6.4 Actividad de la Fiscalía
6.4.1 Escritos y denuncias
El análisis comparativo de los escritos y denuncias presentados en la Fiscalía respecto del año 2023 arroja los siguientes datos:
a. Registros de entrada: 3.090 frente a 2.790 del año 2022.
b. Registros de salida: 2.568 en comparación a 3.417 del año 2022.
De estos escritos registrados en la Fiscalía, 1.814 correspondieron a denuncias, frente a las 1.495 del año 2022, y 1.276 otros escritos. Es de resaltar que la mayoría ponían en conocimiento del Ministerio Fiscal hechos que no constituían delito, no se sustentaban en unos mínimos indicios de actividad criminal, o estaban referidos a eventuales infracciones penales ajenas a la competencia de esta Fiscalía Especial. Tales circunstancias originaron el archivo de la denuncia o su remisión a la Fiscalía competente para su conocimiento.
En todo caso, las cifras expuestas evidencian un ascenso del número de escritos que tuvieron entrada en la Fiscalía Especial durante el año 2023, tal y como se refleja en el siguiente gráfico:
6.4.2 Diligencias de investigación
Reguladas en el art. 5 EOMF (Ley 50/1981) y en el art. 773.2 LECrim., las Diligencias de Investigación cobran una especial importancia en el caso de la Fiscalía Anticorrupción, toda vez que gran parte de los procedimientos judiciales en los que interviene tienen su origen en investigaciones propias, al socaire del apoyo que le prestan sus trascendentales Unidades de Apoyo y Unidades adscritas. El marco de intervención de la Fiscalía en estas Diligencias se encuentra regulado en la nueva Circular 2/2022, de 20 de diciembre, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, que ofrece un tratamiento unitario y sistemático no solo a estas Diligencias de carácter preprocesal sino también a las distintas formas de actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal paliando el disperso desarrollo doctrinal que hasta su promulgación existía sobre esta materia.
Pues bien, analizando numéricamente la actividad en este ámbito, resulta que durante el año 2023 se incoaron 28 Diligencias de investigación preprocesal frente a las 29 del año 2022. A tal cifra hay que añadir las 27 Diligencias de Investigación que se encontraban en trámite a 31 de diciembre de 2022, lo que implica que durante el 2023 se estuvieron tramitando un total de 55 Diligencias de investigación preprocesal. Conforme a la Circular 2/22, 20 de diciembre, durante el año 2023 se incoaron 6 Diligencias de Investigación auxiliar, frente a una del año 2022.
A lo largo de 2023 se concluyeron 29 Diligencias de investigación preprocesal, 5 correspondientes a 2021, 13 correspondientes a 2022, y 11 correspondientes a 2023. Por consiguiente, a 31 de diciembre de 2023 quedaban pendientes de tramitación 26 Diligencias de investigación preprocesales, siendo 1 del año 2020, 4 del año 2021 y 4 del año 2022.
Es de resaltar que, de las 29 Diligencias de investigación preprocesal concluidas, en 13 ocasiones el Ministerio Fiscal formuló querella o denuncia, que dieron lugar a los correspondientes procedimientos judiciales en los que esta Fiscalía Especial ha mantenido su competencia y en una ocasión se incorporaron a causa judicial ya incoada y también competencia de esta Fiscalía. La Fiscalía Europea ha ejercido el derecho de avocación respecto de dos procedimientos judiciales (Diligencias Previas), que en principio eran competencia de esta Fiscalía.
Los datos expuestos tienen su reflejo en los siguientes cuadros:
Diligencias de investigación
Diligencias anteriores al 31.12.22 |
Diligencias durante 2023 |
Total |
|
En trámite durante 2023 |
27 |
28 |
55 |
Concluidas |
18 |
11 |
29 |
Pendientes a 31.12.23 |
9 |
17 |
26 |
6.4.3 Procedimientos penales
Por lo que se refiere a la concreta actividad de la Fiscalía Especial en el ámbito de los procesos judiciales, es de resaltar que durante el año 2023 esta Fiscalía intervino en 885 procedimientos judiciales frente a los 841 del año 2022, a los 801 del año 2021, a los 761 del año 2020, y a los 746 del año 2019. Durante el año 2023 se incoaron 44 procedimientos penales nuevos.
El siguiente gráfico refleja lo así expuesto:
6.4.3.1 Escritos de acusación
Durante el año 2023, la Fiscalía Especial formuló 35 escritos de acusación, frente a los 59 presentados en el año 2022.
Es de resaltar que los tipos penales por los que se formuló más frecuentemente una acusación fueron los delitos contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social y contrabando (3), los de malversación (17), los de prevaricación administrativa (21), los de blanqueo de capitales (3), cohecho (4), crimen organizado (2), entre otros.
A ellos hay que añadir una serie de delitos conexos que el art. 19.4 EOMF atribuye a esta Fiscalía y que resultan también de su competencia, por lo que fueron igualmente objeto de acusación. Se trata de delitos de falsedad documental (los más numerosos), coacciones, amenazas, descubrimiento y revelación de secretos, obstrucción a la Justicia, robo con fuerza, o contra la salud pública, etc.
Todo lo cual tiene su reflejo en el siguiente cuadro, que recoge los delitos por los que se acusa en los escritos de calificación del Ministerio Fiscal:
Calificaciones |
Contra la Hacienda Pública, SS y contrabando |
Prevaricación |
Abuso o uso indebido información privilegiada |
Malversación |
Fraudes y exacciones ilegales |
Tráfico de influencias |
Cohecho |
Negociación prohibida a funcionarios |
Defraudaciones |
Insolvencias punibles |
Societarios |
Blanqueo de capitales |
Corrupción en transacciones comerciales internacionales |
Corrupción en el sector privado |
Conexos con los anteriores |
Crimen organizado |
35 |
3 |
21 |
0 |
17 |
1 |
2 |
4 |
0 |
0 |
0 |
0 |
3 |
0 |
0 |
22 |
2 |
La evolución anual de los escritos de acusación se expone en el siguiente gráfico:
6.4.3.2 Sentencias
Durante el año 2023, se han dictado 31 sentencias, en primera instancia, en causas judiciales en las que ha intervenido esta Fiscalía Especial. De ellas 25 han sido condenatorias y 6 fueron absolutorias. Recordemos que en 2022 se dictaron 27 sentencias, 20 han sido condenatorias y 7 fueron absolutorias.
6.4.4 Actividad de la Fiscalía en relación con el delito de corrupción en las transacciones económicas internacionales
Como se recordaba en las Memorias de los ejercicios 2021 y 2022, el art. 19.4 ñ) del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal atribuye a esta Fiscalía Especial la intervención en las diligencias de investigación y en los procedimientos judiciales seguidos por los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales siempre que se trate de supuestos de especial trascendencia apreciada por el Fiscal General del Estado.
Ese delito, tras la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, se encuentra actualmente regulado en el art. 286 ter CP como una modalidad de corrupción en los negocios, sin perjuicio de las situaciones concursales resultantes de la aplicación de los arts. 424 y 427 CP. La vida de esta infracción criminal ha resultado accidentada, pues fue introducida en el Código Penal como art. 445 bis mediante la Ley Orgánica 3/2000, de 11 de enero, y sometido a sucesivas reformas operadas por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, habiéndose considerado históricamente un delito contra la Administración Pública hasta su reubicación actual entre los delitos relativos al mercado. Su naturaleza transnacional justificó también la reforma operada en la LOPJ mediante la Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo, relativa a la justicia universal, en virtud de la cual se atribuyó a la jurisdicción española competencia para la persecución extraterritorial de este delito bajo determinadas condiciones recogidas en el art. 23.4 n) LOPJ.
Todas estas modificaciones obedecen al afán del legislador por cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por España tras la ratificación del Convenio de lucha contra la corrupción de Agentes Públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales hecho en París el 17 de diciembre de 1997 (BOE de 22 de febrero de 2002), instrumento elaborado en el ámbito de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) de la que España es miembro. El Convenio, ratificado hasta el presente por 46 países –los últimos, Rumanía y Croacia en 2023–, compele a los Estados Parte a perseguir el cohecho activo cometido en el ámbito de las transacciones económicas internacionales por considerar que se trata de una práctica intolerable que ataca la libre competencia en el comercio internacional. La OCDE completó ese convenio con una Recomendación de 26 de noviembre de 2009, que fue reformada por otra de 26 de noviembre de 2021. Ese mismo compromiso deriva igualmente de la ratificación por España el 9 de junio de 2006 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003 (BOE de 19 de julio de 2006), así como de la ratificación el 26 de enero de 2010 del Convenio penal sobre la corrupción (Convenio núm. 173 del Consejo de Europa) hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999 (BOE de 28 de julio de 2010).
A fin de comprobar el grado de implementación y cumplimiento del Convenio de París de 1997 la OCDE lleva a cabo periódicamente evaluaciones de los Estados Parte, mediante procedimientos de peer review en el seno del grupo de trabajo conocido como Working Group on Bribery (WGB), en las que la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada viene actuando como interlocutor cualificado y protagonista indiscutible de España. En el mes de abril de 2021 dio comienzo la cuarta evaluación, todavía en curso, si bien el proceso se desarrolló principalmente a lo largo del año 2022. Esta evaluación tiene como antecedente el informe de evaluación de la Fase 3, de 14 de diciembre de 2012, en el que la OCDE destacó deficiencias en la trasposición y aplicación efectiva del Convenio que en su opinión dificultaban la persecución del delito de corrupción en transacciones económicas internacionales, llamando la atención sobre la ausencia de condenas en España. Para neutralizar esas deficiencias, incluyó en su informe un conjunto de 35 recomendaciones de cuyo cabal cumplimiento España debía dar cuenta dos años después. Ese proceso culminó con un informe de seguimiento de marzo de 2015 en el que constaban todavía sin implementar 21 recomendaciones, así como algunos aspectos de otras diez.
La Fase 4 de evaluación de España se ha centrado en tres materias: 1) la detección de los casos de cohecho internacional; 2) la aplicación de la normativa sobre cohecho internacional y su reflejo en la investigación y persecución de esos delitos −la mejor aproximación semántica al término enforcement utilizado por la OCDE−; y 3) la responsabilidad de las personas jurídicas.
Como se detalló en la memoria fiscal de año 2022, el 8 de diciembre de 2022 se aprobó el informe de evaluación de la Fase 4 destacando las buenas prácticas y los logros conseguidos por España desde la última evaluación. No obstante, también mostraba su preocupación principalmente por el hecho de que hasta esa fecha los tribunales españoles solo hubieran dictado una sentencia condenatoria por delito de cohecho internacional contra dos personas físicas y ninguna contra personas jurídicas, así como por el breve plazo de prescripción de los delitos cometidos por las personas jurídicas, que la OCDE sitúa en cinco años.
A consecuencia de esas observaciones, el informe de la OCDE dirigió a España 44 nuevas recomendaciones: siete en el ámbito de la detección del cohecho internacional, 24 relativas al enforcement, ocho sobre la responsabilidad de las personas jurídicas y cinco que afectan a otras materias. Además, añadía que el WGB sometería a seguimiento otras 21 cuestiones. Inicialmente se acordó que España debería dar cuenta por escrito del cumplimiento de esas recomendaciones en el mes de diciembre de 2024, si bien durante el año 2023 se determinó, que esta dación de cuenta finalmente tuviese lugar en el mes de marzo de 2025. No obstante, en el mes de diciembre de 2023 España debía informar ya de los avances efectivos realizados en materia de persecución del delito de cohecho internacional y del estado de la legislación española relativa a la protección del denunciante.
En consecuencia, el 8 de diciembre de 2023 España informó al Grupo Anti-bribery de la OCDE, a través del funcionario competente del Ministerio de Justicia, sobre la promulgación de la nueva Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Por su parte, la Fiscalía Especial informó de los avances habidos durante el año 2023 en relación con la persecución de este delito, a saber: 1) la consecución mediante Sentencia núm. 4/2023, de 24 de febrero, dictada por la Audiencia Nacional −confirmada por Sentencia de la Sala de Apelación de 16 de octubre de 2023− de una nueva condena por delito de cohecho internacional contra dos personas físicas y una persona jurídica, lográndose así la primera condena en España contra una persona jurídica por este delito; 2) la confirmación y aseguramiento de la competencia de la Audiencia Nacional para la investigación y enjuiciamiento de este delito al conseguir que este órgano aceptara la inhibición promovida por la Fiscalía Especial en un procedimiento seguido por cohecho internacional ante un Juzgado de Instrucción de una provincia; y 3) la detección e incoación por esta Fiscalía Especial de Diligencias de investigación preprocesal en relación con dos nuevos casos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, uno de ellos en el curso de la ejecución de una solicitud de asistencia judicial internacional pasiva, lo que motivó la presentación de una querella ante la Audiencia Nacional en octubre de 2023.
En definitiva, durante el año 2023 esta Fiscalía Especial ha seguido realizando un esfuerzo particular en la detección y persecución de este delito, lo que ha dado lugar a la incoación de dos nuevas Diligencias de investigación preprocesa y tres nuevas diligencias previas. A lo largo del año 2023 han seguido su curso diez diligencias previas ante los juzgados centrales de instrucción, habiéndose formulado en dos de ellas sendos escritos de acusación, además de encontrarse pendientes de señalamiento para juicio oral otras tres causas.
Fruto de la sensibilidad que la Fiscalía General del Estado siempre ha mostrado en esta materia, en el mes de marzo de 2023, dentro del Plan de Formación Continua de la Carrera Fiscal, se celebró un curso sobre «La corrupción en las transacciones económicas internacionales» dirigido por esta Fiscalía Especial y destinado principalmente a miembros de la carrera fiscal sin experiencia en esta sobre esta cuestión.
6.4.5 La relación con la Fiscalía Europea
La Fiscalía Europea entró en funcionamiento el 1 de junio de 2021. Por Decreto de la Fiscal General del Estado de 14 de julio de 2021 se acordó delegar como canal de comunicación, en los términos establecidos en el artículo 13 de la LO 9/21, de 1 de julio, en aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, al Fiscal Jefe de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.
De la totalidad de expedientes puestos en conocimiento de la Fiscalía Especial, en virtud de lo dispuesto en el referido Decreto cabe destacar los siguientes datos:
– Expedientes en los que la Fiscalía Europea ha dictado Decreto de incoación de procedimiento de investigación por ejercicio del derecho de avocación:
Ejercicio derecho de avocación
Resolución |
Relativo a: |
Delitos |
Núm. Expedientes Total |
||||
Decreto |
Diligencias de Investigación Procedimientos judiciales |
Fraude de Subvenciones y otros Defraudación Tributaria |
7 |
||||
Destacamos: |
|||||||
↓ |
|||||||
FEU 12/23 |
Decreto |
21/02/23 |
DP núm. 241/23 JI 9 Valencia |
Fraude de Subvenciones y otros |
|||
FEU 44/23 |
Decreto |
06/07/23 |
DP núm. 499/22 JI 1 Elda (Alicante) |
Fraude de Subvenciones |
– Expedientes en los que la Fiscalía Europea ha dictado Decreto de no ejercicio del derecho de avocación, en relación con denuncias, causas judiciales y diligencias de investigación:
No ejercicio derecho de avocación
Resolución |
Relativo a: |
Delitos |
Núm. Expedientes Total |
Decreto |
Causas Judiciales Denuncias Diligencias de Investigación |
Defraudación Tributaria (2) Fraude de Subvenciones (3) Sin Especificar (2) |
7 |
– Expedientes en los que la Fiscalía Anticorrupción ha cursado la petición de información requerida por la Fiscalía Europea, a fiscalías superiores, provinciales y de área, en relación con denuncias, causas judiciales y diligencias de investigación:
Peticiones de información cursadas
Resolución |
Relativo a: |
Núm. Expedientes Total |
Oficio |
Denuncias Diligencias de Investigación Causas judiciales |
3 |
– Expedientes en los que la Fiscalía Europea ha dictado Decreto en el que se acuerda iniciar la investigación, en relación con denuncias, causas judiciales y diligencias de investigación:
Inicio de investigación
Resolución |
Relativo a: |
Delitos |
Núm. Expedientes Total |
Decreto |
Denuncia OLAF Denuncia –otros |
Fraude de Subvenciones y falsedad documental Defraudación Tributaria y blanqueo de capitales Fraude de Subvenciones y/o estafa |
25 |
– Expedientes en los que la Fiscalía Europea ha dictado Decreto en el que se acuerda no asumir la competencia / no inicio de la investigación y la remisión de la denuncia a la Fiscalía General del Estado para su valoración (tramitado por la Fiscalía Anticorrupción):
No asunción de la competencia/no inicio investigación
Resolución |
Relativo a: |
Trámite |
Fiscalía |
Núm. Expedientes Total |
Decreto |
Denuncias |
Archivo (9) Remisión Fiscalía territorialmente competente (8) |
Fiscalía TS (1) Fiscalía Provinciales (6) Fiscalía de Área (1) |
17 |
6.4.6 Cooperación judicial internacional
Como en años anteriores, la cooperación internacional ha ocupado un lugar importante en la actividad de esta Fiscalía Especial.
Un primer campo de actuación en este ámbito lo constituye la asistencia judicial, conforme a lo previsto en el art. 3.15 EOMF, que contempla como función del Ministerio Fiscal la de «promover o, en su caso, prestar el auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y convenios internacionales».
En este sentido, hay que tener en cuenta que la investigación de los delitos cuya competencia está atribuida a esta Fiscalía, relacionados por lo general con la delincuencia financiera a gran escala, tienen un marcado componente transnacional, pues con frecuencia se utilizan otras jurisdicciones para esconder los bienes obtenidos como producto de la actividad criminal, o para dificultar la investigación de operaciones económicas que son en sí mismas constitutivas de delito, como sucede con el blanqueo de capitales.
Otro importante campo de actuación en la esfera internacional lo constituye la participación de miembros de la Fiscalía Especial en las actividades y reuniones de distintos organismos internacionales, o la asistencia que se presta a estos organismos de diferentes maneras, así como la intervención de la Fiscalía Especial en redes internacionales de cooperación y en variados proyectos o misiones de cooperación con otros países.
6.4.6.1 Asistencia Judicial Pasiva
Comisiones Rogatorias.
Se ha producido este año un descenso en el número de comisiones rogatorias recibidas: 15 en 2023, frente a las 20 de 2022. Los países remitentes han sido Colombia, México, Venezuela, Bolivia, Ecuador, Argentina (2), Argelia (2), Kenia, Estados Unidos, Nueva Zelanda y Ucrania (3).
La recepción de estas solicitudes se ha producido, por regla general, a través de la autoridad central (Ministerio de Justicia), y en varias ocasiones han sido canalizadas a la Fiscalía Especial por la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado (UCIF).
Todas estas solicitudes se refieren a investigaciones sobre delitos competencia de la Fiscalía Especial. De ellas, 9 fueron cumplimentadas o archivadas a lo largo del año 2023, de manera que solo 6 seguían pendientes de tramitar a final de año.
Órdenes Europeas de Investigación (OEI)
El número de OEI recibidas en 2023 ha sido ligeramente superior al del año anterior: 17 este año frente a 16 en 2022. Los países de emisión han sido Rumanía (2), Países Bajos (2), Italia (4), Suecia, Francia (2), Finlandia, Bulgaria, Alemania (3) y Chipre.
El canal preferente de recepción ha sido el correo electrónico, en 11 ocasiones, frente a 5 OEI que se han recibido por correo postal. Una OEI se ha recibido por inhibición de otra Fiscalía a través del CRIS.
Las diligencias de investigación solicitadas consistieron principalmente en información sobre cuentas u operaciones bancarias e investigaciones de naturaleza patrimonial, así como tomas de declaración.
De todas las órdenes europeas de investigación, 9 se cumplimentaron a lo largo de 2023, en 6 se acordó su inhibición a otras Fiscalías, y solo 2 estaban en trámite al terminar el año.
6.4.6.2 Asistencia Judicial Activa
En el año 2023, la Fiscalía Especial ha emitido tres comisiones rogatorias, dos en el marco de Diligencias de investigación preprocesal, a las autoridades de Suiza y de Curaçao, y otra a Suiza, en el mes de abril, en el marco de unas Diligencias de investigación auxiliar.
6.4.6.3 Intercambio espontáneo de información
La solicitud de asistencia judicial procedente de México que se registró como comisión rogatoria pasiva se trataba, en realidad, de un intercambio espontáneo de información.
De manera similar, la comisión rogatoria procedente de Colombia, relativa a un delito de cohecho internacional o corrupción en las transacciones económicas internacionales, dio pie a la incoación de unas Diligencias de investigación preprocesal en esta Fiscalía, que culminaron con la interposición de una querella ante los juzgados centrales de instrucción contra los responsables de una empresa española que había pagado tres millones de dólares a funcionarios colombianos para obtener un contrato público ofertado por la Alcaldía de Bogotá. Durante la tramitación de las Diligencias de investigación preprocesal, se produjo un envío recíproco de información, entre esta Fiscalía Especial y la Fiscalía de Bogotá, que resultó crucial tanto para el buen éxito de ambas investigaciones como para la prevención de un posible conflicto de jurisdicción.
También ha habido intercambios de información con Singapur, Andorra, Panamá y Suiza, con resultado positivo, dirigidos principalmente a obtener medios de prueba y a solicitar el decomiso de las ganancias ilícitas invertidas en los circuitos bancarios de esos países.
6.4.6.4 Relaciones con Eurojust
A lo largo del año 2023, fiscales de esta Fiscalía Especial han participado en las siguientes reuniones de coordinación organizadas por Eurojust:
– Dos reuniones, en los meses de julio y octubre de 2023, ambas relacionadas con una investigación sobre una presunta estafa con criptoactivos y en las que han estado presentes representantes de la Fiscalía General de Lituania. En la segunda de estas reuniones se valoró la posibilidad de constituir un equipo conjunto de investigación con este país.
– El Fiscal delegado de la Fiscalía Especial en las Islas Baleares participó en una reunión de coordinación en el mes de mayo de 2023.
– Reunión en la sede de Eurojust, en La Haya, sobre la recuperación de activos y blanqueo de capitales, en el mes de junio de 2023, con el impulso del Economic Team (ETC) y el Judicial Cooperation Instruments Team (JCIT).
Asimismo, con el apoyo de Eurojust y la participación de Europol, se constituyó en junio de 2023 un equipo conjunto de investigación con la Fiscalía Superior de Praga (República Checa), coliderado, por parte española, por el Juzgado Central de Instrucción núm. 5 y esta Fiscalía Especial.
6.4.6.5 Auxilio a organismos e intervención en redes internacionales de cooperación
En abril de 2023, la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, como autoridad especializada en la lucha contra la corrupción mediante la aplicación coercitiva de la ley bajo el artículo 36 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, solicitó su admisión, que fue aceptada, como miembro de la Red Operativa Mundial de Organismos de Aplicación de la Ley encargados de Combatir la Corrupción (Red GlobE).
También en el marco de Naciones Unidas, la Fiscalía Especial participó en los ejercicios de evaluación del cumplimiento por parte del Estado español de los compromisos adquiridos con la ratificación de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, de manera particular en todo lo relativo a su Capítulo V (Recuperación de Activos). Concretamente, un representante de la Fiscalía Especial estuvo presente en las entrevistas que los evaluadores llevaron a cabo en el mes de mayo de 2023, en el marco de la visita que hicieron a nuestro país.
Asimismo, varios miembros de esta Fiscalía han sido designados puntos de contacto de las diferentes redes y grupos de trabajo constituidos en el seno de la AIAMP (Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos). Concretamente:
– Por Decreto de 30 de enero de 2023, el Fiscal General del Estado designó a dos fiscales como puntos de contacto de la Red de Fiscales contra la Corrupción, y a otro fiscal como punto de contacto para la Red de Cooperación Internacional (REDCOOP).
– Por Decreto de 18 de octubre de 2023, el Fiscal General del Estado designó a una fiscal como punto de contacto de la Red Especializada de Fiscales contra las Finanzas Criminales.
También han participado varios miembros de la Fiscalía Especial en diversas reuniones, tanto presenciales como virtuales, convocadas por el Anti-Bribery Working Group de la OCDE, organismo encargado de supervisar el cumplimiento por parte de los Estados signatarios del Convenio de la OCDE de lucha contra la corrupción de agentes públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales.
Por último, cabe mencionar la visita que el Excmo. Fiscal General en funciones de la República de Bulgaria realizó a esta Fiscalía Especial el 11 de diciembre de 2023.
6.4.6.6 Participación en misiones o proyectos internacionales
Durante este año, varios miembros de esta Fiscalía Especial han participado como expertos en misiones o proyectos internacionales; concretamente:
– En el mes de abril en el proyecto EU Law Enforcement Support to Bolivia`s Special Police to Fight Drugs, Gap Phase 2021-2023W. El objeto de la misión, financiada por FIIAPP, era valorar la situación de la autoridad central en materia de cooperación jurídica internacional penal.
– En el mes de noviembre de 2023, en un proyecto Twinning de FIAPP sobre Apoyo a la Presidencia del Ministerio Público de Rabat (Marruecos).
– Participación de un fiscal como experto en la actividad Fight against organised crime in Albania through criminal and financial investigation (EU4FOCAL), financiado por la Unión Europea y coordinado por FIIAPP, concretamente en las labores para la elaboración «Un Manual de referencia actualizado con la información existente en lavado de dinero y recuperación de activos»; en el marco de este proyecto se recibió, en la sede de esta Fiscalía Especial, a una delegación de la Fiscalía albanesa en el mes de mayo de 2023. El mismo fiscal ha participado, asimismo, en la actividad «El uso de la inteligencia financiera en la práctica operativa de una investigación», organizada por The EU Global AML/CFT Facility y celebrada en Asunción (Paraguay) y en Buenos Aires (Argentina) en los meses de septiembre y noviembre de 2023, respectivamente. También ha intervenido como experto en la actividad Drafting a guideline on comparative analysis of the necessary evidence required for successful proceedings in organized crime, money laundering and assets recovery. Special focus on the importance of circumstantial evidence, dentro de un proyecto liderado por Facility supporting Serbia in achieving the objectives of chapter 24: Justice, Freedom and Security; en el marco de este proyecto, en el mes de marzo se recibió en la sede de esta Fiscalía Especial a una delegación de la Fiscalía serbia.
– En los mencionados proyectos de Albania y Serbia ha intervenido también como experto otro fiscal que ha participado a su vez como experto en una conferencia operativa de alto nivel dentro el Proyecto ONNET, sobre «Enfoque Descendente sobre los Grupos de Delincuencia Organizada», celebrada en La Haya en el mes de abril de 2023, así como en el encuentro regional de la EJN que tuvo lugar en Madrid en el mes de mayo de 2023 sobre Freezing and confiscation orders and assets recovery. Regulation (EU) 2018/1815, y en el encuentro High Level Operational Conference, que tuvo lugar en La Haya en el mismo mes.
– Dos fiscales participaron en el Seminario EIB Fraud Fighters Network, organizado por el Banco Europeo de Inversiones y celebrado en su sede en Luxemburgo en el mes de noviembre de 2023.
– En el mes de noviembre de 2023, en el Proyecto europeo de «Apoyo de las Fuerzas de la Ley en la Lucha contra las drogas y el crimen organizado en Perú» organizado por FIAPP.
6.4.6.7 Visita de personalidades y delegaciones extranjeras a la Fiscalía Especial
Las visitas a la Fiscalía Especial de personalidades y delegaciones extranjeras, compuestas por autoridades judiciales y fiscales, son muy frecuentes, dado el interés que fuera de nuestro país despierta el modelo de la Fiscalía Anticorrupción, elogiado por relevantes organismos internacionales implicados en la lucha contra la corrupción (OCDE, GRECO, GAFI, Transparencia Internacional...), sirviendo de modelo para otras Fiscalías Anticorrupción algunas nacidas al socaire de distintos proyectos de hermanamiento con otros países (twinning projects) financiados por la Comisión Europea. Por ello, la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada participa –en ocasiones las lidera– en visitas internacionales que recibe la Fiscalía española.
Las visitas recibidas en esta Fiscalía han sido las siguientes:
– 13 de marzo: visita de la Excma. Sra. Fiscal de la Nación de Perú y delegación de fiscales.
– 28 de marzo: delegación serbia programa FIIAPP. Fiscalía Anticorrupción de Serbia.
– 4 de mayo: Servicio de Investigación Judicial de Hacienda de Francia (SEJF).
– 6 de junio: delegación marroquí de autoridades.
– 19 de octubre: delegación de fiscales bolivianos.
– 11 de diciembre: delegación de la Fiscalía General de la República de Bulgaria.