2.4 Informes del Consejo Fiscal en proyectos y anteproyectos normativos (art. 14.4.a EOMF)
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal atribuye al Consejo Fiscal la función de informar los proyectos de ley o normas reglamentarias que afectan a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal (art. 14.4.a).
En cumplimiento de esta previsión estatutaria, el pleno del Consejo Fiscal ha informado en 2024, contando con la inestimable colaboración de la Secretaría Técnica, la Inspección Fiscal, las Unidades especializadas de la Fiscalía General del Estado y las diferentes Secciones jurisdiccionales de la Fiscalía del Tribunal Supremo, los textos siguientes:
1. E.G. 867/2023. Orden por la que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales de las Fiscalías Provinciales de Almería y Málaga y de la Fiscalía de Área de Dos Hermanas.
2. E.G. 75/2024. Propuesta de modificación del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
3. E.G. 452/2024. Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales.
4. E.G. 602/2024. Proyecto de Real Decreto por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.
5. E.G. 15/2023. Anteproyecto de Ley Orgánica por la que modifican la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, y por la que se regulan los equipos conjuntos de investigación.
6. E.G. 546/2024. Anteproyecto de Ley de Prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad.
En el orden del día del pleno convocado para el 25 de abril, se incluyó como punto décimo segundo la comunicación reiterada del Senado de la nación interesando del Consejo Fiscal la emisión de informe sobre la proposición de Ley de Amnistía y la solicitud formulada en ese mismo sentido por los vocales de la lista de la Asociación de Fiscales (AF), a la que se adhirió el vocal único de la lista de la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF).
El Fiscal General del Estado recordó a los y las Sres./as Vocales que integran el Pleno que el Consejo Fiscal no es competente para informar proposiciones de ley y, por consiguiente, no había lugar a emitir el informe solicitado. La Sala Tercera del Tribunal Supremo en su Sentencia n.º 80/2025 de 28 de enero (Ponente, Excmo. Sr. D. José Luis Requero Ibáñez), al tiempo que desestima el recurso formulado por la APIF contra el Real Decreto 1182/2023, de 27 de diciembre, por el que se nombró Fiscal General del Estado a D. Álvaro García Ortiz, determina en el apartado Decimoquinto de su Fundamento de Derecho Cuarto que, efectivamente, el Consejo Fiscal no es competente para emitir informes sobre proposiciones de ley. La resolución avala el criterio mantenido en el Pleno por el Fiscal General del Estado y Presidente del órgano colegiado, las dos vocales natas y los dos vocales de la lista de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) en relación con esta específica cuestión.