CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 4. TRATA DE PERSONAS Y EXTRANJERÍA

4.3 Expulsión sustitutiva del proceso penal (artículo 57.7 LOEX)

Según los datos estadísticos con los que se dispone, se han emitido durante 2022 937 informes relativos a expulsiones de ciudadanos extranjeros incursos en causas penales, lo que supone un sustancial incremento respecto del año 2021, toda vez que prácticamente se han duplicado. La normalización de las cifras previas a la pandemia no se ha alcanzado pero la tendencia es claramente de recuperación.

Los/as fiscales hacen referencia una vez más a los problemas de registro informático de estos dictámenes en la aplicación Fortuny, no coincidiendo sus datos con los reales y no permitiendo hacer un seguimiento efectivo de los casos

Se mantiene la línea de aplicación de criterios uniformes y parámetros fijados en las Circulares de la FGE 2/2006 y 5/2011.

Subsisten las discrepancias en relación con la posibilidad de aplicar la expulsión prevista en el art. 57.7 de la LOEX tras la apertura de juicio oral e incluso después de dictarse sentencia condenatoria en los términos expuestos en memorias anteriores.