5. FISCALÍA ESPECIAL ANTIDROGA
5.1 Introducción
El informe europeo de drogas de 2022[1] del Observatorio Europeo sobre drogas (EMCDDA) resume las tendencias del año 2022 con el lema «Everywhere, Everything, Everyone»; esta orientación a la omnipresencia de las drogas, de toda clase de sustancias y con traficantes y consumidores de todo tipo, es perfectamente trasladable a la situación observada en España y nos sirve como punto de partida para este compendio de lo actuado para su incorporación a la Memoria anual de la Fiscalía General del Estado. Esta exposición se centrará en las cuestiones más relevantes y novedosas, focalizadas principalmente en la actividad de la Fiscalía Especial Antidroga de la Audiencia Nacional, pero con referencias a las actividades de las delegaciones antidroga de territorios con mayor y más notoria incidencia del narcotráfico.
Esta Memoria anual, por ser la primera que redacto como Fiscal Jefa, incorpora lógicamente algunas reflexiones y propuestas de actualización de esta Fiscalía Especial que en el año 2023, cuando se redacta este informe, ha cumplido 35 años (el 24 de marzo de 1988 se publicó en el BOE la creación de la Fiscalía Antidroga) y requiere cierta reestructuración y una adaptación de sus competencias con el objeto de ganar efectividad en la investigación y enjuiciamiento de las grandes organizaciones transnacionales de narcotraficantes, aumentar la recuperación de activos y mejorar el apoyo y la coordinación con los delegados territoriales.
El problema del tráfico de drogas en España se corresponde con el panorama europeo con un incremento del consumo, la disponibilidad y su presencia en la sociedad. Se observan además tendencias preocupantes a la banalización del consumo de sustancias como el cánnabis respecto al que proliferan informaciones confusas e interesadas que requieren una respuesta que va más allá de la que puede hacerse desde el ejercicio de la acción penal por el Ministerio Público[2].
Las circunstancias, el clima y la geografía del país nos sitúan no solo en el escenario tradicional de un país de tránsito y consumo, especialmente en relación con el hachís y la cocaína, sino ante la realidad alarmante de que España se ha convertido en el primer productor de cánnabis en la UE. Esa condición de país productor conlleva, además del propio riesgo que produce el crecimiento del consumo de una sustancia económicamente accesible, a la instalación en España de organizaciones criminales extranjeras que, en colaboración con estructuras nacionales, aprovechan las facilidades de cultivo y producción de la marihuana en nuestro país. Estas organizaciones son cada vez más violentas como revela una mayor incautación de armas y el incremento de reyertas generadas por los robos de drogas entre organizaciones, los llamados «vuelcos».
Andalucía, especialmente Algeciras y Granada, Cataluña, y Murcia, pero cada vez más provincias de interior como Toledo o Ciudad Real, son utilizadas por las organizaciones para la producción de esta sustancia, tanto en grandes extensiones en el exterior como en cultivos «indoor», con el resultado de mayores incautaciones y del incremento de causas penales por producción y venta de cánnabis. La omnipresencia de esta sustancia y sus derivados en todo tipo de comercios e incluso disponible a través de máquinas expendedoras, sorprende y confunde a la sociedad. Por otro lado, esta enorme producción y las grandes incautaciones generan el problema añadido –en absoluto menor– de la conservación y la destrucción de esta droga del que la Comisión de seguimiento del Acuerdo Marco de Destrucción de Drogas (CAMD) sigue tratando de encontrar soluciones que minimicen los problemas de la conservación y reducción de costes de destrucción.
Las alertas de algunos/as delegados/as provinciales (Pontevedra, Alicante o las Palmas) sobre el incremento de la heroína incautada coinciden con los informes de las organizaciones internacionales. Igualmente se observa cierto crecimiento de la incautación de drogas sintéticas en provincias generalmente ligadas al turismo, Baleares, Málaga y también en Madrid y en grandes causas de la Audiencia Nacional. Un tratamiento adecuado de las nuevas sustancias psicoactivas requiere algunas modificaciones legales que se incluyen junto a otras de las propuestas en un apartado específico.
El informe mundial de drogas de 2022[3] y el informe de NNUU sobre la cocaína de 2023[4] advierten que hay más cocaína disponible que nunca y de mayor pureza. Las incautaciones también han crecido y aunque en Europa las nuevas rutas sitúan a Bélgica y Países Bajos como principales países de entrada de la cocaína, España continúa siendo un importante referente para los narcotraficantes de estos países. Galicia, Andalucía y Valencia siguen liderando la entrada de cocaína, y además se incrementa el papel de las islas Canarias como lugar con creciente número de aprehensiones.
Por ello, se abordará en un apartado específico el problema del tráfico de drogas, especialmente de cocaína, por vía marítima con continuas incautaciones en embarcaciones en muchos casos en aguas internacionales y en los puertos, generalmente en contenedores con distintas e imaginativas técnicas de ocultación y recuperación. La situación inquietante que se observa en Valencia, Barcelona o Algeciras como puertos con gran tráfico de mercancías debe dar lugar a extremar las estrategias, el control y el trabajo coordinado con todos los implicados en el trabajo de los puertos, evitando que puedan llegar a las extremas situaciones en las que se encuentran Amberes o Rotterdam.
Tanto las incautaciones en contenedores como los abordajes en aguas internacionales, al igual que investigaciones conjuntas, provocan en muchos casos conflictos de jurisdicción a los que se han ido dando soluciones diferentes ante los vacíos y deficiencias de una regulación procesal que no discierne entre cesiones de jurisdicción y traslado de procedimientos y ha limitado la regulación en la nueva Ley 29/22 de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior, a los acuerdos y no su consecuencia procesal de concentración de la jurisdicción.
Desde el punto de vista procesal, otra de las cuestiones a las que nos hemos enfrentado en 2022 y que se extenderá a los próximos años se refiere a las informaciones procedentes de las plataformas de chats encriptados (EncroChat, SKY ECC y ANOM, etc.). Las evidencias obtenidas en las intervenciones de estas plataformas en el extranjero se han incorporado a numerosos procedimientos por delitos contra la salud pública y blanqueo y están dado lugar a frecuentes alegaciones de nulidad y recursos de las defensas.
Gran parte de los/as delegados/as señalan una realidad que no por conocida debe dejar de constatarse, y que tiene que ver con las reducidas competencias de la Audiencia Nacional en materia de narcotráfico y las limitaciones de los juzgados mixtos de algunas poblaciones, en zonas con incidencia del narcotráfico con macro causas o causas complejas en las que se investigan grandes organizaciones criminales cuya relevancia exige una atención y seguimiento de cuestiones sensibles y urgentes, como las que derivan de las autorizaciones y seguimientos de las medidas tecnológicas de investigación, imposibles de compatibilizar con las tareas de un juzgado mixto. Estas causas no deberían ser atendidas por jueces sin experiencia suficiente y en juzgados colapsados por causas de todo tipo. La modificación que se propone de las competencias de la Audiencia Nacional solucionaría al menos parte del problema, pero también debería complementarse, en opinión de la Fiscal Jefe, con la creación de jurisdicciones regionales especializadas en delincuencia organizada, a modo de las JIRS francesas, como experiencia idónea para dar adecuada respuesta en las zonas donde estas organizaciones actúan y se instalan frecuentemente como la Costa del Sol, Algeciras, Cataluña o Galicia.
No pueden dejar de mencionarse los retrasos y dilaciones que experimenta, en general, la Administración de Justicia, que se han incrementado tras la pandemia y provocan un efecto perverso que dilata los señalamientos de los juicios orales relativos al narcotráfico, especialmente aquellos de cierta complejidad con múltiples acusados. Las causas complejas de esta materia suelen dirigirse contra gran número de acusados, por lo que la preparación de la vista, asegurando la presencia de acusados, letrados, testigos y peritos, exige un enorme esfuerzo que, pese a todo, no evita dilaciones, provocadas en muchos casos por las propias defensas. El transcurso del tiempo, beneficia a los acusados, agota los plazos de prisión provisional con la consiguiente puesta en libertad provisional y facilita la frecuente desaparición de los procesados y la consiguiente declaración de rebeldía. A su vez, las constantes situaciones parciales de rebeldía impiden cerrar las causas que se mantienen abiertas con un continuo goteo de personas. La celebración de juicios orales en estas condiciones, con la necesidad de un nuevo enjuiciamiento de cada uno de ellos, con la repetición de pruebas testificales que en ocasiones devienen imposibles, avoca en más ocasiones de lo deseable a la necesidad de acordar conformidades con reducciones de pena ante las extraordinarias dificultades de presentación de prueba suficiente en juicios orales en estas condiciones. Las grabaciones de las testificales en enjuiciamientos previos de la misma causa son un medio útil para obtener la prueba en los enjuiciamientos tardíos de rebeldes, teniendo en cuenta las limitaciones temporales de la memoria humana y valorando también la circunstancia de huida del propio rebelde.
[2] El PNSD pública un completo informe sobre consumo del cánnabis en España y sus consecuencias https://pnsd.sanidad.gob.es/profesionales/publicaciones/catalogo/catalogoPNSD/publicaciones/pdf/2022_OEDA_Monografia_Cánnabis.pdf