2.3 Actividad de la Unidad Especializada. Relaciones con las secciones especializadas y fiscales delegados/as
2.3.1 Actividad de la unidad especializada
La Unidad especializada de Seguridad y Salud en el Trabajo ha continuado esta anualidad con su actuación de marcado carácter dinámico y en constante expansión. Si tuviéramos que estructurar la actividad desplegada durante este último año desde una vertiente dual esta sería, de una parte, una actividad primordialmente jurídica de relación con las diferentes secciones territoriales, dirigida, en definitiva, a mantener la unidad de criterio y a prestar el apoyo y soporte que estas demanden; y de otra, una acción expansiva, participativa y divulgativa, tanto a nivel nacional como internacional, de aquellos conocimientos y experiencias acumuladas, desde su especial y privilegiada posición sobre la seguridad y salud de las/os trabajadoras/es.
2.3.1.1 Convenios, protocolos y grupos de trabajo
Por parte de la Unidad especializada de Seguridad y Salud en el Trabajo se ha realizado, durante el año 2024, un esfuerzo importante en orden a impulsar la elaboración y firma de «convenios de colaboración» con las distintas comunidades autónomas con el objetivo básico de articular una cooperación técnica y material, así como garantizar canales de información entre el Ministerio Fiscal y aquellas. Existían diversos convenios de colaboración elaborados durante la primera etapa de funcionamiento de la Unidad, pero como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 40/2015, todos ellos se encontraban caducados.
Así, el 22 de enero se mantuvo una reunión en Zaragoza con la Vicepresidenta de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Director General de Trabajo, el Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Aragón, la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Fiscal Jefe Provincial de Zaragoza y la Fiscal delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Autónoma, en el que se sentaron las bases del futuro convenio. Fruto de esa primera reunión y de posteriores contactos, el pasado mes de septiembre se firmó el mentado convenio de colaboración.
El 31 de enero tuvo lugar en Bilbao un encuentro con la Viceconsejera de Empleo del País Vasco, la Directora General de Empleo, el Jefe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Jefa de OSALAN, la Fiscal Superior del País Vasco, así como los delegados de Seguridad y Salud en el Trabajo de dicha comunidad autónoma, en el que se articularon los fundamentos del futuro convenio de colaboración que aún está en fase de redacción y consultas.
El 9 de mayo se celebró una reunión en Murcia, con el Consejero de Educación y Empleo de la Comunidad Autónoma de Murcia, el Fiscal Superior de la Región de Murcia y el Fiscal delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo. Dicho convenio de colaboración se encuentra en su fase final a la espera de firma.
El 19 de noviembre se llevó a cabo una reunión en Toledo con la Consejera de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la Viceconsejera de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral de Castilla-La Mancha, el Fiscal Superior de Castilla-La Mancha, así como el Teniente Fiscal y delegado autonómico. El citado convenio de colaboración se encuentra en fase de intercambio de borradores.
Finalmente, hay que indicar que, la delegada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el delegado de Sevilla han mantenido el pasado 2 de julio una reunión con el Director General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral de la Comunidad Autónoma de Andalucía para iniciar los trámites para la futura firma del convenio de colaboración. Dicho convenio se encuentra en una avanzada fase de tramitación, estando prevista su firma para el primer semestre del año 2025.
En otro orden de cosas, en el año 2024 la Comisión de seguimiento creada al amparo del «Convenio entre el CGPJ, el Ministerio Fiscal, el Ministerio de Interior, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Empleo y Economía Social, para la investigación rápida y eficaz de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores y la ejecución de las sentencias condenatorias y para la toma de conciencia social de este problema» –firmado en el mes de octubre de 2022– se reunió el pasado 29 de mayo en la sede del CGPJ. En dicha reunión se abordó la cuestión relativa a la formación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y la posibilidad de que la misma fuera centralizada o descentralizada; así como la continuidad en la formación tripartita entre CGPJ, Ministerio Fiscal e ITSS. En cuanto a la posible especialización de los órganos judiciales, se planteó abordar dicho debate desde la óptica del reparto de asuntos entre órganos judiciales. La segunda de las reuniones no pudo llevarse a cabo por problemas de agenda de los representantes de las instituciones firmantes, en el mes de diciembre, pero la misma ha tenido lugar a principios del 2025.
Asimismo, durante el año 2024 se han mantenido tres reuniones con la Fundación Laboral de la Construcción (29 de enero, 4 de marzo y 17 de junio) con la proyección de elaborar un convenio de colaboración con dicha entidad en el que, básicamente, se busca posibilitar una mejor formación de los miembros del Ministerio Fiscal.
A todo ello hay que añadir que el 16 de octubre se procedió a la firma del «Convenio de Colaboración con el Consejo General de Graduados Sociales», en el que la Unidad ha colaborado activamente, así como en la jornada técnica que tuvo lugar a la firma de este.
2.3.1.2 Reuniones con las Secciones de Seguridad y Salud en el Trabajo
Durante el año 2024 la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo ha mantenido el contacto más cercano posible con las distintas secciones territoriales a fin de conocer el estado de la seguridad laboral en cada una de las comunidades autónomas y sus provincias, así como para escuchar, compartir y valorar la diversa problemática que afecta a cada una de ellas. Los encuentros han sido los siguientes:
El 16 de enero se mantuvo en Granada una reunión con la Fiscal Superior de Andalucía y los/as fiscales delegados/as de todas las provincias de la comunidad.
El 31 de enero se celebró en Bilbao un encuentro con la Fiscal Superior del País Vasco y los tres delegados provinciales.
El 14 de febrero tuvo lugar en Madrid una reunión con la Fiscal Superior de esta Comunidad Autónoma, la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, la Fiscal delegada de Madrid y las/os fiscales de enlace, así como la integrante de la sección de seguridad y salud en el trabajo de la Fiscalía Provincial de Madrid.
El 22 de marzo el contacto tuvo lugar en Las Palmas de Gran Canaria con la Fiscal Superior de Canarias, la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Las Palmas, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Tenerife, los fiscales delegados de Las Palmas y Tenerife, así como los/as fiscales de enlace.
El 9 de mayo tuvo lugar el encuentro en Murcia con el Fiscal Superior de la Región de Murcia, el Fiscal delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo y las/os fiscales de enlace.
El 20 de mayo se celebró una reunión en Valencia con el Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunitat Valenciana (se encontraba en aquel momento vacante la jefatura), el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Castellón, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia, el Fiscal Jefe de la Fiscalía de Área de Elche, el Fiscal delegado de Alicante, la Fiscal delegada de Castellón, el Fiscal delegado de Valencia, fiscales integrantes de la sección especializada de Valencia y fiscales de enlace.
El 28 de junio tuvo lugar un encuentro en A Coruña con el Fiscal Superior de Galicia, los cuatro fiscales delegados provinciales, las fiscales integrantes de la sección territorial de A Coruña y fiscales de enlace.
El 11 de octubre se celebró en Cáceres una reunión con el Fiscal Superior de Extremadura, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Cáceres, el Fiscal Jefe de la Fiscalía de Área de Mérida, el Fiscal delegado de Badajoz, la Fiscal delegada de Cáceres y la Fiscal de enlace de Mérida.
El 25 de octubre la reunión tuvo lugar en Pamplona con el Fiscal Superior de la Comunidad Foral de Navarra, la Fiscal delegada de Navarra y la compañera integrante de la sección especializada.
El 12 de noviembre el encuentro se materializó en Alicante con el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante, la Fiscal Jefa de la Fiscalía de Área de Benidorm, el Fiscal Jefe de la Fiscalía de Área de Elche, el Fiscal delegado de Alicante y fiscales de enlace.
El 19 de noviembre tuvo lugar en Mallorca un encuentro con el Fiscal Superior de Illes Balears, la Fiscal Jefa de la Fiscalía de Área de Eivissa, el Fiscal delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo de Illes Balears y los/as fiscales de enlace.
2.3.1.3 Formación y divulgación
Una de las actividades a la que la Unidad especializada de Seguridad y Salud en el Trabajo ha dedicado sus esfuerzos durante el año 2024 ha sido la divulgativa y formativa, dentro de la cual hay que señalar:
Los días 15 y 16 de abril acudimos al Centro de Estudios Jurídicos para impartir formación a la 62.ª promoción de fiscales, en materia de delitos contra la seguridad y salud de los trabajadores, perspectiva de género en el marco de las relaciones laborales, así como la valoración de las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Los días 3 y 4 de abril tuvo lugar en la sede de la Fiscalía General del Estado y organizado por el Centro de Estudios Jurídicos el segundo curso sobre prevención de riesgos laborales y, en particular, su incidencia en la carrera fiscal. Este curso, al igual que en su primera edición, tuvo una muy favorable acogida entre las/os participantes.
Los días 23 y 24 de abril se celebró en la sede de la Fiscalía General del Estado el primer taller sobre resolución de conflictos interpersonales, en cuya organización participó activamente la Unidad.
El 29 de abril impartimos en Barcelona una jornada técnica a los/as delegados/as de seguridad y salud en el trabajo de la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como a miembros de las secciones y fiscales de enlace.
El 21 de mayo participamos en el curso transversal online sobre perspectiva de género y su incidencia en las relaciones laborales.
El 7 de junio se celebró en Lleida, el curso de formación en materia de delitos contra la seguridad y salud en el trabajo para miembros del Ministerio Fiscal, organizado por el Centro de Estudios Jurídicos de Cataluña, en el que también tuvimos intervención.
2.3.1.4 Jornadas de especialistas
Tanto la Instrucción FGE n.º 11/2005, de 10 de noviembre, sobre la instrumentalización efectiva del principio de unidad de actuación establecido en el artículo 124 de la CE, como la Instrucción FGE n.º 1/2015, de 13 de julio, sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y los Fiscales de Sala Delegados, ponen de manifiesto la relevancia y trascendencia de que disfrutan estos encuentros que, habitualmente, tienen lugar una vez al año, dado el indiscutible rigor técnico y científico que confluyen en ellas. Los días 23 y 24 de mayo tuvieron lugar en Zaragoza las Jornadas de especialistas de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el encuentro se debatieron, fundamentalmente, cuestiones relativas a la responsabilidad de los agentes de la construcción; la problemática que plantea la rehabilitación de edificios y sus especificidades técnicas; seguridad en las máquinas; la aplicación de la atenuante de reparación del daño en el supuesto de los concursos normativos; y diversas cuestiones de índole sustantivo-jurídicas en el marco de la responsabilidad civil.
A parte de las consideraciones técnico-jurídicas de las Jornadas, también resulta de suma importancia la convivencia y el intercambio de experiencias entre los y las fiscales integrantes de las secciones.
De dichas Jornadas se elaboraron las oportunas conclusiones, las cuales han sido remitidas a todas las delegaciones, tras su validación por el Fiscal General del Estado.
2.3.1.5 Relaciones internacionales
Como se puso de relieve en la Memoria del año 2023, en el curso de la XXX Asamblea General de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP) vio la luz el grupo de trabajo bautizado como «Seguridad y Salud de las Personas Trabajadoras». El citado grupo de trabajo, bajo la coordinación de la Unidad especializada de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Fiscalía General del Estado, se integró por representantes de los Ministerios Públicos de Brasil, Principado de Andorra, Perú y Venezuela. El eje sobre el que basculaba prioritariamente era la incorporación del delito de riesgo contemplado en el artículo 316 del Código Penal español a los ordenamientos jurídicos de dichos países. Como consecuencia de la labor desplegada en el grupo de trabajo, se lanzó una propuesta para el desarrollo de una actividad, encuadrada en la programación diseñada por la Unidad de Cooperación Internacional de la FGE, con motivo de la convocatoria de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).
Una vez cumplimentado el proceso de selección de propuestas y de concreción, se aprobó definitivamente por AECID la ejecución de la programación diseñada con formato de seminario de carácter presencial. Su puesta de largo tuvo lugar en el centro de formación del que dispone en Cartagena de Indias, durante los días 2 al 6 de septiembre, ambos inclusive, bajo el título: «Protección de los derechos de las personas trabajadoras por cuenta ajena, especialmente los migrantes en situación de precariedad: Desafíos comunes en la región para garantizar su seguridad y salud» y al que asistieron un total de veintisiete representantes de doce países, además de una representante de la OIT.
La clausura del seminario vino precedida de una ronda de intervenciones de todas y cada una de las personas asistentes. Se evidenció, sin ningún género de dudas, su disposición plena a contribuir a la creación y consolidación de grupos de trabajo multidisciplinares que permitan la materialización del intercambio de experiencias y búsqueda de soluciones para afrontar los retos y atender a las acuciantes necesidades que se plantean en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) en los distintos países de la Región.
En otro orden de cosas, otra de las iniciativas que, en su función coordinadora del referido grupo de trabajo ha impulsado la Unidad especializada, ha sido la creación de un grupo de trabajo denominado «REDIBIT-FISCALÍAS». Éste, coordinado por España e integrado, además de por algunos países miembros del grupo de trabajo «Seguridad y Salud de las Personas Trabajadoras», por Colombia, Paraguay y Portugal, tiene por objetivo explorar vías de colaboración entre las respectivas Inspecciones de Trabajo nacionales y los Ministerios Públicos (fiscalías nacionales); todo ello con la finalidad de propiciar y promover el intercambio de experiencias y la búsqueda de soluciones con los que afrontar los retos y atender a las acuciantes necesidades que se plantean en materia de seguridad y salud de las personas trabajadoras en los distintos países de la Región. Todo ello bajo el paraguas de la necesaria implementación de efectivos mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional en el cumplimiento de sus respectivas atribuciones con miras a fortalecer e incrementar la eficacia.
La aprobación de la creación del grupo se oficializó durante el II Encuentro Plenario de la Red Iberoamericana de Inspecciones del Trabajo (REDIBIT), celebrado en Santiago de Chile el día 2 de octubre de 2024.
En fecha 26 de noviembre de 2024, la Secretaría Técnica de la REDIBIT y el grupo de trabajo de AIAMP «Seguridad y Salud de las Personas Trabajadoras» mantuvieron una primera reunión en la que se acordó la convocatoria de una reunión plenaria de los miembros del grupo para el mes de enero del 2025.
2.3.1.6 Otras actividades
En este apartado se quiere resaltar las reuniones mantenidas por la Unidad especializada con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en concreto las celebradas los días 7 de marzo, 17 de abril, 31 de mayo y 9 de julio. También, el Fiscal de Sala Coordinador de la Unidad acudió los días 6 y 7 de noviembre al Congreso Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo organizado por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en A Coruña.
El 3 de julio se mantuvo en la sede de la Unidad especializada una reunión con el Presidente del Consejo General de Graduados Sociales, en el curso de la cual se valoró la posibilidad de la firma de un convenio de colaboración entre ambas instituciones.
De especial importancia para la Unidad especializada fue la asistencia en Sevilla a la Jornada organizada por AVAELA, el 26 de abril, con motivo del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, que tuvo lugar en la sede del Parlamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía; durante la misma se mantuvo un estrecho contacto con las víctimas de los accidentes laborales.
Finalmente, se quiere atestiguar la participación del Fiscal de Sala de la Unidad especializada –como integrante de ella– en cada una de las reuniones celebradas en el año 2024 por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Fiscal, llevadas a cabo los días 18 de enero, 18 de abril, 11 de julio y 18 de noviembre.
2.3.2 Relaciones con las secciones especializadas y las delegaciones
2.3.2.1 Cuestiones generales
Ya se ha hecho alusión a las diversas reuniones que desde la Unidad especializada y durante el año 2024 se han mantenido con las secciones territoriales. En estos encuentros se han abordado cuestiones referentes a la organización interna de aquellas, a las relaciones que se mantienen con la Unidad especializada, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Sindicatos y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Con relación a las notificaciones a la Unidad especializada de los accidentes de trabajo mortales que se producen en el ámbito territorial de las respectivas fiscalías provinciales, se venían produciendo preocupantes disfunciones. Esto era debido a que aquellos, en bastantes casos, no eran comunicados, y este dato era, es y será relevante en orden a las consideraciones y valoraciones que la Unidad especializada tenga que efectuar sobre el estado de la siniestralidad laboral en el país, sin perjuicio, además, de la labor de seguimiento que de estos procedimientos se realiza desde la Unidad. En las reuniones mantenidas con las distintas secciones, se ha incidido en la prioridad de que estas comunicaciones se hagan de forma periódica, poniéndose de manifiesto por alguna de ellas que no es infrecuente que el conocimiento efectivo de tales accidentes mortales no sea hasta el momento en que el procedimiento tiene entrada en la fiscalía para despachar cualquier trámite. Así, se ha observado que, en algunas delegaciones, es el propio Instituto Regional quien comunica la existencia de los accidentes mortales; en otros casos, son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quienes realizan dicha comunicación y, por último, hay otros en los que esta no se produce.
Para tratar de solventar esta anomalía, desde la Unidad se remite puntualmente a cada delegado/a por vía de correo electrónico comunicación de la existencia de cualquier accidente mortal del que tenga conocimiento por medio de las noticias publicadas en medios de comunicación. También se está incidiendo, con ocasión de los borradores de los diferentes convenios de colaboración que se están tramitando, en que sean las Consejerías Autonómicas competentes quienes se encarguen de cumplir dicho trámite de puesta en conocimiento. De cualquier forma, la realidad es que en este año 2024 el número de expedientes incoados en la Unidad especializada derivados de accidentes mortales se han incrementado sensiblemente con respecto a 2023. Así, por los 71 expedientes de seguimiento abiertos en el año 2023 (5 mujeres), en el 2024 han sido 190 (6 mujeres); sin que esta intensificación pueda ser atribuida de una forma simplista al aumento de accidentes, sino a esta labor proactiva de la Unidad especializada en colaboración con las delegaciones.
Otra de las prioridades era conseguir que las comunicaciones de las delegaciones con la Unidad especializada se realizaran de forma exclusiva por medios digitales (remisión de calificaciones, sentencias y escritos de sobreseimiento) y de forma inmediata a su generación. La valoración de forma mayoritaria tiene que ser positiva, puesto que todas las delegaciones remiten la documentación por esta vía; sin embargo, se continúan detectando deficiencias en cuanto al número ya que, al proceder al recuento de los escritos de acusación que constan como recibidos en esta Unidad especializada y los que se plasman en las respectivas memorias, en algunos casos no hay coincidencia numérica y lo mismo sucede con las sentencias.
Se insiste por la Unidad en la necesidad de que sea remitida toda la documentación que generan las diversas delegaciones ya que, a la hora de realizar valoraciones y consideraciones sobre las estadísticas, los datos tienen que ser lo más fidedignos a la realidad.
2.3.2.2 Estructura y organización de las diferentes delegaciones
Ya en la Memoria del año 2023 se formalizaron una serie de consideraciones al respecto, que son perfectamente aplicables al año 2024. Hay que partir de la exclusiva potestad de las jefaturas para proceder a la organización interna de las fiscalías. A pesar de ello, desde la Unidad se intercede por un modelo específico de organización que, desde nuestra perspectiva, sería el más ajustado para dar cobertura al principio de especialidad por el que se aboga en el Ministerio Fiscal.
Un primer arquetipo es aquel en que las delegaciones –ya estén constituidas de forma unipersonal o pluripersonal– asumen en exclusiva el despacho de los procedimientos de siniestralidad laboral. Un segundo modelo sería aquel en el que la/el delegada/o despacha los asuntos con accidentes mortales y, sobre el resto, hace una labor de visado o previsado; y, finalmente, aquellos en que la «especialización» se limita al hecho de que cada fiscal despacha los asuntos que se turnan en su respectivo juzgado, realizándose por el/la delegado/a un visado o previsado. En puridad, sólo el primero de los modelos aúna los estándares necesarios para catalogarse de auténtica especialización.
El apoyo al segundo de los modelos indicados se podría sustentar, a efectos dialécticos, en la errónea afirmación de que los accidentes mortales implican una mayor complejidad en su investigación y ello justificaría que una/un especialista se hiciera cargo de estos. Esta afirmación es inexacta; hay accidentes con fallecidos/as de gran complejidad técnica y otros que carecen de ella y, por el contrario, existen accidentes tributarios exclusivamente de lesiones –con independencia de la gravedad de estas– que conllevan una especial complejidad. A ello habría que añadir que, en muchos casos, el cálculo de las indemnizaciones por lesiones es más complejo que cuando se produce un fallecimiento.
El tercer patrón, que ya catalogábamos en la Memoria del 2023 como «anacrónico y descorazonador», choca frontalmente con la especialización. La labor de control o visado por la/el delegada/o no resulta suficiente para salvaguardar aquella y supone desconocer completamente la complejidad que envuelve tanto la investigación y calificación de los hechos como la celebración del juicio oral. A ello se une el hecho de que cuando el/la especialista toma contacto con el procedimiento pueden haber pasado meses o años y la investigación no haber seguido el enfoque adecuado (faltan posibles responsables, líneas de investigación no abiertas…etc.). Si a ello se le une el sistema de plazos ex artículo 324 LECrim que rige en nuestro sistema procesal, se dan los elementos que pueden dinamitar el procedimiento.
Otra variable que ocasiona distorsión en esta materia se refiere a que, en no pocos casos, la asistencia al juicio oral no se asume por los y las fiscales especialistas. Parece un contrasentido que, precisamente, en el momento en que alcanza su máxima intensidad el denominado «principio de contradicción», la figura de la/del especialista brille por su ausencia. El trance en el que, por ejemplo, el conocimiento del proceso constructivo, de las obligaciones legales de los acusados, de la complejidad de los informes periciales, de las auténticas causas que han dado lugar al suceso, requieren de un mayor conocimiento de la materia, la especialidad se torna invisible; sin que la alegación de que se dispone de un buen extracto sirva como solución sustitutiva. En determinados casos, visto el número de integrantes de las secciones y de los juicios celebrados durante el año, no se alcanza a entender qué disfunción en el funcionamiento de la fiscalía territorial puede ocasionar la asistencia a los juicios orales, máxime cuando otras delegaciones sí están asumiendo la asistencia a las vistas. Ello nos lleva a pensar que, en determinados casos, la asistencia o inasistencia a los juicios orales de los/as fiscales especialistas es simplemente una cuestión de voluntarismo.
Antes de terminar y como reflejo de lo expuesto anteriormente, a esta Unidad le produce cierta desazón la situación generada en la delegación de Málaga, que hasta el 1 de abril de 2023 se hacía cargo de todos los procedimientos de siniestralidad laboral del territorio; sin embargo, a partir de esa fecha, la Fiscalía de Área de Marbella ha asumido el control de aquellos que se incoan en su demarcación territorial. Este cambio, en apariencia inocuo, puede producir efectos descorazonadores y, así, cuando las causas de siniestralidad laboral eran controladas y despachadas por la sección territorial, eran los integrantes de esta (tres fiscales especialistas), quienes se ocupaban de ellas; ahora son las/os fiscales de cada juzgado quienes (sin especialización) se hacen cargo de aquellas. El resultado refleja, de momento, los efectos de la «no especialización». Así, en el año 2024 los escritos de acusación recibidos se corresponden con los realizados con el reparto anterior, sin que a partir de dicho cambio se haya recibido escrito alguno de la Fiscalía de Área. Se han realizado siete escritos de calificación de procedimientos instruidos en juzgados del territorio de la Fiscalía de Área de Marbella, todos ellos por los tres integrantes de la sección de Málaga (asumían aquellos procedimientos sobre asuntos incoados antes del 1 de abril de 2023); ninguno se ha calificado por parte de los/as fiscales integrantes de la Fiscalía de Área de Marbella. Habrá que estar atentos a la evolución de estos datos en el año 2025.
2.3.2.3 Desarrollo de futuro de las delegaciones especializadas
En este apartado reiteramos lo ya expuesto en la Memoria del año 2023. Después de casi veinte años de andadura de las secciones especializadas, durante los cuales la labor desarrollada por las mismas en aras a establecer una unidad de actuación y de interpretación jurídica de todos aquellos preceptos relacionados con los delitos contra la seguridad y salud de los trabajadores y sus resultados lesivos ha sido encomiable, habría que plantearse nuevos desafíos. El objetivo final sería, en la medida en que las delegaciones contaran con los medios materiales y personales necesarios, aglutinar todos los procedimientos penales que guarden relación con el mundo de las relaciones laborales. Ello supondría integrar, no sólo los delitos recogidos en el título XV del Código Penal (con la salvedad de aquellos que por su singularidad estén atribuidos a otras especialidades), sino también los relativos al acoso laboral.
Ya se mencionó en la pasada memoria que tanto la Fiscalía Provincial de Barcelona como la Fiscalía Provincial de Cáceres habían dado un paso en este sentido. A ello se podría adicionar que, en la Fiscalía Provincial de Madrid, algún caso de especial trascendencia con relación al acoso laboral ha sido asumido por la sección de seguridad y salud en el trabajo. De similar forma, dentro de la sección de Girona, dos de sus componentes integran también la «especialidad social», lo que a juicio de la Fiscal delegada «permite una visión jurídica más amplia de estas materias que, aun siendo distintas, están relacionadas». En igual sentido, las dos integrantes de la sección de seguridad y salud en el trabajo de Córdoba despachan los asuntos de la jurisdicción social.
2.3.2.4 Cuestiones técnico-jurídicas relevantes
Por parte de las delegaciones se reiteran, anualmente, las mismas argumentaciones; por una parte, las dificultades que plantea la delimitación de los sujetos responsables, lo cual en muchas ocasiones deriva de la falta de una real estructura organizativa dentro de las empresas; o bien, de las reticencias por parte de alguna de estas a la hora de arrojar luz sobre este extremo. El otro vector apunta a las responsabilidades civiles provenientes de los quebrantos sufridos por las/os trabajadoras/es o por los perjudicadas/os.
Respecto a la primera de las cuestiones, la misma contiene algunas derivadas, como puede ser la que se apunta desde la delegación de Cuenca, en el sentido de que por algunos juzgados se cita a declarar en calidad de investigados a los representantes legales de las empresas, que en muchos casos pueden no tener atribuidas funciones u obligaciones en materia de seguridad laboral. Esta disfunción tiene a su vez reflejos en los plazos procesales del artículo 324 LECrim, tal y como indica la delegada de Bizkaia.
Otras cuestiones a que se hace referencia por las secciones de seguridad y salud en el trabajo son las dificultades de interpretación de la normativa preventivo laboral en el caso de las subcontrataciones –Albacete–; la determinación de las causas de los accidentes y, a veces, de la existencia de relación laboral entre las partes –Barcelona–; o la complejidad de la investigación de las enfermedades profesionales –Granada–.
2.3.2.5 Pendencia de los procedimientos iniciados
Uno de los grandes caballos de batalla de la Unidad especializada y, por ende, de las delegaciones, continúa siendo la demora que existe tanto en la tramitación de estos procedimientos como en la posterior celebración de los juicios. Diversos son los motivos aducidos por los/as delegados/as; por ejemplo, desde la delegación de Murcia se señalan, tanto la existencia de una pluralidad de partes, lo que a su vez deriva en el volumen de recursos que se plantean, como la demora en los señalamientos una vez elevadas las causas a los Juzgados de lo Penal. En esta última causa también incide la delegación de Málaga. Por su parte, desde la sección territorial de La Rioja se apunta a la ralentización debida al elevado número de recursos interpuestos.
Desde la Unidad especializada se viene abogando de forma reiterada por la especialización de los órganos judiciales, lo cual, sin duda, vendría a paliar de forma significativa la importante pendencia de los procedimientos de siniestralidad laboral.
2.3.2.6 Art. 324 LECrim
La aplicación del artículo 324 LECrim cobra una especial significación en el marco de la siniestralidad laboral, ya que son procedimientos que, por su complejidad, en muchos casos están abocados a extensos plazos de instrucción. De cualquier forma, la incidencia que su aplicación conlleva no produce los mismos efectos en unas fiscalías que en otras.
Así, desde la delegación de Barcelona se insiste, por una parte, en la realidad de que la aplicación informática no permite el adecuado control de los procedimientos y, por otro, en que los juzgados no son receptivos a la solicitud de traslado de las causas. Ello ha producido que seis procedimientos hayan finalizado con resolución de sobreseimiento y, en otros casos, ha condicionado el resultado de la instrucción. Por su parte, desde la delegación de Lleida se indica que se han detectado numerosas causas que llegan para su calificación con el plazo de instrucción concluido y sin haber dado traslado al Ministerio Fiscal para la prórroga. Desde la delegación de Granada la queja va dirigida a que los juzgados no optan por apreciarlas de oficio, sino que esperan a que lo haga el Ministerio Fiscal y que a veces se remiten con poca antelación. En parecidos términos se manifiesta la delegación de Cádiz, cuyo reproche se sustenta en que la mayoría de los órganos judiciales siguen sin asumir que son ellos los responsables de la instrucción, teniendo la causa a su disposición y, por tanto, estando también obligados a controlar los plazos de instrucción. Finalmente, por la delegación de Tenerife se advierte cierta relajación en las prórrogas de las causas de seguridad y salud en el trabajo por parte de los juzgados de instrucción cuando, pese a haberlas solicitado el Ministerio Fiscal, no se acuerdan efectivamente.
En cuanto a los efectos que la aplicación del artículo 324 LECrim está produciendo y, a título meramente ejemplificativo, las delegaciones de Albacete, Burgos, Cuenca, León, Alicante, Girona y Bizkaia explicitan que, durante el año 2024, no consta se haya dictado ningún auto de archivo por este motivo. Del otro lado, en el territorio de las secciones de Córdoba, Baleares, Barcelona, Cádiz, Lleida y Málaga sí se han dictado autos de sobreseimiento o archivo por este motivo. Llamativa es la afirmación que se realiza desde la delegación de La Rioja en el sentido de que no se ha interesado ninguna prórroga durante el año 2024; en el lado opuesto se encuentra la delegación de Salamanca, que indica que se está solicitando la declaración de complejidad en todas las causas.
2.3.2.7 Víctimas en el marco de la seguridad y salud
Las víctimas en el marco de la seguridad y salud en el trabajo nunca pueden resultar entes invisibles, limitados a unos nombres y apellidos reflejados en una hoja de papel o en una fría pantalla de ordenador. Cada víctima tiene una historia de dolor y pérdida, de angustia y, en muchos casos, de incomprensión ante lo que está ocurriendo. La Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo mantiene periódicos contactos con la asociación AVAELA y, durante el año 2024, como ya se ha puesto de manifiesto, el Fiscal de Sala acudió a una jornada celebrada en el Parlamento Andaluz donde, entre otras intervenciones, se pudieron escuchar directamente testimonios de varias víctimas, algunos de ellos acaecidos hace muchos años, pero, a pesar del tiempo transcurrido, los mismos rezumaban un dolor, una angustia y una tristeza que se habían conservado inalterados con el devenir de los años.
Desde la delegación de Málaga se ha implementado un servicio de colaboración con la Fiscal delegada de víctimas y, en los casos en que resulta adecuado, se acuerda derivar a las víctimas a los servicios administrativos de atención a las mismas. Desde la delegación de Valencia se llama la atención sobre el gran número de trabajadoras/es que, como consecuencia de la DANA, han perdido la vida in itinere, cuyos familiares van a tener que enfrentarse a un proceso largo y complejo para acreditar esa realidad.
También desde la delegación de Barcelona se hace una llamada de atención sobre las coberturas de las pólizas de responsabilidad civil que, en ocasiones, no alcanzan a cubrir las cuantiosas indemnizaciones a que son condenados los responsables.
2.3.3 Relaciones con la Inspección de Trabajo
Las relaciones entre el Ministerio Fiscal y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se apoyan en la Instrucción 1/2007, de 28 de febrero, de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre la profundización en las relaciones entre la Inspección de Trabajo y la Fiscalía General del Estado en materia de ilícitos penales contra la Seguridad Social. Durante este año 2024 han continuado las tareas de actualización de la citada instrucción, ya que sus diecisiete años de vigencia así lo demandan.
La relación entre la Unidad especializada y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social es constante; así, durante el año 2024, al margen de otro tipo de contactos, se han mantenido sendas reuniones con la Directora General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como con la Subdirectora y la Directora de la Escuela de Inspectores de Trabajo.
Asuntos comunicados al Ministerio Fiscal
año 2024
Expedientes remitidos |
N.º infracc. |
N.º infracc. |
Paralizaciones |
2.103 |
303 |
108 |
18 |
El cuadro expuesto a continuación recoge el número de expedientes remitidos al Ministerio Fiscal:
Asuntos comunicados |
2023* |
2024 |
%2023/2024 |
Infracciones muy graves |
8 |
8 |
0,00 % |
Infracciones maternidad |
0 |
2 |
+100 % |
Infracciones menores |
2 |
0 |
−100 % |
Infracciones trabajadores/as sensibles a determinados riesgos |
0 |
0 |
- |
Infracciones graves con incumplimientos reiterados de empresas |
21 |
19 |
−9,52 % |
Infracciones graves de conductas sistemáticamente incumplidoras de empresas |
4 |
10 |
+150 % |
Infracciones graves por inobservancia grave de incumplimientos de propuestas de SP |
1 |
2 |
+100 % |
Paralizaciones |
9 |
18 |
+100 % |
Infracciones por accidentes de trabajo mortales |
84 |
108 |
+28,57 % |
Infracciones por accidentes de trabajo graves o muy graves |
228 |
303 |
+32,89 % |
Asuntos distintos a los anteriores comunicados al M Fiscal, por la ITSS –Apartado i)– |
115 |
126 |
+9,56 % |
Expedientes remitidos por la ITSS a petición previa del M Fiscal o el Órgano Judicial –Ap. h)– |
1.256 |
1.507 |
+19,98 % |
Totales |
1.728 |
2.103 |
+21,70 % |
* Se ha observado en la edición memorial anterior algún error en los datos relativos al año 2023 que son corregidos en la presente tabla.
A diferencia de lo ocurrido en el año 2023, que puede considerarse como una anomalía, en el año 2024 el número de expedientes remitidos por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social al Ministerio Fiscal vuelve a aumentar, con un incremento global del casi 20%, en cifras incluso superiores a las del año 2022 que fueron 2.070. Entre las oscilaciones en los diferentes apartados cabe destacar el significativo aumento de los expedientes remitidos por accidentes de trabajo mortales, que sube un 28,57% y por accidentes de trabajo graves o muy graves que también se incrementan en un 32,89%. El dato que causaba cierta preocupación en la Memoria del año 2023 era el descenso de los informes remitidos a petición del Ministerio Fiscal situación que, vistos los datos del año 2024, puede calificarse de puntual, ya que este año se han incrementado en un 19,98%.
Seguidamente se pueden observar las remisiones realizadas al Ministerio Fiscal por Comunidades Autónomas en el año 2024 y su comparativa con el año 2023.
Comunidades Autónomas |
Año 2023 |
Año 2024 |
Andalucía |
567 |
598 |
Aragón |
10 |
13 |
Asturias |
23 |
28 |
Baleares |
44 |
27 |
Canarias |
67 |
60 |
Cantabria |
4 |
2 |
Castilla-La Mancha |
38 |
25 |
Castilla-León |
364 |
463 |
Cataluña |
71 |
208 |
Comunidad Valenciana |
183 |
205 |
Extremadura |
59 |
107 |
Galicia |
78 |
126 |
La Rioja |
2 |
2 |
Madrid |
187 |
205 |
Murcia |
16 |
15 |
Navarra |
6 |
5 |
País Vasco |
7 |
9 |
Ceuta |
2 |
4 |
Melilla |
0 |
1 |
Total |
1.728 |
2.103 |
En otro orden de cosas, el 24 de septiembre uno de los fiscales adscritos de la Unidad especializada acudió a la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para participar en relación con la intervención de los/as inspectores/as de Trabajo y Seguridad Social en los juicios orales; y el 8 de noviembre a una Jornada Técnica organizada por la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Sevilla.
2.3.4 Relaciones con los sindicatos
Las relaciones de la Unidad especializada con las centrales sindicales más representativas (UGT y CCOO) es continua y dinámica. En el área divulgativa se acudió:
– El 7 de febrero a las jornadas sindicales organizadas en Segovia por UGT-Fica, mesa redonda «Plan de choque contra la siniestralidad laboral».
– El 13 de febrero a las Jornadas sobre la seguridad y salud en el mundo laboral en transición, organizada en Madrid por UGT, mesa redonda «La gestión de los riesgos psicosociales, una asignatura pendiente».
– El 10 de abril a la Jornada sobre salud laboral, organizada por CCOO, mesa redonda «Mesa Político-Institucional. Necesidad de reforzar el marco normativo de prevención de riesgos laborales».
– El 16 de mayo, participación en la Conferencia Anual de USO, celebrada en Madrid, ponencia «El Fiscal de Seguridad y Salud en el Trabajo».
– También se celebraron sendas reuniones con representantes del Sindicato CCOO el 4 de abril y de UGT el 13 de mayo.