CAPÍTULO IV. ÓRGANOS TERRITORIALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. ÁREA SOCIAL

4. ÁREA SOCIAL

4.1 Órganos territoriales del Ministerio Fiscal

De las memorias del año 2022 remitidas por las distintas fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia, provinciales y de áreas, merecen destacarse como una alegación común y unánime en todas ellas, el incremento del volumen de trabajo que supone el aumento de los juicios en los que se alega vulneración de los derechos fundamentales de forma injustificada y abusiva, y que obliga a los/as fiscales a tener que decidir en qué casos indiciariamente se ha producido tal vulneración para poder asistir a esos juicios, todo ello siguiendo los criterios fijados en la Circular 4/2012 de la Fiscalía General del Estado.

1. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se encabeza con las estadísticas de la Fiscalía Superior de Granada y las sedes de Sevilla y Málaga.

En materia de derechos fundamentales, principalmente los juicios han sido sobre vulneración del derecho de libertad sindical y vulneración del derecho de huelga.

La mayoría de las fiscalías provinciales, insisten en el incremento de procedimientos en el orden social derivadas de las situaciones producidas como consecuencia de la pandemia COVID-19; entre ellos se destacan los expedientes de regulación temporal de empleo y los despidos colectivos (ERES).

Tanto en la Fiscalía de Granada -sede de la Fiscalía Superior- como en Sevilla y Málaga donde existen Salas de lo Social, se ha producido un incremento de la asistencia a vistas, en concreto 49.

La Fiscalía de Sevilla refleja la asistencia a dos juicios por vulneración del Derecho de huelga (esquirolaje), dictándose sentencias de conformidad con la posición del Ministerio Fiscal y declarando la vulneración de ese derecho fundamental.

La Fiscalía de Huelva, en similares términos a lo que comunican otras fiscalías provinciales, destaca el incremento en la asistencia a juicios ante los juzgados de social y las dificultades para los/as fiscales que asumen el orden social para coordinarse con los juzgados para fijar los señalamientos de los juicios y facilitar en lo posible su asistencia a los mismos.

En todo caso, es común que la mayor parte de los juicios finalicen por conciliación.

La Fiscalía de Huelva, como en años anteriores, destaca la buena relación con los LAJ para los señalamientos, lo que hace que los/as fiscales puedan acudir a los juicios.

Merecen destacarse por sus interesantes aportaciones y además por acompañar datos estadísticos de los asuntos tramitados y de la asistencia a juicios las memorias de las fiscalías provinciales de Huelva, Málaga, Granada y Córdoba.

Por su parte, la Fiscalía de Cádiz hace referencia al importante retraso con que se tramitan y resuelven los procedimientos y que ha dado lugar a que los señalamientos se prolonguen hasta el año 2026, y destaca que por el Tribunal Constitucional se ha dictado la sentencia de 10 de octubre de 2022 que concede al amparo por vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas.

2. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las Fiscalías de Zaragoza, Huesca y Teruel proporcionan en sus respectivos textos los datos estadísticos y la asistencia a juicios.

La Fiscalía de Zaragoza señala que de acuerdo con la Circular 4/2012 se desiste de comparecer a juicios cuando la demanda no contiene una relación mínima, clara y concreta de los hechos sobre los que versa la pretensión de derechos fundamentales y la incidencia sobre el objeto real de la pretensión sostenida en la demanda.

No obstante, por esta Fiscalía se destaca que existe una buena relación con los Juzgados y que los LAJ colaboran a la hora de fijar los señalamientos.

La de Teruel señala que las aplicaciones informáticas con las que se trabaja en los juzgados y en la fiscalía no coinciden en los datos que reflejan.

En todas las memorias se reflejan los datos sobre cuestiones de competencia en los que ha informado el Ministerio Fiscal. Concretamente 27 en Zaragoza, 3 en Huesca y 5 en Teruel.

3. Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Incorpora anexos estadísticos de la intervención del Ministerio Fiscal ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia y de los diversos juzgados de lo social del territorio (6 en Oviedo, 4 en Gijón, 2 en Avilés y 1 en Mieres).

Se destaca el incremento de los recursos de suplicación que han pasado de los 391 en el año 2021, a 571 en el año 2022.

4. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Baleares.

Como en años anteriores, se insiste en el considerable volumen de trabajo tanto en los juzgados de lo social como en la Sala del Tribunal Superior de Justicia.

Esta situación ha llevado durante el año 2022 la creación de juzgados de refuerzo para el conocimiento de procedimientos de despido. Este refuerzo ha resuelto parcialmente el atraso acumulado, pero no es suficiente. En enero de ese año se creó un nuevo juzgado de lo social (el n.º 5) pero que por falta de local no pudo entrar en funcionamiento hasta el 27 de diciembre de 2022.

5. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tanto la Fiscalía Superior como las Fiscalías provinciales de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife informan de las dificultades que se plantean a los/as fiscales para asistir a los juicios donde en la demanda se alega la vulneración de derechos fundamentales.

Las fiscalías reciben por vía telemática todas estas demandas con señalamiento para juicio, se responde a todas esas notificaciones y se expone que cuando no se aprecia esa vulneración de derechos fundamentales y ni siquiera la demanda aporta indicios concretos, el Ministerio Fiscal declara la asistencia a juicio, pero no el concepto de parte, recibiendo posteriormente notificación de la resolución recaída que es comprobada por los/as fiscales encargados.

Por Tenerife se señala que el número de procedimientos sigue en aumento, pero que se ha intentado corregir con la designación de jueces de refuerzo, lo que ha permitido reducir la pendencia de asuntos hasta alcanzar una media de 6 meses desde la admisión de la demanda.

En cuanto a los informes en cuestiones de competencia la Fiscalía de Las Palmas señala que han sido 106 los dictámenes emitidos. En Tenerife esos informes sobre competencia ascienden a 27.

Se destaca que se mantiene la total digitalización del expediente en la Jurisdicción Social.

6. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Con carácter general se señala que se ha mantenido sustancialmente igual la carga de trabajo para los/as fiscales encargados/as de esta materia.

Se ha producido un ligero descenso en el número de juicios a los que es citado el Ministerio Fiscal, y ya no se celebran juicios en jornada de tarde o de modo telemático como ocurrió en 2021.

Se aportan también los datos estadísticos.

7. Fiscalía del TSJ de Castilla-La Mancha.

La memoria remitida por la Fiscalía del Tribunal de Justicia recoge una síntesis, concisa pero completa, de la actividad del Ministerio Fiscal ante esa Jurisdicción Social tanto del TSJ, como de las diferentes Audiencias provinciales.

En todas las provincias se han establecido refuerzos en los órganos jurisdiccionales para aligerar la carga de trabajo y poder dar una respuesta efectiva a las partes intervinientes.

Especialmente minuciosa en cuanto a la estadística y aportaciones que se hacen es la memoria de la Fiscalía de Cuenca.

Entre otras cuestiones resalta la de las demandas por discriminación de sexo y la incidencia que tiene en las relaciones laborales.

La mayoría de las fiscalías provinciales ponen de manifiesto la insuficiencia de la plantilla para atender a los servicios del orden social, que en muchos casos ha de compatibilizarse con servicios en otras jurisdicciones.

La Fiscalía de Toledo realiza unas consideraciones críticas en cuanto a la distinción que hace la jurisprudencia entre la incapacidad laboral y el grado de discapacidad.

Se destaca también la progresiva implantación del expediente digital.

8. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla-León.

La memoria de la Fiscalía Superior ofrece unas completas estadísticas, tanto de la actividad de los diversos órganos jurisdiccionales, como de la propia Fiscalía, incluyendo los datos de todas y cada una de las provincias.

Esta estadística comprende las cuestiones de competencia, asistencia a juicios, ejecuciones y demandas del Ministerio Fiscal.

Se destaca también la incidencia que han tenido las reformas legislativas operadas por la Ley 12/21, de 28 de septiembre, de reforma laboral, estabilidad laboral y transformación del mercado de trabajo y, también por la Ley 15/2022 de 12 de julio, sobre la igualdad de trato y no discriminación.

Se pone de manifiesto las dificultades de coordinación con los Juzgados a la hora de fijar los señalamientos a los efectos de facilitar, en lo posible, la asistencia del Ministerio Fiscal.

Todas las fiscalías describen la organización del servicio, en muchos casos compatibilizándolo con otros servicios distintos, especialmente civil y contencioso-administrativo y hace difícil una correcta atención a los diversos servicios que se deben prestar por los y las fiscales.

9. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

La memoria de la Fiscalía del Tribunal Superior, con sus datos estadísticos sobre procedimientos y la intervención del Ministerio Fiscal, incorpora también una síntesis de las memorias de las fiscalías provinciales de Barcelona, Girona, Lérida y Tarragona.

La actividad, además de la asistencia a las vistas sobre vulneración de derechos fundamentales, comprende los dictámenes sobre competencia que ascienden a 626 en Barcelona, 19 en Girona, 32 en Lleida y 20 en Tarragona.

Por la Fiscalía de Lleida, al igual que en años anteriores, se insiste en la insuficiencia de la plantilla para asistir a los juicios, ni siquiera con los criterios de selección que establece la Circular 4/2012.

10. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La memoria aporta datos estadísticos sobre la actividad del fiscal ante la Sala de lo Social del TSJ de Extremadura. En general el número de asuntos en los que interviene son similares a los años anteriores.

Se describen con detalle algunos de los procedimientos en los que ha intervenido el Ministerio Fiscal, especialmente en conflictos y despidos colectivos con alegación de derechos fundamentales. También se hace referencia a los informes sobre competencia, fundamentalmente entre la jurisdicción social y la contencioso-administrativa.

La Fiscalía de Badajoz reconoce la importancia para su trabajo de la remisión periódica de las sentencias del TSJ de Extremadura y de sentencias del Tribunal Supremo que se realiza por parte de la Fiscalía de la Sala.

También se ponen de manifiesto los problemas y dificultades que surgen para los/as fiscales para asistir a juicios, derivado de la plantilla con que se cuenta.

11. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La memoria de la Fiscalía del T. S. J. de Galicia se inicia con unos gráficos y una completa estadística de todas las fiscalías que la componen. En ellos refleja un descenso de las diversas intervenciones y actuaciones del Ministerio Fiscal ante los órganos de la jurisdicción social.

La Fiscalía de Orense destaca, como en el año anterior, el procedimiento de despido por la empresa frente a trabajadores que se habían negado a vacunarse contra la COVID-19. Estos trabajadores alegan que con la medida extintiva se vulneran sus derechos a la libertad y no discriminación.

En la Fiscalía de la Coruña se refiere, que la existencia de siete juzgados de lo social más 2 refuerzos que se han creado este año, hacen difícil a la Fiscalía el poder estar en los juicios.

La Fiscalía de Pontevedra refleja también los datos de Vigo, con un número muy superior a los de la capital.

12. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En cuanto a la vulneración de derechos fundamentales en las demandas se citan como más comunes la tutela judicial efectiva en su faceta de garantía de indemnidad, igualdad y no discriminación y libertad sindical.

Como en años anteriores apunta la buena relación existente entre la Fiscalía con la Sala de lo Social y con los diversos juzgados, aunque incluso con ello es frecuente que produzca cierta dispersión en los señalamientos de juicios.

13. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En la memoria se recogen los datos estadísticos de los órganos de la jurisdicción social e intervención del Ministerio Fiscal tanto de la Fiscalía del TSJ, como de la Audiencia Provincial y de las Fiscalías de Área. Se trata de datos minuciosos y de comparaciones porcentuales con memorias de años anteriores.

En todos los casos y ante todas las instancias se aprecia un aumento de los procedimientos.

Los informes sobre competencia se han incrementado como consecuencia de la modificación del art. 3 de la LRJS operada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (Ley 22/21) y que motivó el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad ante el TC, resuelto por la STC 145/2022 de 15 de noviembre de 2022, a la que ya se ha hecho referencia anteriormente.

Se destaca el aumento del número de demandas interpuestas a partir de la entrada en vigor de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación, en concreto en materia de despidos por razón de Incapacidad laboral y la diferencia que mantiene la jurisprudencia de esas figuras con la discapacidad.

Por último, se detallan los cambios realizados en la organización de la Fiscalía para atender a la jurisdicción social, con un incremento de fiscales encargados de la materia y el cambio de delegados y decanos de la sección de lo social, de lo que informa puntualmente a esta Fiscalía del Tribunal Supremo.

14. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Murcia.

Se destacan como derechos fundamentales alegados en las demandas el principio de igualdad y no discriminación (conciliación de la vida laboral y familia, igualdad retributiva entre hombres y mujeres, clasificación profesional sin discriminación). Igualmente, demandas colectivas sobre planes de igualdad en las empresas.

En cuestiones de competencia la Fiscalía ha emitido un total de 95 informes.

15. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Navarra.

Destaca el incremento de la intervención del Ministerio Fiscal en cuestiones de competencia y conflictos de jurisdicción que alcanzan la cifra de 220.

También se pone de manifiesto el incremento de los recursos de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJ, muchos de ellos en materia de personal laboral del Gobierno de Navarra sobre el reconocimiento del personal fijo de aquellos que ostentaban la plaza con carácter interno.

16. Fiscalía del TSJ del País Vasco.

En primer lugar, se traslada la implantación de la aplicación informática «Avantius» que ha permitido instaurar el expediente digital.

Se aprecia una disminución en el número de asuntos de la jurisdicción social.

Se hace una especial referencia a los procedimientos relacionados con el ejercicio del derecho de huelga con un incremento de la conflictividad.

Se informa que de las 388 citaciones al Ministerio Fiscal para la asistencia a juicios sobre vulneración de derechos fundamentales, tras aplicar los criterios de selección de la Circular 4/2012, el fiscal ha asistido a 83 juicios.

Las memorias remitidas por las fiscalías provinciales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa recogen pormenorizadamente los datos sobre la efectiva intervención del Fiscal, en asistencia a juicios y cuestiones de competencia en las que se ha informado por el Ministerio Fiscal, especialmente entre la jurisdicción social y la contencioso-administrativa.

17. Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Valencia.

La memoria de la Fiscalía Superior refleja una síntesis de las memorias de las Fiscalía provinciales de Valencia, Castellón y Alicante.

La práctica habitual en este territorio es que los/as fiscales que atienden la materia propia de la jurisdicción social lo hagan, también, en la civil y contencioso-administrativa.

También se apunta el aumento de informes del Ministerio Fiscal en cuestiones de competencia y conflictos de jurisdicción.

Se constata un aumento de demandas frente a la seguridad social en reclamaciones sobre el complemento de maternidad en pensiones de jubilación y, en otro orden de cosas, el incremento de las demandas derivadas de la progresiva implantación del teletrabajo en muchas empresas (jornada laboral, horas extraordinarias, riesgos laborales...).

Conclusiones

Como puede observarse, las memorias remitidas tanto por las fiscalías del TSJ y por las provinciales, son coincidentes en muchas cuestiones.

Son materias recurrentes en la faceta de organización, la insuficiencia de las plantillas para atender adecuadamente el trabajo y los servicios en el orden social y la dificultad de coordinación con los juzgados para los señalamientos de juicios a los que tiene que asistir el/la fiscal.

Ante la injustificada proliferación de demandas en las que se alega sin indicios suficientes la vulneración de derechos fundamentales, todas las fiscalías se acogen a la Circular 4/2012 para seleccionar la asistencia a juicios cuando realmente se puede apreciar tal vulneración.

También en muchos territorios se han establecido refuerzos en los juzgados de lo social para la tramitación y resolución de los procedimientos pendientes, especialmente en materia de despidos.

En algunos de ellos se ha procedido a un incremento de los órganos judiciales, aunque de una manera irregular e insuficiente.

También se ponen de manifiesto algunos problemas y deficiencias en los sistemas informáticos (FORTUNY), aunque los territorios donde está implantado el expediente digital es muy favorable la opinión que se traslada.