12. PROTECCIÓN Y TUTELA DE LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL
12.1 Introducción
Un año más hemos de sintetizar en un breve resumen la importante labor que las fiscalías territoriales realizan en aras a la protección de las víctimas. Contamos en esta materia con un amplio marco legal tanto nacional como internacional, con el serio compromiso del Ministerio Fiscal, y también con el esfuerzo por parte de las administraciones.
Hemos dicho en otras ocasiones que la entrada en vigor del Estatuto de la Víctima (en adelante, EV), supuso un avance determinante en el proceso de protección a las víctimas. Hoy en día, sin duda son las Oficinas de Atención a las Víctimas (OAV) quienes ejercen en la práctica una esencial función en esa protección, y esto, aun cuando no supone para el Ministerio Fiscal el paso a segundo plano en la medida que es el titular legal de la tutela a las víctimas, sí requiere una coordinación activa con aquellas dado que las Oficinas constituyen la parte visible de la materialización de muchas de las actuaciones de protección que reciben las víctimas.