CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 8. GABINETE DE COMUNICACIÓN

8. GABINETE DE COMUNICACIÓN

8.1 Introducción

El derecho a la información es, sin duda, un elemento nuclear del Estado Social y Democrático de Derecho. La desinformación socava el sistema democrático, mientras que la información veraz promueve culturas cívicas y consolida los valores en los que se asienta nuestro sistema de derechos y libertades.

Como fuente oficial, el Ministerio Fiscal, un órgano de relevancia constitucional que tiene atribuidas funciones de gran impacto social, está obligado a informar de asuntos de interés para garantizar el derecho constitucional de la ciudadanía a recibir información veraz. Es necesario resaltar que sólo para el Ministerio Fiscal se contempla en su Estatuto Orgánico una previsión sobre la información a la opinión pública, previsión legal que no existe para los órganos judiciales.

La Fiscalía General del Estado está haciendo en los últimos años un notable esfuerzo por la transparencia con la creación de una Dirección de Comunicación y la consolidación del puesto de coordinador de Comunicación, lo que sin duda redunda en la profesionalización y optimización de la comunicación del Ministerio Fiscal.

El Gabinete de Comunicación de la FGE tiene, pues, encomendado un doble objetivo para responder tanto al mandato constitucional como a la Instrucción 3/2005, de 7 de abril, sobre las relaciones del Ministerio Fiscal con los medios de comunicación:

– Garantizar el ejercicio del derecho fundamental a comunicar o recibir información veraz establecido en el artículo. 20.1.d) de la Constitución.

– Fomentar la transparencia de la institución y aproximar la misma a la ciudadanía para hacerla más accesible y comprensible en cuanto a su actividad, funcionamiento y funciones. De esta forma, se genera mayor confianza en su funcionamiento dando una imagen real del trabajo diario que realizan los/as fiscales españoles/as.

Para cumplir de manera satisfactoria con este objetivo se requiere la implantación de estándares de comunicación fluidos, ágiles y profesionalizados, para lo que resulta imprescindible contar con medios suficientes y adecuados y con un servicio dimensionado a la relevancia de esta tarea.

Instaurar estos instrumentos a través de las oficinas de comunicación constituye una garantía tanto para la ciudadanía como para la propia Fiscalía. Como ya hemos señalado anteriormente, se han producido importantes avances en este sentido. El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, supuso un hito para la institución al proceder al desarrollo reglamentario del Estatuto Orgánico, superando así una norma preconstitucional cuya vigencia parcial continuó siendo de aplicación a una institución democrática como la Fiscalía española, inspirada en los principios de legalidad e imparcialidad y vertebradora del Estado de derecho en cuando órgano de naturaleza constitucional con personalidad jurídica propia e integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial. Pues bien, uno de los logros del nuevo Reglamento del Ministerio Fiscal fue la creación, en su disposición adicional única, de la Dirección de Comunicación de la Fiscalía General del Estado, «para la realización de funciones de confianza o asesoramiento especial en materia de comunicación institucional y relaciones informativas».

Como ya hemos mencionado, esta previsión normativa se materializó en septiembre de 2022 con la incorporación de una Directora de Comunicación a la Fiscalía General del Estado. Asimismo, en octubre de 2023 culminó el proceso selectivo que permitió el ingreso de un periodista como personal laboral fijo, fuera de convenio, en la categoría de Coordinador del Área de Comunicación, adscrito a la Fiscalía General del Estado.

Sin embargo, debemos incidir, un año más, en la necesidad de que exista en cada una de las fiscalías de las Comunidades Autónomas una Oficina de Comunicación debidamente dotada de profesionales de la comunicación que ejerzan estas funciones. En la actualidad, solo las Fiscalías de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Galicia y Madrid cuentan con un Gabinete de Comunicación, cuyo único integrante depende de las Consejerías de Justicia correspondientes, con las disfunciones que esto a veces supone.

En el resto de las fiscalías no existe un departamento de comunicación como tal, y las relaciones con los medios las ejercen Fiscales Superiores, Fiscales Jefes/as o quienes asumen el papel de portavoz, con la carga de trabajo añadida que ello implica. Es evidente además que el ejercicio de su función como fiscales es difícilmente compatible con los tiempos y los ritmos que los profesionales de los medios de comunicación requieren para poder facilitar a la opinión pública una información veraz y contrastada.

Para mitigar en lo posible los efectos de estas carencias, el Gabinete de Comunicación de la Fiscalía General del Estado está también a disposición de todas las fiscalías, cuenten con profesionales de la comunicación o no, para auxiliarles en aquello que precisen y coordinar actuaciones. También en materia de comunicación debe cumplirse el principio de unidad de actuación de la Fiscalía para garantizar que los ciudadanos reciben puntualmente información veraz, sea cual sea el territorio en el que residan.