3.3 Actividades e iniciativas desarrolladas por la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo
En la misma línea fijada en las ediciones memoriales de años precedentes, se procede a analizar los temas relativos a la colaboración internacional, propuestas normativas, actividades docentes y de formación, tramitación de procedimientos y, finalmente, coordinación en materia de incendios a nivel nacional, con la adopción de diferentes iniciativas al efecto.
Así las cosas, a lo largo del año 2024 la Unidad especializada participó en encuentros y actividades, recibió y giró visitas de carácter institucional, etc., que se exponen a continuación:
3.3.1 Relaciones institucionales de ámbito nacional de la fiscalía coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo
Reunión con el Ararteko (Defensor del Pueblo Vasco) y asistencia al Foro Ciudadano de Ararteko de movilidad Urbana, en Bilbao, el 11 de septiembre de 2024.
Conferencia en el evento Human Fest sobre cambio climático en defensa del territorio y medio ambiente, en Valencia, el día 7 de junio de 2024.
Asistencia a la entrega de XVI Premios Fundación BBVA Fronteras del Conocimiento, en Bilbao, que tuvo lugar los días 19 y 20 de junio de 2024.
Ponencia en el II Congreso Internacional «Prevenir es la clave: educando para un mundo sostenible», en Granada, en fecha 17 de octubre de 2024.
Reunión con la Secretaría General Protección Civil a fin de valorar la Campaña de Prevención de Incendios Forestales 2023, en Madrid, el 20 de octubre de 2024.
Organización de una línea de ayuda a los afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana, en fecha 3 de diciembre de 2024.
Reunión con el Defensor del Pueblo Vasco (Ararteko) y Consejero de Interior del País Vasco, en Bilbao, el día 13 de diciembre 2024.
Apadrinamiento de la jura o promesa de los miembros de la 62.ª Promoción de la Carrera Fiscal, que tuvo lugar en día 17 de diciembre de 2024.
3.3.2 Relaciones internacionales de la unidad especializada de Medio Ambiente y Urbanismo y de las secciones especializadas de las fiscalías españolas
– El día 7 de marzo de 2024. Visita de la Delegación del Líbano a la sede de la Unidad de Medio Ambiente de la FGE en Madrid.
– En fecha 26 de febrero de 2024. Visita de Fiscales del Principado de Andorra a la sede de la Unidad de Medio Ambiente.
– El 12 de marzo de 2024. Conferencia online sobre leyes medioambientales organizada por European Network of Prosecutors for the Environment (ENPE).
– El día 12 de abril de 2024. Reunión de Fiscales Europeos organizada por European Network of Prosecutors for the Environment (ENPE), en Bruselas (Bélgica).
– Los días 24 a 26 de abril de 2024. Asistencia a la conferencia organizada por European Network of Prosecutors for the Environment (ENPE), sobre perspectivas legales de la responsabilidad medioambiental celebrada en Belgrado (Serbia).
– En fecha 31 de mayo de 2024. Asistencia al II Congreso de la Construcción en el Colegio de Abogados de Madrid, en Madrid.
– Los días 10 y 11 de octubre de 2024. Asistencia a la conferencia de European Network of Prosecutors for the Environment (ENPE), en Cork (Irlanda).
– Los días 10 a 13 de junio de 2024. Asistencia al Seminario de Crímenes Medioambientales organizado por la Organización de Fiscales Africanos, en Marruecos.
– El 20 de septiembre de 2024. Asistencia a la reunión online organizada por el Consejo Consultivo de Fiscales Europeos (CCPE) para Fiscales de Santa Fe (Argentina).
– El 24 de septiembre de 2024. Visita de la Delegación de Fiscales de Turquía a la Unidad de Medio Ambiente, en Madrid.
– En fecha 30 de septiembre de 2024. Reunión online de COPOLAD y FIIAPP a fin de abordar nuevas iniciativas sobre medio ambiente y tráfico de drogas.
– El día 23 de octubre de 2024. Presentación del Magistrado de Enlace de Francia en la sede de la Unidad de Medio Ambiente, en Madrid.
– En fecha 6 de noviembre de 2024. Desayuno de trabajo organizado por Herbert Smith Freehills, en Madrid.
– En los días 11 a 13 de noviembre de 2024. Conferencia en Academy of European Law, sobre aspectos destacados de la nueva Directiva Penal Ambiental, en Barcelona.
– Los días 19 a 21 de noviembre de 2024. Asistencia al Seminario de Medio Ambiente organizado por la Fiscalía de Burdeos, en Burdeos (Francia).
3.3.3 Actividades desarrolladas en materia de formación por la unidad de Medio Ambiente de la fiscalía General del Estado
– Ponencia en la Universidad de Salamanca sobre la protección del medio ambiente, en Salamanca, el 22 de enero de 2024.
– Participación en el I Curso de «Expertos en delitos contra la biodiversidad», organizado por el SEPRONA, en Madrid, celebrado del 22 de enero a 2 de febrero de 2024.
– Participación en el Curso de ascenso Subinspectores Policía Local en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, en Madrid, que tuvo lugar los días 13 y 14 de febrero de 2024.
– Ponencia en Universidad Jaume I de Castellón «Los costes económicos y jurídicos de producción sucia», en Castellón, el día 29 de febrero de 2024.
– Ponencia en la Universidad de Valencia sobre delitos medioambientales, el día 11 de marzo de 2024.
– Participación en el Seminario de Policías Locales celebrado en el CENEAM, en Valsaín (Segovia), los días 4 y 5 de abril de 2024.
– Ponencia sobre crímenes medioambientales en la European Judicial Training Network (EJTN), en París (Francia), en fecha 16 y 17 de abril de 2024.
– Curso Selectivo 62.ª Promoción de la Carrera Fiscal en el CENEAM, Valsaín (Segovia), los días 6 y 7 de mayo de 2024.
– Conferencia en Cambridge Alumni, sobre los retos del Fiscal de Sala Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo, en Madrid, el 16 de mayo de 2024.
– III Curso online de Especialistas en Protección de la Naturaleza para Equipos, el 14 de mayo de 2024.
– IV Seminario sobre procedimientos en la prueba pericial penal medioambiental celebrado en Fontilles (Alicante), desarrollado los días 20 a 23 de mayo de 2024.
– Intervención en el programa de formación AIAKOS para fiscales internacionales en Madrid, el día 31 de mayo de 2024.
– Asistencia al Seminario organizado por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Departamento de Sevilla, sobre coordinación pericial penal en delitos contra el medio ambiente, celebrado en Sevilla, celebrado los días 3 a 5 de junio de 2024.
– Conferencia en la Universidad de Salamanca sobre «Crimen Organizado, corrupción y terrorismo», en Salamanca, el día 17 de junio de 2024.
– Curso de Formación para TEDAX (Policía Nacional), en Madrid, en fecha 21 de junio de 2024.
– Participación el 26 de junio de 2024 en la Mesa redonda organizada por el Grupo de Patrimonio Histórico de la Guardia Civil en el Museo Arqueológico, en Madrid.
– Impartición de módulo en el IX Seminario de formación en materia de residuos, organizado por TRAGSATEC por encargo de la Subdirección de Economía Circular, en Madrid, el 17 de septiembre de 2024.
– Curso en el Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) sobre evaluación medioambiental e infraestructuras humanas y su incidencia sobre la fauna, en Madrid, celebrado los días 23 a 26 de septiembre de 2024.
– Ponencia en el Curso del Instituto Canario de Administraciones Públicas sobre contratación y prácticas ilícitas, en Las Palmas de Gran Canaria y Tenerife, el día 27 de septiembre de 2024.
– Ponencia en la Academia de Formación de Policías Locales de La Rioja, en Logroño, el 2 de octubre de 2024.
– Impartición de módulo en el III Curso de Especialista en Protección de la Naturaleza organizado por SEPRONA, en Valdemoro (Madrid), que tuvo lugar el 21 de octubre de 2024.
– Impartición de módulo en la I Edición del Curso sobre delitos contra la ordenación del territorio organizado por Guardia Civil, en Madrid, el 24 de octubre de 2024.
– Impartición de módulo formativo en Master de Protección Integral de Medio Ambiente organizado por la Guardia Civil, en Madrid, el 29 de octubre de 2024.
3.3.4 Reuniones y visitas de coordinación
– Visita a Salamanca con el fin de abordar la situación del denominado «Antiguo Convento de Los Jerónimos». Reunión Comandancia Guardia Civil, el 23 de enero de 2024.
– Reunión con el Ilmo. Fiscal Jefe de Salamanca a fin de tratar diversos aspectos relacionados con la conservación del patrimonio histórico y la fábrica de abonos Mirat, en Salamanca, el 16 de abril de 2024.
– Reunión con la Comisaria de Mossos d’Esquadra, el 8 de julio de 2024.
– Reunión de coordinación con Mossos d’Esquadra en relación con el tráfico de gases que agotan la capa de ozono, el 16 de julio de 2024.
– Reunión de coordinación con Mossos d’Esquadra, en Madrid, el 20 de noviembre de 2024.
– Reunión con la Dirección General de la Marina Mercante, con el fin de concretar criterios técnicos y pautas de actuación ante supuestos susceptibles de persecución penal, en Madrid, el 22 de noviembre de 2024.
3.3.5 XIV reunión de la red de Fiscales de Medio Ambiente
Los días 29 y 30 de enero de 2024 se celebraron en el Aula Magna del «Edificio Melchor de Macanaz» de la Facultad de Derecho de Albacete, las XIV Jornadas de la Red de Fiscales de Medio Ambiente y Urbanismo con el siguiente programa:
Primera Mesa: Asuntos generales y Declaraciones de Responsabilidad Ambiental. Se abordaron por los distintos intervinientes: cuestiones generales de la especialidad; mortandad de aves en acristalamientos de pistas de pádel y edificios, mamparas e infraestructuras y supuestos asimilados y, la perspectiva ambiental desde el punto de vista contencioso-administrativo.
Segunda Mesa: Diversos aspectos de la especialidad, en la que el contenido se extendió a: incendios forestales; malos tratos a animales domésticos; comercio de gases de efecto invernadero; y a las novedades en el derecho comunitario ambiental.
Mesa Tercera: Impactos medioambientales de la energía eólica y fotovoltaica, que fue abordado desde la perspectiva legal, de valoración toxicológica y de medio ambiente.
3.3.6 Tramitación de procedimientos e iniciativas adoptadas por la unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado en el desempeño de su función
En relación con la tramitación de procedimientos, hay que poner de relieve que en el año 2024 se incoaron un total de 711 expedientes y/o diligencias, desglosados como sigue: 475 adoptaron la forma de expediente gubernativo, 232 fueron diligencias preprocesales y 1 diligencias de investigación preprocesal incoadas por el vertido de pellets en las costas gallegas.
Destacar respecto al control de los asuntos relativos al tráfico de especies (CITES) que, en 2024 se incoaron para su control por parte de las fiscalías territorialmente competentes 76 expedientes.
Respecto a los incendios forestales de más de 300 hectáreas fueron incoados 12 expedientes.
En 2023 se abrieron un total de 640 expedientes de los que 568 adoptaron la forma de expediente gubernativo y 82 la de diligencias preprocesales.
3.3.6.1 Expedientes Gubernativos y Diligencias tramitadas en 2024
En relación a los expedientes tramitados, se procede con frecuencia a recabar la información inicial necesaria para confirmar que, efectivamente, las denuncias presentadas en la propia Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado tienen la entidad suficiente para ser tramitadas desde el punto de vista penal, poniendo a disposición de las mismas a las Unidades Adscritas al Fiscal de Sala (SEPRONA, Policía Municipal, Agentes Forestales y Unidad Técnica). Pues bien, en el apartado posterior se incorpora el resumen de aquellas actuaciones realizadas por la especialidad ambiental de la Fiscalía General, que son los más representativos de entre los tramitados a lo largo del año 2024.
3.3.6.2 Coordinación sobre determinadas problemáticas en el año 2024
3.3.6.2.1 Contaminación procedente de buques
La contaminación procedente de buques es una preocupación de la Unidad especializada de Medio Ambiente y Urbanismo desde su creación.
El 21 de octubre de 2009 el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron la Directiva 2009/123/CE relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones, de aplicación a las descargas de sustancias contaminantes. Esta norma marcó el inicio de una fluida relación entre la Unidad de Medio Ambiente y la Dirección General de la Marina Mercante. Los vertidos al mar, especialmente de hidrocarburos, determinan la coordinación entre la administración competente y la Unidad para unificar criterios y diseñar estrategias.
El artículo 311.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispone: «cuando la infracción pudiera ser constitutiva de delito o falta, se dará traslado al Ministerio Fiscal, suspendiéndose el procedimiento sancionador mientras la Autoridad judicial no hubiera dictado sentencia firme o resolución que ponga fin al proceso. Deberán cumplirse de modo inmediato las medidas administrativas adoptadas para salvaguardar la actividad portuaria, la seguridad marítima y la ordenación del tráfico marítimo, y para la prevención de la contaminación del medio marino, sin que la suspensión del procedimiento sancionador pueda extenderse a la ejecutividad de las medidas para establecer el orden jurídico vulnerado».
Transcurrido el tiempo y analizada la casuística, en noviembre de 2024 se consideró necesario revisar, actualizar y ampliar dichos criterios más allá de los referidos a vertidos de hidrocarburos en alta mar.
La actual regulación del delito contra el medio ambiente previsto y penado en el artículo 325 del Código Penal y la Directiva (UE) 2024/1203 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 11 de abril de 2024, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho Penal justifican la investigación y, en su caso, persecución de aquellos hechos que consistan en vertidos no autorizados con entidad suficiente para causar o poder causar daños sustanciales a la calidad del aire, agua, animales y plantas. No obstante, la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo extiende su competencia a la protección del Patrimonio Histórico del que forman parte los barcos, con independencia de su catalogación previa.
Por su parte, la Dirección General de la Marina Mercante tiene encomendada la prevención y lucha contra la contaminación marina procedente de buques, embarcaciones y plataformas, limpieza de aguas marinas y tramitación de expedientes sancionadores. Además, en el ejercicio de sus competencias, conoce las operaciones a realizar sobre buques y embarcaciones históricos.
Con el fin señalado arriba, el 22 de noviembre de 2024 tuvo lugar una reunión en la sede de la Dirección General de la Marina Mercante, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible entre ese organismo y la Unidad especializada. En la misma se estudiaron criterios a seguir por la referida Dirección General en la comunicación a la Fiscalía de aquellos hechos de los que tuviere noticia y que, por revestir indicios de delito, debieran ser investigados. Para ello, se examinaron supuestos como vertidos de hidrocarburos, vertidos de otro tipo de compuestos potencialmente contaminantes, contaminación atmosférica por emisión de azufre y óxido nitroso en puertos, y atentados sobre el Patrimonio Histórico en bienes inscritos y no inscritos.
3.3.6.2.2 La declaración responsable como título habilitante de actuaciones que puedan afectar al medio ambiente o a la ordenación del territorio
El uso de la declaración responsable y de la comunicación, como títulos habilitantes para el ejercicio de derechos o el desarrollo de actividades, ha preocupado a la Unidad especializada desde el momento en que se han detectado como creciente recurso en el contexto medio ambiental y urbanístico, con un resultado que pone en peligro los debidos mecanismos de control administrativo de las actividades desarrolladas en zonas susceptibles de especial protección.
Por este motivo, fue objeto de tratamiento en las dos últimas reuniones de la Red de Fiscales de Medio Ambiente, celebradas en Cartagena y en Ávila.
El origen normativo de este instituto jurídico es europeo y se sitúa en la Directiva 2006/123/CE del Parlamento y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior, trasponiéndose a la legislación nacional mediante las Leyes 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; concretándose su definición y los aspectos generales de su comportamiento en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sin embargo, fuera de las definiciones generales propuestas por la normativa estatal, resulta difícil establecer una teoría general de la declaración responsable y de la comunicación, debido a que su concreto régimen se deja en manos de legislaciones sectoriales autonómicas y locales, en función de las competencias sobre las actividades reguladas (STS 293/2023), con lo que en la práctica vemos que se utilizan para evitar formalidades desde el punto de vista procesal que cumplen una función garantista indispensable. Establecen un sistema compartido, entre la Administración y el administrado, de la actividad de vigilancia y control (STS 293/2023), que elimina esencialmente el control previo, relegándolo a un momento posterior a la actividad, e incluso entonces, muchas veces se omite.
Debido a que, como se ha dicho antes, se ha detectado un incremento en la utilización por las administraciones de este régimen habilitante, y que los riesgos de déficit de adecuado control se están materializando, como se observa en sucesivas denuncias, se consideró oportuno ofrecer una orientación a los fiscales sobre este punto, tanto a través de la Red de Fiscales de Medio Ambiente, como de una nota de servicio que recientemente se ha emitido, y que incide, primero, en la necesidad de que la Policía Judicial esté en contacto directo y temprano con la fiscalía para recibir la orientación adecuada en investigaciones que afecten a este tipo de regímenes y, segundo, que los fiscales delegados y especialistas tengan especial precaución al abordar el estudio y tramitación de investigaciones y expedientes en los que estén implicadas declaraciones responsables o comunicaciones.
3.3.6.2.3 Zonas de bajas emisiones
La preocupación por la contaminación del aire, particularmente en los núcleos urbanos, a pesar de los avances que se han realizado, es una constante en España y en Europa por sus efectos en relación con el cambio climático y las consecuencias, científicamente demostradas, que puede tener sobre la salud de las personas al aumentar el riesgo de padecer y agravar enfermedades respiratorias y cardiovasculares.
Por ello, la calidad el aire y la protección de la atmósfera son prioridades de la política ambiental desde hace tiempo al servir de base para la protección de los ecosistemas y la salud de las personas.
En este sentido, uno de los objetivos de la Unión Europea es alcanzar niveles de calidad del aire que no generen riesgos inaceptables para la salud humana y el medio ambiente y, entre los ámbitos en los que se actúa, está el legislativo, fijando límites y valores objetivos de calidad del aire, para reducir la contaminación, proteger la capa de ozono y combatir el cambio climático.
Como no podía ser de otro modo, la preocupación por la contaminación del aire en España ha estado presente en el seno de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado prácticamente desde su creación en el año 2006, habiéndose realizado estudios y seguimientos de la situación de la calidad del aire en distintas ciudades españolas, antes, por tanto, de la promulgación de la vigente Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. No podemos olvidar, además, que el artículo 325 CP sanciona como delito «las emisiones de gases contaminantes en la atmósfera que causen o puedan causar daños sustanciales a la calidad del aire», que se realicen en las circunstancias que se determinan.
La Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, responde a los compromisos internacionales y europeos adquiridos por España. La norma introduce una serie de novedades importantes en pro de la defensa de la calidad del aire, promueve la movilidad sin emisiones contaminantes para los municipios de más de 50.000 habitantes, territorios insulares y municipios de más de 20.000 habitantes cuando se superen los valores límite, que deberán adoptar planes de movilidad urbana sostenible que contemplen medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones, así como el establecimiento de zonas de bajas emisiones (en adelante, ZBE), antes del 2023. El posterior Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, regula las zonas de bajas emisiones, y establece los requisitos mínimos que deberán satisfacer las ZBE que establezcan las entidades locales, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley.
Actualmente y, a pesar de lo indicado, la situación en el territorio español es enormemente heterogénea, pudiendo encontrar ZBE en municipios que no resultan obligados y, por el contrario, un importante número de consistorios que incumple la normativa en esta materia. Ante esta realidad, siguiendo la línea de actuación ya iniciada, la Unidad ha considerado necesario, no sólo abordar este tema en el seno de las Jornadas de la Red de Fiscales de Medio Ambiente y Urbanismo sino, además, recabar la intervención de las Unidades Adscritas para proceder al estudio y recogida de datos que permitan determinar el alcance de la situación real y, teniendo en cuenta que la salud de las personas puede verse seriamente afectada, valorar la posible intervención de los fiscales delegados y especialistas en los supuestos de incumplimiento más graves, conforme a los criterios que se establezcan.
3.3.7 Otras formas de coordinación
3.3.7.1 Consultas planteadas a esta Unidad
– Consulta de la sección de medio ambiente de la Fiscalía de la Comunidad de Navarra relativa a las Diligencias Previas 287/21 tramitadas en el Juzgado de Tafalla por contaminación ambiental causada por algunas empresas del Valle de Odieta.
– Consulta de la sección de medio ambiente de la Fiscalía Provincial de Cádiz relativa a la no ejecución de las demoliciones acordadas en sentencias por parte de los Ayuntamientos.
– Consulta de la Fiscalía de la Comunidad del País Vasco sobre extinción de la concesión de ocupación de dominio público terrestre a Astilleros Murueta S. A.
– Consulta de la sección de la Fiscalía Provincial de Álava relativa a un posible delito sobre el patrimonio histórico referido a las Diligencias Previas 193/22 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Vitoria.
– Consulta de la sección de la Fiscalía Provincial de Cádiz sobre un presunto delito sobre el patrimonio histórico que afectaría a la Casa del Obispo.
– Consulta de la sección de medio ambiente de la Fiscalía Provincial de Cádiz por un posible delito de contrabando de especies protegidas (CITES).
– Consulta de la sección de medio ambiente de Asturias en relación con los Centros de Tratamiento Autorizado de vehículos fuera de uso.
– Consulta de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid en relación con la interposición de recurso de casación contra la Sentencia 595/23 por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.
– Informe sobre la legalidad del protocolo seguido por la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural sobre recepción de informes o denuncias de sus agentes de medio ambiente.
– Consulta de la sección de la Fiscalía de las Islas Baleares en relación con la aplicación del artículo 340 bis del Código Penal en los supuestos de electrocución de aves.
– Consulta de la sección de medio ambiente de la Fiscalía de Área de Ponferrada en relación con la interposición de escrito de acusación por un presunto delito contra el medio ambiente de un Centro de Tratamiento Autorizado de vehículos fuera de uso.
3.3.7.2 Oficios de Coordinación
– Oficio de coordinación relativo al proceso de investigación de delitos contra el medio ambiente con relación a la determinación del tipo y cantidad de gases fluorados.
– Oficio de coordinación a fin de que los fiscales delegados establezcan los mecanismos adecuados para que las Administraciones Públicas tengan conocimiento de las resoluciones que se adopten y puedan iniciar el correspondiente procedimiento sancionador y, simultáneamente, acordar la suspensión de este hasta que se resuelva la vía penal o, en caso de que hubiere sido incoado previamente, poder reanudarlo en caso de que no se determinara la existencia de ilícito penal alguno.
– Oficio de coordinación con relación al proyecto BIOVAL. La metodología BIOVAL fue desarrollada con la experiencia del Instituto de investigación para la Naturaleza y los Bosques (Instituut voor Natuur-en Bosonderzoek-INBO). EI sitio web de la herramienta BIOVAL explica esta metodología y proporciona una lista indicativa de valores para 100 especies de vertebrados en la región flamenca de Bélgica (la evaluación se aplicaría a otras regiones, parajes y hábitats). También cuenta con una base de datos de jurisprudencia que utiliza la herramienta BIOVAL para evaluar la compensación por daños a la naturaleza en los Tribunales.
– Oficio de coordinación en relación con la valoración económica e identificación de especies CITES.
– Oficio de coordinación con relación a los enterramientos de vehículos fuera de uso o piezas de estos (aplicación de los artículos 325 y 326 del Código Penal).
– Oficio con relación a la actualización de criterios para la comunicación de hechos a las secciones de medio ambiente de las fiscalías territoriales por parte de las Confederaciones Hidrográficas.
– Oficio de coordinación con relación a la aplicación del artículo 340 bis primero del Código Penal en los supuestos de muerte de aves al quedar atrapadas en sistemas colocados en edificios para evitar el acceso o posado de las mismas.
– Oficio de coordinación en relación con el elevado número de incendios en naves de almacenamiento de residuos.
– Oficio dirigido a la Dirección General de la Marina Mercante para la actualización de criterios para la comunicación de hechos a la Unidad de Medio Ambiente.