CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 12. DELITOS ECONÓMICOS

12.2 Fiscal de Sala Delegado

Por parte del Fiscal General del Estado se dictó Decreto de fecha 12 de septiembre de 2022 nombrando como nuevo Fiscal Sala Delegado de Delitos Económicos al Excmo. Sr. D. Fernando Rodríguez Rey. Sucede en el cargo al respetado y querido compañero Juan Ignacio Campos, fallecido a finales del año 2021, quien ocupó esta responsabilidad desde el inicio y creación de la especialidad.

El marco estatutario normativo e interno de las funciones que le corresponden al Fiscal de Sala Delegado de Delitos Económicos viene definido por el propio art. 22.3 EOMF y por las Instrucciones 11/2005, de 10 de noviembre, sobre la instrumentalización efectiva del principio de unidad de actuación establecido en el art. 124 de la CE, y 1/2015, de 13 de julio, sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y los Fiscales de Sala Delegados. Sobre la base de ese precepto, en fecha 11 de diciembre de 2018 se dictó Decreto de la Fiscal General del Estado por el que se ampliaron las competencias del Fiscal de Sala Delegado atribuyéndole un completo haz de facultades delegadas muy próximas o cercanas a las que corresponden a los Fiscales de Sala Coordinadores.

En cuanto a los delitos sobre los que el Fiscal de Sala Delegado ejerce sus competencias, la regulación interna es escasa. Tan solo dos documentos de la Fiscalía General del Estado abordan esta cuestión. La Instrucción 11/2005 hace expresa mención a los delitos societarios, delitos contra la Hacienda Pública e insolvencias punibles. Por su parte, el Decreto de fecha 11 de diciembre de 2018 menciona el Título XIV del Libro II del Código Penal, De los Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, comprensivo de los arts. 305 a 310 bis del Código Penal.

Esta regulación no aborda toda la casuística que se ha ido desarrollando en torno a estos delitos. A la vista de la evolución social y normativa se comprueba que el listado de los delitos económicos sobre los que las respectivas secciones especializadas de las fiscalías provinciales ejercen sus competencias no es homogéneo y, en ocasiones, no se ajusta totalmente a las previsiones de los documentos anteriores.

Al ser necesario que todas las secciones territoriales asumieran la competencia sobre un único catálogo de delitos, común para todas ellas y coincidente con aquel sobre el que ejercer la delegación, en el momento de elaboración de la presente Memoria ya se ha dictado por el Fiscal General del Estado el Decreto de fecha 18 de enero de 2023 que delimita con precisión el catálogo de delitos sobre los que el Fiscal de Sala Delegado ejerce su competencia y, al mismo tiempo, actualiza y amplía las facultades que se delegan y atribuyen al mismo.

En cualquier caso, sería deseable que un futuro se reforzara esta Delegación de la Fiscalía General, para dotarla de los adecuados medios personales y materiales que dieran respuesta con exclusiva dedicación a las demandas de apoyo y coordinación que se hacen desde las fiscalías provinciales.

Tras el nombramiento del nuevo Fiscal de Sala Delegado han tenido lugar las oportunas reuniones de coordinación y colaboración interinstitucional con la Abogacía del Estado, la Inspección de los Tributos y el Servicio Jurídico de la AEAT.

El Fiscal de Sala también ha tenido oportunidad de reunirse con los delegados y fiscales integrantes de las secciones especializadas de las fiscalías provinciales con mayor volumen de asuntos como son las de las Fiscalías provinciales de Madrid y Barcelona. También ha participado junto al Fiscal General del Estado en la presentación del curso-estancia sobre delincuencia económica dirigido a miembros del Ministerio Fiscal, organizado por la AEAT y la Fiscalía General y celebrado los días 28 a 30 de septiembre de 2022.