7.3 Funcionamiento de la Cooperación Judicial Internacional
7.3.1 Planteamiento de cuestiones organizativas
En línea con años anteriores se constata un crecimiento progresivo de la carga de trabajo operativo en las secciones de cooperación internacional de las fiscalías, básicamente en la cooperación pasiva, que este año se cuantifica en un 14,2 % de aumento respecto del año anterior. Ello dificulta enormemente la posibilidad de acometer cualquier proyecto de impulsar la cooperación activa, cuyo reto pasa, ineludiblemente, por reforzar los recursos humanos y materiales disponibles, así como el reforzamiento de la organización interna, recopilando y revisando la vigente doctrina de la FGE, dispersa en diferentes Instrucciones, teniendo en cuenta para ello las reflexiones y conclusiones aprobadas en las Jornadas de Especialistas.
7.3.2 Digitalización de la cooperación judicial internacional
7.3.2.1 Funcionamiento del sistema digital de registro y gestión de expedientes de cooperación internacional de la Fiscalía española (CRIS/CJI)
Como es bien sabido, la Fiscalía española cuenta con un sistema digital de gestión de casos específico para los expedientes de cooperación internacional (denominado CRIS/CIJ), correspondiendo exclusivamente a los fiscales delegados de cooperación internacional la organización y control de dicha aplicación informática de registro y gestión de todas las solicitudes de auxilio judicial internacional recibidas en las secciones de cooperación internacional de las fiscalías españolas. El CRIS/CJI permite, asimismo, la digitalización de las inhibiciones y del auxilio fiscal entre las delegaciones de cooperación internacional, garantizando la integridad del expediente de cooperación y la trazabilidad de los trámites, con la consiguiente seguridad jurídica, al tiempo que repercute en una mayor rapidez de la ejecución y, por ende, incrementa la eficiencia y eficacia de la respuesta de la fiscalía española a las peticiones de auxilio extranjeras. Estamos en condiciones de afirmar que ha desaparecido prácticamente la comunicación interna por otros medios (postal o correo electrónico), salvo en supuestos en los que esta sea imprescindible. Una excepción a la remisión a través de la aplicación se da en los supuestos de inhibiciones múltiples en las comisiones rogatorias pasivas, ya que el sistema solo posibilita realizar una única inhibición a través de CRIS, realizándose el resto por correo electrónico, si bien el Ministerio de Justicia está trabajando en la mejora de la aplicación, para introducir la posibilidad de llevar a cabo inhibiciones múltiples.
Hemos de destacar, que las bondades de nuestro CRIS/CIJ, han sido objeto de elogio por el Consejo de la UE en el Informe de la 10.ª Ronda de Evaluaciones Mutuas sobre la aplicación de la orden europea de investigación en España, de 8 de octubre de 2024, donde ya desde su sumario ejecutivo se subraya que «[e]l altísimo nivel de (…) digitalización del Ministerio Fiscal español juega un papel clave en el ámbito de la cooperación (…)». Asimismo, el apartado 4.3.2 titulado Dedicated Case Management System destaca que «los fiscales utilizan un sistema de gestión de casos independiente («CRIS») dedicado específicamente a las solicitudes de cooperación judicial, incluida la gestión de las OEI entrantes», añadiendo que «[s]e trata de un sistema muy avanzado que permite la transmisión electrónica a nivel interno en España, y la creación automatizada del Anexo B, para guardar todos los documentos en cuanto a su tramitación y ejecución.» Tras elogiar el equipo de evaluación «el alto nivel de digitalización dentro del Ministerio Público a la hora de abordar las EIO entrantes», el informe recomienda (Recomendación núm. 2) «explorar las posibilidades legales y técnicas para otorgar acceso al poder judicial al CRIS cuando participe en la ejecución de EIO», lo que invita a mejorar la interconexión entre fiscalía y las aplicaciones de los juzgados. Precisamente, establecer una comunicación entre el CRIS/CJI y los juzgados es el objetivo del Grupo de Trabajo existente entre Fiscalía, CGPJ y Ministerio, que en 2024 ha conseguido cierto consenso en la unificación de terminología relativa a los instrumentos de cooperación internacional, así como en la supresión de nomenclaturas en desuso. Este primer paso es el presupuesto de la recomendada interoperabilidad.
En el marco de los contactos permanentes con el Ministerio de Justicia a fin de avanzar en el desarrollo del CRIS/CJI, el 22 de febrero de 2024, se lanzó una nueva versión de la aplicación que implementó mejoras en la misma, tales como la introducción de un nuevo trámite de subsanación en los expedientes, la incorporación de nuevas pestañas de instrumentos de reconocimiento mutuo pasivo, como los certificados de embargo y de decomiso del Reglamento 2018/1805, que nos permiten rentabilizar estos datos estadísticos, así como otros encaminados a facilitar la tramitación y exactitud de los registros.
7.3.2.2 Implantación del Sistema de Intercambio Digital de Evidencia «e-EDES»
A nivel de la UE, la Comisión Europea ha puesto a disposición de los Estados miembros el portal digital e-Edes, como herramienta concebida para canalizar el intercambio electrónico transfronterizo de instrumentos de cooperación jurídica internacional. Actualmente, esta plataforma permite el intercambio de OEIs, Notificación de Intervención de las Telecomunicaciones (NIT) y comisiones rogatorias (CRs). La aplicación se encuentra en desarrollo y se prevé que, en un futuro próximo, abarque también los otros instrumentos penales y civiles de los anexos del Reglamento (UE) 2023/2844, de 13 de diciembre, sobre la digitalización de la cooperación judicial. El portal e-Edes se soporta en el punto de acceso e-CODEX (https://www.e-codex.eu/) del Ministerio de Justicia, compuesto por dos componentes: Gateway y Conector, que habilita el intercambio de mensajes entre los diferentes Estados miembros con todas las garantías requeridas tanto de seguridad como jurídicas. Hasta el momento son doce los Estados miembros que forman parte de un «plan piloto»: Austria, Alemania, Letonia, Polonia, Portugal, España, Luxemburgo, Francia, Bélgica, Hungría, Eslovenia y Suecia. Este último Estado miembro se incorporó en 2024. Como destaca el Informe de la Décima Ronda de Evaluaciones Mutuas, anteriormente mencionado, en el apartado de transmisiones de las OEIs, España es pionera en la adopción del e-Edes y ya está estudiando las posibilidades de interoperabilidad entre e-Edes y el CRIS/CJI. Con vistas a facilitar la interconexión entre ambas herramientas se está desarrollando un proceso de robotización, consistente en que las solicitudes de auxilio recibidas a través de e-Edes se descarguen directamente en la aplicación doméstica CRIS/CJI, mediante la importación de datos y documentos.
Dentro de las autoridades judiciales competentes (juzgados y fiscalías) que tienen acceso a la plataforma e-Edes, pese a que la Fiscalía ha extendido en 2024 el acceso a la misma desde la UCIF a 31 fiscalías especiales y territoriales más, preparando en la actualidad la segunda y última fase, para su efectividad en 2025, las solicitudes de auxilio judicial internacional recibidas a través de e-Edes en toda España han sido tan solo 8: concretamente 5 OEIs en la UCIF, 1 en las Fiscalías Provinciales de Guadalajara, Sevilla y Badajoz. Es una cantidad insignificante respecto del total de 5.559 OEIs recibidas en España e, incluso, un retroceso respecto de las 12 OEIs recibidas en 2023, lo que puede responder a que en Portugal, que es el principal Estado miembro remisor de OEIs vía e-Edes, el portal estuvo deshabilitado una parte del año por problemas técnicos.
7.3.2.3 Participación en las reuniones de la denominada «Comitología»
Como consecuencia de la entrada en vigor del paquete de digitalización de la cooperación judicial (el Reglamento (UE) 2023/2844 y la Directiva (UE) 2023/2843) se contactó desde el Gabinete Técnico de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia del Ministerio de Justicia con la FGE y el CGPJ, con el objeto de organizar la participación de expertos judiciales en una serie de reuniones de la denominada «Comitología». Se trata de reuniones en las que la Comisión Europea se asesora para establecer las especificaciones técnicas y jurídicas de los instrumentos legales listados en los Anexos I y II del Reglamento afectados en los flujos de trabajo necesarios para la digitalización de los instrumentos de cooperación jurídica internacional civiles y penales de la Unión Europea. Este proceso ha arrancado en abril de 2024, pero está previsto que se desarrolle en los próximos años. La Fiscalía española ha designados expertos del Ministerio Fiscal procedentes de la UCIF, de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, de la Secretaria Técnica y de la Sección Civil del Tribunal Supremo para participar en tales reuniones de Comitología de la primera fase, desarrollada en 2024.
7.3.2.4 Tratado de Medellín y limitado uso de la plataforma electrónica Iber@
El Tratado Relativo a la Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales (Tratado de Medellín), firmado en julio de 2019, regula el uso de la plataforma electrónica Iber@ como medio formal y preferente de transmisión de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre las Autoridades Centrales de los Estados signatarios, en el marco de los instrumentos legales internacionales vigentes entre las partes que contemplen la comunicación directa entre dichas instituciones. El Tratado no establece ni reemplaza acuerdo de cooperación alguno y solo permite transmitir solicitudes formuladas al amparo del instrumento legal correspondiente en vigor. Igualmente, más allá de los aspectos tecnológicos, no introduce formalidades ni requisitos adicionales, ni un sistema de uso obligatorio. En cualquier caso, las partes se someten a la normativa de protección de datos existente en el Estado donde se presta el servicio y tenga su sede la Secretaría General de la COMJIB, que es España. Dicho Instrumento entró en vigor el 9 de mayo de 2022 y quedó abierto a su adhesión, habiéndose ratificado hasta el momento por: Andorra, Cuba, España, Paraguay, Uruguay, Portugal, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador y Colombia (este último en mayo de 2024).
En la reunión de los puntos de contacto de IberRed celebrada en Madrid los días 3 y 4 el mes junio de 2024, se concluyó la necesidad de impulsar el uso de la plataforma Iber@ para las comunicaciones entre puntos de contacto de IberRed, así como la posibilidad de extender su utilización por las redes especializadas de la AIAMP, explotando las posibilidades de comunicación directa entre Fiscalías que ofrece el Acuerdo de Cooperación Interinstitucional de la AIAMP de 2018. No obstante ello, debe mencionarse que, si bien esta posibilidad es legalmente viable respecto de Fiscalías que son autoridades centrales en la cooperación en materia penal, no deja de plantear cuestiones legales y prácticas discutidas en una Fiscalía como la española, que no es autoridad central en la cooperación con terceros países y donde, por otro lado, la recepción, registro y tramitación dentro del Ministerio Fiscal de solicitudes de auxilio internacionales, corresponde exclusivamente a los/as delegados/as de cooperación internacional, únicos competentes para registrar expedientes de cooperación internacional en el sistema digital de gestión de casos existente en fiscalía –CRIS/CJI–, siendo así que estos no siempre coinciden con los puntos de contacto de las redes de la AIAMP.
Por otro lado, tal y como se recordó en la I Reunión de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP) y los Ministerios Públicos de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP), que tuvo lugar los días 18 y 19 septiembre de 2024 en Tenerife, la aplicación de Iber@ se extendió a usuarios de Estados miembros de la UE, en el «Acuerdo de uso del Memorando de Entendimiento entre Eurojust y IberRed sobre el Uso del Sistema Seguro de Comunicación Iber@», firmado en junio de 2020, entre el presidente de Eurojust y el Secretario de COMJIB, que contemplaba que la adhesión de los puntos focales de la agencia europea como usuarios de la plataforma, se debía siempre ajustar al cumplimiento de los requisitos de la normativa de protección de datos de la UE, que excluye, a nivel birregional, la transmisión de cualquier dato operativo.
Por ello, el auge del uso del Acuerdo de Coordinación Interinstitucional de la AIAMP entre las Fiscalía Iberoamericanas a través de la plataforma iber@ puede ser ilimitado para el intercambio de información operativa, pero en relación con el Ministerio Fiscal, por las razones expuestas, se debe limitar al intercambio de buenas prácticas y consultas legales, en base a la normativa sobre protección de datos, a lo que se une el no ser la FGE autoridad central en nuestro país. Ello explica que las comisiones rogatorias procedentes de países iberoamericanos se sigan transmitiendo, de manera generalizada, vía correo electrónico dirigido al Ministerio de Justicia y no a través de Iber@, que se reciben, normalmente, por el Ministerio Fiscal español en la UCIF y en las secciones de cooperación internacional, donde se registran oportuna y adecuadamente en su sistema digital de gestión de expedientes de cooperación internacional (CRIS/CJI).
7.3.3 Actividad operativa de la Fiscalía en Cooperación Penal Internacional
7.3.3.1 Análisis de la carga de trabajo en términos generales
Los datos estadísticos que se exponen a continuación han sido extraídos del CRIS/CJI. El número total de expedientes de cooperación internacional registrados en 2024 fue de 11.589, frente a los 10.148 de 2023, lo que refleja un aumento significativo interanual del 14,20 %, lo que se enmarca con una mayor perspectiva en una tendencia dominante de crecimiento continuo en el último lustro, sobre todo desde la pandemia: 7.830 expedientes en 2020, 8.483 en 2021 y 9.070 en 2022.
Como se ve, año tras año, se mantiene un crecimiento constante y sostenido de la carga de trabajo en esta especialidad y, muy particularmente, desde que el Ministerio Fiscal fue nombrado autoridad de recepción de las OEIs, lo que debería dar lugar a una seria reflexión sobre la necesidad de aprovechar los recursos humanos y materiales disponibles, no solo reforzando las secciones de cooperación internacional de las fiscalías provinciales, también con la progresiva intervención de los fiscales de enlace de las fiscalías de área y de los puntos de contacto en las secciones territoriales en la ejecución directa de expedientes.
Como se ha señalado en ediciones anteriores, es posible que puedan detectarse algunas variaciones de datos motivadas por el momento y forma en que se efectúa la consulta en la aplicación por los fiscales especialistas. En todo caso, esas pequeñas variaciones no afectan al análisis y valoración de conjunto y se explican principalmente por el retraso al archivar los expedientes inhibidos o por la incoación tardía de las solicitudes recibidas a finales de año, en la medida que el CRIS/CJI contabiliza, a efectos estadísticos anuales, únicamente las registradas hasta el 31 de diciembre.
Estadística general distinguiendo los distintos expedientes registrados
En este primer gráfico se aprecia claramente cómo, debido al modelo de investigación penal existente en nuestro país, la carga de trabajo operativo de los/las fiscales se concentra en la cooperación pasiva. En efecto, en 2024 se emitieron únicamente 22 (11 CRs y 11 OEIs), trece menos que en 2023 (35) y por debajo de las emitidas en 2022 (26) y 2021 (28). Evidentemente, como ya se ha comentado, las características del sistema legal español, limita severamente la posibilidad de aumentar estos números. Además, el CRIS/CJI está concebido para registrar los expedientes de cooperación internacional incoados por el/la delegado/a de cooperación internacional, por lo que el cumplimiento de la conclusión 38.ª de la Circular FGE 2/2022, favorecería la fiabilidad y precisión de los datos proporcionados por el CRIS/CJI en relación con la cooperación activa.
Centrándonos, por tanto, en los datos de los expedientes registrados en el CRIS/CJI por los/las delegados/as de acuerdo con las competencias atribuidas en la Instrucción de la FGE 2/2003, en relación con la cooperación judicial pasiva, debemos distinguir, en primer lugar, entre las solicitudes de auxilio internacional y/o comisiones rogatorias (en adelante CRs) y los instrumentos de reconocimiento mutuo; significativamente, las OEIs. El total de las CRs recibidas por el Ministerio Fiscal en 2024 ascendió a 3.275, frente a las 2.417 recibidas en 2023, lo que significa un notable aumento del 35,5% respecto del año anterior. Este aumento se da en un contexto de crecimiento sostenido de las CRs que se han recibido en fiscalía en los últimos años. Las razones que lo justifican están relacionadas con el hecho de que, dentro de la categoría general de las comisiones rogatorias, se incluyen las solicitudes de auxilio internacional con fines procesales y no propiamente probatorios, que todavía se reciben de Estados miembros de la UE. Se trata de las solicitudes de auxilio recibidas en base al Convenio de Asistencia Judicial en Materia Penal entre los Estados miembros de la UE, hecho en Bruselas el 29 de mayo de 2000, para la notificación de documentos procesales; la denuncia a fines procesales del artículo 21 del Convenio de asistencia judicial en materia penal, de abril de 1959, ahora transmitidas directamente en base al artículo 6 del Convenio de 2000, o el intercambio espontáneo de información, así como otros fines no propiamente probatorios. Ello explica que lejos de disminuir tras la OEI, sigan creciendo, de manera que las CRPs (comisiones rogatorias pasivas) procedentes de Estados miembros ascendieron a un total de 1.857 en 2024, con un incremento de 626 solicitudes de este tipo respecto del año anterior, en que se recibieron 1.231 solicitudes. Estos números explican que el número de «comisiones rogatorias» que recibe la Fiscalía crezca, año tras año, pese a que el 92% de nuestra carga de trabajo proceda de la UE, donde prima el reconocimiento mutuo como piedra angular de la cooperación judicial. Por otro lado, como comisiones rogatorias, propiamente dichas, también hemos recibido de Irlanda y Dinamarca 45 y 59 CRPs, respectivamente, al ser estos los dos Estados miembros de la UE que han optado por permanecer fuera del régimen de la OEI, sin que consten la recepción de certificado alguno del artículo 9 de la DM 2003/577/JAI, para aseguramiento de prueba.
Las comisiones rogatorias recibidas en 2024 por el Ministerio Fiscal de terceros países no comunitarios, a través del Ministerio de Justicia, como Autoridad Central designada en los instrumentos de cooperación internacional bilaterales o multilaterales, ascendieron en 2024 a un total de 1.314. De ellas cabe destacar que los dos países más demandantes de cooperación siguen siendo Suiza, con 128 comisiones rogatorias y el Reino Unido, con 74 comisiones rogatorias. A continuación, le siguen, con un total de 1.112 comisiones rogatorias, el resto de los terceros países no comunitarios, frente a las 641 CRPs recibidas en 2023, con un significativo aumento del 73,50 %.
CRPs en atención a su distinta procedencia
En relación con la OEI, instrumento de reconocimiento mutuo que es el verdadero «buque insignia» de la cooperación judicial en materia de obtención de pruebas, el total de las recibidas por el Ministerio Fiscal en 2024 ascendió a un total de 5.559 (un 8,15% más que en 2023). Con ello, la suma de los dos tipos de solicitudes de asistencia principales de la cooperación judicial (CRs + OEIs), arroja el resultado total de 8.834 expedientes en 2024 frente a los 7.557 expedientes en 2023, lo que supone un aumento del 17 %. Todo ello refleja un crecimiento global de los expedientes más representativos de la cooperación judicial pasiva, en los que el Ministerio Fiscal tiene un protagonismo claro en nuestro país, en una tendencia que consideramos aún no ha tocado techo, ya que la eficacia que ha imprimido a la cooperación judicial el buen funcionamiento de la especialización del Ministerio Fiscal produce un «efecto llamada» derivado de la consecuente confianza mutua que consolida la actuación del MF español como autoridad de referencia nacional entre los operadores jurídicos europeos.
Si analizamos el resto de los expedientes de reconocimiento mutuo, normalmente referidos a certificados de embargo, decomiso y sanciones pecuniarias que se reciben por el Ministerio Fiscal, aunque no sea autoridad de ejecución legalmente designada, y que son registrados en el CRIS/CJI genéricamente como expedientes de reconocimiento mutuo pasivos (RMP), comprobamos que los mismos han ascendido a 948 en 2024 frente a los 727 en 2023, lo que también refleja un significativo crecimiento del 30,4 %. En este apartado debemos hacer mención a las mejoras técnicas realizadas en el CRIS/CJI para el registro individualizado dentro de este tipo de expedientes, de los Anexos I y II del Reglamento (EU) 2018/1805, correspondientes a los certificados de embargo y decomiso recibidos, que nos permite contabilizar con mayor precisión el número de instrumentos relacionados con la recuperación de activos recibidos en nuestro país. En 2024 los certificados de embargo recibidos ascendieron a 276 y los certificados de decomiso a 33. En estos casos, al tratarse la ejecución de los certificados de embargo y decomiso de una competencia legalmente atribuida a los juzgados de instrucción y de lo penal, respectivamente (arts. 144 (1) y 166 (1) LRM), cuando el Ministerio Fiscal recibe un certificado, lo remite inmediatamente a la autoridad judicial competente, con un informe sobre la legalidad de su reconocimiento y necesidad de coordinación con otros instrumentos, en su caso. Hay que recordar que la declaración realizada por España a la Secretaria General de la Comisión Europea respecto del Reglamento (UE) 2018/1805, el 20 de diciembre de 2020, sitúa a la UCIF como receptora de certificados de embargo (63) y decomiso (5) cuando se desconozca la conexión territorial o su ejecución afecte a varias provincias.
Por otro lado, en relación con los dictámenes de servicio internacionales (DSI) despachados en el marco de los procedimientos incoados en el órgano judicial competente, así como cualquier otra intervención del Ministerio Fiscal en un expediente o procedimiento judicial (incluyendo la fase de ejecución de sentencia), se han contabilizado un total de 1.001 DSIs en 2024 (frente a los 917 dictámenes en 2023), lo que supone, igualmente, un aumento del 9,16%. En cuanto a los expedientes de seguimientos pasivos internacionales (SPI), en los que se plasman las gestiones realizadas para localizar o resolver cuestiones planteadas en la tramitación de solicitudes de auxilio a requerimiento de autoridades extranjeras, magistrados de enlace y puntos de contacto de las diferentes redes, estos se cuantificaron en un total de 177 expedientes en 2024, frente 143 en 2023 (23,78 % de aumento).
7.3.3.2. 2024 en cifras: Análisis del volumen de trabajo de las Secciones de Cooperación Internacional de la Fiscalía española
Entrando en el estudio de los datos registrados en el CRIS/CJI en las fiscalías territoriales y especiales, la fotografía en el año 2024 es la siguiente:
Estadística general por fiscalías territoriales, especiales y la UCIF
La Fiscalía Provincial de Madrid se mantiene en 2024 como la que soporta la mayor carga de trabajo operativo de nuestro país, con un porcentaje total del 16,8 % de todos los expedientes registrados a nivel nacional. Concretamente se registraron un total de 1.945 expedientes, dato ligeramente superior a los 1.932 de 2023. Si distinguimos entre el número de CRPs encontramos que aumentaron de 301 a 367. Si bien, en relación con las OEIs, recibió un total de 965, 105 menos que las 1.070 de 2023. En cualquier caso, constituyen el 20,8 % de todas las OEIs recibidas en España. A fin de tener un conocimiento ajustado de la carga efectiva de trabajo de esta sección de cooperación internacional, debemos valorar estos datos, conjuntamente, con el número de inhibiciones a otras fiscalías acordadas en un total de 150 expedientes en 2024, frente a las 133 de 2023. Concretamente, respecto de 96 OEIs, 50 CRPs, 3 RMPs y en 1 SPI. Ello se corresponde con el 8,3 % de los expedientes registrados. Dicho porcentaje de inhibiciones puede deberse al domicilio social de entidades bancarias en Madrid, cuyas cuentas aparecen finalmente abiertas en sucursales de otras provincias o al «efecto llamada» derivado de la capitalidad, que, en ocasiones, provoca una remisión «por defecto» por parte de alguna autoridad de emisión, lo que hace que esta fiscalía asuma, finalmente, funciones de comprobación y reparto más propias de la UCIF. En cualquier caso, hay que destacar el extraordinario funcionamiento demostrado por esta sección que contribuye decisivamente a la excelente proyección internacional de la Fiscalía española.
A continuación, se sitúa la Fiscalía Provincial de Barcelona, que recupera la segunda posición, al haber registrado su sección de cooperación internacional en 2024 un total de 1.100 expedientes, frente a los 901 de 2023, lo que supone el 9,5% de los tramitados en la Fiscalía española en este periodo. Concretamente, las OEIs ascendieron a 462; 84 más que en 2023, alcanzando el 8,3% del total de OEIs recibidas en España. Las comisiones rogatorias recibidas en 2024 llegaron a 282, (también 91 más que en 2023). Estos datos, se complementan con una mayor intervención de las fiscales de la sección en la redacción de informes, con un total de 44 DSIs en 2024 y en la tramitación de instrumentos de reconocimiento mutuo, con un total de 204 expediente de RMPs registrados. En relación con las inhibiciones, se cuantificaron 60, frente las 39 de 2023, lo que le sitúa en el 7,6%, de los expedientes de cooperación internacional incoados en esta Fiscalía. Si descontamos los dictámenes de servicio, las inhibiciones afectaron a 47 OEIs y a 11 comisiones rogatorias, lo que puede igualmente explicarse por ser Barcelona sede social de entidades bancarias, cuyas cuentas aparecen, finalmente, abiertas en sucursales de otras provincias. La Fiscalía de Barcelona, cuenta con una tercera fiscal adscrita desde abril de 2024.
En tercer lugar se sitúa la Fiscalía Provincial de Málaga, que registró un total de 988 expedientes en 2024, frente a los 1.000 expedientes de 2023. Ello supone el 8,5% del total de expedientes registrados por las fiscalías españolas. Centrándonos en las OEIs, en 2024 ascendieron a 449 (aumentando las 413 de 2023), es decir, un 8,1 % de las OEIs totales recibidas. En relación con las CRPs, se registraron en 2024 un total de 180 (frente a las 183 de 2023) o el 5,5 % del total. Frente a las 8 inhibiciones de 2023, en 2024 se contabilizaron 46 (38 OEIs y 6 CRPs y 2 RMP), lo que supone un 6,5 % de los expedientes incoados, frente al 0,8% del año anterior. Se desconocen los motivos concretos de este significativo repunte de inhibiciones cuando la carga de trabajo ha descendido, siendo necesario, igualmente, ajustar este parámetro. En cualquier caso, las solicitudes ejecutadas en esta Fiscalía suelen estar relacionadas con investigaciones de delincuencia organizada compleja en toda la Costa del Sol, lo que se traduce en una carga de trabajo cualitativamente muy relevante para los tres fiscales integrantes de la sección en Málaga, así como para el punto de contacto de la sección territorial de Torremolinos y la Fiscal de enlace de la Fiscalía de Área de Marbella, convirtiendo a la Fiscalía de Málaga en uno de los puntales y referencias en España en materia de cooperación internacional.
La Fiscalía Provincial de Alicante registró un total de 492 en 2024 un 4,2 % del total de los expedientes, aumentando significativamente los 412 expedientes de 2023, lo que le coloca en el 4,2% de la carga de trabajo operativo nacional. De ellos, 227 fueron OEIs y 149 CRPs. Las inhibiciones acordadas fueron 10, es decir el 2,2 % de los expedientes (5 CRPs y 5 OEIs), manteniendo un alto nivel de ejecución. En quinto lugar, nos encontramos con la Fiscalía de Valencia, con un total de 419 expedientes incoados en 2024 frente a los 350 de 2023 (el 3,6% de la carga de trabajo nacional), que se concreta en 201 OEIs recibidas, frente a las 274 de 2022 y 138 CRPs, frente a las 91 de 2023. Asimismo, debe destacarse el número de inhibiciones acordadas que alcanzaron las 42 (11 CRs, 30 OEIs y 1 RMP), lo que representa un 11% de los expedientes incoados por dicha Fiscalía. De nuevo, el hecho de que Valencia sea sede central de entidades bancarias explica este alto índice de inhibiciones, si bien cabe destacar que se ha rebajado en más de 5,5 puntos respecto del 16,6% de inhibiciones en 2023, ajustando el nivel de expedientes efectivamente ejecutados.
En términos cuantitativos, le sigue la Fiscalía de Baleares que incoó en 2024 un total de 353 expedientes, frente a los 316 de 2023 (el 3,04 % de la carga de trabajo total de la Fiscalía en esta materia). De ellos, 81 fueron comisiones rogatorias (frente a las 99 CRPs de 2023), 102 OEIs (frente a las 110 OEIs recibidas en 2023) y 7 expedientes referidos a otros instrumentos de reconocimiento mutuo (RMPs). Destaca el elevado número de dictámenes de servicio (146) que en 2024 casi duplican los 79 dictámenes incoados en 2023. En cuanto a las inhibiciones, el número se redujo a 3 (2CR y 1 OEI), con un muy adecuado porcentaje del 1,4 %. A continuación, la Fiscalía Provincial de Bizkaia con 292 en 2024 (el 2,5 % de la carga de trabajo a nivel nacional), frente a los 262 expedientes de 2023. Los expedientes se repartieron entre las 34 CRPs y las 236 OEIs, así como 6 RMPs. Llaman la atención las 67 inhibiciones (que afectaron a 2 CRPs y 59 OEIs, así como a 6 RMPs), lo que supone que el 23 %, de las solicitudes registradas en esta Fiscalía. La sede social de una conocida entidad bancaria puede justificar que reciba muchas solicitudes de información bancaria y la posterior remisión de las mismas a otras fiscalías, donde efectivamente radican las sucursales de las cuentas abiertas investigadas. En octavo lugar se sitúa la Fiscalía Provincial de Sevilla, con 272 expedientes en 2023, frente a los 227 de 2023 (el 2,34% de la carga total del trabajo a nivel nacional), de los que 70 fueron CRPs y 107 OEIs (1,9% del total), llamando la atención los 58 DSIs registrados. Las inhibiciones acordadas fueron 10 (5 CR y 5 OEIs, lo que equivale al 4,7% de los expedientes incoados. La siguiente fiscalía por volumen de asuntos, es la Fiscalía Provincial de Murcia con un total de 257 expedientes (2,2%), frente a los 215 de 2023, repartidos en 83 CRPs y 55 OEIs. Con un total de 7 inhibiciones (3 CRPs y 4 OEIs) lo que equivale al 2,7% de los casos registrados. En décimo lugar, irrumpe la Fiscalía Provincial de Pontevedra, que pasa de 157 expedientes en 2023 a un total de 229 expedientes en 2024 (2% de la carga nacional), de los cuales 65 fueron CRPs y 88 OEIs. Sus 18 inhibiciones (11 CRIs y 7 OEIs), la sitúan en un razonable porcentaje del 1,6 %.
Fuera del «top ten» de Fiscalías con mayor carga de trabajo y por encima de 100 expedientes al año, se encuentra la Fiscalía Provincial de Girona, con un creciente nivel de actividad que le sitúa por encima de doscientos expediente (201 frente a los 188 de 2023). De ellos 46 se corresponden con CRPs recibidas y 127 OEIs (el 2,3% del total), con tal solo 5 inhibiciones (respecto de 1CR y 4 OEIs), lo que constituye un 2,7% de sus asuntos. Le sigue la Fiscalía Provincial de Almería, con 178 expedientes incoados (el 1,5% de la carga de trabajo total). De ellos, 81 fueron CRPs, 66 OEIs (1,2 %) y 9 RMPs, con tan solo 7 inhibiciones (4% de los asuntos). La Fiscalía Provincial de Huelva, registró 129 expedientes (1,1 %), de los que 41 fueron CRPs y 42 OEIs, así como 37 DSIs y un 1 RMP. A destacar que esta Fiscalía no ha registrado inhibición alguna en 2024. Las dos Fiscalías de Canarias aumentaron significativamente sus registros en 2024. Así, la Fiscalía Provincial de las Palmas pasó de 77 a 126 expedientes, recuperando y superado los números de 2022 (113), de los cuales 34 fueron CRs y 59 OEIs (el 1,1% del volumen total), con tan solo 6 inhibiciones (3 CRs y 3 OEIs), lo que supone el 4,8% de sus asuntos. En el mismo sentido, la Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife aumentó sus expedientes de 71 a 125 (1,07 % del total), de los cuales 47 fueron CRIs y 53 OEIs (0,95 %), más 3 RMPs, 4 SPIs y 2 DSIs, con tan solo 2 Inhibiciones (1 CR y otra en RMP), lo que supuso el 1,6 % y, por lo tanto, una preminencia del trabajo operativo efectivo. A continuación, le sigue la Fiscalía Provincial de Cádiz, con 113 expedientes (0,9 % del total), de los que 41 fueron CRs y 52 (0,9 %) OEIs, más 1 DSI y 14 RMPs, con solo 3 OEIs (2,7 %) inhibidas a otras fiscalías. Igualmente, por encima del centenar de expedientes incoados en 2024, encontramos igualadas a 108 expedientes a la sección de cooperación jurídica Internacional de la Fiscalía Superior de Cantabria y la Fiscalía Provincial de Ourense. La Fiscalía de Santander recibió 8 CRs y 82 (1,5%) OEIs, con un significativo número de inhibiciones a otras fiscalías que ascendió a 32 (1 CRI y 27 OEIs y 4 RMPs), lo que supone un 29,6% de los expedientes incoados. Como es sabido, la sede social de una conocida entidad bancaria en esta provincia puede justificar el elevado número de inhibiciones (si bien mejora el 37,7 % del año anterior). La Fiscalía de Ourense incrementa su número de expedientes de 68 a 108 (0,93% total), recuperando niveles de 2022 (100). Si bien. De ellos 25 fueron CRs, 17 OEIs (0,30 %) y 62 DSIs, lo que es un número llamativo, y 1 CRA (activa) concretamente una denuncia artículo 21 enviada a Francia en una diligencia preprocesal por delito de violencia doméstica. Completa esta información un SPI, un RMP y un auxilio fiscal. De todos ellos se acordaron 4 inhibiciones: 1 OEI y 3 CRs, lo que equivale a que el 8,7 % de sus asuntos fueron remitidos para su ejecución final a otras fiscalías. Cerrando este grupo de fiscalías con números por encima de cien expedientes nos encontramos con la Fiscalía Provincial de Granada, cuya sección de cooperación registró 104 expedientes (0,9% del total nacional), de los que 41 fueron OEIs (0,7%) y 44 CRs, más 7 DSI y 12 auxilios fiscales, habiéndose inhibido respecto de 6 (4 CRIs y 2 OEIs), es decir en el 6,18 % de las solicitudes de asistencia recibidas.
En cuanto a los órganos centrales, comenzaremos el análisis con la Fiscalía de la Audiencia Nacional, cuya Sección de Cooperación Internacional registró en 2024 un total de 372 expedientes, lo que equivale al 3,20% de la carga operativa de la Fiscalía en esta especialidad. De ellos 37 se refieren a CRPs y 276 OEIs (o el 5% total de OEIs). Estos números se completan con 21 expedientes de seguimiento pasivo y 15 dictámenes de servicio, así como 18 expedientes de reconocimiento mutuo pasivo y cuatro auxilios fiscales. Del total de expedientes incoados, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se inhibió en 51 (8 CRPs y 37 OEIs, más 3 RMPs), lo que equivale a un 14,3%, porcentaje inferior al 25,2 % de inhibiciones de 2023, lo que se valora como una mejora en relación a la carga de trabajo efectiva como autoridad de ejecución propiamente dicha.
La Fiscalía Especial Antidroga incoó en 2024 un total de 606 expedientes (el 5,2 % total de trabajo operativo a nivel nacional), de los que 200 se correspondieron a CRPs y 369 OEIPs (el 6,6% de las OEIs recibidas), a los que se añade dos CRAs y 3 OEIAs, más 6 seguimientos pasivos, 6 dictámenes de servicio y 19 RMPs. Las inhibiciones acordadas ascendieron a 88, de las cuales 36 fueron en CRPs y 49 en OEIPs, más 3 RMPs, lo que supone un porcentaje similar a la Fiscalía de la Audiencia Nacional (el 14,6%), mejorando, igualmente, respecto del 20% de 2023.
La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, registró en 2024 un total de 37 expedientes, lo que equivale al 0,31% del total a nivel nacional. De ellos 18 CRPS y 14 OEIPs (0,25%), más un dictamen de servicio y un expediente de reconocimiento mutuo activo y tres expedientes de reconocimiento mutuo pasivos. Como sucede con las otras fiscalías especiales, llama la atención el porcentaje de inhibiciones pues se acordó en relación con 8 casos (1 CRP, 4 OEIs y 3 RMPs), lo que equivale al 22,2 % de los instrumentos recibidos.
Para terminar el apartado de los datos estadísticos, una referencia a la actividad operativa de la UCIF. Al respecto, hay que destacar, que sus 1.815 expedientes de cooperación internacional (el 15,7 % de la carga operativa a nivel nacional), frente a los 1.461 de 2023, la consolida como la segunda oficina en materia de cooperación internacional del Ministerio Fiscal en términos operativos. Concretamente se recibieron en la UCIF: 724 CRPs (frente a las 518 de 2023) y 972 OEIs (frente a las 860 de 2023), lo que supuso el 17,5% de las OEIs recibidas en España. Además, la UCIF recibió 69 expedientes RMPs (en línea con la declaración hecha por España al Reglamento 2018/1805 en diciembre de 2020) e incoó 13 SPIs. De los expedientes incoados, 950 fueron inhibidos a otras fiscalías especiales y territoriales, una vez se hicieron en la UCIF las comprobaciones pertinentes, de acuerdo con las atribuciones coordinadoras propias de esta Unidad, previstas en el Dictamen n.º 2/2021. Concretamente, fueron inhibidas 425 CRPs y 449 OEIs (874, de las 1.676 recibidas, es decir un 52,14%). Estas cifras se completan con las 67 RMPs y los 9 expedientes de SPIs. Es decir, el 52,3% de los expedientes incoados en esta Unidad, lo que supone que más de la mitad de las recibidas, ejecutándose el resto desde la UCIF, de acuerdo con lo previsto en el Dictamen referido. Generalmente, la ejecución directa en esta Unidad tuvo lugar en relación con expedientes en los que había que recabar datos que obran en registros o bases de datos centralizadas (e.g. información correspondiente a perfiles de ADN); información bancaria y financiera de cuentas online o en aquellos excepcionalmente complejos o con especial necesidad de coordinación (como puede ser la toma de declaraciones coordinadas a través de los enlaces policiales adscritos a esta Unidad y sus redes de puntos de contacto policiales con implantación en todo el territorio nacional), entre otros supuestos. En ese sentido, debemos hacer mención destacada y expresa a la inestimable labor que desempeñan los dos Oficiales de Enlace, de Guardia Civil y Policía Nacional, adscritos a la UCIF, cuyo auxilio fue de nuevo esencial para la pronta ejecución de las solicitudes de auxilio y OEIs recibidas en la UCIF el año pasado. Muestra de ello, es que el Oficial de Enlace y Capitán de la Guardia Civil auxilió en la tramitación de un total de 566 expedientes (223 CRPs y 330 OEIs, así como en 4 expedientes de seguimiento pasivo y 9 RMPs), lo que supone un incremento de 160 casos respecto de los 406 expedientes en los que prestó auxilio en 2023. En cuanto al Oficial de enlace Inspector de la Policía Nacional, su auxilio fue prestado en 401 expedientes (en 145 CRPs y 214 OEIs, además de en un expediente se seguimiento y un RMP), frente a los 331 expedientes de 2023. En ambos casos se mantiene un creciente aumento de la carga de trabajo sin merma de la calidad y prontitud de respuesta, por lo que se extiende el agradecimiento y felicitación a la UTPJ y la División de Cooperación Internacional de la PN que los ha destacado en esta Unidad y les presta cobertura operativa permanentemente.
OEIs recibidas en Fiscalías territoriales, especiales y la UCIF
OEIS y CRS recibidas en fiscalías territoriales, especiales y la UCIF
7.3.3.3 Análisis del volumen de trabajo por Estados
El ELSJ genera 8.670 de los 11.589 expedientes de cooperación internacional incoados en la Fiscalía española (es decir el 74,8% de la carga de trabajo total del Ministerio Fiscal). Teniendo en cuenta los Estados miembros de emisión, los diez primeros Estados miembros serían: Alemania, con 1.462 expedientes (de los que 404 OEIs, 300 solicitudes de auxilio varias sin finalidad probatoria y 94 RMPs), seguida de Portugal con 1.387 (de los que 446 fueron solicitudes de notificación de documentos procesales y 751 OEIs). En tercer lugar, de este ranking, se sitúa Austria con 917 expedientes generados, de los que tan solo 112 son OEIs remitidas, destacando las 638 solicitudes de auxilio con fines procesales no probatorios, seguida de Países Bajos con 884 expedientes, de los cuales 251 fueron OEIs y 338 otros instrumentos de reconocimiento mutuo enviados a las diferentes fiscalías y tan solo 33 solicitudes de auxilio no probatorias. A la quinta posición pasaría Francia con 873 expedientes (617 OIPs y 114 CRPs, siendo por número de OEIs el segundo Estado miembro). A continuación, en sexto lugar, se sitúa Polonia con 592 expedientes, con 469 OIEs y tan solo 7 solicitudes de auxilio, (siendo, no obstante, el cuarto Estado miembro, con Alemania, Portugal y Francia en número de OEIs remitidas a nuestro país). A la séptima posición pasa Bélgica con sus 329 expedientes (228 OEIs, 52 CRPs y 18 RMPs), seguida por Italia con 310 expedientes (214 OEIs y 39 CRPs y 22 RMPs), Suecia con 279 expedientes (245 OEIs y 16 CRPs) y Rumanía con 209 (16 CRs y 160 OEIs), como Estados que completarían este «top 10» de la clasificación por países que solicitan asistencia judicial en España. A los anteriores debemos sumar Bulgaria con 188 expedientes repartidos entre 17 CRPs y 140 OEIs; Grecia con 176 (44 CRs y 112 OEIs); Eslovenia 137 (75 OEIs y 43 CRPs) y Hungría con 127 (24 CRPs y 127 OEIs). Todos ellos Estados miembros de la UE, junto a los cuales debemos referirnos a Dinamarca con 64 expedientes (59 CRPs) y la República de Irlanda con 47 expedientes (45 CRPs). En relación con estos dos Estados miembros las comisiones rogatorias se reciben directamente en las fiscalías, en base al artículo 6 del Convenio de Bruselas de 2000 y se refieren indistintamente a fines probatorios como procesales, como Estados miembros que siguen fuera del régimen de reconocimiento mutuo en materia de obtención de prueba.
Datos estadísticos por estados miembros de la UE
En términos generales, como ya hemos destacado en el apartado primero de esta Memoria, el porcentaje de solicitudes dentro de la UE acapara el 74,8 % de las recibidas. En relación con el 25,2 %, restantes, destacan las 128 y 74 CRs procedentes de Suiza y Reino Unido, respectivamente. Así como las 43 remitidas por Andorra, las 18 de Noruega y Albania o las 16 de Ucrania. Del otro lado del Atlántico, 32 CRs de EEUU y 261 de países iberoamericanos, como las 56 de Perú, 55 de Colombia, las 28 de Brasil, 23 de Argentina, 20 de Venezuela o las 13 de Paraguay. Al otro lado del estrecho, encontramos que Marruecos, lejos de aumentar el número de solicitudes, pasa de 19 a 17 CRPs.
Canales de transmisión utilizados
Las estadísticas registradas en el CRIS/CJI, igualmente, muestran que la inmensa mayoría de las solicitudes que se reciben por el Ministerio Fiscal son enviadas directamente por las autoridades competentes de la UE, sin utilizar redes u agencias intermedias, lo que significa que la transmisión y comunicación directa se consolida como regla general y hecho diferencial de la cooperación judicial dentro del ELSJ, de conformidad con el régimen de reconocimiento mutuo en que se basa, previsto en el artículo 82 (1) del TFUE.
De ese modo, en 2024 la transmisión directa entre autoridades judiciales nacionales se erige como canal preferente de comunicación en el 82% de los casos, quedando el 18% restante, para la transmisión a través de entidades y estructuras alternativas de apoyo, como Eurojust y la RJE, que se sitúan en el 6% y el 1%, respectivamente. Estos datos revelan y ponen en valor, la importancia de la coordinación realizada a nivel nacional desde la UCIF, para la correcta ejecución de este elevado porcentaje de solicitudes de cooperación judicial recibidas directamente por los/las delegados/as de cooperación internacional. Lo previsible es que la transmisión directa siga creciendo entre los Estados miembros de la UE, hasta alcanzar su pleno desarrollo con la implementación de la nueva plataforma de intercambio electrónico e-EDES, en detrimento de la utilización de instancias o capas adicionales de transmisión que tan solo demoran la misma en los casos bilaterales y simples, debiéndose reservarse su utilización, exclusivamente, para supuestos excepcionales y justificados de coordinación en los que se pueda excepcionar la utilización del sistema informático descentralizado como prevé el considerando 25 del Preámbulo del Reglamento (UE) 2023/2844, de 13 de diciembre, sobre la digitalización de la cooperación judicial.
Por otro lado, el cuadro descrito se completa con las CRs procedentes de terceros países (7%) que se reciben vía Ministerio de Justicia y las urgentes (4%) a través de INTERPOL.
7.3.3.4 Análisis cualitativo por categorías delictivas
Como viene siendo habitual en los últimos años, el delito predominante en las OEIs recibidas es el de estafa y, más concretamente, el fraude telemático que alcanza el 32% del total, si bien experimenta una tendencia a la baja (recordemos que en 2022 llegó hasta el 43% bajando en 2023 al 36%). En la mayoría de los casos se solicita información bancaria al haberse transferido las cantidades defraudadas a cuentas abiertas en entidades bancarias radicadas en nuestro país, principalmente por presuntas mulas del dinero (money mules). En paralelo, se ha detectado el progresivo aumento de casos de suplantación de identidad en la apertura fraudulenta de las cuentas, especialmente cuentas online, como consecuencia de la falta de adecuada supervisión de la aplicación de la normativa sobre la prevención del blanqueo de capitales por parte de los responsables de las entidades bancarias. Se trata de un ámbito de actuación conjunta, en el que la debida coordinación entre las Unidades de Cibercriminalidad y la UCIF debe ser explorada en los procedimientos nacionales. A continuación, los delitos de tráfico de drogas (11%), seguidos del blanqueo de capitales (9%) y las solicitudes relacionadas con delitos contra la propiedad, que se mantienen en un 7%. El número de CRs y OEIs relacionadas con infracciones de carácter administrativo en 2024 pasa del 8% al 11 % de las recibidas. En su mayoría se refieren a notificaciones de multas de tráfico, lo que podría explicar también el porcentaje de los delitos relacionados con la seguridad vial (6%) en estadísticas de cooperación transfronteriza siendo una modalidad delictiva eminentemente nacional.
Datos estadísticos por tipología delictiva