CAPÍTULO III. FISCALES COORDINADORES/AS Y DELEGADOS/AS PARA MATERIAS ESPECÍFICAS - 10. PROTECCIÓN...

10.2 Actividad y reflexiones de las Fiscalías

Dada la imposibilidad de trasladar a esta memoria el contenido de las realizadas por los y las delegados/as provinciales y desde las Fiscalías Superiores, se efectúa en estas líneas, a modo de muestreo, algunas de las concretas sugerencias que se aportan, y se aprovecha la ocasión para felicitar y agradecer a todos los/as compañeros/as su esfuerzo, dedicación y compromiso con la protección de las Víctimas.

Las diferentes fiscalías provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía destacan las dificultades en la comunicación interna entre los/as fiscales y la fiscalía delegada correspondiente, en la línea ya señalada con anterioridad.

La Fiscalía de Sevilla señala la buena y cotidiana comunicación con el SAVA, así como el control sobre cada una de las reuniones celebradas y su contenido. Durante el año 2022 se han atendido a 1.454 víctimas, 567 de ellas consideradas especialmente vulnerables. Se han llevado a cabo un total de 354 acompañamientos a víctimas de los cuales, al menos 30, eran menores de edad. Resalta la delegada la atención a su sugerencia para lograr la coincidencia entre las sedes profesionales del SAVA, con las sedes de la Fiscalía. Así se han logrado evitar grandes desplazamientos a las víctimas, lo que ha continuado realizándose a lo largo de 2022, siendo la valoración del funcionamiento descentralizado altamente positiva al constituir un verdadero acercamiento de la justicia al ciudadano. En la misma línea y ante la carencia de infraestructuras que imposibiliten la confrontación víctima-victimario, se propone desde esta Fiscalía el que, siempre que la víctima lo solicite, debería promoverse que la práctica de la prueba testifical pudiera realizarse por videoconferencia, para asegurar que no se produce la confrontación, tal como prevé el Estatuto de la Víctima.

Desde la Fiscalía de Teruel se informa que se mantiene una constante relación con la Oficina de Atención a la Víctima, en la que se han abierto 378 expedientes en 2022, lo que constituye un considerable incremento respecto a los años anteriores (169 en 2021 y 152 en 2020). Apunta, que si bien la mayoría están relacionados con la violencia sobre la mujer, se ha notado un aumento de los relacionados con agresiones y abusos sexuales.

La Fiscalía de Zaragoza refiere que en el ejercicio 2022 ha registrado 252 expedientes ordinarios y se efectuaron 24 acompañamientos a víctimas tanto a juicios como a declaraciones.

Por la Fiscalía de las Islas Baleares se hace constar que en las guardias de 24 horas el/la fiscal presta una información inicial a la víctima del delito (especialmente en los delitos contra la vida, integridad física o psíquica, contra la libertad, libertad sexual, delitos de violencia de género…), en la que se le comunica la ubicación y dirección de los Servicios de Atención a las Víctimas, los Servicios de Orientación Jurídica, Servicios Asistenciales y ayudas económicas de la Comunidad Autónoma. Uno de los principales problemas en relación a la protección de la víctima que tiene especial incidencia en esa comunidad autónoma, se centra en las mujeres extranjeras. Los diferentes juzgados de guardia no tienen un criterio unitario sobre quién debe recibirles declaración como prueba preconstituida. La mayoría consideran que debe preconstituir la declaración el órgano judicial que finalmente conocerá del asunto, pero en la práctica, esto supone la desprotección de las víctimas, dado que en muchas ocasiones ya no están en la isla cuando son citadas ante dicho órgano, ya sea porque no tienen domicilio conocido o porque son víctimas de amenazas de grupos de delincuencia organizada entre otras razones. Tampoco está resuelto cómo se hará llegar la información sobre las víctimas que quieran saber la situación penitenciaria de sus agresores a los juzgados de vigilancia penitenciaria, que en realidad son los más adecuados para reunir y filtrar la información, por lo que se considera que sería imprescindible que el órgano sentenciador fuera el que se lo comunicara.

Entiende la Fiscalía que debería clarificarse el papel de las OAV y el enlace con los órganos judiciales, la Fiscalía y la Administración tanto Penitenciaria como con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Considera oportuno que no proliferaran protocolos locales, pues se trata de dar al problema una solución uniforme para todo el territorio nacional.

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias pone de relieve un dato muy preocupante, cual es que la función de la Sección de Protección y Tutela de las Víctimas del Proceso Penal en ambas provincias está marcada por la ausencia de Oficina de Atención a la Víctima. Refiere que el día 29 de marzo de 2021 comenzó a trabajar con ámbito autonómico, la Oficina de Atención a la Víctima del Delito y lo hacía en formato virtual, sin modalidad presencial. Sin embargo, el sistema de funcionamiento de la actividad de esta Oficina Virtual se ha visto interrumpido a principios del año 2022, estando en el momento actual a la espera de que se reanude su funcionamiento. Desde la Fiscalía se ha interesado de la Consejería de Justicia del Gobierno de Canarias la reanudación de la actividad de la Oficina Virtual de Atención a la Víctima pero, sobre todo, lo más importante, es que se materialice la apertura de oficinas físicas dentro del espacio de las principales sedes judiciales.

La Fiscalía de Tenerife refleja que a lo largo de este año se han llevado a cabo varias reuniones con entidades para colaborar en la protección de las víctimas, concretamente con la Cruz Roja. También destaca el Proyecto Piloto del Juzgado de Violencia contra la infancia y la adolescencia.

En fecha de 1 de octubre de 2021 comenzó a funcionar en el Juzgado de Instrucción n.º 3 del partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria el proyecto piloto por el cual asumía, por reparto especializado, la competencia para instrucción de los delitos contra la infancia y la adolescencia más revictimizantes (lesiones, delitos contra la indemnidad y la libertad sexual, trata de seres humanos, contra la integridad moral…). Durante el primer año de funcionamiento de este reparto especializado, el Juzgado ha tramitado unas 400 causas y se han realizado más de 100 pruebas preconstituidas de menores de 14 años. Estas pruebas se realizan en un tiempo medio de 10 días desde la incoación del procedimiento. La tramitación de estas causas cuando de sumarios se trata no superan los seis meses y las instruidas por procedimiento abreviado no superan los tres meses. A su vez, toda incoación de diligencias en la que conste que hay, en trámite o resuelta, causa en el orden civil, se comunica al juzgado competente a los efectos previstos en los artículos 92 y 94 del Código Civil. Expone la delegación que este juzgado cuenta, para su uso exclusivo, con una sala tipo Gessel mejorada con sistema audiovisual, sala polivalente y de exploración de víctimas menores de edad, área de esparcimiento y una sala de espera para familiares. Todas ellas con dotación de mobiliario y decoración adecuada para menores de edad y para minimizar el impacto de su asistencia a los juzgados.

La Fiscalía de Cantabria señala que en la Comunidad existe una única Oficina de ámbito regional de Asistencia a las Víctimas (OAV), que se encuentra ubicada en el edificio judicial más importante de Cantabria, que es la sede del Tribunal Superior de Justicia y que también lo es de los juzgados de instrucción del partido Judicial más amplio, Santander. Desde esta oficina se derivan a los respectivos servicios sociales municipales los casos de atención y seguimiento de las víctimas de delito, y estos son los que canalizan la asistencia psicológica o la atención que precisen y que no puedan prestar por sus propios medios, a los cauces del Gobierno Regional. Valora muy positivamente por parte del Gobierno de Cantabria la incorporación en su portal institucional de una completa información sobre la OAV dentro de la información de la Consejería de Presidencia y Justicia y en el ámbito de la Dirección General de Justicia. Allí se informa de manera pormenorizada y clara, quién es víctima, sus derechos, los objetivos y lo que pueden ofrecer las oficinas de atención. Durante el año 2022 se han contabilizado los siguientes datos: 204 personas atendidas por primera vez en la OAV en Santander, siendo 728 las asistencias prestadas a esas mismas personas.

Asimismo se considera muy positiva la colaboración con el Colegio de Psicología de Cantabria a través de la coordinadora del proyecto grupal, en formato «Talleres», para complementar la intervención individual llevada a cabo en la OAV. Este proyecto, subvencionado por la Dirección General de Justicia e impartido por el Colegio de Psicología en el último trimestre del año, estuvo dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género, de violencia doméstica, así como a sus hijos e hijas.

También se considera oportuno, en la evaluación de la actuación que sobre las víctimas se ha desarrollado en el año 2022, hacer mención a la desarrollada por la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Cantabria. Su objetivo es la realización de una valoración forense de calidad dentro de un procedimiento judicial abierto que pueda responder a la petición que la autoridad judicial considere necesario en cada caso y con el fin de facilitarle la máxima información para su labor de concluir y decidir. Muchas de las valoraciones realizadas lo han sido por iniciativa de los propios médicos forenses y otras solicitadas directamente por los/as jueces o el Ministerio Fiscal según los casos, realizando igualmente pruebas preconstituidas.

Existe en la Fiscalía de Albacete un archivo de fichas sobre víctimas, siendo conocedores los y las fiscales de la obligación que les alcanza de rellenarlas en los supuestos que proceda a fin de garantizar el sistema de control para su efectiva protección y asegurar el obligado cumplimiento de la Instrucción 8/2005 y de las prescripciones legales en materia de víctimas.

En Cuenca se ha procedido a elaborar un fichero manual de víctimas, fichas en las que se consigna el número de procedimiento, diligencias previas/procedimiento abreviado/sumario junto al juzgado instructor y sentenciador; la fecha de la sentencia y la de su firmeza; identificación del o los perjudicados/as, diferenciando su consideración como víctima directa o indirecta; la existencia de ofrecimiento de acciones así como las observaciones que los/as fiscales encargados/as del despacho del procedimiento consideren oportunas o significativas sobre la cuestión. Una vez se dicta sentencia firme se procede a su destrucción.

Por su parte, la Fiscalía de Toledo afirma que deben mejorarse las relaciones con la Oficina de Asistencia a las Víctimas, así como debe crearse un fichero en el que se recojan datos de interés sobre aquellas. Refiere la existencia de una fluida comunicación con el delegado de Vigilancia Penitenciaria que determina concretas actuaciones sobre información a las víctimas de las diferentes situaciones penitenciarias de los acusados o penados, cuando ello se haya valorado como necesario en atención a las circunstancias del hecho y de las víctimas.

En la Fiscalía de Soria, desde el año 2019 se lleva un Registro de procedimientos relativos a delitos graves y/o víctimas especialmente vulnerables, a fin de control y seguimiento del procedimiento penal en el que aquellas están inmersas, de modo que exista una especial vigilancia en relación a todos los aspectos que les afectan. En año 2022 se ha procedido a la incoación de 17 expedientes de seguimiento relativos a delitos graves.

Por su parte, la Memoria de Valladolid informa que en 2022, en el registro de los procedimientos con testigos protegidos amparados por la L. O 19/1994 de protección de testigos y peritos en causas criminales, se han anotado testigos protegidos de cinco procedimientos por delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. La Fiscalía de Palencia también menciona la existencia de este libro registro.

En fase de ejecución de la sentencia cuidan las/os fiscales del cumplimiento de las responsabilidades civiles, comprobando el estado de las piezas de responsabilidad civil. Igualmente, conforme a lo prevenido en el art. 80 CP, no se informa sobre la suspensión de ejecución de pena privativa de libertad sin haber oído previamente a la víctima.

Por lo que hace a las Oficinas de Asistencia a Víctimas en el ámbito de la C. A. de Castilla-León, existe una en cada una capital de provincia de la Comunidad y otra en Ponferrada. Están integradas por un funcionario del cuerpo de gestión y un/a psicólogo/a. Se encuentran situadas en la sede de los juzgados de instrucción y de enjuiciamiento penal. Refieren las fiscalías que mantienen una relación constante y fluida con la Oficina, con actuaciones de coordinación, manteniendo cauces de comunicación efectivos y directos tanto con las fiscales delegadas, como con el resto de los componentes de la plantilla de las fiscalías.

En el marco de la información suministrada por la Oficinas a las fiscalías, se ha notado en un incremento significativo en las asistencias prestadas respecto del ejercicio anterior. Este dato debe valorarse como positivo desde el punto de vista del cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de la Víctima, pues implica que cada vez más, y por los órganos correspondientes, se derivan los asuntos a las Oficinas aun cuando ello agrave el problema de la escasez del personal que compone las mismas. Se evidencia la necesidad de dotarlas de más medios personales y materiales, como reclaman las memorias de Burgos o Soria.

Destaca la Memoria de Valladolid que, encontrándose pendiente la implantación del registro de víctimas especialmente vulnerables, se ha elaborado una nota interna, de fecha 31 de enero de 2023, en relación con las comunicaciones de estas situaciones, que centralizarán en la fiscal decana de víctimas, el concepto de victima vulnerable, el acceso al registro y su consulta, así como protección de datos, que ha sido remitida, junto al formulario con los datos precisos, a toda la plantilla.

La Fiscalía de Barcelona señala que el servicio de protección de las víctimas del delito mantiene constante y fluida relación con diferentes servicios que desarrollan sus funciones en el ámbito judicial, dependientes del Departamento de Justicia de la Generalitat y con unidades especializadas de policía judicial, tales como: a) La unidad de Mossas d’Esquadra adscrita al SPTV, que realizan funciones de protección mediante acompañamiento a juicio de las víctimas de delitos más graves y coordinan la tramitación de las protecciones personales a víctimas de violencia doméstica y de género. b) El servicio de acompañamiento de las víctimas del delito en sede judicial (SAVD), que informa, asesora, da soporte y atiende a las víctimas de cualquier delito en el acto del juicio oral y también a las de violencia de género en cualquier comparecencia en los juzgados de VIDO. c) Las Oficinas de Atención a la Víctima del delito (OAV) que fueron creadas en 1996 y que ofrecen atención, soporte y orientación a las víctimas y personas perjudicadas por un delito, y son el punto de coordinación de las órdenes de protección de las de violencia doméstica y de género que adoptan los órganos judiciales.

Cabe destacar entre las intervenciones y actuaciones del SAVD, la realización de 392 acompañamientos y/o protección por parte de los Mossos d’Esquadra adscritos.

Gerona destaca las dificultades que se producen dado el elevado número de víctimas extranjeras, por lo que el fiscal insta la práctica de las declaraciones de las mismas antes de su partida y que se realice como prueba preconstituida para garantizar el derecho de defensa. Igualmente resalta que en aquellos supuestos en que la víctima tiene su residencia fuera de la provincia o incluso en otro partido judicial, si sus circunstancias lo aconsejan, para evitar desplazamientos y en la medida de los posible, molestias innecesarias, se fomenta el uso de la videoconferencia como modo idóneo de prestar declaración testifical en el acto del juicio oral.

En los procedimientos por delitos violentos, contra la libertad e indemnidad sexual, integridad física o cualquier otro que afecte a bienes eminentemente personales, antes de pactar cualquier conformidad con la defensa, el/la fiscal asignado/a al juicio debe informar a la víctima de los detalles de esta, en especial de las penas a las que sería condenado el acusado, su ejecución y la responsabilidad civil que en su caso correspondería. En algún supuesto con víctima menores de edad en que se ha gestionado la posibilidad de negociar una conformidad previa al juicio, el Ministerio Fiscal ha contado con la ayuda y soporte de la Oficina de Atención a la Víctima al explicar a los afectados y sus familiares los términos de la conformidad y las consecuencias de esta, todo ello antes de llevarla a cabo.

En los casos de delitos contra la libertad e indemnidad sexual y otros procedimientos en que se da una situación de especial vulnerabilidad, se sigue aplicando el programa de acompañamiento de la OAVD, que en diferentes pasos prepara a la víctima para encarar el juicio y la sentencia. Cuando el/la fiscal detecta una situación de especial afectación o vulnerabilidad de la víctima lo pone en conocimiento de la Oficina de Atención a la Víctima del delito para que contacte con ella y le ofrezca el programa. Cada vez que se produce un acompañamiento al acto del juicio oral, la OAVD informa vía correo electrónico a la fiscal coordinadora, quien reenvía la información al compañero/a asignado para el juicio. De manera que, tradicionalmente en esta Fiscalía, la fiscal coordinadora de víctimas ha venido actuando como punto de contacto entre la Fiscalía y la OAVD, dando a conocer a los demás integrantes de la plantilla los recursos con los que cuenta la oficina.

Señala la Fiscalía que tras las reuniones que se tuvieron el año pasado con el Programa de Justicia Restaurativa del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya se sigue en la línea por parte de Fiscalía de fomentar la utilización de los recursos que ofrece la justicia restaurativa, por un lado la mediación como medio para resolver conflictos en aquellos procedimientos que lo permitan (especialmente en el ámbito de los delitos leves) y en segundo lugar la posibilidad de que este servicio puede dar apoyo a la víctima en una faceta más personal, no centrándose únicamente en los derechos que tiene a nivel penal sino en la posibilidad de que a través de entrevistas y otras herramientas se le pueda ofrecer la posibilidad de una restauración a nivel personal y moral.

Por la Fiscalía de Lleida se indica que la actuación del Ministerio Fiscal se ajusta en materia de protección y tutela de víctimas a procurar el máximo cumplimiento de las Instrucciones y Notas de servicio sobre el tema. En esta demarcación se ha implantado un programa de Justicia restaurativa (mediación y reparación) en el ámbito del derecho penal de adultos, cuyo objetivo es conseguir la reparación adecuada del daño causado y la resolución del conflicto desde una perspectiva justa y equilibrada para ambas partes. Entre las actuaciones llevadas a cabo en materia de protección y tutela de víctimas en la fiscalía de Lleida durante el año 2022, se detalla que las víctimas atendidas han sido 1.657 (1.405 adultos y 252 menores); las víctimas acompañadas a juicio 189 (145 adultos y 44 menores). Se han recibido 1.396 resoluciones judiciales (286 órdenes de protección, 145 en victimas adultas y 44 en menores). Medidas cautelares acordadas 124 (100 a favor de personas adultas y 24 a favor de víctimas menores). Sentencias 369 (351 en jurisdicción de adultos y 18 en jurisdicción de menores). Resoluciones en fase de ejecución 617 (616 en jurisdicción de adultos y 1 en jurisdicción de menores).

Los equipos de atención a víctimas han atendido a un total de 4.308 personas entre adultos y menores, y se ha prestado dicha atención a través de línea telefónica, atenciones presenciales y también atención indirecta a través de otros servicios. Finalmente destaca que en la Fiscalía se han adoptado las medidas necesarias para poner en marcha un registro sobre víctimas especialmente vulnerables.

La Fiscalía de Tarragona informa sobre la implementación del modelo Barnahus en Cataluña. Se pretende que puedan llevarse a cabo en la Barnahus todas las diligencias de investigación de los delitos de abusos a menores previas a la iniciación del proceso judicial e incluso, iniciado este, la exploración de los menores con las garantías de la prueba preconstituida. Se quiere además hacer un seguimiento de las víctimas y sus familias, que acuden con una patente necesidad de acompañamiento psicológico y asesoramiento de todo tipo. Los objetivos del servicio son múltiples: ayudar a las víctimas a denunciar y garantizar su seguridad en el proceso de denuncia, reducir las evaluaciones y entrevistas a los y las menores víctimas de abuso sexual especialmente las previas a la denuncia, mejorar y garantizar la experiencia en las evaluaciones, conseguir la cooperación entre los distintos departamentos e instituciones implicadas, garantizar la atención y la recuperación de las víctimas, generar un conocimiento especializado y promover la prevención de los abusos sexuales y la formación de los y las profesionales que interactúan con niños/as y adolescentes.

Desde que fue inaugurada la unidad integrada Barnahus en marzo de 2020 hasta octubre del año 2022 se han atendido un total de 106 casos en 2020, 197 en 2021 y 223 en 2022 por lo que ha existido un aumento en un 85,4% del año 2020 al 2021 y en un 135,9% del año 2021 al 2022.

Con el fin de mejorar el funcionamiento, garantizar la coordinación de los distintos departamentos e incluso analizar experiencias concretas, se llevan a cabo reuniones interdepartamentales a las que asisten las fiscales de menores mensualmente. Se prevé que durante el presente año y a raíz de la creación del Grupo de Víctimas, a estas reuniones acudan no sólo las fiscales de menores sino también el resto de fiscales que integran dicho grupo, con una periodicidad mensual y con la finalidad de valorar los casos concretos. Señala que los abusos sexuales a niños/as se han multiplicado en los últimos años. En los últimos cinco años se ha disparado en un 20,5%, aumentando especialmente los abusos a través de tecnologías (grooming y sexting). Si tenemos en cuenta que muchos de los casos no llegan a ser comunicados ni denunciados, nos podemos hacer una idea de la trascendencia de contar con un sistema que ayude a detectarlos, sacarlos a la luz y amparar a la víctima menor desde la primera comunicación del abuso. De ahí el compromiso de la Fiscalía en conseguir que el modelo funcione.

Indica la Fiscalía de Cáceres que sería conveniente incluir en el fichero sobre víctimas un apartado que pudiera permitir notas, avisos o explicaciones y un mecanismo que dejase constancia de la evolución del procedimiento y de la fase procesal en la que se encuentra.

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia señala que a fecha de hoy, el objetivo prioritario y principal preocupación de la Fiscalía en materia de víctimas del delito, sigue siendo la conclusión definitiva del proyecto de implantación del nuevo modelo de las OAVD en Galicia, en el que la FGE colabora con la Administración autonómica. El desarrollo de este proyecto, sufrió como otros, la incidencia de la crisis pandémica, que impidió avances importantes. El impulso del proyecto se retomó en la reunión de la «Comisión Mixta Fiscalía-Xunta» celebrada el día 20 de septiembre de 2021, en la que ya constataron algunos avances en la elaboración del pendiente protocolo para la implantación de las OVAD en Galicia, tal como se explicó en la memoria del año anterior. En nueva reunión de la mencionada «Comisión Mixta», celebrada el 21 de diciembre, la representación de la Xunta de Galicia aportó información relativa a la continuación de la tramitación del denominado Protocolo de actuación en la asistencia integral de las víctimas de delito, con especial consideración a las de violencia de género y a otras víctimas especialmente vulnerables. Si bien ya en fecha 29 de octubre de 2019 se había dado traslado del proyecto de protocolo para alegaciones al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, lo cierto es que, debido a la situación pandémica tuvo que darse nuevo traslado el 7 de diciembre de 2022. Según la representación de la Xunta, una vez sea aprobado, el protocolo será objeto de difusión entre todos los operadores jurídicos.

La aprobación definitiva del protocolo y la puesta en marcha de las nuevas OAVD parece ahora cercana. El 27 de febrero de 2023 la Dirección General remitió el último borrador del referido protocolo, con el fin de que las fiscalías pudieran hacer las alegaciones finales que se estimasen oportunas.

La Rioja indica que la labor asistencial y psicológica que brinda el Gobierno de La Rioja es mucho más amplia que el servicio prestado por la OAVD; así, aquel ofrece a través de conciertos con otras entidades ayudas más especializadas para determinadas víctimas; el Programa Apóyame dirigido a menores entre 6 y 17 años que han vivido en un ambiente de violencia de género y viven separados del agresor; el Servicio de tratamiento psicológico a mujeres víctimas de violencia de género; el Programa Reset Menores Víctimas de Abuso Sexual dirigido a menores de entre 6 y 17 años.

Por Madrid se desglosan los dos aspectos en que centra su actuación en esta materia: el área de testigos protegidos y el propio de protección a las víctimas de delitos.

En el servicio de protección de testigos protegidos de la Comunidad de Madrid se mantiene una continua y fluida comunicación y coordinación con las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito (OAVD), contando la Comunidad con diferentes sedes de estas Oficinas que se han ido ampliando en este último año.

Además, el servicio cuenta con la labor especializada que prestan a la Fiscalía los agentes de la Policía Nacional pertenecientes a la Unidad de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, a los que se suman un grupo estable y especializado de miembros de la Guardia Civil que atienden a los testigos protegidos domiciliados en los territorios de su competencia, siendo reseñable la total colaboración de ambos cuerpos con la Fiscalía, gracias a lo cual los resultados de la actividad en la materia son muy satisfactorios.

En el año analizado se ha producido un incremento notable de la actividad, volviendo al volumen de intervenciones de años anteriores a la pandemia. Durante el año 2022 se incoaron un total de 40 expedientes, frente a los 24 expedientes incoados en 2021. Los delitos por los que se incoaron las diligencias en las que se acordó la protección, son variados, pero en número superior los referentes a delitos contra la salud pública y prostitución de menores. A 31 de diciembre de 2022, se encontraban en trámite 109 expedientes, habiendo sido archivados durante el año 24.

Respecto del servicio de protección y tutela de víctimas en el proceso penal en la Fiscalía provincial de Madrid, hay que destacar la Nota de Jefatura 8/2021, sobre el servicio de protección de víctimas del delito que estableció las pautas de su funcionamiento, sin perjuicio de su ulterior desarrollo mediante la constitución de una red de puntos focales para la atención a las víctimas. En el momento de la creación se señaló una hoja de ruta con cuatro fases: de preparación, de lanzamiento, de consolidación y de expansión, habiéndose alcanzado esta cuarta fase en el año 2022.

Se ha prestado especial atención, a lo largo del año 2022, a las víctimas de edad avanzada, cuya situación resulta muy preocupante al no contar con apoyo familiar, encontrase muchas de estas personas en soledad y ser los autores de los delitos familiares muy cercanos, sus hijos o nietos, encontrándose en situación de alta vulnerabilidad, pues por razones sentimentales, no desean prestar declaración sobre los hechos, ni que se adopten medidas de protección, lo que se traslada a la OAV, a los efectos de contactar con los servicios sociales para que les sean ofrecidos los recursos que pueden prestarles.

Destaca esta delegación que cada vez son más las Secciones de la Audiencia provincial y juzgados de lo penal que acuerdan el acompañamiento al juicio oral por psicólogos de la OAVD de las víctimas menores de edad o con discapacidad intelectual e incluso de otras víctimas vulnerables, víctimas que además, prestan su testimonio por videoconferencia, fuera de la sala de vistas, en la que se está celebrando el Juicio oral desde dependencias de los edificios judiciales, lo que favorece notablemente su tranquilidad y seguridad en su declaración. Dice que, una vez notificados a Fiscalía los señalamientos de los juicios orales en los juzgados de lo penal y en la Audiencia provincial y en coordinación con la OAVD, se comprueba si han sido citados los profesionales de las Oficinas para el acompañamiento de las víctimas vulnerables y, en los casos que no ha sido así, se promueve este acompañamiento desde la sección de víctimas. No obstante, se reiteran los problemas que plantean los enormes retrasos que se continúan produciendo en la práctica de las exploraciones como prueba preconstituida de las víctimas menores de edad o con discapacidad, así como en la emisión de los Informes periciales por parte de los psicólogos Forenses adscritos al Instituto de Medicina Legal (en ocasiones, hasta dos y tres años), pues incrementa el riesgo de revictimización y dificulta la recuperación de las víctimas.

Apunta la memoria que en ocasiones, se acude a los especialistas de la OAVD, para poder agilizar las exploraciones de las víctimas, planteándose problemas y controversias, al manifestar las psicólogas del Instituto de Medicina Legal que no pueden emitir los Informes periciales que les encomiendan los juzgados o de credibilidad, cuando la exploración de los/as menores se ha realizado por otros profesionales; controversia que, finalmente, supone un nuevo perjuicio para las víctimas.

La Fiscalía de Murcia señala que uno de los grandes problemas observados en materia de protección y tutela de las víctimas viene determinado por la inexistencia de OAV en los demás partidos judiciales existentes en la Región de Murcia, pues fuera de Murcia y Cartagena no existe ningún organismo de similar naturaleza que aglutine a las víctimas de diferentes delitos, con la desprotección que ello pueda suponer a distintos niveles. Es el ejemplo del partido judicial de Lorca, que congrega un gran número de actuaciones judiciales por delitos graves con un elevado número de víctimas vulnerables. Sí que existen en estos partidos judiciales, dependientes de los ayuntamientos, organismos municipales, encargados únicamente de la atención especializada a víctimas de violencia de género.

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima, se elaboró una nota de servicio por el Fiscal Superior relativa a las pautas que garanticen el control a las situaciones más graves en relación con el hecho delictivo cometido, potencial peligrosidad del autor y concurrencia de especiales factores de riesgo para la víctima en materia de ejecución y cumplimiento de penas de los condenados. Refiere la Fiscalía que cuando en atención al sistema de control sobre víctimas «especiales» el/la fiscal encargado/a del despacho del asunto considere que el procedimiento debe calificarse de causa con víctima especial lo comunicará al funcionario de la Oficina Fiscal encargado del registro, el cual abrirá una carpetilla con la pegatina de «víctima especial», comunicándolo asimismo al servicio de protección de víctimas de la Fiscalía, integrado por la Fiscal de protección de víctimas y una tramitadora.

Por su parte la Fiscalía de Navarra informa de todas las medidas adoptadas con el fin de evitar la confrontación víctima-investigado. Se cuida especialmente la notificación a las víctimas en sobreseimientos y sentencias. También se ha planteado en la Fiscalía y órganos judiciales de Navarra la cuestión sobre la validez de la prueba preconstituida si en la fecha del juicio oral el menor ya era mayor de 14 años.

Se han celebrado reuniones con distintos operadores jurídicos, elaborando un Protocolo básico para la exploración y declaración de todos los testigos especialmente vulnerables. Se ha acordado que, en tanto no se decidiera nada por el Tribunal Supremo, los mayores de 14 años tendrían que declarar en el acto del juicio, sin perjuicio de la posible valoración que se dé a la prueba preconstituida, en caso de contradicción entre una y otra declaración, criterio que no comparte la delegada, al menos con carácter tan concluyente y general.

Se formalizó un acuerdo por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en una reunión de 25 de abril de 2022, que tenía por objeto establecer un código de actuación que evite, o al menos atenúe los posibles perjuicios que conlleva la participación en un procedimiento penal a una víctima menor de 14 años o necesitada de especial protección. También y en relación con los menores de edad se acordó no realizar prueba preconstituida con menores de 3 años ya que no tiene una buena capacidad de expresión y son muy sugestionables. Entre los 3 y los 6 años de edad se optó por valorar su nivel de madurez antes de realizar la prueba porque hay menores que sí tienen una mejor capacidad de expresión que otros. Y que entre los 6 y los 14 años se optaría por la prueba preconstituida en el sentido previsto en la LECrim.

Asimismo se estableció aplicar este protocolo en los delitos de homicidio, lesiones, contra la libertad, contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexual, contra la intimidad, contras las relaciones familiares, relativas al ejercicio de derecho fundamentales y libertades públicas de organizaciones y grupos criminales y terrorismo.

En este protocolo se establecieron unas indicaciones a la hora de recoger la denuncia, acordándose tratar de evitar, en la medida de lo posible, el tomar declaración al menor de 14 años y optar por tomar declaración a los adultos que pudieran haber tenido conocimiento de los hechos, recogiendo lo más literalmente posible las manifestaciones que hubiera hecho el/la menor a ese adulto. En todo caso, se acordó que si fuera necesario tomar declaración policial al menor se hiciera en presencia de sus padres o representantes legales, con personal especializado y previa información al juzgado de guardia y al Ministerio Fiscal, y que la finalidad sería la básica para realizar el atestado y determinar la autoría del delito.

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma del País Vasco traslada que hay una comunicación continua entre los/as delegados/as y los/as fiscales cuando en los procedimientos que despachan observan necesidades concretas para víctimas en general o de especial vulnerabilidad. Ello es común a las tres fiscalías. No existe un protocolo específico de comunicación periódica o intercambio de información sino una relación muy fluida, bien vía correo electrónico, bien a través el teléfono o bien personalmente, que tiene su origen en el conocimiento y cumplimiento de las principales obligaciones que el Ministerio Fiscal asume respecto a las víctimas. Se ha de remarcar sin embargo, que en la Fiscalía provincial de Bizkaia, existía creado desde el año 2009, el llamado Registro de víctimas especiales, donde tras haberse emitido notas de servicio y un resumen de criterios de actuación, se iban registrando manualmente las víctimas a las cuales prestar una especial atención, en principio por la propia delegada y posteriormente por el funcionario de la oficina, recibiéndose la información de todos los y las fiscales en sus respectivos casos. Este registro suponía en la práctica no solo alertas para todos los momentos del proceso, sino igualmente su traslado a servicios sociales, o en su momento al servicio de víctimas, siendo este finalmente el cauce por el que canalizar la adecuada protección y especial tratamiento que debía darse a las mismas en los planos no procesales. En este momento que se ha implementado ya un Registro de ámbito nacional, que es de necesario uso para todas las fiscalías (nuevo Registro de Víctimas Vulnerables) se ha comenzado a incluir los datos, aunque en Bizkaia se sigue usando el Registro manual en el caso de los asuntos más antiguos.

Destaca la Fiscalía el apoyo que desde el año 2015 presta el Servicio de Atención a las Víctimas (SAV), asumiendo la función de informarlas de las situaciones penitenciarias de los penados, siempre que las mismas no manifiesten su expreso deseo de no recibir información alguna al respecto.

La Fiscalía de Castellón da cuenta de una novedad en relación a la Policía Autonómica adscrita a la Policía Nacional, consistente en que por resolución de 19 de diciembre de 2022 de la Conselleria de Justicia e Interior y Administraciones Públicas se ha constituido en la Ciudad de la Justicia de Castellón una Oficina de denuncias que concentra en dicha sede no solo la asistencia policial de recogida de aquellas, sino también la valoración forense, acceso a base de datos, y concretan las ayudas asistenciales evitando a la víctima tener que acudir previa cita a los distintos organismos que ofrecen los recursos de la Ley Orgánica 1/2004 en la misma sede y en el momento de presentar denuncia. Esta oficina ofrece sus servicios los 365 días del año desde las 9:00 horas hasta las 21:00 horas, estando formada por letrados/as de la Red de Oficinas a las Víctima del Delito junto a una red de psicólogos y trabajadores sociales, en número suficiente para atender el servicio y cuya finalidad es trabajar coordinadamente en la evaluación individualizada de la víctima con el fin de valorar las necesidades específicas de cada caso, proponer las medidas de protección oportunas, ofrecer la orientación e información conveniente y prestar el apoyo y la ayuda adecuada a través de los planes de asistencia personalizados.

Valencia señala que uno de los cambios más importantes producidos en este año 2022 es el acordado por el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) con respecto a la asistencia jurídica gratuita a las víctimas menores al igual que a personas con discapacidad necesitadas de especial protección, creando un nuevo turno especializado con independencia de los recursos para litigar, derecho que asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, siempre que no fueran partícipes en los hechos.

Se señala respecto de la cámara Gessell que la sala donde se practica ha quedado pequeña, que la lista de espera para la práctica de dichas pruebas anticipada es de 2 meses por regla general y que aunque al principio dicha prueba se realizaba por 2 peritos, en la actualidad, y debido a la alta demanda de práctica de dicha prueba, ya son 6 los peritos que la practican, aunque solo hay una sala para su realización, lo que sería deseable subsanar.