4.14 Cooperación internacional
La sección se integra por tres fiscales así como por dos funcionarias en las tareas de registro y tramitación procesal.
Atendiendo a las categorías en que se organiza el Registro de Cooperación Jurídica Internacional de la FGE se pueden distinguir los siguientes apartados:
A) Comisiones rogatorias pasivas:
El número total de recibidas asciende a 30, lo que supone un aumento respecto del año anterior en el que se incoaron 26 expedientes, lo que implica un incremento del 15,38%.
El país con mayor número de ellas es Reino Unido con 5 expedientes. Asimismo se han recibido 3 solicitudes de asistencia judicial internacional de la Corte Penal Internacional en la investigación de delitos de su competencia.
B) Expedientes de seguimientos pasivos:
Se agrupan en este epígrafe las peticiones de información recibidas de Eurojust, Red Judicial Europea, Iber-Red, autoridades nacionales y extranjeras (generalmente a través de correo electrónico) relativas a seguimientos de estado de ejecución de OEDEs (entrega y ampliaciones), de CRI, de extradiciones, petición de información sobre legislación española y remisión de solicitudes de cooperación internacional a las autoridades competentes.
En un mismo seguimiento puede haber sucesivas peticiones de información, la mayoría sobre el estado de ejecución de OEDEs y extradiciones.
Este año se han contabilizado 27 procedimientos de seguimientos pasivos, la mayoría (9) procedentes de Ucrania, incrementándose en 18 expedientes respecto a 2021, lo que se traduce en un incremento del 200%.
C) Dictámenes de servicio:
Se contabilizan los informes emitidos por los miembros de la fiscalía en las comisiones rogatorias pasivas internacionales que tienen entrada desde los juzgados centrales, y que se despachan por los y las fiscales a ellos adscritos.
La estadística correspondiente a este año arroja un número de 8, lo que refleja un descenso de un 42,86% respecto a 2021 (14 informes).
D) Órdenes europeas de investigación pasivas:
La Ley 3/18, de 11 de junio, modifica la Ley 23/14 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea (publicada en el BOE de 12 de junio de 2018) regula la Orden Europea de Investigación. El Ministerio Fiscal pasa a ser la autoridad competente en España para recibir las OEI emitidas por las autoridades de otros Estados Miembros.
Una vez registrada y tras haber acusado recibo a la autoridad de emisión, el MF conocerá del reconocimiento y ejecución o la remitirá a la autoridad competente si afecta a derechos fundamentales o la autoridad de emisión si interesa que se ejecute por un órgano judicial. En este último caso, deberá acompañar un informe preceptivo sobre la concurrencia o no de causas de denegación y si se entiende ajustada a Derecho.
La competencia de la Audiencia Nacional se amplió, ya que le corresponde no solo la ejecución de sus OEI, sino también la de aquellas en las que no exista ningún elemento de conexión territorial para concretarla.
Igualmente se asume el conocimiento en los casos del artículo 222, es decir, notificación a España de la intervención de telecomunicaciones con interceptación de la dirección de comunicaciones de una persona investigada o encausada que se encuentre en España y cuya asistencia técnica no sea necesaria. En el caso de que no fuera objeto de autorización en un supuesto interno similar, se deberá comunicar a la autoridad requirente en un plazo máximo de 96 horas.
Y se señala la competencia del juez central de lo penal o central de menores para los supuestos de traslado al Estado de emisión de personas privadas de libertad en España.
En 2022 se ha incrementado el número de las recibidas, ascendiendo a 158 expedientes frente a 129 en 2021. De ellas 28 han sido ejecutadas por la Fiscalía, 3 han sido judicializadas y en 37 se ha acordado la inhibición.
Los países de los que se han recibido mayor número son Francia con 44 y Países Bajos con 20.
E) Reconocimiento Mutuo Pasivo:
En 2022 se han incoado 4 expedientes, siendo una novedad frente al año 2021 en que no se recibió ninguna solicitud en este sentido.
F) Eurojust:
En la actualidad se encuentra en marcha la implantación del Registro Europeo de causas antiterroristas, que se nutre de los datos que se reciben de las autoridades de cada país, permitiendo el intercambio de información en todas las fases del proceso penal por parte de las autoridades nacionales a fin de incrementar la eficacia en la lucha antiterrorista.
Nace de una iniciativa surgida en 2018 en el seno de Eurojust, impulsada por Francia, Alemania, España, Bélgica, Italia, Luxemburgo y Países Bajos. Se basa en las disposiciones de la Decisión del Consejo 2005/671 JAI, de 20 de septiembre de 2005, sobre intercambio de información y cooperación relacionada con los delitos de terrorismo, y responde a la propuesta de Eurojust para centralizar toda la información judicial y detectar los vínculos entre investigaciones antiterroristas en el marco de la Unión Europea, basado en cinco categorías:
a) datos que permitan identificar a la persona física o jurídica, grupo o entidad que sean objeto de una investigación o un proceso penal;
b) la tipificación del delito imputado y sus circunstancias específicas;
c) información sobre condenas firmes por delitos de terrorismo y las circunstancias específicas de esos delitos;
d) los vínculos con otros asuntos conexos;
e) las solicitudes de asistencia judicial mutua, incluidas las comisiones rogatorias, que puedan haberse dirigido a otro Estado miembro o formulado por otro Estado miembro, así como sus resultados.
Dicho Registro comprende información relativa a las investigaciones, acusaciones y sentencias en materia de terrorismo, a través de la recopilación de datos que se remiten trimestralmente (investigaciones) o cuatrimestralmente (sentencias) a Eurojust en relación con las causas penales, diligencias previas, procedimientos abreviados, sumarios, y diligencias de investigación de la Fiscalía. El art. 21.10 del Reglamento (UE) 2018/1727, establece que la información mencionada en el mismo se transmitirá de manera estructurada según lo dispuesto por Eurojust.
La Ley 29/2022 de 21 de diciembre, por la que se adapta el ordenamiento nacional al Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre Eurojust, y se regulan los conflictos de jurisdicción, las redes de cooperación jurídica internacional y el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior determina que estas funciones corresponden a las corresponsales nacionales para asuntos de terrorismo: una magistrada que transmite la información relativa a las sentencias dictadas y la fiscal coordinadora, respecto de las causas en tramitación en los juzgados centrales de instrucción y diligencias de investigación de Fiscalía.
Durante 2022 se han comunicado a Eurojust las informaciones relativas a altas, bajas y modificaciones sobre causas y diligencias de investigación con personas investigadas por delitos de terrorismo.
Procedimientos en Juzgados Centrales de Instrucción
Estado de tramitación:
Modificación |
60 |
Alta |
59 |
Baja |
22 |
Total |
141 |
Países de nacimiento:
Alemania |
1 |
Argelia |
9 |
Bélgica |
1 |
Camerún |
1 |
Cuba |
1 |
EE. UU. |
1 |
Egipto |
2 |
España |
32 |
Francia |
2 |
Libia |
3 |
Marruecos |
44 |
Pakistán |
1 |
Rumanía |
1 |
Rusia |
1 |
Yemen |
1 |
Desconocido |
40 |
Total |
141 |
Organización terrorista:
E.I., DAESH |
111 |
ETA |
17 |
Otros |
13 |
Total |
141 |
Género:
Masculino |
123 |
Femenino |
18 |
Total |
141 |
Diligencias de investigación: 2022
Estado de tramitación:
Alta |
10 |
Baja |
3 |
Total |
13 |
Organización terrorista:
E. I., Daesh |
9 |
Separatista |
3 |
Otras |
1 |
Total |
13 |
País de nacimiento:
Marruecos |
5 |
España |
4 |
Rusia |
2 |
Desconocido |
2 |
Total |
13 |
Género:
Femenino |
4 |
Masculino |
9 |
Total |
13 |
4.14.1 Actividades relativas a cooperación internacional desarrolladas en 2022
– Días 21 a 25 de mayo de 2022. Reunión con las autoridades del Ministerio de Justicia, Poder Judicial y Ministerio Fiscal de Finlandia en el marco de la 9.ª ronda de evaluaciones mutuas de los instrumentos de reconocimiento mutuo en el campo de la privación o restricción de libertad llevada a cabo por el Consejo de la Unión Europea.
– Día 30 de septiembre de 2022. Reunión COPEN en Bruselas en el marco de la 9.ª ronda de evaluaciones mutuas de los instrumentos de reconocimiento mutuo en el campo de la privación o restricción de libertad llevada a cabo por el Consejo de la Unión Europea relativa a Finlandia, aprobando la evaluación realizada a dicho país.
– Días 16 y 17 de noviembre de 2022. Reunión de Corresponsales Nacionales para Asuntos de Terrorismo de Eurojust.
– Días el 29 y 30 de noviembre de 2022. Reunión del grupo cuatripartito de Fiscalías Antiterroristas de Francia, Bélgica, Marruecos y España (Dinant, Bélgica).
4.14.2 Estadísticas de cooperación internacional
Comisiones rogatorias internacionales pasivas:
Alemania |
2 |
Austria |
2 |
Dinamarca |
1 |
Ecuador |
2 |
Estados Unidos |
1 |
Francia |
1 |
Liechtenstein |
1 |
Países Bajos |
3 |
Perú |
1 |
Portugal |
1 |
Reino Unido |
5 |
Suiza |
1 |
Albania |
1 |
Ucrania |
1 |
Corte Penal Internacional |
3 |
República Dominicana |
2 |
Montenegro |
1 |
Islandia |
1 |
Total |
30 |
Expedientes de seguimientos pasivos:
Alemania |
7 |
Francia |
2 |
Italia |
1 |
Países Bajos |
2 |
Polonia |
1 |
Portugal |
2 |
Bulgaria |
1 |
Ucrania |
9 |
Venezuela |
1 |
Montenegro |
1 |
Total |
27 |
Dictámenes de servicio:
Dinamarca |
1 |
Estados Unidos |
1 |
México |
1 |
Perú |
1 |
Argentina |
2 |
Noruega |
1 |
Canadá |
1 |
Total |
8 |
Órdenes europeas de investigación pasivas:
Alemania |
13 |
Austria |
1 |
Bélgica |
6 |
Eslovenia |
3 |
Francia |
44 |
Grecia |
3 |
Hungría |
3 |
Italia |
16 |
Letonia |
2 |
Países Bajos |
20 |
Polonia |
6 |
Portugal |
14 |
Rumania |
9 |
Suecia |
7 |
Finlandia |
6 |
Eslovaquia |
3 |
Lituania |
1 |
Croacia |
1 |
Total |
158 |
Reconocimiento Mutuo Pasivo:
Eslovenia |
1 |
Países Bajos |
2 |
Noruega |
1 |
Total |
4 |
Auxilio Judicial:
Portugal |
1 |
Eslovaquia |
1 |
Total |
2 |
Resumen:
Comisión Rogatoria Pasiva |
Dictamen de Servicio |
Orden Europea de Inv. |
Segui. Pasivo |
Auxilio Judicial |
Rec. Mutuo Pasivo |
Total |
|
Delitos contra el medio ambiente |
3 |
3 |
|||||
Delitos contra el patrimonio |
12 |
1 |
48 |
8 |
2 |
3 |
74 |
Delitos contra la libertad |
6 |
2 |
27 |
35 |
|||
Delitos informáticos |
1 |
2 |
3 |
||||
Falsedades documentales |
1 |
1 |
|||||
Homicidio /asesinato |
1 |
2 |
27 |
2 |
32 |
||
Lesiones |
1 |
1 |
|||||
Otros |
4 |
27 |
12 |
1 |
44 |
||
Pertenencia a organización criminal |
1 |
10 |
11 |
||||
Terrorismo/pertenencia a organización terrorista (Y y no Y ) |
4 |
2 |
9 |
3 |
18 |
||
Trata de seres humanos |
1 |
3 |
1 |
5 |
|||
Delitos contra el orden público |
1 |
1 |
|||||
Delitos contra la comunidad internacional |
1 |
1 |
|||||
Total |
30 |
8 |
158 |
27 |
2 |
4 |
229 |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
|
Orden Europea de Investigación |
38 |
95 |
113 |
129 |
158 |
Comisión Rogatoria Pasiva |
14 |
7 |
9 |
26 |
30 |
Dictamen de Servicio |
31 |
20 |
14 |
14 |
8 |
Seguimiento Pasivo |
34 |
80 |
26 |
18 |
27 |
Seguimiento Activo |
0 |
2 |
0 |
0 |
0 |
Auxilio Judicial |
0 |
0 |
0 |
0 |
2 |
Reconocimiento Mutuo Pasivo |
0 |
2 |
0 |
0 |
4 |
Total |
117 |
207 |
162 |
187 |
229 |
A. Equipos conjuntos de investigación.
Ley 11/2003, de 21 de mayo, reguladora de los ECI, incorporó a nuestro ordenamiento los mecanismos necesarios para su creación en el ámbito de la Unión Europea, permitiendo así la realización de investigaciones en el territorio de uno o de varios Estados miembros, a través de un grupo ad hoc formado por representantes de todos los Estados que acuerden la constitución del mismo. Con ello se pretende alcanzar mayores cotas de eficacia en la lucha contra la delincuencia organizada; pero, tanto la norma española como la Decisión Marco 2002/465/JAI, de 13 de junio de 2002, hacen especial énfasis en la lucha contra el terrorismo y en que se otorgue prioridad a los acuerdos de constitución de ECI que persigan estos fines.
En consecuencia, y teniendo en cuenta dicha prioridad, el art. 3 de la Ley 11/2003, cita entre las autoridades competentes para la adopción de acuerdos sobre la constitución de ECI en la Audiencia Nacional, cuando se refieran a materias de su exclusiva competencia y participen en tales equipos, a los miembros de las carreras judicial y fiscal en ella destinados. De manera que la función de Autoridad competente, cuando intervengan fiscales en el marco de sus diligencias actuando como jefes de equipo, solo podrá ser ejercida por el Fiscal Jefe.
En el marco de dichas competencias, la Fiscalía de la AN ha participado desde que la Ley entrara en vigor en la constitución y dirección de ECI tanto en materia de terrorismo como en materia de delincuencia organizada, bien de forma exclusiva (cuando se han constituido en diligencias de investigación), bien de forma conjunta con los Juzgados Centrales (cuando éstos se han incorporado como Autoridades competentes y jefes de ECI) si las diligencias han sido judicializadas.
Dada la situación creada por la pandemia, durante los años de esta solo se ha constituido un ECI el 28 de junio de 2021 con Francia para investigar un asunto relacionado con la financiación del terrorismo yihadista. En 2022 no se ha firmado ninguno.
Los equipos conjuntos en los que ha participado la Fiscalía de la Audiencia Nacional han sido los siguientes:
Fecha |
Estado |
Delito |
Hechos |
12/09/04 |
Francia. |
Terrorismo. |
Robo de vehículos en Francia para su uso en España en campaña de verano. |
10/11/05 |
Francia. |
Terrorismo. |
Atentado Ávila con vehículo sustraído en Francia. |
27/10/06 |
Francia. |
Terrorismo. |
Gspc (aqmi). |
24/05/07 |
Francia. |
Terrorismo. |
Atentado t4. |
10/03/09 |
Bulgaria. |
Falsedad €. |
Imprentas en Bulgaria. |
16/02/11 |
Bulgaria. |
Falsedad €. |
Red búlgara de falsificación. |
21/07/11 |
Francia. |
Terrorismo. |
Financiación aqmi con detenido e incautación de dinero en Francia. |
25/05/12 |
Bulgaria. |
Falsedad €. |
Redes búlgaras de falsificación. |
10/12/12 |
Reino Unido Rumania. |
Estafa y blanqueo. |
Boiler rooms en España y Rumania con víctimas británicas. |
25/04/13 |
Bulgaria. |
Falsedad tarjetas. |
Redes búlgaras de falsificación. |
11/12/13 |
Alemania. |
Robos, blanqueo y trata de menores. |
Organizaciones serbo-croatas dedicadas a robos y tráfico menores. |
02/10/17 |
Francia. |
Terrorismo. |
Atentado en Cambrils y en Barcelona el 17/08/2017. |
02/02/18 |
Francia. |
Terrorismo. |
Atentado en Cambrils y en Barcelona el 17/08/2017. |
28/06/21 |
Francia. |
Terrorismo. |
Financiación del terrorismo yihadista. |
B. Cumplimiento de condenas dictadas en el extranjero y cesiones de jurisdicción (CEX y CJI).
La competencia para el reconocimiento y ejecución en España de las resoluciones condenatorias dictadas por otros estados miembros, en las que se imponen penas o medidas privativas de libertad o medidas de libertad vigilada, corresponde al Juzgado Central de lo Penal, de conformidad con lo establecido en el art. 64.2 de la Ley 23/2014 de 20 de noviembre, por lo que todas las resoluciones judiciales dictadas al amparo de lo establecido en los arts. 77, 101 y ss. de la Ley, se reconocen y ejecutan exclusivamente en la Audiencia Nacional, previo preceptivo informe del Ministerio Fiscal de dicho órgano
Sala de lo Penal (CJI):
Cesión de Jurisdicción Internacional: 2.
Entradas: Informes emitidos: 55.
Sala de lo Penal / Servicio Común de Ejecutorias (CEX, AJI, EJI):
Expedientes de Jurisdicción Internacional (EJI): 5:
Sección primera: 2.
Sección segunda: 1.
Sección tercera: 1.
Sección cuarta: 1.
Entradas: 102 (CEX, EJI).
Informes emitidos: 17 (CEX, EJI).
Indultos: 1.
Informes: 2.
C. Procedimientos relativos al reconocimiento y ejecución en España de las sentencias dictadas por tribunales de la Unión Europea.
En 2022 (tal como se expone en los cuadros explicativos), se incoaron 128 procedimientos; se han registrado 1.473 entradas; 1.092 notificaciones y 401 entradas de expedientes para informes diversos (suspensión de condena, archivos provisionales, archivos definitivos, liquidaciones de condena, buscas y capturas, requerimientos para ingreso en prisión, etc.) correspondientes al año 2022 y a los anteriores años.
Se han dictado 60 autos de reconocimiento y ejecución en España de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Unión Europea.
Se han concedido en 7 ocasiones la suspensión de la pena.
Se han reconocido 8 condenas de libertad vigilada.
Se ha denegado el reconocimiento y ejecución en 35 procedimientos, fundamentalmente por falta de arraigo familiar, laboral y/o social del condenado en nuestro país o por ser la pena cuyo reconocimiento se solicitaba inferior a 6 meses de prisión.
Se han acordado 76 archivos definitivos y existen 79 procedimientos incoados en el referido año, que se encuentran pendientes de resolución.
Los países que más han solicitado el reconocimiento y ejecución de sus sentencias son: Rumania (21), Portugal (15) y Francia (12).
Sólo han presentado una solicitud, los siguientes países: Malta, Reino Unido, Grecia y Austria.
Cuadros explicativos:
Países (causas incoadas en 2022)
Alemania |
10 |
Bulgaria |
3 |
Francia |
12 |
Grecia |
1 |
Italia |
15 |
Lituania |
2 |
Polonia |
9 |
Portugal |
15 |
Reino Unido |
1 |
Rumania |
21 |
Suecia |
9 |
Países Bajos |
9 |
Bélgica |
7 |
Hungría |
5 |
Austria |
1 |
Dinamarca |
4 |
Irlanda |
2 |
Malta |
1 |
Marruecos |
1 |
Total general |
128 |
Archivo definitivo
Alemania |
4 |
Bélgica |
3 |
Bulgaria |
3 |
Francia |
9 |
Italia |
9 |
Lituania |
1 |
Países Bajos |
8 |
Polonia |
6 |
Portugal |
2 |
Reino Unido |
2 |
Republica Checa |
1 |
Rumania |
20 |
Suecia |
4 |
Austria |
1 |
Hungría |
2 |
Estonia |
1 |
Total |
76 |
Pendientes de resolver
Alemania |
7 |
Bulgaria |
2 |
Francia |
13 |
Italia |
9 |
Lituania |
2 |
Polonia |
7 |
Portugal |
12 |
Reino Unido |
1 |
Rumania |
8 |
Suecia |
4 |
Países Bajos |
3 |
Bélgica |
5 |
Hungría |
1 |
Austria |
1 |
Dinamarca |
2 |
Irlanda |
1 |
Holanda |
1 |
Total |
79 |
Auto de reconocimiento
Alemania |
4 |
Bulgaria |
1 |
Francia |
4 |
Grecia |
1 |
Italia |
7 |
Polonia |
4 |
Portugal |
8 |
Rumania |
11 |
Suecia |
3 |
Países Bajos |
7 |
Bélgica |
3 |
Hungría |
1 |
Austria |
1 |
Dinamarca |
3 |
Malta |
1 |
Marruecos |
1 |
Total |
60 |
País |
Libertad vigilada |
Prisión No |
Prisión Sí |
Suspensión de Pena |
Adaptación de Pena |
Total |
Alemania |
4 |
4 |
||||
Bulgaria |
1 |
1 |
||||
Francia |
1 |
2 |
1 |
4 |
||
Grecia |
1 |
1 |
||||
Italia |
2 |
4 |
1 |
7 |
||
Polonia |
2 |
2 |
4 |
|||
Portugal |
8 |
8 |
||||
Rumania |
3 |
5 |
2 |
1 |
11 |
|
Suecia |
1 |
2 |
3 |
|||
Países Bajos |
1 |
2 |
3 |
1 |
7 |
|
Bélgica |
1 |
2 |
3 |
|||
Hungría |
1 |
1 |
||||
Austria |
1 |
1 |
||||
Dinamarca |
3 |
3 |
||||
Malta |
1 |
1 |
||||
Marruecos |
1 |
1 |
||||
Total |
8 |
3 |
39 |
7 |
3 |
60 |
Auto de no reconocimiento
Alemania |
1 |
Bulgaria |
1 |
Francia |
2 |
Italia |
4 |
Polonia |
1 |
Portugal |
2 |
Reino Unido |
1 |
Rumania |
6 |
Suecia |
7 |
Países Bajos |
2 |
Bélgica |
2 |
Hungría |
2 |
Austria |
1 |
Dinamarca |
1 |
Eslovenia |
1 |
Irlanda |
1 |
Total |
35 |
Indultos incoados 2022
País |
|
Rumanía |
1 |
Reino Unido |
1 |
Portugal |
1 |
Total |
3 |
La Fiscalía en su totalidad, ha emitido un total de 401 informes de las 1.473 notificaciones recibidas, produciéndose un incremento de un 8,2% con respecto a la emisión de informes del año 2021, que fueron 368.