5.6 Movilidad en el seno de la carrera fiscal. Concursos, ascensos y comisiones de servicio internas en 2024. Breve referencia a los abogados fiscales en expectativa de destino
Acontecimiento |
Número de movimientos |
% Sobre el total de integrantes de la carrera |
||||
Año 2022 |
Año 2023 |
Año 2024 |
2022 |
2023 |
2024 |
|
Concursos discrecionales |
52 |
21 |
53 |
1,99 % |
0,782 % |
1,77 % |
Concursos reglados |
241 |
379 (123+256) |
218 (123+95) |
9,22 % |
14,125 % |
7,89 % |
Comisiones de servicio internas con relevación de funciones |
16 |
12 |
18 |
0,61 % |
0,447 % |
0,579 % |
Nuevas incorporaciones a la carrera fiscal |
127 |
100 |
79 |
4,86 % |
3,727 % |
2,86 % |
Ascensos de segunda a primera categoría |
7 |
2 |
3 |
0,26 % |
0,074 % |
0,072 % |
Ascensos de tercera a segunda categoría |
31+77 = 108 |
101 (Sin contar los 77 que se contabilizaron en 2022, |
113 |
4,13 % |
3,764 % |
4,091 % |
Total |
551 |
615 |
484 |
21,07 % |
22,922 % |
17,523 % |
En el ejercicio de 2024 se han producido un total de 484 movimientos en la planta en activo del Ministerio Fiscal como consecuencia de los acontecimientos a que se hace referencia en la columna izquierda de la tabla anterior, lo que afecta al 17,523 % de los miembros de la carrera. Se trata de una cifra sensiblemente más baja que la del año pasado, consecuencia, fundamentalmente, del descenso en el número de movimientos generados por los concursos reglados, convocados con menos plazas vacantes que en el ejercicio de 2023. La ralentización de la movilidad, unida a la imposibilidad de amortizar –atribuir durante el año en curso una plaza en propiedad– a todos los abogados fiscales en expectativa de destino, da lugar a una mayor estabilidad en el inicial lugar de destino. Esa permanencia en el primer destino supone, no obstante, la prolongación de la incertidumbre que es consustancial a la expectativa de destino, situación que debería desterrarse definitivamente con la creación de nuevas plazas en número suficiente. A continuación, se analizan con detalle algunos de los supuestos recogidos en la tabla.
5.6.1 Concursos discrecionales
Como ya se recordó los años precedentes, corresponde al Fiscal General del Estado la facultad de proponer al Gobierno los ascensos y nombramientos para los distintos cargos, previo informe del Consejo Fiscal, oído el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma respectiva cuando se trate de cargos en las fiscalías de su ámbito territorial (artículo 13.1 EOMF). Por su parte el artículo 14.4 del propio Estatuto indica que el Consejo Fiscal, en su calidad de órgano consultivo, informa las propuestas pertinentes respecto al nombramiento de los diversos cargos y los ascensos de los miembros de la carrera fiscal (letras c y d del art. 35 EOMF).
En el presente ejercicio memorial se han convocado un total de cuatro concursos discrecionales, a resultas de los cuales se efectuaron las propuestas de nombramiento -ulteriormente convertidas en nombramientos efectivos-, de 53 cargos de designación discrecional, frente a los 21 de 2023, los 52 de 2022 y los 30 de 2021. Así:
1. Convocado por Orden PJC/71/2024 de 1 de febrero, en el que se ofertaron las plazas de Fiscal de Sala de Menores, inspector/a fiscal de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, fiscal de la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de la Sección Social de la Fiscalía del Tribunal Supremo, teniente fiscal de la Fiscalía Antidroga, tres plazas de fiscal contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, teniente fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, teniente fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, fiscales jefes de la Fiscalía Provincial de Huelva, Sevilla, Albacete, Ciudad Real, Toledo, Zamora, Cáceres, A Coruña, Madrid, fiscales jefes de las Fiscalías de Área de Algeciras, Jerez de la Frontera, Melilla, Gijón, Terrassa, Santiago de Compostela, Vigo y Elche.
2. Convocado por Orden PJC/544/2024, de 5 de junio, para la cobertura de dos plazas de fiscal de la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fiscal superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Asturias, fiscal superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Valencia, teniente fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Madrid, fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Granada, fiscales jefes/as de la Fiscalías de Área de Alzira, Mataró-Arenys de Mar y Ferrol.
3. Convocado por Orden PJC/927/2024, de 2 de septiembre, plazas de Fiscal de Sala Jefe/a de Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de la Sección Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fiscal superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, teniente fiscal de las Fiscalías de las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, de Valencia y de Aragón, y fiscal jefe/a de la Fiscalía Provincial de Valencia.
4. Convocado por Orden PJC/1332/2024, de 20 de noviembre, para la cobertura de las plazas de Fiscal de Sala Jefe/a de Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, dos plazas de fiscal de la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, inspector/a de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fiscal de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, fiscal jefe/a de la Fiscalía de Área de Manresa-Igualada-Vic. Pleno de 19 de diciembre de 2024.
Todas las propuestas de nombramiento fueron seguidas del correspondiente nombramiento rubricado por la persona al frente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y de su publicación en el BOE.
A las 53 plazas de destinos de designación discrecional informados por el Consejo Fiscal en 2024 debe sumarse, entre otros, la designación de dos fiscales en régimen de destacamento en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, un fiscal en comisión de servicio y otro destacado en la Fiscalía Especial Antidroga y dos fiscales más en régimen de destacamento en la Fiscalía del Tribunal de Cuentas. Estas designaciones son el resultado de la labor realizada por la Inspección Fiscal a la vista de las solicitudes y acreditadas necesidades comunicadas por las respectivas jefaturas, en un esfuerzo de la Fiscalía General del Estado por dar pronta respuesta a las mismas a través de la actitud proactiva de esta unidad central.
5.6.2 Concursos ordinarios o reglados
El Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por Real Decreto 305/2022 ha conllevado un notable cambio en la tramitación de los concursos reglados, en tanto en cuanto atribuye de manera expresa a la Inspección Fiscal la preparación de las propuestas de convocatoria y la ulterior gestión de los mismos (art. 13.7).
En 2023 se comenzó a materializar la pretensión de la Inspección Fiscal de establecer un calendario previsible de concursos reglados, remitiendo al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la solicitud de convocatoria de tres concursos al año, de modo que se cumpla la previsión reglamentaria en ese sentido. El anterior objetivo, cumplido en el ejercicio de 2024, no habría podido llevarse a efecto sin la imprescindible colaboración del Ministerio, de quien depende la publicación en el BOE de la convocatoria y las bases de los concursos y su resolución.
Año 2024
Enero |
Febrero |
Marzo/Abril |
Mayo |
Junio |
Septiembre |
Octubre |
Noviembre |
Propuesta y resolución de ascensos. |
Concurso discrecional. |
Concurso reglado. |
Resolución concurso |
Concurso discrecional. |
Concurso reglado. Concurso discrecional. |
Resolución concurso |
Concurso reglado Concurso discrecional. |
La Inspección Fiscal impulsa periódicamente la convocatoria de concursos reglados de plazas vacantes que se vienen tramitando desde hace varios años por el sistema de cobertura a resultas, modalidad que presenta la ventaja de concentrar en una única convocatoria y resolución la cobertura de las plazas desiertas ofertadas y la de todas aquellas que, derivadas de la anterior adjudicación, quedan vacantes, facilitando la producción de un elevado número de movimientos de fiscales y abogados fiscales que, de otro modo, no sería viable en un solo ejercicio anual.
Si se tiene en cuenta que todos los concursos –reglados y discrecionales– se inician con la solicitud de la Inspección Fiscal remitida al Ministerio, previa recopilación de las plazas vacantes; que habitualmente existe un plazo de al menos 10 días naturales para formalizar las solicitudes por los interesados y que ulteriormente debe publicarse su resolución previo estudio y adjudicación de las plazas ofertadas, se comprenderá la dificultad que conlleva la gestión de tres concursos reglados al año, junto con los cuatro concursos discrecionales que han resultado necesarios en 2024 para la cobertura de las plazas vacantes de esa naturaleza generadas durante el ejercicio. No obstante, se ha hecho un notable esfuerzo en este sentido, conscientes de las necesidades del servicio y las exigencias de previsibilidad futura de las jefaturas y los miembros de la carrera fiscal.
En 2024 se convocan y resuelven los siguientes concursos de traslados:
– Concurso convocado por Orden PJC/347/2024, de 16 de abril: 31 plazas convocadas. Solicitudes: 497. Movimientos: 123. Resolución: Orden PJC/578/2024, de 4 de junio para abogados fiscales y Real Decreto 554/2024, de 11 de junio, para fiscales.
– Concurso convocado por Orden PJC/1041/2024, de 26 de septiembre: 23 plazas convocadas. Solicitudes: 469. Movimientos: 95. Resolución: Orden PJC/1247/2024, de noviembre para abogados fiscales y Real Decreto 1148/2024, de 11 de noviembre, para fiscales.
– Concurso CEJ, Orden PJC/1421/2024, de 13 de diciembre. Plazas: 79, todas en expectativa de destino.
En la promoción 61.ª, el concurso CEJ convocado por Orden PJC/1343/2023 de 15 de diciembre ofertó 100, todas en expectativa de destino. De esa promoción, en 2024 solo han conseguido plaza en propiedad 33 abogados fiscales. Por tanto, finalizado el ejercicio hay en la carrera fiscal un total de 146 abogados fiscales en expectativa de destino.
5.6.3 Ascensos
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que la Carrera Fiscal está integrada por las diversas categorías de Fiscales que forman un cuerpo único, organizado jerárquicamente (art. 32), debiendo cubrirse las vacantes que se produzcan en la categoría segunda, por orden de antigüedad, entre los pertenecientes a la categoría tercera (art. 37.2).
A su vez, el Real Decreto 437/1983 de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, establece como competencia de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal la de elaborar los informes para ascensos de los miembros de la Carrera Fiscal que se rijan por criterios reglados (art. 4.1).
Mediante Real Decreto 124/2024, de 30 de enero, sobre promociones en la Carrera Fiscal (BOE de 31 de enero), se promovió a la categoría de fiscal, con la antigüedad que en cada caso se señalaba, a los abogados fiscales que el mismo se relacionaban. Desde ese momento, se produjeron 332 nuevas vacantes en la segunda categoría; ello resulta, en primer lugar, de las 219 plazas de tercera categoría convertidas en plazas de segunda categoría, en virtud del Real Decreto 46/2024, de 16 de enero, por el que se modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.
La exposición de motivos del Real Decreto 46/2024 señalaba que los diversos aumentos de la plantilla orgánica realizados a lo largo de estos años -mediante la creación de plazas de segunda categoría-, no solo no habían tenido su correlativo reflejo en el número de ascensos de abogados/as fiscales de tercera categoría a fiscales de segunda categoría, sino que, además, el desajuste se extendía a la proporción de fiscales y magistrados a lo largo del territorio nacional, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 33 EOMF, que establece que los miembros de la Carrera Fiscal están equipados en honores, categorías y retribuciones a los de la Carrera Judicial.
El reconocimiento de esta situación ha supuesto, por tanto, que la plantilla orgánica de la Carrera Fiscal vea reducido el número de plazas de abogado fiscal en 219 y, en consecuencia, que el número de plazas de fiscal se incremente en ese número. De esta manera, de las 2.683 plazas que, en ese momento, integraban la Carrera Fiscal y que, según el Real Decreto 311/2023, de 25 de abril, estaban distribuidas en 2.010 plazas de segunda categoría y 645 plazas de tercera categoría, con el Real Decreto 46/2024, de 16 de enero, queda fijado en 2.229 plazas de segunda categoría y 426 plazas de tercera categoría, lo que, a juicio de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, necesariamente debe llevar aparejado un correlativo número de ascensos.
A ello habría que sumar las 77 plazas de segunda categoría de nueva creación –en virtud del Real Decreto 1100/2024, de 29 de octubre, por el que se amplia y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes–, así como los 3 ascensos a la primera categoría, 4 fallecimientos, 27 jubilaciones con efecto al tiempo de formular la propuesta y 3 excedencias voluntarias por interés particular. Recordemos que además en 2024 se ha producido un reingreso al servicio activo.
En atención a lo expuesto y oído el Consejo Fiscal, la Inspección Fiscal propuso al Ministerio promover a la categoría de fiscal a un total de 332 abogados fiscales (113+219) cuyas identidades se relacionaban en el documento remitido. Del total, 219 correspondían a las plazas convertidas en plaza de segunda categoría en virtud del Real Decreto 46/2024, de 16 de enero. La propuesta de ascenso se remitió al Ministerio de Justicia el 30 de diciembre de 2024 para lo cual se tramitó el E.G. 405/2024 de la Inspección Fiscal.
Sin embargo, el Real Decreto 57/2025, de 28 de enero (BOE 29/1/25) solo ha promocionado a la segunda categoría a 113 abogados fiscales, sin aceptar los otros 219 que se solicitaban como consecuencia de la conversión de plazas por Real Decreto 46/2024, de 16 de enero, por el que se modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes. La primera abogado fiscal de esta última lista de ascensos ingresó en la carrera fiscal hace 12 años y 2 meses, dato que se comenta por sí solo.
5.6.4 Comisiones de servicio internas
En el ejercicio de 2024 se ha recurrido nuevamente a las comisiones de servicio con relevación de funciones, herramienta prevista en la Instrucción 3/2015 de la Fiscalía General del Estado, sobre comisiones de servicio en la carrera fiscal para la cobertura temporal de plazas no ocupadas por ausencia de su titular o vacante, que con anterioridad al año 2022, momento en que se procedió a recurrir a este mecanismo, apenas se había utilizado.
El Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal prevé de forma pormenorizada la posibilidad de ofrecer determinadas plazas en comisión de servicios internas en sus artículos 9 y siguientes, siendo voluntad de la Fiscalía General del Estado efectuar dichas ofertas de forma regular, en tanto en cuanto fomentan la posibilidad de asumir nuevos retos por parte de los y las fiscales, con el consiguiente estímulo profesional.
Las convocatorias efectuadas en 2024 son las siguientes:
1. Expediente Gubernativo 420/2024: Por Decreto del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado de fecha 20 de noviembre de 2024 se ofertan un total de 15 plazas en comisión de servicio con relevación de funciones, distribuidas de la forma siguiente:
Plazas de segunda categoría:
– Fiscalía Provincial de Guadalajara, 1 plaza.
– Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, 1 plaza.
– Fiscalía Provincial de Madrid, 2 plazas.
– Fiscalía de Área de Alcalá de Henares, 1 plaza.
Plazas de tercera categoría:
– Fiscalía Provincial de Madrid, 4 plazas.
– Fiscalía Provincial de Valencia, 1 plaza.
– Fiscalía Provincial de Cádiz, 1 plaza.
– Fiscalía Provincial de Barcelona, 3 plazas.
– Sección Territorial de Torrevieja, 1 plaza.
Una de las plazas de tercera categoría en la Fiscalía Provincial de Barcelona y la plaza de tercera de la Sección Territorial de Torrevieja quedaron desiertas por falta de peticionarios.
2. Expediente Gubernativo 749/2024. Se ofertan públicamente un total de tres plazas de segunda categoría de refuerzo en la Fiscalía Provincial de Valencia, negociadas por la Fiscalía General con el Ministerio, para hacer frente a la situación generada por la DANA. Las tres plazas ofertadas fueron asignadas.
3. Expediente Gubernativo 728/2024: se incoa el expediente el 11 de noviembre de 2024 y se ofertan un total de 4 plazas en virtud de Decreto del Fiscal General del Estado de fecha 9 de enero de 2025, distribuidas de la forma siguiente:
Plazas de segunda categoría:
– Fiscalía Provincial de Alicante, 1 plaza.
– Fiscalía Provincial de Ciudad Real, 1 plaza.
Plazas de tercera categoría:
– Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, 1 plaza.
– Fiscalía de Área de Móstoles, 1 plaza.
Esta última oferta se ha resuelto en 2025, de lo que se dará cuenta en el próximo ejercicio memorial.
Los y las fiscales muestran su preferencia por acceder a plazas de la segunda categoría, –aun cuando supongan el desplazamiento geográfico del solicitante–, y por las plazas ofertadas en la Fiscalía Provincial de Madrid –aun cuando sean de tercera categoría– en detrimento de las plazas disponibles en la Fiscalía Provincial de Barcelona, resultando que las segundas resultan habitualmente desiertas por falta de peticionarios.
Ello confirma el criterio reiteradamente expuesto por la Inspección Fiscal en las interpelaciones realizadas en relación con esta materia por el Pleno del Consejo Fiscal. Se entiende imprescindible seleccionar y ponderar muy cuidadosamente la oferta de plazas en esta modalidad de comisiones, evitando que zonas geográficas que, por razones estructurales y/o coyunturales diversas son menos solicitadas por los y las fiscales, se vean en la necesidad de recurrir en exceso a los refuerzos externos como consecuencia del éxodo de aquellos hacia fiscalías territoriales tradicionalmente más apetecidas.
5.6.5 Breve referencia a los alumnos fiscales de la 62.ª promoción. Abogados/as fiscales en expectativa de destino
Durante el año 2024 los alumnos/as del Centro de Estudios Jurídicos aspirantes a ser nombrados abogados fiscales realizaron el curso teórico y práctico de carácter selectivo, tras haber aprobado el examen de oposición libre convocado mediante el Acuerdo de 28 de octubre de 2022 de la Comisión de Selección a la que se refiere el art. 305 LOPJ.
Una vez superado el curso y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 RMF, los alumnos de la 62.ª promoción de fiscales fueron nombrados abogados fiscales por Orden de la persona titular del Ministerio de Justicia. La adjudicación de destinos a los fiscales de nuevo ingreso ha de realizarse de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden establecido en el proceso selectivo.
El 4 de noviembre de 2023, la Fiscalía General del Estado –a través de la Inspección Fiscal–, trasladó al Centro de Estudios Jurídicos la relación de las plazas a ofertar a los 79 aspirantes a ingresar en la carrera fiscal. No se pudo ofrecer ni una sola plaza en titularidad dado que ninguna quedó desierta tras el último concurso de traslado publicado.
Para la elaboración de la relación de las 80 plazas a ofertar en expectativa de destino (79+1, para que todos los alumnos tengan un margen, siquiera mínimo, de elección) la Inspección Fiscal realizó, como es práctica habitual, un estudio pormenorizado de las diferentes necesidades de los órganos territoriales que integran el Ministerio Fiscal, valorándose varios parámetros que aparecen reflejados en el informe remitido a la Comisión permanente del Consejo Fiscal.
A modo de resumen, hay que señalar que se tuvieron en cuenta los refuerzos existentes en esa fecha en las distintas fiscalías, las necesidades del servicio, la creación de juzgados, las comisiones de servicio internas que igualmente se han ofertado durante el ejercicio y el tipo de fiscalía ofertada.
El 17 de diciembre de 2024 se publicó en el BOE la Orden PJC/1421/2024, de 13 de diciembre, por la que se nombran abogados y abogadas fiscales a los alumnos y las alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, correspondientes a la convocatoria aprobada por Acuerdo de la Comisión de Selección de Jueces y Fiscales de 28 de octubre de 2022.
En los últimos años se ha advertido reiteradamente del progresivo incremento de la cifra de abogados fiscales que se incorporan a la carrera fiscal en esa situación. Terminado el ejercicio de 2024, son exactamente 146 los abogados fiscales en expectativa de destino, 79 de la 62.ª promoción y 67 más de la 61.ª que no han obtenido plaza en propiedad en los concursos de traslado celebrados durante el año, a cuyas plazas, no debe olvidarse, aspiran no solo los fiscales en expectativa, sino también todos aquellos/as fiscales de segunda y tercera categoría integrados en la carrera fiscal y que cumplan con las exigencias publicadas en las bases del concurso y en el RMF.
En 2023 el año terminó con 116 abogados fiscales en expectativa de destino, frente a los 146 de este ejercicio, de modo que la situación se agrava progresivamente dado que la creación de nuevas plazas no se ha llevado a efecto en número suficiente para acomodar la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal a la oferta pública efectuada en los procesos selectivos por oposición que se convocan anualmente y que, a su vez, tratan de acomodar el número de fiscales de nueva incorporación a las necesidades reales de la carrera.
Resulta por lo demás urgente que las plazas que se creen sean únicamente plazas de segunda categoría hasta alcanzar la equiparación con la carrera judicial, rebajar las ratios de espera de los abogados fiscales hasta obtener el ascenso a la segunda categoría y poner fin a la brecha existente entre fiscales de segunda categoría y plazas de segunda en la planta del Ministerio Fiscal.