CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 4. FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

4.7 Redes de inmigración clandestina y trata de seres humanos

En estos delitos es necesario resaltar que la competencia de la Audiencia Nacional va dirigida a investigar los aparatos de captación que se desarrollan en el extranjero o aquellas redes que poseen ramificaciones en nuestro país, y en las que el destino de las personas objeto del tráfico ilícito es nuestro territorio nacional.

La previsión contenida en el art. 570 quater.3 ha permitido extender el ámbito competencial de estas investigaciones y su atribución a la Audiencia Nacional en virtud del art. 65.1.e) LOPJ.

La reforma se ha inspirado en la Decisión Marco 2008/841/JAI, de 24 de octubre, que prevé en su apartado 1, como uno de los criterios en orden a delimitar la competencia de uno u otro Estado que «todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para establecer su competencia respecto de los delitos a que se refiere el artículo 2 cometidos:

«a) total o parcialmente en su territorio, independientemente del lugar en que la organización delictiva tenga su base o ejerza sus actividades delictivas.»

Ello ha permitido desarrollar varias investigaciones en relación con delitos relativos al tráfico de seres humanos que tienen como sustrato común el que se trata de organizaciones criminales asentadas en el extranjero que realizan actividades de captación, reclutamiento e introducción en el territorio de la Unión Europea y facilitación de documentación, etc., fuera de España.

Esta asunción competencial ha traído como consecuencia que las unidades policiales especializadas en esta materia centralicen sus más importantes investigaciones, coordinadas por la Fiscalía, en los órganos judiciales instructores de la Audiencia Nacional. Ello explica que desde el año 2012 se hayan incoado más de 50 investigaciones en los diferentes Juzgados Centrales.

La resolución del Tribunal Supremo de 27 de septiembre de 2017 reitera la interpretación sostenida por la Fiscalía de la Audiencia Nacional que señala a los Juzgados Centrales como órganos competentes cuando:

«… España es el lugar de destino de la trata y no llega a producirse la entrada en territorio nacional. En estos supuestos el delito se ha cometido fuera de España, pero la opción legislativa ha sido la de considerar la mera finalidad de explotación de la víctima en España como elemento bastante para entender cometido el delito en nuestro país.»

«... En concreto, en lo que se refiere a los hechos objeto de esta cuestión de competencia, su posible entronque con las específicas competencias de la Audiencia Nacional se encuentra en el art. 65.1.e) en virtud del carácter trasnacional que se atribuye a la organización investigada por trata de seres humanos.»

A continuación, se recogen las causas en trámite.

Las diligencias previas n.º 73/2016 Juzgado Central de Instrucción n.º 1.

La investigación se inicia por la denuncia que efectúa una víctima de trata con fines de explotación sexual en Bélgica que ha permitido investigar una organización dedicada a la explotación sexual de mujeres nacionales de Nigeria y asentada en varios países europeos. Se procedió a la detención e ingreso en prisión de 9 investigados por su participación en varios delitos de trata de personas con fines de explotación sexual.

Se dictó auto de apertura del Juicio Oral contra los procesados por delitos relacionados con el Favorecimiento de la Inmigración Clandestina, Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual, así como delitos relativos a la prostitución y blanqueo de capitales, previstos en los arts. 177 bis, 187 y 301 CP. Celebrado juicio oral, se dictó sentencia condenatoria contra todos los acusados en fecha 18 de enero de 2022.

Las diligencias previas n.º 186/2019 del Juzgado Central de Instrucción n.º 6.

En esta causa se investiga una organización criminal dedicada al favorecimiento de la entrada ilegal y asentamiento posterior en España de ciudadanos sirios, solicitantes de protección internacional, utilizando empresas y sociedades instrumentales. Aparece la posible relación con actividades terroristas para el retorno de excombatientes sirios y financiación de actividades de Al-Qaeda.

Se encuentra en tramitación y ha sido acordada la prórroga de la instrucción el 27 de julio de 2022.

Las diligencias previas n.º 40/2022 del Juzgado Central de Instrucción n.º 4.

La investigación ha revelado la posible existencia de una organización criminal transnacional, cuya actividad delictiva se centra en la inmigración ilegal con fines de explotación laboral, con la presunta comisión de delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y delitos contra los derechos de los trabajadores, previstos y penados en los artículos 318 bis.1 y 3.a) y 311 bis a C. P.

La actividad ilícita se llevaría a cabo a través de la ruta de los Balcanes, favoreciendo el paso de los migrantes a través de Albania y Serbia, que permite la llegada hasta Bosnia Herzegovina de personas predominantemente de nacionalidad afgana, siria y pakistaní. La organización que se investiga estaría especializada en el último trayecto, desde Bosnia hasta Italia y demás destinos europeos, mediante el pago de un precio variable en función del viaje.

Se acordó la inhibición de la causa a favor de los juzgados de instrucción de A Coruña y de Huesca.