CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 12. DELITOS ECONÓMICOS

12.5 Actividad de las secciones especializadas

No es posible dar cuenta en esta Memoria de toda la actividad jurisdiccional desarrollada en la materia, por lo que se hará referencia, únicamente, a algunos de los procedimientos más destacados de los que han sido atendidos por los/as fiscales de la especialidad en algunas de las fiscalías territoriales. La exposición de casos que seguidamente se realiza no pretende sino ser una pequeña muestra del quehacer de las/los delegadas/os de la especialidad y de la naturaleza y variedad de los asuntos en los que intervienen.

Comenzando por la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Fiscalía provincial de Cádiz da cuenta, entre otros asuntos, de las diligencias de investigación preprocesal que se tramitaron y desembocaron en la correspondiente denuncia y procedimiento judicial sobre un fraude de prestaciones a la Seguridad Social del que serían ilícitas beneficiarias un total de 70 personas. Se utilizó el sistema electrónico de intercambio de información TED TGSS, contratos registrados en el SEPE y simulación de altas y bajas para obtener indebidamente prestaciones por desempleo del régimen general y del sistema especial de trabajadores por cuenta ajena agrarios. Y también de la sentencia de conformidad dictada por el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Jerez de la Frontera (P. A. 171/2015) por un delito de defraudación de cuotas a la Seguridad Social, habiendo resultado condenadas un total de siete personas por el art. 307 CP en un supuesto en el que, a pesar de las correctas declaraciones y liquidaciones de cuotas, se articuló un fraude basado en sucesión de empresas e impago contumaz de las cuotas.

Por la sección especializada de la Fiscalía provincial de Córdoba se informa de un procedimiento de singular entidad. Se trata del procedimiento abreviado n.º 33/2020 del Juzgado de Instrucción n.º 7 de Córdoba que tiene por objeto un delito de fraude a la Seguridad Social con numerosísimos investigados y unos 470 trabajadores ficticios que ha obligado a conformar más de 300 piezas separadas para posibilitar el enjuiciamiento de los hechos.

En la Fiscalía provincial de Sevilla destaca el procedimiento de diligencias previas n.º 196/2021 del Juzgado de Instrucción n.º 11 de Sevilla en el que se investiga un presunto fraude fiscal de IVA por importe de unos cinco millones de euros correspondiente a los ejercicios 2018 a 2021 en el ámbito mercantil de la comercialización de bebidas alcohólicas.

La delegada de la Fiscalía provincial de Málaga da cuenta de un procedimiento de especial relevancia como es el que, por los presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal, se sigue en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Málaga en relación con el equipo de fútbol de la ciudad.

La Fiscalía provincial de Huesca hace referencia al juicio oral celebrado por delitos del art. 307 ter CP en el que se dirigía la acusación contra un total de 49 acusados que, a través de contratos ficticios, obtuvieron indebidamente prestaciones por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se ha dictado sentencia condenatoria de conformidad para 41 de los acusados.

La sección de la Fiscalía provincial de Burgos informa de la complejidad procesal y material de las diligencias previas n.º 3771/2009 del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Burgos seguidas por fraude de IVA. Hubo que dividir el procedimiento en un total de cinco causas separadas, una por cada trama defraudatoria y al momento de elaboración del presente documento ya se ha obtenido la condena por conformidad en dos de las tramas, encontrándose el resto pendiente de enjuiciamiento.

En el marco de la importante labor desarrollada por la sección de la Fiscalía provincial de Barcelona destaca el escrito de acusación emitido por el Ministerio Fiscal en el P. A. 49/2021 (Juzgado de Instrucción n.º 2 de Esplugues de Llobregat). Se acusa a una artista mundialmente conocida por un total de seis delitos contra la Hacienda Pública con aplicación de los subtipos agravados por cuantía y por utilización de personas jurídicas interpuestas en relación con el IRPF e Impuesto de Patrimonio. La tesis acusatoria del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado se basa en la utilización por parte de la acusada de un entramado societario ubicado en el extranjero al que canalizar sus ingresos y patrimonio y no la declaración ni ingreso en España por tales impuestos pese a ser residente habitual y fiscal en nuestro país.

El delegado de la Fiscalía provincial de Badajoz se hace eco de la problemática surgida en el ámbito del delito de contrabando en relación con la interpretación que se hace en las SSTS 196/2022, de 2 de marzo y 435/2022, de 3 mayo (dando continuidad a la doctrina ya establecida en las anteriores 752/2018, de 26 de febrero y 860/2021, de 11 de noviembre) del concepto «labores de tabaco» (art. 56 Ley de Impuestos Especiales) como género estancado respecto de la importación y comercialización de hojas de tabaco natural. El Tribunal Supremo opta por una interpretación restrictiva de esta ley penal en blanco dando lugar a pronunciamientos absolutorios. Desde la Fiscalía provincial se advierte de que se pueden estar generando indeseables espacios de impunidad y plantea la posibilidad de formas imperfectas de ejecución en este delito.

Esta Fiscalía también destaca las diligencias de investigación preprocesal n.º 122/2022 que ya han culminado con la interposición de denuncia e incoación del correspondiente procedimiento judicial. Han tenido por objeto un presunto delito fiscal asentado en una estructura de tres sociedades radicadas en nuestro país, pero vinculadas a diversas sociedades instrumentales ubicadas en Brasil que desempeñaban el papel de proveedores ficticios a fin de aminorar la cuota por Impuesto de Sociedades.

La sección especializada de la Fiscalía de Madrid da cuenta, en el marco de la intensa actividad que desarrolla en la materia, de dos asuntos de relevancia. El primero hace referencia al juicio oral celebrado por delito fiscal en el marco del impuesto de los gases fluorados con cuotas defraudadas por importe de 941.158,26 €, 3.491.724,72 € y 8.211.175,20 €. Se trata de una materia novedosa en el ámbito penal y ya ha recaído sentencia condenatoria en línea con las tesis acusatorias mantenidas por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado. El segundo es la cuestión de competencia negativa planteada entre la Fiscalía Europea y un juzgado de instrucción. Es la primera que se plantea con la Fiscalía Europea. Por la Sala Segunda del Tribunal Supremo se ha dictado Auto n.º 20424/2022, de 9 de junio, atribuyendo la competencia a la Fiscalía Europea. El delito, no instantáneo sino prolongado en el tiempo, se había comenzado a ejecutar antes de la fecha señalada por la normativa europea y nacional como inicio de la competencia de la Fiscalía Europea (20 de noviembre de 2017), pero se extendió más allá de tal fecha.

La Fiscalía provincial de Alicante reseña el juicio oral celebrado por delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales contra 21 personas físicas y 16 personas jurídicas cometidos mediante un entramado de sociedades controladas por personas de nacionalidad china que actuaban en el sector de la compraventa de calzado.

Por la sección de la Fiscalía provincial de Valencia se informa de la denuncia presentada que deriva de las diligencias de investigación preprocesal n.º 17/2020 por delito de fraude de cuotas a la Seguridad Social con una cantidad defraudada que asciende a más de dos millones de euros. La empresa implicada, dedicada a facilitar cuidadores a domicilio y con un elevado número de trabajadores en toda España, cotizaba indebidamente por sus trabajadores como si fueran autónomos cuando, en realidad, se trataba de trabajadores por cuenta ajena. También llama la atención sobre el juicio oral celebrado ante la Audiencia provincial de Valencia (D. P 2196/2017 del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Valencia, procedentes de las diligencias de investigación preprocesal n.º 28/2017) por fraude en el Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero (Ley 16/2013, de 29 de octubre y R. D. 1042/2013, de 27 de diciembre).

Es de destacar que a esta Fiscalía provincial de Valencia se ha incorporado una «experta contable» de apoyo en materia económica, contable y financiera que a lo largo del 2022 ha emitido un total de veintidós dictámenes. Se trata de una iniciativa muy positiva que contribuye a dar solidez y rigor a la labor de los/as fiscales en estas materias y que sería deseable se generalizase al conjunto de las fiscalías.

De la lectura de todas las memorias provinciales se desprende que son los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social los que aglutinan la mayor parte de la actividad de las secciones especializadas de delitos económicos. Se observa un preocupante retraso en la tramitación de estas causas, lo que es consecuencia por una parte de su complejidad, y de otra por la alarmante acumulación de procedimientos y la falta de especialización en la materia que tienen los órganos judiciales.