp, email, etc.– Sin perjuicio de ello, en distintas fiscalías se van adoptando medidas para facilitar la comunicación o transmisión de información entre los integrantes de la sección y/o los restantes compañeros. Buen ejemplo de ello es la sección especializada de Córdoba que ha colocado en el servidor de la fiscalía y a disposición de todos los fiscales una carpeta común con modelos e información de interés sobre la especialidad. Al respecto, es importante reseñar que, con algunas excepciones, la mayoría de las secciones especializadas no tienen asignado un funcionario específico para el desarrollo de su labor, lo que supone un serio inconveniente en el ejercicio de las tareas encomendadas y particularmente, en la localización e identificación de los asuntos de nuestra competencia.

Los especialistas siguen lamentándose de forma prácticamente unánime de la imposibilidad de contar con unas estadísticas que resulten plenamente fiables e insisten en que las deficiencias existentes en los sistemas informáticos de registro impiden una adecuada recopilación de los datos estadísticos de la especialidad. Muchos de ellos señalan que buena parte de estas dificultades se debe a la falta de precisión acerca del carácter informático de la infracción en el registro que efectúan previamente los órganos judiciales con las consiguientes dificultades para la identificación como tal en la fiscalía.

Para paliar estas deficiencias, los especialistas acuden a distintos y variados sistemas –desarrollados prácticamente de manera artesanal– que básicamente se nutren de la información aportada por los cuerpos policiales de sus respectivos territorios y de la suministrada por el resto de los fiscales de la plantilla. Buen ejemplo de ello son, entre otros, el acuerdo establecido en el País Vasco y otras fiscalías para garantizar la remisión mensual al Ministerio Fiscal por los cuerpos policiales de la totalidad de las denuncias por hechos de esta naturaleza; el sistema de anotación en tabla Excel al que recurre la sección de A Coruña para tomar nota de los datos esenciales de los procedimientos relativos a la especialidad; las comprobaciones que se efectúan mensualmente en la sección de Burgos de los listados de visados y sentencias para recopilar información sobre asuntos de la especialidad, o el sistema empleado por la sección de Tenerife en base al cual las unidades policiales informan al fiscal de los asuntos de su competencia y de la solicitud de medidas de carácter tecnológico.

Los fiscales dan cuenta también de la buena relación existente con las demás especialidades y de la importancia de los contactos entre unas y otras dado el carácter transversal de la ciberdelincuencia. No obstante, esta comunicación y colaboración es especialmente fluida en lo que atañe a las secciones encargadas de los delitos de Odio y Discriminación –de hecho, en muchas ocasiones, la delegación de ambas especialidades se ejerce por una misma persona– y también con las de Trata de personas y Extranjería, Violencia contra la Mujer, de Menores y Cooperación internacional dada la intensa vinculación entre las materias objeto de sus respectivas competencias.