CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 5. FISCALÍA ESPECIAL ANTIDROGA

5.7 Cooperación Internacional

La importancia de la cooperación internacional en esta Fiscalía especial es evidente y la mayoría de los casos de su competencia, que tienen como criterio básico la organización, tienen relevantes aspectos transnacionales.

La Fiscalía Especial Antidroga se ha constituido en interlocutor privilegiado en la cooperación internacional para la lucha contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales asociado a aquél. Se han fortalecido aspectos bilaterales mediante una serie de Memorándums de cooperación, especialmente con Francia e Italia, y también son intensas las relaciones con las Fiscalías iberoamericanas, a través de la REFAI. La finalización de la pandemia ha supuesto una revitalización en las peticiones de cooperación recibidas y una frecuente interrelación que nos ha llevado a estrechar lazos, en concreto y por supuesto con Francia, pero también con Reino Unido, Italia, Países Bajos, Marruecos, y en el ámbito iberoamericano, Brasil, Perú y Ecuador. La singularidad de Estados Unidos, la colaboración con la DEA y con el HSI es también importante en la actividad de cooperación y merece un tratamiento futuro ante las dificultades para conseguir que los agentes de una y otra agencia declaren en el juicio oral.

El servicio de cooperación internacional se presta por dos fiscales, que a su vez son Puntos de Contacto de la RJE e IberRed. Este año, ante el aumento y la complejidad de casos a ejecutar, el servicio de cooperación internacional se ha visto fortalecido, a partir de septiembre de 2022, por otras dos compañeras.

Son instrumentos auxiliares de la sección de cooperación internacional, y al mismo tiempo funciones útiles que se desempeñan, los contactos y enlaces designados: la corresponsalía nacional de Eurojust para asuntos de salud pública, junto con los tres puntos de contacto de la RJE, en el ámbito europeo; la coordinación de la Red de Fiscales Antidroga de Iberoamérica (REFAI), la integración en el Grupo de trabajo de Lavado de Activos y Economía Criminal y la reciente integración en el Grupo de Trabajo de Extinción de Dominio y Decomiso, Redes y Grupos de Trabajo de la AIAMP; los tres puntos de contacto de IberRed y el acceso al sistema seguro Iber@, renovado y actualizado en 2022 en el marco del nuevo desarrollo de IberRed. La Fiscalía carece en este momento de un punto de contacto de la Red de equipos conjuntos; y son dos los puntos de contacto de la REFAI.

La relación con Eurojust con la Fiscalía Especial es intensa. La publicación de la nueva Ley 29/2022, de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior, otorga a este órgano nuevas competencias más allá de la tradicional coordinación.

5.7.1 Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDES)

Resumimos aquí las OEDEs pasivas en las que ha intervenido la Fiscalía Especial Antidroga, en tanto que la activas son emitidas por los Juzgados y Tribunales y los datos constan en la estadística judicial y en SIRENE.

Como puede observarse en el siguiente cuadro, el número de OEDEs ha mantenido un número similar al del año 2021, siendo 440 en 2022 frente a 447 en 2021. Sin embargo, sí se ha incrementado el número de dictámenes evacuados en la fiscalía, que aumenta un 10%, como reflejo de la cada vez mayor litigiosidad que provoca este instrumento, de forma que las entregas acordadas –no consentidas– son recurridas casi de manera sistemática.

Los países que más OEDEs han emitido en relación con delitos competencia de la FEAD han sido: Francia, Italia, Alemania y Bélgica, seguidas por Polonia, Países Bajos, Rumanía y Portugal.

Especial mención, por lo novedoso, merecen dos resoluciones de la Sala de lo Penal de la AN, en incidentes concretos de recursos de apelación contra los autos de entrega, resolviendo sobre la no aplicación del sistema de protección internacional y asilo respecto a reclamaciones de ciudadanos europeos en el ámbito Schengen, o la validez del procedimiento de audiencia al reclamado en el país de la entrega en un expediente de ampliación de OEDE.

Se constata también la cada vez mayor relación de este instrumento con el de la OEI y, a veces, acompañada de los certificados de embargo del nuevo Reglamento UE de 2018, en una suerte de investigación integral con aplicación de todos los instrumentos de reconocimiento mutuo.

Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDEs)

Países emisores

Año 2021

Año 2022

% 2021-2022

Alemania

76

71

Austria

8

2

Bélgica

50

47

Bulgaria

1

2

Chipre

0

4

Croacia

0

3

Dinamarca

6

6

Eslovenia

0

3

Estonia

3

2

Finlandia

21

5

Francia

86

100

Grecia

1

2

Hungría

9

2

Irlanda

6

2

Italia

65

80

Letonia

2

2

Lituania

8

7

Luxemburgo

0

2

Países Bajos

29

23

Polonia

33

39

Portugal

14

12

Rumanía

10

17

Suecia

19

7

Total

447

440

-1,57%

Dictámenes

Año 2021

Año 2022

3.592

3.936

9,58%

5.7.2 Extradiciones

Las solicitudes de extradición siguen una progresión ascendente en la Fiscalía Especial: 82 en 2019, 102 de 2021, a 144 en 2022, lo que representa un aumento del 41,18%, que arrastra también un incremento en el número de dictámenes, que han pasado de los 1.151 de 2021 a los 1.301 de 2022, un aumento del 13,03%.

Los países que más extradiciones solicitan siguen siendo, con diferencia, Marruecos (31), Perú (17), Serbia (15) UK (11) y Argelia (11).

5.7.3 Órdenes Europeas de Investigación y Comisiones Rogatorias Internacionales

En 2022, se ha estabilizado desde el punto de vista estadístico los expedientes de reconocimiento mutuo, a la vez que han subido considerablemente las comisiones rogatorias pasivas. Así, las cifras arrojan en el ámbito de la Unión Europea la suma de 417 OEIs,125 comisiones rogatorias de terceros países y 10 de la UE. Otros expedientes de reconocimientos mutuos pasivos han sumado 26, frente a los 17 de 2021, añadiendo 1 auxilio fiscal.

Los cuadros numéricos serían los siguientes en 2022:

País

OEIS Pasivas

Alemania

22

Bélgica

13

Bulgaria

2

Eslovaquia

1

Eslovenia

2

Estonia

2

Finlandia

11

Francia

191

Italia

29

Letonia

2

Lituania

2

Países Bajos

56

Polonia

19

Portugal

16

Rumania

9

Suecia

40

Totales

417

País

CRIS Pasivas fuera Unión Europea

Argentina

5

Armenia

3

Bielorrusia

1

Brasil

15

Cabo Verde

1

Chile

3

Colombia

8

El Salvador

1

Estados Unidos

8

Honduras

1

Marruecos

10

México

2

Mónaco

1

Noruega

3

Panamá

2

Paraguay

4

Perú

25

Reino Unido…

18

Republica de Montenegro

1

República de Serbia

2

República Dominicana…

2

Rusia

3

Turquía

5

Uruguay

1

Totales

125

De todos estos datos concluimos que la carga de trabajo de la sección de cooperación jurídica internacional sigue aumentando, no solo por el número de expedientes, sino por la cantidad y complejidad de las diligencias que cada uno de ellos genera, además de las múltiples consultas e informaciones remitidas por las autoridades requirentes sobre el estado de ejecución de sus solicitudes y que, dado su volumen y la informalidad en la respuesta, no permiten incoar expedientes por separado.

La mayor parte de las peticiones siguen llegando por correo electrónico a la cuenta institucional de la sección de cooperación internacional, ya sea desde la autoridad judicial de manera directa, de la Agencia Eurojust, los magistrados de enlace en España y, en menor medida, los magistrados de enlace españoles en el exterior, la Unidad de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado o cualquiera de las secciones de cooperación internacional de las Fiscalías territoriales, o de la Audiencia Nacional.

En septiembre de 2022 se ha puesto en marcha en la Fiscalía Especial un correo electrónico específico sobre incidencias de la guardia semanal de la Fiscalía, en relación con el trabajo de los Juzgados de Guardia, y con las propias notificaciones que se realizan de manera autónoma solo a la Fiscalía, como los art. 17 del Convenio ONU de 1988 por la autoridad española, base de los futuros expedientes de Jurisdicción Universal por hechos de narcotráfico en los espacios marinos. El correo permite residenciar y acumular una base de datos sobre las notificaciones de SIRENE e Interpol en relación con las reclamaciones de sujetos buscados en Europa y en todo el mundo, cuando dichas reclamaciones se han volcado al sistema internacional. Ello facilita también el trabajo de la sección relacionando esas peticiones con otros instrumentos que se pueden estar ejecutando desde la Fiscalía Especial.

5.7.4 Reconocimiento y ejecución en España de sentencias condenatorias extranjeras

La competencia para el reconocimiento y ejecución en España de las resoluciones condenatorias dictadas por otros estados miembros en las que se imponen penas de prisión o medidas de libertad vigilada, corresponde al Juzgado Central de lo Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.2 de la Ley 23/2014 de 20 de noviembre, por lo que todas las resoluciones judiciales dictadas al amparo de lo establecido en el artículo 77 y ss. y 101 y ss. de esta Ley se tramitan exclusivamente en la Audiencia Nacional, previo preceptivo informe del Ministerio Fiscal, representado por la Fiscalía Especial Antidroga en los casos de delitos de narcotráfico y lavado de activos.

Uno de ellos, expediente de reconocimiento y ejecución de las sentencias dictadas en la Unión Europea contra españoles o residentes en España, que son trasladados a España (CRO), corresponde al Juzgado Central de lo Penal.

Las condenas de países terceros dan lugar a los expedientes de condena extranjera (CEX), un híbrido de procedimiento gubernativo y judicial, al modo de la extradición. En este caso, la competencia es de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, asumiendo las cuatro secciones los expedientes turnados por la autoridad central que se ocupa de cerrar el acuerdo de traslado a España para su ejecución en nuestro país.

Estos dos tipos de expedientes constituyen un auténtico elenco de cuestiones y vicisitudes en la ejecución de la pena, antes de que comience la ejecución penitenciaria. Se plantean multitud de cuestiones sobre la suspensión o no de la ejecución, la adaptación de la condena a la legislación nacional, peticiones de indulto, multitud de recursos, y otras materias.

En el ámbito europeo, en el año 2021 se incoaron un número de 79 que dieron lugar a 181 dictámenes. En 2022, se incoaron 121 mientras que el número de dictámenes ha pasado a 285, un aumento considerable en las dos cifras. Debemos destacar el número de peticiones de traslado de condena solicitadas por las autoridades judiciales italianas, no tanto por el trámite del art. 91 de la LRM sino ante la constatación de Italia de la pendencia de condenas relativas a sujetos residentes en España relacionados con delitos de asociación mafiosa que han sido detenidos en nuestro país. En muchos casos se descubre el ocultamiento de su verdadera identidad, que una vez determinada se comunica a las autoridades italianas para que remitan el certificado de la Decisión Marco 909/2008.

En el ámbito del traslado para cumplimento de personas condenadas fuera de la UE, si en 2021 se incoaron 13 y se emitieron 38 dictámenes, el año 2022 ha doblado de nuevo la estadística, con 28 incoados y 77 dictámenes en total. Marruecos sigue siendo el país con más traslados de condena a España de ciudadanos españoles condenados en dicho país por delitos de tráfico de drogas, el más realizado en esa jurisdicción por ciudadanos españoles.

La STC 27 de junio de 2022 supuso un punto de inflexión en el examen y resolución de estos expedientes. El TC con esta sentencia modifica la posición de la Fiscalía Especial Antidroga y de la Fiscalía del TS sobre la interpretación del principio de prosecución, como aplicable en España, con diferencias respecto al principio de conversión, en la aplicación del Convenio del traslado de personas condenadas de 1983 del COE. A partir de la STC, la Fiscalía informa a favor de la adaptación de la condena teniendo en cuenta la incompatibilidad de las penas impuestas en algunos países con el sistema penológico español. Los informes de los y las fiscales tratan de conseguir una solución justa y adecuada, ponderando los intereses en juego, pero siguiendo la pauta del respeto al principio de proporcionalidad de las penas. En todo caso, la consecuencia es que algunos países deciden no remitir a los condenados, a la vista de la adaptación de las penas que se realizaría en caso de traslado, teniendo en cuenta que la decisión final de este depende en exclusiva del país donde se impuso la condena.

5.7.5 Relaciones con EUROJUST

El Reglamento 2018/1727, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) ha fortalecido a la Agencia en sus relaciones con las autoridades nacionales. Desde la sección de cooperación internacional se aprecia la intensificación en cantidad y calidad de la cooperación que viene canalizada por Eurojust a esta Fiscalía Especial. Al amparo de los arts. 2 y 8 del Reglamento de Eurojust y del art. 187 de la LRM, Eurojust remite habitualmente para ejecución instrumentos de reconocimiento mutuo que, a su vez, ha recibido de otras delegaciones nacionales. Se trata de una práctica posible conforme al Reglamento que, sin embargo, está debilitando la comunicación directa entre autoridades competentes. En todo caso, la comunicación y coordinación con Eurojust es muy ágil y efectiva a través, sobre todo, del correo electrónico corporativo de la Fiscalía; esta constante relación ha desplazado, como ocurre en el resto de los Estados, a las notificaciones formales previstas en el art. 21 del Reglamento.

Este año España ha adaptado finalmente el Reglamento de Eurojust con la publicación de Ley 29/2022, de 21 de diciembre. Lamentablemente la ley no ha aprovechado para regular las funciones y herramientas del Corresponsal Nacional en asuntos de salud pública, como si hace con las funciones del Corresponsal Nacional para asuntos de terrorismo. Tampoco se ha regulado debidamente el tema del traslado de procedimientos derivado de la resolución de los conflictos de jurisdicción, tal y como propuso el Consejo Fiscal, dando lugar a cada vez mayores problemas prácticos en un instrumento de aplicación cada vez más frecuente.

Como se ha indicado, a partir de febrero de 2020 se suspendieron las reuniones presenciales de coordinación con Eurojust incrementando las reuniones telemáticas que este año fueron 5 con participación de fiscales de la Fiscalía Especial. Además, se celebró una a la que acudió la Fiscal Jefa presencialmente para conocer una iniciativa de creación de un área restringida sobre decisiones judiciales en la UE en relación con la plataforma encriptada ANOM.

5.7.6 Otras reuniones internacionales

Recuperando las reuniones de carácter internacional de una manera presencial, en el mes de julio de 2022 se celebró en Barcelona un encuentro hispanofrancés, al amparo de las autoridades aduaneras de ambos países, con el Puerto de Barcelona como anfitrión y la Fiscalía de Barcelona con todos los miembros de la sección y con la participación de la Fiscal Jefa antidroga y dos fiscales de la Fiscalía Especial.

La ejecución de diversas OEIs instadas por la autoridad judicial francesa en el año 2021 con el objeto de autorizar tránsitos controlados de droga por el territorio nacional hacia Francia, procedente de Marruecos, en grandes cantidades de hachís, dieron lugar a la celebración de sendas reuniones en 2022 con las autoridades judiciales francesas. La primera en Algeciras y la segunda en París-Nanterre, a las que asistieron la fiscal delegada de Cádiz y coordinadora de Andalucía, y el coordinador de cooperación internacional de la Fiscalía Antidroga, desde donde se habían canalizado dichas peticiones francesas judicializadas en la Audiencia Nacional. Los encuentros, celebrados en Algeciras en noviembre y en París-Nanterre en diciembre, permitieron analizar las incidencias del caso y promover cauces de cooperación más estrechos para mejorar la ejecución de estos casos complejos de entregas controladas de tránsito.

El 17 de octubre de 2022 tuvo lugar la reunión bilateral de la Fiscalía Especial con el Director General de la Fiscalía de la Corona de Inglaterra y Gales (CPS), planteándose diversas cuestiones de la cooperación conjunta contra el crimen organizado. Se instó al apoyo de las funciones de los dos magistrados de enlace en España, y estuvo dedicada en exclusiva a la recuperación de activos, así como a reactivar el antiguo grupo de trabajo de recuperación de activos y a asegurar la asistencia de los fiscales de la Audiencia Nacional en la gestión de solicitudes de extradición.

En última instancia, en diciembre de 2022, la Fiscal Jefa participó en una reunión organizada por la Fiscalía de Toulouse sobre el tráfico de drogas que tuvo por objeto analizar las amenazas recientes y la propuesta de buenas prácticas para mejorar la respuesta conjunta de los dos países al continuo tráfico transfronterizo.

5.7.7 Actividades con Iberoamérica y actividad de la REFAI

En 2022, la Red impulsó actividades que conjugaban tanto iniciativas de naturaleza operativa, dimensión prioritaria en el plan de acción anual, en materia de intercambio de información, la constitución de equipos conjuntos (ECIs) y la ejecución de entregas controladas, como aquellas otras encaminadas a la difusión de las herramientas necesarias para mejorar la investigación transnacional del narcotráfico.

La Red ha continuado posicionándose a nivel global como actor e interlocutor privilegiado en la región. En este sentido, resulta necesario significar las alianzas establecidas con UNODC y su proyecto CRIMJUST, con la Comisión Europea a través de COPOLAD y su iniciativa EMPACT (plataforma europea multidisciplinar frente a las amenazas graves) o con la Asociación Internacional de Fiscales.

Destaca la participación de la RFAI en EMPACT, la iniciativa más operativa, liderada por la Fiscalía Antidroga española, que persigue fortalecer investigaciones transnacionales entre las Fiscalías Antidroga de la AIAMP y otras Fiscalías especializadas de la Unión Europea.

Debe promoverse el uso del sistema Iber@ para la mejora de la cooperación con Iberoamérica. La entrada en vigor en mayo de este año del Tratado de Medellín, ratificado por España en abril, permite avanzar en el adelantamiento y resolución de múltiples asistencias de cooperación que se ven ralentizadas con los trámites de transmisión tradicionales, asegurando al mismo tiempo la regularidad y confidencialidad de la información.