14.6 Organización, medios y competencias de las secciones especializadas de las fiscalías territoriales
Como ya se apuntó al inicio, nos hallamos en un proceso de unificación en el catálogo de delitos que son competencia de las distintas secciones en la línea de lo acordado en el Decreto del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado de fecha 18 de enero de 2023.
Por otro lado, la organización y funcionamiento interno de las distintas secciones no es uniforme. Pero ello es comprensible dadas las diferencias en tamaño, plantilla, modelo organizativo o volumen de asuntos que presentan las distintas fiscalías.
Las fiscalías provinciales de mayor dimensión y algunas de tamaño medio (según el volumen de causas que tengan en su ámbito territorial) han constituido secciones atendidas por varios fiscales que pueden dedicarse a la materia de forma exclusiva o bien de manera no excluyente, esto es, compaginando la especialidad con otros servicios del orden penal o de otras jurisdicciones. Entre las opciones organizativas está aquella en la que el delegado de la sección se dedica en exclusividad a la especialidad y los demás compañeros que integran la sección compaginan la materia con otros servicios.
Cuando la sección está compuesta por más de un/a fiscal suele asumirse por sus integrantes todo el trabajo de la especialidad, tanto las diligencias de investigación preprocesales como la instrucción en las diligencias previas, la formulación de los escritos de conclusiones provisionales, la asistencia a juicios, los recursos a que den lugar las sentencias y, en algunos casos, también la fase de ejecución.
Cuando la sección, por lo limitado de los recursos personales y del volumen de trabajo, la forma solo el delgado, este no trabaja en régimen de exclusividad y lo común es que asuma la coordinación de las causas, que son instruidas por los compañeros que tengan asignado el juzgado donde se investiga.
En el caso de las fiscalías de área el planteamiento organizativo depende de su dimensión territorial o del número de personas que integran la plantilla. En ocasiones organizan de modo similar a las secciones de las fiscalías provinciales, con un/a fiscal de enlace al frente y varios compañeros atendiendo la materia, funcionando con autonomía y en coordinación con el/la delegado/a provincial. En otras, se organizan mediante un único/a fiscal de enlace que actúa en su ámbito territorial bajo la cobertura del delegado/a provincial.