7.6 Otras actividades
7.6.1 Actividades derivadas de la Comisión contra la Violencia, Racismo, Xenofobia e Intolerancia en el Deporte
El fenómeno de la violencia en el ámbito del deporte sigue produciendo una gran preocupación tanto a nivel de las autoridades competentes como en el conjunto del cuerpo social.
La enorme popularidad de las competiciones deportivas provoca que individuos y grupos, estos últimos cada vez más organizados, consideren aquellas como una importante caja de resonancia para sus acciones. Por lo demás, comportamientos inciviles que en otros medios o espacios serían inconcebibles se han asumido hasta hace no tanto tiempo con cierta naturalidad si se desplegaban en los recintos deportivos o sus aledaños. La gravedad de estas manifestaciones y el ataque que suponen a bienes jurídicos de primer orden han ido calando en la conciencia social propiciando una repulsa cada vez más generalizada, así como la búsqueda de una respuesta adecuada desde el punto de vista legal.
En este sentido, las consideraciones que se hacían en la Instrucción 7/1987, de 24 de noviembre, sobre la posición jurídica del Ministerio Fiscal ante determinados actos perturbadores del orden en vías públicas y espectáculos deportivos, sobre la quiebra de la convivencia democrática que suponen no han perdido en absoluto su vigencia. Por el contrario, cobran plena actualidad ante la virulencia y extensión de algunas conductas. En efecto, rara es la semana en la que, lamentablemente, no se producen episodios de índole racista, tanto en los campos de fútbol de nuestro país como en las redes sociales, particularmente activas en todo lo que tiene que ver con este deporte, no siendo excepcionales tampoco los graves altercados y riñas que tienen lugar en nuestras ciudades con relevante afectación de la seguridad de los ciudadanos y de los miembros de las fuerzas y cuerpos policiales.
Ante este panorama, y dada la complejidad del fenómeno, múltiples han de ser las actuaciones que lo combatan.
En primer lugar, es absolutamente fundamental el trabajo encaminado a la sensibilización, formación y educación, sobre todo de los aficionados más jóvenes, pues desafortunadamente en muchos de los incidentes que se producen destaca precisamente la juventud de algunos de los implicados. A este respecto han de destacarse los esfuerzos de entidades como LaLiga, en el ámbito del fútbol, si bien se echa de menos una mayor implicación en algunos casos de los propios deportistas, dada su capacidad de influencia en el sector de los seguidores de menor edad. Pero es evidente que, al margen de esa esencial labor formativa, cuando los hechos violentos o discriminatorios tienen lugar ha de existir, como ya señalábamos, una respuesta legal que en estos casos puede tener una triple vertiente: disciplinaria, administrativa, y, en los casos más graves, penal (art. 38 de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte).
Esta triple reacción pone de manifiesto la necesidad de disponer de una visión global del problema y por ello el Real Decreto 748/2008, de 9 de mayo, por el que se regula la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte previó la participación de un miembro de la carrera fiscal designado por el Fiscal General del Estado tanto en el Pleno (art. 7) como, con voz y voto, en la Comisión Permanente (art. 8) de la propia Comisión.
Como consecuencia de todo ello, y al margen de la participación ordinaria en las reuniones de la Comisión a la que se ha hecho alusión en otro apartado de esta Memoria, la Secretaría Técnica ha participado durante 2024 en diferentes jornadas y reuniones relacionadas con distintos aspectos que en el ámbito del deporte tienen una vertiente penal, pues, a los ya mencionados de la violencia y el discurso de odio, se suman otros relacionados con la corrupción como son los referentes a las apuestas y manipulación de competiciones, o al dopaje de deportistas.
Así, en el ámbito europeo dicha participación se ha concretado en los siguientes foros y acontecimientos:
– Participación junto con la Unidad contra los delitos de odio y discriminación- en las jornadas de trabajo celebradas en Madrid los días 18 y 19 de enero de 2024 en la sede del Consejo Superior de Deportes (CSD) y de LaLiga, en el marco del proyecto impulsado por el Consejo de Europa y cofinanciado por la Unión Europea en España, Italia, Francia, Alemania, Grecia y Montenegro para ofrecer asistencia técnica a las administraciones públicas y representantes del deporte a fin de desarrollar estrategias para prevenir y combatir el discurso de odio y la violencia en el deporte. El 5 de junio de 2024, también en Madrid, se celebró la conferencia en la que se expusieron las conclusiones del proyecto común desarrollado.
– Asistencia y participación en las jornadas de trabajo organizadas por el Consejo de Europa y celebradas en Estrasburgo entre los días 25 y 29 de marzo de 2024 que, bajo la denominación «Tackling competition manipulation in sports», forma parte de un programa integral desarrollado por el propio Consejo de Europa, con apoyo de la UEFA, para fortalecer las competencias y experiencia de funcionarios y autoridades encargadas de implementar el Convenio del Consejo de Europa sobre la Manipulación de Competiciones Deportivas. Dicho Convenio, hecho en Magglingen/Macolin (Suiza) el 18 de septiembre de 2014, y cuyo objetivo es prevenir, descubrir y sancionar la manipulación de las competiciones deportivas, así como promover la cooperación nacional e internacional entre las autoridades públicas y las organizaciones deportivas y operadores de apuestas deportivas, ha sido ratificado por España el 23 de julio de 2024 (publicándose el Instrumento de ratificación en el BOE de 21 de noviembre de 2024), destacando las previsiones contempladas en orden a que la legislación nacional de las Partes ha de contemplar la imposición de sanciones penales a la manipulación de competiciones deportivas cuando lleve consigo prácticas coercitivas, corruptas o fraudulentas (según las definan las leyes nacionales), e igualmente respecto al blanqueo del producto de las infracciones penales relativas a la manipulación de competiciones deportivas.
– Asistencia y participación –también en esta ocasión junto a la Unidad especializada de delitos de odio y discriminación de la Fiscalía General– en las I Jornadas en materia de prevención de la Violencia en el Deporte y Delitos de Odio celebradas en Valladolid durante los días 4 a 7 de marzo de 2024 y organizadas por el Ministerio del Interior con la presencia de representantes de servicios policiales de numerosos países latinoamericanos.
– Asistencia a la 3.ª Reunión de la Red de Fiscales MARS (Network of Magistrates/Prosecutors Responsible For Sports), celebrada en la sede del Secretariado General de Interpol, en Lyon, durante los días 17 a 19 de junio de 2024, en las que se trataron temas relativos al blanqueo de dinero relacionado con las apuestas y los agentes deportivos.
Por otra parte, y ya en el ámbito nacional, es preciso destacar que, en las Conclusiones de las Jornadas de Fiscales Especialistas contra los delitos de odio celebradas los días 11 y 12 de abril de 2024, se modificó la conclusión primera del documento correspondiente a las Jornadas de 2023 como consecuencia de la puesta en marcha de la Unidad especializada de la Fiscalía General del Estado. De esta manera, se establece, a partir de ese momento, una distinción entre el régimen de comunicación de los asuntos que, en el caso de supuestos de violencia en el deporte, quedará circunscrita a la Secretaría Técnica, teniendo en cuenta, como ya se ha dicho, la participación de uno de sus miembros en la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia.
A partir ahora, cuando se trate de comportamientos delictivos motivados por odio o discriminación competencia de dicha especialidad y tales asuntos sean tratados en la Comisión Antiviolencia, el/la fiscal de la Secretaría Técnica representante de la FGE, trasladará a la Comisión que debe ponerlos en conocimiento del Fiscal de Sala Coordinador de Delitos de Odio, quien acusará recibo de dicha comunicación y la remitirá –con las observaciones que estime oportunas– al/la fiscal delegado/a en la materia territorialmente competente. Por otro lado, corresponderá a este/a fiscal comunicar a la Comisión la apertura, en su caso, de diligencias de investigación, solicitando de aquella el archivo provisional del expediente administrativo, sin perjuicio de la obligación de comunicarlo igualmente al Fiscal de Sala. También deberá comunicar a la Comisión si se ha incoado atestado sobre los mismos hechos o si se encuentran judicializados.
En el caso de delitos de violencia en el deporte que no tengan una motivación de odio y discriminación, ajenos por tanto a la indicada especialidad, como igualmente se señala en las mencionadas Conclusiones, la participación del Ministerio Fiscal en la Comisión Antiviolencia permite que la misma haga llegar directamente aquellos asuntos que constituyendo violencia, implican una gravedad de la perturbación del orden, o una extensión en los desórdenes públicos que, atendidas las circunstancias, requieren una respuesta penal para impedir su repetición.
En el supuesto de que se den actos que impliquen una violencia desmesurada, un riesgo para las personas grave, la participación de grupos violentos organizados o circunstancias que requieran la toma de medidas para impedir su reiteración, aun cuando no sean susceptibles de ser calificados como delitos de odio, subsiste la necesidad de comunicación al/a la Fiscal de la Secretaría Técnica miembro de la Comisión Antiviolencia, para que tenga conocimiento en su caso de los hechos y medidas adoptadas del modo que estaba previsto en la conclusión primera de las jornadas de especialistas de 2023 antes citada.
Por las circunstancias expuestas, la comunicación entre el Fiscal de Sala coordinador de delitos de odio y discriminación (para el supuesto de que estos se produzcan en el ámbito deportivo) y la Secretaría Técnica es fluida y constante a fin de lograr una actuación coordinada del Ministerio Público.
Al hilo de lo anterior, y habida cuenta de la ya aludida repetición de episodios racistas relacionados con la celebración de encuentros de fútbol en nuestro país, durante 2024 se celebraron sendas reuniones para tratar diferentes cuestiones referidas a esta problemática con representantes de la Liga de Fútbol Profesional, la primera de ellas el día 19 de febrero de 2024 y posteriormente el 22 de noviembre de 2024, en ambos casos en la sede de la Unidad especializada.
Finalmente, y al igual que en años anteriores, se mantuvo la oportuna interlocución con los organismos administrativos, los cuerpos policiales, autoridades deportivas y los compañeros que se enfrentan a esta materia en su trabajo diario.
7.6.2 Actividad relativa a herramientas informáticas
La Secretaría Técnica ha participado a lo largo de 2024 en grupos de trabajo y reuniones en relación con aplicaciones de gestión en el ámbito de la Fiscalía General. En concreto:
i. En relación con las Diligencias de Investigación del Ministerio Fiscal
La Secretaría Técnica, colabora con la Unidad de Apoyo en el desarrollo de una aplicación informática que permita garantizar la unidad de actuación del Ministerio Fiscal de acuerdo con los preceptos de la Circular 2/2022, de 20 de diciembre, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal. Al efecto, se está desarrollando una aplicación de gestión integral preprocesal en el ámbito penal que englobe los tres tipos de diligencias previstas (preprocesales, auxiliares y posprocesales) permitiendo la comunicación electrónica entre fiscalías territoriales, especiales y Fiscalía General del Estado para la inhibición de diligencias, las peticiones de auxilio, las daciones de cuenta y las solicitudes de prórroga. La aplicación permitirá la comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y con los Juzgados vía LexNET así como el resto de Administración Públicas a través de Geiser. Finalmente, el sistema informático facilitará la obtención y explotación de datos estadísticos.
ii. Sistema interno de información del Ministerio Fiscal
Durante el año 2024 se trabajó de forma coordinada con la Unidad de Apoyo en la implantación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, del sistema interno de información del Ministerio Fiscal cuya finalidad es que quienes despeñen sus funciones profesionales en un contexto laboral o profesional relacionado con la actividad del Ministerio Fiscal y tengan conocimiento de la comisión de infracciones penales o administrativas graves o muy graves, puedan ponerlas en conocimiento del responsable del sistema de información manteniendo, si así lo desean, su anonimato y que de este modo las mismas puedan ser corregidas con prontitud adoptando, de ser ello preciso, las oportunas medidas de protección para la persona informante. Al efecto, además de la vía del correo postal, en febrero de 2025 se ha puesto a disposición de los posibles informantes un buzón telemático al que se puede acceder desde la web institucional fiscal.es.
iii. Sede Electrónica
La Secretaría Técnica ha participado así mismo junto con la Unidad de Apoyo durante el año 2024 en las reuniones para la creación y puesta en marcha de la Sede Electrónica de la Fiscalía.
7.6.3 Actividad relativa al seguimiento de los fallecimientos en residencias y centros de mayores
Desde el inicio de la pandemia por COVID−19 la Fiscalía General del Estado tuvo presente la necesidad de dedicar una particular atención al seguimiento de las residencias y centros de personas mayores. Por ello, en coordinación con el Fiscal de Sala Jefe de la Sección Civil del Tribunal Supremo, el 18 de marzo de 2020 se remitió un oficio a todas las fiscalías superiores para que realizaran un seguimiento de las circunstancias que pudieran determinar especiales riesgos sanitarios y, en ocasiones, el fallecimiento, respecto de personas que habitaban en centros residenciales.
Así se fue elaborando, en la medida en que las circunstancias sanitarias lo permitieron, un compendio de datos que se centralizaron en la Fiscalía General del Estado.
El año 2022 la Secretaría Técnica dirigió oficios a todas las fiscalías superiores para que estas proporcionaran información relativa a su territorio sobre las diligencias de investigación incoadas, denuncias o querellas interpuestas ante los distintos órganos judiciales, decretos de archivo, autos de sobreseimiento y procedimientos judiciales en trámite con los datos actualizados. Dada la incuestionable vulnerabilidad del colectivo de las personas mayores, se interesó de los/as fiscales superiores el dictado de las correspondientes instrucciones y órdenes de servicio tendentes a garantizar que los familiares víctimas indirectas fueran oídos en las diligencias de investigación seguidas por estos hechos; que en los procedimientos judiciales los/as fiscales interesaran la diligencia de toma de declaración de familiares cuando no hubiera sido acordada de oficio por el órgano judicial, velando por su derecho a ser informados, en especial cuando no estuvieran personados en el procedimiento; así como que los/as fiscales asistieran a la toma de declaración de familiares, personas investigadas y testigos de relevancia en el proceso. De la información recabada se dio oportuna cuenta en las ediciones memoriales de 2022 y 2023.
El año 2024 ha supuesto, no sólo la continuación del seguimiento desarrollado desde la Fiscalía General del Estado de la situación de las residencias y centros sociosanitarios generada a consecuencia de la crisis sanitaria que se derivó por el COVID−19, sino también la exploración de nuevas vías para intentar la satisfacción de las víctimas.
Los datos aportados en la memoria del año precedente cerrados a fecha 31 de diciembre de 2023 se concretaron en que los procedimientos judiciales relacionados con los fallecimientos acaecidos en los centros residenciales que se encontraban todavía en tramitación en todo el territorio nacional ascendían a 89, si bien 25 de los mismos estaban pendientes de resolución por las distintas audiencias provinciales los recursos de apelación contra los autos de sobreseimiento provisional promovidos bien por la familia bien por el Ministerio Fiscal. Otros datos que fueron plasmados consistieron en que el número total de procedimientos archivados fueron de 40, y que por la Fiscalía se habían interpuesto 18 recursos de reforma o de apelación contra los autos de los Juzgados de Instrucción, cuya causa principal se debía a la falta de audiencia a los familiares.
En el año 2024, recibida la información recabada para disponer de los datos actualizados a fecha 31 de diciembre, el número de procedimientos judiciales que en ese momento se encontraban en tramitación ascendían a 59, y en 22 de los mismos se habían interpuesto recurso de reforma o de apelación por el Ministerio Fiscal, por los familiares o en alguna causa puntual por el propio investigado. Los motivos principales de los recursos consistieron en la impugnación de los autos de sobreseimiento provisional acordado, en menor medida los de sobreseimiento libre y en un concreto caso se impugnó por los investigados el auto de procedimiento abreviado dictado.
La actividad del Ministerio Fiscal en relación con los recursos interpuestos o adhesiones a recursos contra autos de archivo ha sufrido un descenso con respecto de aquellos que se interpusieron el año 2023, pues han sido un total de 8 frente a los 18 del año anterior. De estos 8 recursos contra autos de archivo, 4 se encuentran pendientes de resolver, 1 ha sido estimado y los 3 restantes han sido objeto de desestimación. La disminución de esta actividad se ha debido a dos factores principalmente: el primero a reseñar es el tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia pues ha permitido que muchas de las investigaciones judiciales hayan finalizado, y el segundo de los factores se refiere a que, tras la actividad proactiva de los fiscales, por parte de los juzgados se ha asumido la convicción de la necesidad de oír a los familiares en sede de instrucción como víctimas indirectas que son.
Durante el año 2024 ha continuado la tendencia al archivo de estos procedimientos judiciales que ya se venía producido en años anteriores, lo que explica el descenso de la cifra de procedimientos en tramitación.
Pese a esta propensión, la labor del Ministerio Fiscal ha continuado desarrollándose en el amparo y defensa de las personas vulnerables, dando lugar a una diligente y presta actuación de la Institución en aras a la búsqueda de la reparación y resarcimiento de los perjudicados siguiendo los principios que conforman la actuación del Ministerio Público, y en especial, buscando el acomodo de las legítimas pretensiones de aquellos a la legalidad vigente.
Por ello es de resaltar la denuncia colectiva presentada ante la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Madrid por dos asociaciones de víctimas, en nombre de 108 familiares, que representaban a 115 personas que vivían en marzo de 2020 en distintas residencias de la Comunidad de Madrid. El objeto de denuncia son los hechos ocurridos entre el 3 de marzo y el 5 de julio de 2020 y que pudieran ser constitutivos de delito de denegación de prestación sanitaria por motivos discriminatorios del artículo 511 CP relacionado con el artículo 10, 14, 15 y 43 de la Constitución. La denuncia fue objeto de remisión a cada fiscalía territorial por parte de la Fiscal Superior de Madrid.
Se mantuvo una reunión con los representantes de las asociaciones de víctimas que presentaron la antedicha denuncia colectiva, a fin de escucharles y conocer directamente las pretensiones y actuaciones que interesaban de la Fiscalía, y se les trasladó el compromiso de la Institución de agotar todas las vías posibles para la reparación de los perjudicados. Con este objetivo y a los efectos de establecer criterios para desarrollar una respuesta conjunta, en el inicio del año 2025 se mantuvo por la ST una reunión con los miembros de las fiscalías territoriales de la Comunidad de Madrid encargados de las actuaciones pertinentes derivadas de la denuncia.
Por parte de las fiscalías territoriales concernidas se habían realizado las oportunas comprobaciones en relación con cada una de las víctimas de sus respectivos territorios y analizado las circunstancias concurrentes en cada caso para determinar si los hechos denunciados han sido objeto previo de investigación y en caso positivo comprobar si se han realizado todas las diligencias de investigación necesarias o bien, si constaban hechos nuevos que pudieran determinar la reapertura de los procedimientos en caso de que se encontraran archivados. Desde la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado se recordó el especial cuidado en garantizar en las referidas diligencias de investigación que se hiciera efectivo el derecho de las víctimas a ser oídas, en atención al principio de unidad de actuación que ha de regir la actividad de los fiscales. Esta actividad se desarrolló en el marco de múltiples diligencias de investigación preprocesal o posprocesal según cada supuesto, conforme se establece en la Circular 2/2022, de 20 de diciembre, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal.
Esta denuncia ha supuesto que la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal se haya reactivado a finales del año 2024. Se han incoado 38 diligencias de investigación preprocesal, de las cuales estaban en tramitación 17 a 31 de diciembre. No obstante, de las actuaciones que se deriven de la denuncia colectiva presentada se dará cuenta en la próxima edición memorial.
7.6.4 Actividades en el ámbito internacional
7.6.4.1 Renuncia de jurisdicción con relación a delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas de EEUU
Al amparo del artículo VII del Convenio entre los Estados Parte del Tratado del Atlántico Norte relativo al Estatuto de sus Fuerzas Armadas, de 19 de junio de 1951, el Convenio de Cooperación para la Defensa entre España y los Estados Unidos de América, de 1 de diciembre de 1988 (BOE de 6 de mayo de 1989) se diseña el mecanismo en virtud del cual el Gobierno de EEUU puede solicitar la cesión de jurisdicción por los hechos delictivos cometidos por personas nacionales americanos sometidas a la jurisdicción española.
Dentro del Comité Permanente Hispano Norteamericano, el denominado Grupo de Asuntos Jurisdiccionales es el órgano encargado de canalizar este tipo de solicitudes, estudiarlas y emitir un dictamen que se remite a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que, conforme al artículo 65.3 de la LOPJ, tiene atribuida la competencia para decidir sobre la renuncia planteada.
La Secretaría Técnica forma parte del Comité Permanente Hispano Norteamericano desde su constitución, analiza los casos de cesión de jurisdicción que se le presenta, adopta, conjuntamente junto a los demás miembros del Comité, una decisión caso por caso y después asume la remisión del expediente con el dictamen correspondiente de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
Durante este año 2024, en similitud con otros años, se presentaron un total de cuatro peticiones de renuncia, siendo que en dos de ellas se informó favorablemente a la cesión de jurisdicción, en una se informó de forma desfavorable, aunque después la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al analizar las circunstancias concurrentes, dictó una resolución conforme con la cesión y, en el cuarto de los casos, se produjo la retirada de la petición de cesión pues el asunto ya había sido enjuiciado. La mayoría de los supuestos que se analizan son, como en años anteriores, relativos a delitos de lesiones, agresiones sexuales, violencia de género y doméstica, y delitos contra la seguridad vial.
7.6.4.2 Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP)
La Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), fundada en el I Congreso Interamericano del Ministerio Público, el día 26 de noviembre de 1954, es una entidad sin ánimo de lucro, entre cuyos objetivos figuran el de estrechar los vínculos de solidaridad y enriquecimiento profesional promocionando la cooperación internacional entre los Ministerios Públicos, con la idea de crear estrategias comunes para impulsar el desarrollo y fortalecimiento de la autonomía e independencia del Ministerio Público.
Asimismo, procura facilitar los vínculos y la comunicación con los Ministerios Públicos que no son miembros de la AIAMP con el fin de contribuir a su fortalecimiento institucional dentro de sus respectivos ordenamientos jurídico-políticos.
La Fiscalía Española es miembro de la AIAMP, y además ostenta su Secretaría, cuyas funciones han sido asumidas por la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General de Estado. Desde la Secretaría Técnica se coordina la participación institucional de la Fiscalía Española en la AIAMP y la designación de los puntos de contacto en las redes y grupos de trabajo y coordinando su actividad posterior.
Durante este año 2024, la Secretaría Técnica en coordinación con la UCIF inició el necesario proceso para la renovación y designación de los puntos de contacto de las redes y grupos de trabajo de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP), al estar próximo la conclusión de su mandato, fijado en dos años por el anterior Decreto de nombramiento de los puntos de contacto de fecha 30 de enero de 2023. Para ello se lanzó una convocatoria a toda la carrera a fin de que tomaran parte en el proceso de selección, destacando el hecho de que se presentaron candidatos para todas las redes y grupos de trabajo, habiéndose así garantizado la presencia de España en todos ellos, finalizando el proceso de nombramiento mediante Decreto de nombramiento del FGE de fecha 13 de febrero de 2025.
Así mismo, durante este año 2024 se participó, en coordinación con la UCIF y la Unidad de Apoyo de la FGE, en las reuniones preparatorias para la próxima Asamblea General de la AIAMP que se va a celebrar en Madrid, los días 29 y 30 de mayo de 2025.
7.6.4.3 Expedientes relativos a la participación de fiscales en los programas y actividades de cooperación internacional (Expedientes COOP)
La Instrucción 2/2007 determina la forma en que se debe desempeñar la actividad de cooperación al desarrollo en materia de Justicia por la Fiscalía española.
A fin de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a actividades de cooperación internacional al desarrollo, además de la máxima difusión de las convocatorias y en aras a la seguridad jurídica y previsibilidad del procedimiento a seguir, se estableció en 2023 un protocolo de actuación que sienta las bases para un mínimo procedimiento preestablecido de selección interna de candidatos dentro de la Fiscalía, lo que permite recabar de manera ágil y coordinada la autorización de los fiscales jefes y la Inspección Fiscal, dando cuenta oportunamente al Consejo Fiscal como máximo órgano colegiado de representación de la carrera fiscal.
Con ello, se trata de asegurar la coordinación interna en la selección, la concurrencia y transparencia, a fin de garantizar la participación de todos los miembros de la carrera fiscal en este tipo de programas.
En el desarrollo de esta labor durante este año 2024 se han tramitado en la Secretaría Técnica un total de 64 expedientes COOP, de los que se ha dado oportuna difusión a toda la carrera a través de la UCIF, se ha dado traslado a la Inspección Fiscal cuando existía peticionarios, y se ha dado oportuna cuenta al Consejo Fiscal, asegurando así la plena trasparencia del proceso de selección.
El siguiente cuadro recoge el número de convocatorias difundidas, número de convocatorias con peticionarios, que fueron un total de 53 lo que representa el 82% del total de convocatorias, y el número de fiscales seleccionados finalmente como expertos. Cabe destacar que del total de convocatorias en las que participaron fiscales, en el 69% de ellas finalmente fueron elegidos fiscales como expertos, dato que viene a dar cuenta de la excelente formación y preparación de los fiscales para asumir estas funciones.
Total Convocatorias gestionadas |
Convocatorias con peticionarios/as |
Convocatorias sin peticionarios/as |
Convocatorias con fiscales designados como expertos |
64 |
53 |
11 |
37 |
7.6.4.4 Creación de la cuenta e-Curia para las comunicaciones entre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la Fiscalía y aprobación de un protocolo para su manejo
Uno de los principales hitos en el año 2024 en materia internacional ha sido los trabajos preparatorios para la creación, por Decreto del Fiscal General del Estado de fecha 27 de septiembre de 2024, de la cuenta e-Curia de la fiscalía, cuenta que permite una comunicación directa con el TJUE, así como la presentación y recepción de escritos procesales por vía electrónica ante el Tribunal de Luxemburgo. De igual forma se aprobó junto con la creación de dicha cuenta un protocolo para su manejo que clarifica y coordina internamente su uso.
La creación de dicha cuenta había sido demandada por la Secretaría del TJUE dadas las dificultades existentes para notificar al Ministerio Fiscal del Reino de España en las cuestiones prejudiciales en las que era parte.
Así, recibida dicha petición, desde la ST, en coordinación con la Unidad de Apoyo, se iniciaron los contactos necesarios con la Secretaría del TJUE encargada de los asuntos españoles para conocer los requisitos técnicos y jurídicos de la cuenta e-Curia, su funcionamiento y su posible implantación en la Fiscalía.
A nivel interno, se mantuvieron diversas reuniones con los Fiscales de Sala Jefes de la Sección Civil, Penal, Social y Contencioso-administrativo de la Fiscalía del Tribunal Supremo que valoraron positivamente la oportunidad de contar con una cuenta general e-Curia de la Fiscalía para dar tramitación a las cuestiones prejudiciales de forma efectiva y coordinada.
Finalmente, con el acuerdo de todas las Jefaturas de las diferentes Secciones de la Fiscalía del Tribunal Supremo implicadas fue aprobada dicha iniciativa y consensuado un Protocolo para la utilización de esa cuenta, acordándose finalmente su creación y la aprobación del referido protocolo por Decreto del Fiscal General del Estado de fecha 27 de septiembre de 2024.
De esta forma, durante este año 2024, se ha podido dar seguimiento a un total de 12 cuestiones prejudiciales planteadas por diferentes órganos judiciales en los que la Fiscalía es parte. De todas ellas podemos destacar por su relevancia las relativas a la LO 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, cuya aplicación por los órganos jurisdiccionales ha dado lugar este año al planteamiento de tres cuestiones prejudiciales, la C−523/24, la C−587/24 y la C−666/24 que a fecha de elaboración de esta memoria se encuentran en tramitación en el TJUE, pendientes de resolución.
Mención expresa requiere, dada la importancia de estos asuntos, el que en esta anualidad han comparecido dos fiscales de la Fiscalía de la Audiencia Nacional en las vistas orales señaladas por el TJUE para defender la postura de la Fiscalía. Estas dos cuestiones prejudiciales surgieron en el ámbito de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, la C−314/23, el conocido como Caso Air Nostrum, correspondiente al orden social y la C−481/23, el denominado Caso Sangas, sobre la interpretación de dos motivos de no ejecución facultativa de una orden de detención europea.
7.6.4.5 Creación de la Red Civil de Cooperación Internacional (RCIF)
Otro avance alcanzado en materia internacional durante este año 2024 es la creación de una Red Civil de Fiscales de Cooperación Internacional (RCIF), con el objetivo de alcanzar la necesaria especialización e intervención internacional de la Fiscalía española, no sólo en el ámbito penal donde ya es un referente, sino también en el ámbito civil.
Su creación se acordó, tras estudiar su posible encaje legal y oportunidad, mediante Decreto del Fiscal General del Estado de fecha 2 de octubre de 2024, que prevé que la referida Red actúe bajo la dirección coordinada de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, de la Fiscal de Sala Jefa de la Sección Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo y de la Fiscal de Sala Coordinadora de Personas con Discapacidad y Mayores, organización y estructura inicial que será completada con la incorporación de la incorporación de la Fiscal de Sala de Menores de la Fiscalía General del Estado. Se concluye a su vez que la Red será finalmente constituida tras la convocatoria del correspondiente proceso de selección y la designación de sus miembros entre aquellos fiscales que cuenten con la especialización necesaria para dotar de valor y excelencia el trabajo que se desarrolle en su seno conforme a las atribuciones que a la misma se asignen.
7.6.4.6 Intervención en informes, cuestionarios internacionales y seguimiento de iniciativas legislativas de la UE (REPER)
7.6.4.6.1 Participación en el informe sobre Examen Periódico Universal (EPU) de España
La Fiscalía General del Estado, a través de la Secretaría Técnica ha intervenido en la preparación del informe de España para el IV Ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) aportando la información sobre el seguimiento de las recomendaciones relativas a nuestro campo de actuación. Este es un examen de carácter universal al que se someten, cada cinco años aproximadamente, todos los Estados miembros de Naciones Unidas y en el que se evalúa el cumplimiento de las obligaciones y estándares internacionales sobre derechos humanos por parte de los países examinados.
España se sometió al Tercer Ciclo de este ejercicio en enero de 2020, adoptándose el documento final por el Consejo de Derechos Humanos (CDH) el 16 de julio de ese mismo año. De las 275 recomendaciones presentadas por los Estados que participaron en el EPU, España aceptó 252 (el 91% del total) y otras 13 fueron aceptadas parcialmente. Con posterioridad, en mayo de 2023, España presentó el informe intermedio de seguimiento de las recomendaciones aceptadas en 2020, que es un informe de carácter voluntario que constituye el punto de partida para la elaboración del informe nacional del Cuarto Ciclo del EPU.
Durante este año 2024 se ha recopilado por la Secretaría Técnica, con la colaboración de las Unidades correspondientes, la información necesaria con relación a las recomendaciones aceptadas en tanto en cuanto las mismas afectaban a materia propias de la Fiscalía, material que se ha sido aportado para la elaboración del futuro informe para para el IV Ciclo del Examen Periódico Universal.
7.6.4.6.2 Participación en el Informe de la Comisión Europea sobre Estado de Derecho (Rule Of Law) de España
El informe sobre el Estado de Derecho de la Comisión Europea se constituye como un instrumento de análisis del correcto funcionamiento del Estado de Derecho en los distintos países que integran la Unión Europea. Este informe se elabora a través de un diálogo entre la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo con los Estados miembros, y cuenta con la participación de diversos actores públicos y privados de cada Estado.
En el caso de España, participa la Fiscalía General del Estado a través de la Secretaría Técnica, la Unidad especializada de Cooperación Penal Internacional y la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada. La Secretaría Técnica recabó toda la información para elaborar y remitir a la Comisión un informe previo sobre la materia y ha participado en las entrevistas complementarias que tuvieron lugar ya en marzo de 2025 para la evaluación de España.
7.6.4.6.3 Participación en los procesos de negociación de los instrumentos internacionales relevantes para la Fiscalía
Otra de las novedades de este año 2024 en materia de internacional es el procedimiento de contacto establecido con la Secretaría de la Consejería de Justicia de la Representación Permanente de España en la Unión Europea (REPER) para participar en la negociación de los futuros instrumentos de la UE que afectan a las funciones del Ministerio Fiscal, a fin de trasladar nuestro parecer y sugerir ajustes o revisiones.
Concretamente durante este año 2024 se ha dado seguimiento por la Secretaría Técnica en coordinación con las Unidades especializadas correspondientes de la Fiscalía General del Estado, a las negociaciones relativas al futuro Reglamento de la UE para la Tutela de Personas Adultas, la futura Directiva para combatir el Abuso y la Explotación Sexual y Maltrato de menores y la futura Directiva para Prevenir y Perseguir la Entrada, Tránsito y Estancia ilegal en la UE.
7.6.5 Análisis de conclusiones de las jornadas
Dentro de la organización del trabajo interno de la Secretaría Técnica, se analizaron las conclusiones de seminarios y jornadas de especialistas celebradas a finales de 2023 y durante 2024, tras lo cual se dio difusión de las mismas a los miembros de la carrera fiscal para su conocimiento a través de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General.
7.6.6 Elaboración periódica de los infofiscalía
La Secretaría Técnica ha continuado durante el 2024 elaborando periódicamente los Infofiscalías. Estos documentos son breves reseñas de distinta naturaleza y que se remiten a todos/as los/as fiscales mediante correo electrónico, constituyendo un medio fácil y rápido de comunicar a toda la carrera desde resoluciones judiciales recientes de especial interés o trascendencia de ámbito nacional o internacional, hasta la publicidad de las novedades normativas, instrucciones, dictámenes de las especialidades y otros asuntos que afectan a la carrera fiscal.
Durante el año 2024, se remitieron a toda la carrera 31 Infofiscalías, de los cuales el 67,74% tenían un contenido jurídico (21) y el otro 32,26% versaban sobre cuestiones trascendentes para la carrera (10).
De los 21 Infofiscalías con un contendido jurídico, 8 abordaban cuestiones de derecho penal tanto de la parte general como de la parte especial, 2 de derecho constitucional, 1 de derecho civil, 1 de derecho administrativo, 1 de derecho procesal, 5 incluían repertorios de jurisprudencia reciente de distintas unidades especializadas y 3 procedían del TJUE.