5.9 Referencia a la gestión del complemento de productividad
El complemento variable por objetivos está regulado en la Ley 15/2003, sobre régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal y en el Real Decreto 432/2004, por el que se regula el complemento variable por objetivos de los miembros de la Carrera Fiscal. Mediante comunicación de 21 de julio de 2004, el Fiscal General del Estado hizo llegar al Ministerio de Justicia la asunción de la propuesta de la Inspección Fiscal de fijar como objetivo general la superación por los fiscales de unos módulos previos de trabajo en un porcentaje significativo o la realización de funciones de especial responsabilidad en la organización de la fiscalía o en la dirección o control de materias significativamente trascendentes. El Consejo Fiscal fue oído en el Pleno del 13 de julio de 2004.
Por medio de comunicación de 23 de septiembre de 2024, la Directora General para el Servicio Público de Justicia puso en conocimiento de la Fiscalía General que el crédito presupuestario disponible para el abono del complemento variable por objetivos de los miembros de la Carrera Fiscal durante el primer semestre de 2024, ascendía a la cantidad de 1.891.132,62 €.
Durante el primer semestre de 2024 los fiscales destinados en las fiscalías de comunidad autónoma no desdobladas, provinciales y de área han cumplimentado unos estadillos de trabajo que, sometidos a un sistema de baremación, han dado lugar a una puntuación individualizada, con la que se obtiene la media semestral de cada fiscal. Con las medias de todos los fiscales se obtiene una media nacional, la cual, incrementada en un 23,20% ha servido para fijar el límite mínimo a partir del cual se entiende que los fiscales han cumplido con los objetivos que darían derecho al cobro del complemento.
En las fiscalías especiales, fiscalías de comunidad autónoma desdobladas y órganos centrales ha sido la concreta propuesta de los fiscales jefes la que, ponderando los factores apuntados en la legislación reguladora, ha propiciado las oportunas propuestas personales.
Finalizado un proceso de general inspección concretado en quienes aparecerán como eventuales perceptores, el 30 de octubre de 2024 se comunicó a los distintos órganos y fiscalías la cantidad que se les asigna para satisfacer dicho complemento, la relación de fiscales de la plantilla que habían superado los objetivos fijados (no en el caso de los órganos centrales, fiscalías de comunidad autónoma desdobladas y fiscalías especiales) y sus retribuciones fijas durante el primer semestre de 2024, ello a fin de poder emitir una propuesta con respeto a los límites cuantitativos fijados el 23 de septiembre de 2024.
Las cantidades asignadas en 2024 aparecen a la derecha de la tabla:
Órgano |
Importe en euros |
||
2022 |
2023 |
2024 |
|
Fiscalías Órganos Centrales |
125.054,37 |
126.185,21 |
137.316,84 |
Fiscales Adscritos a Fiscales de Sala |
10.813,06 |
11.208,25 |
22.884,89 |
Fiscalías de Comunidad Autónoma Desdobladas |
28.818,33 |
13.307,52 |
35.784,95 |
Fiscalías de Comunidad Autónoma no Desdobladas |
141.588,14 |
145.190,63 |
186.648,53 |
Fiscalías Provinciales |
1.183.929,71 |
1.210.445,47 |
1.211.188,96 |
Fiscalías de Área |
233.152,05 |
220.159,82 |
203.928,23 |
Fiscales Superiores, Jefes Provinciales y de Área |
77.474,67 |
74.329,89 |
93.380,21 |
Total |
1.800.830, 32 |
1.800.826,80 |
1.891.132,62 |
La comisión de productividad está compuesta por los vocales electos del Consejo Fiscal, la Fiscal Jefa de la Unidad de Apoyo, y dos inspectores fiscales. Se celebraron en 2024 numerosas reuniones de la Comisión, tres de las cuales con el siguiente contenido:
Día 29 de febrero de 2024: por una jefatura provincial se plantea la necesidad de incluir nuevos apartados en los estadillos que computen la actividad y trabajo de los fiscales decanos, así como de la unidad de apoyo a la jefatura. Por unanimidad de la comisión se acordó desestimar la solicitud en base a que la productividad ha de valorar el esfuerzo extraordinario de los fiscales, más allá de sus tareas ordinarias y que alguno de los conceptos que se plantean pueden ser incluidos en otro apartado existente.
Día 27 de mayo de 2024: la jefatura de una comunidad autónoma planteaba la posibilidad de suprimir la obligación de justificación en los estadillos de la actuación de visado/notificación de sentencias y otras resoluciones que han de ser objeto de visado a la vista de su elevado número, mientras el sistema procesal no permita su precarga directa al estadillo del/de la fiscal visador/a correspondiente, además de al/a la fiscal que estaba asignado/a por haber asistido a juicio.
Por unanimidad de la comisión se acordó desestimar la solicitud planteada dado que la eliminación de la justificación haría inviable el control esas actuaciones, además de que el documento de estadillos se aplica a nivel general, no pudiendo establecer excepciones territoriales, más aún cuando fiscalías con sistemas procesales en fases más embrionarias a nivel digital, vienen realizando una justificación manual.
Se da cuenta por la Inspección Fiscal de determinadas incidencias en el sistema de precarga de los estadillos a los efectos de la productividad del segundo semestre de 2023, de entidad variable según el nivel de implantación del sistema de justicia digital en los diferentes territorios. A la vez, se valoró de forma positiva la primera experiencia de precarga, a los efectos de seguir avanzando en la automatización del sistema de productividad.
Asimismo, se valoró por la comisión la posibilidad de que los documentos de precarga fueran accesibles por los fiscales jefes, incluso por toda la carrera, a los efectos de dar transparencia al proceso y poder detectar y corregir las incidencias de una manera previa.
En línea con las directrices del Fiscal General del Estado, se debatió por los integrantes de la comisión la necesidad de avanzar en la mejora del sistema actual de productividad de la carrera fiscal.
Día 17 de julio de 2024: El pleno del Consejo Fiscal aprobó por unanimidad la propuesta efectuada por la comisión en el mes de julio de 2024, por la que se proponía que los y las fiscales en régimen de comisión de servicio o destacados puedan acceder al cobro del complemento variable por la actividad que desarrollen en las fiscalías u órganos en los que presten servicio.
Día 19 diciembre de 2024: con base en los estudios y el intenso trabajo realizado en los últimos meses de 2024, la comisión analizó la propuesta de la Inspección Fiscal para la distribución del complemento variable partiendo de un crédito presupuestario del 5% de la masa salarial de la carrera fiscal. El documento de consenso con la propuesta de la Fiscalía General del Estado y el Pleno del Consejo Fiscal fue remitido al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes el 10 de febrero de 2025, estando a la espera de respuesta en el momento de redactar estas líneas.