CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.8 Delitos contra la Corona, los altos organismos de la nación y la forma de gobierno

La actividad judicial en esta tipología delictiva se ha centrado en la investigación de acciones consistentes en quema de fotografías de los Reyes y demás miembros de la Familia Real, además de otros comportamientos injuriosos susceptibles de ser calificadas jurídicamente como delitos de injurias a la Corona del artículo 490.3 y/o 491 CP. Igualmente se ha procedido a la apertura de causas por hechos similares a los indicados pero dirigidos al Gobierno de la Nación, Parlamento y otros órganos de relevancia constitucional.

Como se indicó en memorias anteriores, la línea jurisprudencial del Tribunal Europeo de Derecho Humanos (Sentencia de 13 de marzo de 2018 en el caso Stern Taulats y Roura Capellera c. España) ha producido una drástica reducción de estos procedimientos, por primar la libertad de expresión y la crítica contra los poderes del Estado frente a su persecución penal, por muy gruesas o incluso desafortunadas que puedan ser esas manifestaciones. Por ello la Fiscalía ha procedido a incoar Diligencias de Investigación tras la recepción de atestados y denuncias de particulares y entidades (públicas y privadas) a los fines de hacer un previo juicio de lo puesto en conocimiento y concretar si se cumplen los parámetros jurisprudenciales mencionados.

Contra la Corona-Instituciones.

Diligencia de investigación

Art. 504 (contra las instituciones)

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Diligencia de investigación

Injurias contra la Corona

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