CAPÍTULO II. ÓRGANOS CENTRALES DEL MINISTERIO FISCAL - 1. FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPREMO

1.5 Fiscalía Togada de lo Militar

1.5.1 Introducción

La presente Memoria de la Fiscalía Togada, correspondiente al año 2022, se redacta en cumplimiento de lo que previene el artículo 9 de la Ley 50/1981, de 30 diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (en adelante EOMF), así como en el artículo 95, apartado 6.º, de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar (en adelante LOCOJM), que prevé igualmente la elaboración de un «Informe General» para su elevación al Fiscal General del Estado y posteriormente al Ministro de Defensa.

El contenido y formato de la Memoria procura, en lo posible, dar cumplimiento a las previsiones de la Instrucción 1/2014, de 21 de enero, dada por la Fiscalía General del Estado, y a su complementario Decreto de fecha 28 de noviembre de 2022, del Fiscal General del Estado, con las necesarias acomodaciones al ámbito, estructura y especialidades de esta Fiscalía, así como de las que de ella dependen, esto es, de las Fiscalías Jurídico Militares, tanto la del Tribunal Militar Central (TMC en lo sucesivo) como las de cada una de los cinco Tribunales Militares Territoriales (en adelante TMT’s).

Por último, se indica que en los tribunales militares se han producido vacantes en los últimos años que no han podido ser cubiertas al tratarse de nombramientos discrecionales a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

1.5.2 Incidencias en materia de personal y aspectos organizativos

1. En la plantilla de la Fiscalía Togada se produjo la baja de uno de los fiscales por pase a la situación de reserva el día 23 de noviembre de 2022, siendo su puesto ocupado por otro General Auditor, que causó alta el día 29 siguiente.

2. Por su parte, en las Fiscalías Jurídico Militares que a continuación se relacionan, la plantilla ha sufrido las siguientes variaciones:

2.1 En la Fiscalía del TMC causó baja el Fiscal Jefe, Coronel Auditor D. Fernando Benito del Val Esteban, por pase a la situación de reserva el día 14 de mayo de 2022; dicho puesto se encuentra pendiente de cubrir.

2.2 En la Fiscalía del TMT 1.0 (Madrid) cesó una fiscal, en virtud de Orden de 1 de septiembre de 2022 por la que pasaba a la situación de servicio activo como funcionaria en prácticas no destinable y su puesto fue cubierto por otra Comandante Auditor, con fecha 28 de noviembre de ese mismo año.

Por lo que se refiere al personal civil, se produjo la incorporación de una persona como personal laboral, con fecha 6 de septiembre de 2022.

2.3 En la Fiscalía del TMT 2.0 (Sevilla) no se ha producido ningún movimiento de personal.

2.4 En la Fiscalía del TMT 3.0 (Barcelona) tampoco se ha producido movimiento alguno de personal.

Tal y como se ha puesto de relieve en años precedentes, esta Fiscalía carece de personal civil por falta de cobertura de las dos vacantes que tiene asignadas. La primera de las vacantes de funcionario, Jefe de Negociado, nivel 18, se produjo en el mes de mayo de 2010, cuando la funcionaria que la ocupaba fue destinada al Ministerio de Fomento. La segunda vacante se produjo en el mes de octubre de 2017, fecha en que pasó a la situación de jubilación por edad la única funcionaria que prestaba sus servicios en esta Fiscalía. A día de hoy este puesto sigue sin cubrirse por falta de peticionarios.

2.5 En la Fiscalía del TMT 40 (A Coruña) no se ha producido ningún movimiento de personal.

2.6 Por último, y con relación a la Fiscalía del TMT 50 (Santa Cruz de Tenerife), durante el año 2022 causaron baja el Fiscal Jefe, Teniente Coronel Auditor D. Ricardo Javier Gutiérrez del Álamo del Arco, por pase a la situación de reserva, y una de las dos fiscales, por pase a la situación de servicios especiales.

1.5.3 Actividad de las fiscalías jurídico militares

1.5.3.1 Actividad de las fiscalías del TMC y de los TMT’S

Los datos estadísticos correspondientes a las Fiscalías Jurídico Militares del TMC y de los TMT’s no reflejan todo el volumen de trabajo que soportan aquellas, pues además del despacho ordinario de los asuntos a que hacen referencia aquellos cuadros estadísticos, forma parte de la actividad de las fiscalías sus comparecencias en las distintas sedes de los juzgados (gran parte de ellas radicadas fuera de la sede de la fiscalía respectiva) para la práctica de todo tipo de diligencias, tales como declaraciones de investigados, testigos, peritos, reconstrucción de hechos, personaciones físicas para examen de actuaciones, comprobación e impulso de procedimientos singulares, cuando el caso así lo demande, intervención en procedimientos de habeas corpus y celebración de las «vistillas» previas a la adopción de medidas cautelares personales, así como la asistencia a vistas orales fuera de su sede cuando se desplaza con el respectivo tribunal, entre otras actividades.

Esta labor, ordenada desde la Fiscalía Togada, responde a la línea marcada desde la Fiscalía General del Estado de involucrarse en el proceso penal desde su inicio y en todas sus fases, tanto en su función acusadora como en la de garante de los derechos de las partes en el proceso, con especial atención a las víctimas del delito, se encuentren o no personadas en las actuaciones. De este modo, las distintas Fiscalías Territoriales y del TMC han visto acentuada paulatinamente su presencia en gran parte de las actuaciones judiciales instructoras, participando activamente tanto en la investigación como en el impulso de las actuaciones judiciales, si bien durante el año 2022 los desplazamientos fuera de la provincia de las respectivas sedes de las fiscalías se han reducido significativamente con respecto a 2021, sustituyéndose, en su caso, por comparecencias virtuales (videoconferencia).

1.5.3.1.1 Orden penal

1.5.3.1.1.1 Evolución de los procedimientos penales

El análisis comparativo de los procedimientos iniciados en los últimos años refleja la evolución de la actividad procesal penal. Deviene necesario diferenciar en este punto el tipo de procedimiento penal iniciado y el territorio jurisdiccional en que se origina, lo que determinará la distribución geográfica cualitativa y cuantitativa de los asuntos penales incoados.

Comparativa de procedimientos iniciados en 2021 y 2022

Procedimientos iniciados

2021

2022

Sumarios

212

230

Diligencias preparatorias

46

42

Diligencias previas

294

256

Total

552

528

A la vista de tales datos se constata una disminución general de procedimientos penales (–24) respecto al año 2021, que porcentualmente representa una reducción de –4,34 %.

Por lo que respecta a las diligencias preparatorias, procedimiento especial para el enjuiciamiento del delito de abandono de destino, de residencia y deserción, se aprecia un descenso en su número respecto a las de año 2021 (–9,69%), en consonancia con la tendencia de los últimos años. Así, si se examinan los quince últimos años, se observa claramente la disminución de las diligencias preparatorias incoadas [año 2007 (989); año 2008 (772); año 2009 (516); año 2010 (460); año 2011 (258); año 2012 (144); año 2013 (101); año 2014 (56)], que se ha venido vinculando a la situación económico-laboral, pues la situación de desempleo y la falta de alternativas laborales extramuros de los ejércitos provocó un retraimiento de los delitos de abandono de destino, dado que la condena conllevaba en aquel entonces la consecuencia administrativa de la resolución del compromiso y su baja del servicio. No obstante, a partir del año 2014, y por lo que respecta al delito de abandono de destino, su evolución muestra una tendencia estable en «dientes de sierra» [año 2014 (56); año 2015 (47); año 2016 (72); año 2017 (55); año 2018 (62); año 2019 (51); año 2020 (38); año 2021 (46); y año 2022 (42)], con ligeras subidas y bajadas, alguna más acusada como la disminución experimentada durante la pandemia en el año 2020.

Con relación a los demás delitos militares, los sumarios incoados han experimentado en 2022 una ligera subida (+8,5 %) con relación al año 2021, en menor proporción que los últimos años (+36,8 en 2021).

1.5.3.1.1.2 Distribución por tribunales de los procedimientos penales iniciado

El cómputo de los procedimientos iniciados por los distintos órganos de la jurisdicción militar durante el año 2022 arroja, por territorios, los siguientes resultados:

Tribunales Militares

Número de procedimientos penales (*) por territorios, iniciados en 2022

Porcentaje sobre el total

Tribuna Militar Central (TMC)

44

8,3%

T. M. T. Primero

99

18,7%

T. M. T. Segundo

153

29,0%

T. M. T. Tercero

42

8,0%

T. M. T. Cuarto

110

20,8%

T. M. T. Quinto

80

15,2%

Total

528

100,0%

(*) Sumarios, diligencias preparatorias y diligencias previas.

Los anteriores datos se insertan en el siguiente gráfico:

Cap02_Graf_14

Los datos recogidos en este cuadro reflejan el volumen de los procedimientos iniciados durante el año 2022 por los distintos órganos jurisdiccionales militares en cada territorio, o de todo el territorio nacional en el caso del TMC.

De la información estadística se desprende que los territorios de los TMT 2.º y 4.º son los que mayor número de procedimientos penales iniciaron durante el año 2022 (con un total de 153 y 110 procedimientos iniciados respectivamente, que representan un 29% y un 21% del total), seguidos por el territorio del TMT 1.º (con 99 incoaciones, equivalente al 19%), y a más distancia por los territorios del TMT 5.º (con 80 procedimientos, que supone el 15%), y del TMT 3.º (con 42 procedimientos, que equivalen al 8% del total de incoaciones penales), como refleja el siguiente gráfico.

Cap02_Graf_15

Si se excluyen las diligencias previas del total de procedimientos penales incoados (dada su naturaleza provisoria y precursora de un ulterior procedimiento penal), los datos indican que el territorio del TMT 2.º ha sido, por lo que al ámbito penal se refiere, el tribunal militar con mayor carga de trabajo (93 procedimientos penales incoados, de los cuales 73 son sumarios y 20 son diligencias preparatorias); le sigue en orden cuantitativo el TMT 1.º (76 procedimientos iniciados, de los que 66 son sumarios y 10 diligencias preparatorias), y a más distancia el TMT 4.º (con 36 procedimientos iniciados: 34 sumarios y 2 diligencias preparatorias). En último lugar se sitúan los TMT 5.º (29 sumarios y 3 diligencias preparatorias) y 3.º (17 sumarios y 4 diligencias preparatorias).

1.5.3.1.1.3 Diligencias de investigación del Fiscal

Durante el año 2022, al que se contrae la presente Memoria se abrieron las diligencias de investigación que se reflejan en el cuadro, con el resultado que también se expresa:

Fiscalía

Diligencias de Investigación incoadas

Remitidas al Juzgado para incoación procedimiento penal

Archivadas sin responsabilidad

Fiscalia Togada

0

0

0

Fiscalía del TMC

4

1

2

Fiscalía del TMT 1.º

0

0

0

Fiscalía del TMT 2.º

0

0

0

Fiscalía del TMT 3.º

1

0

0

Fiscalía del TMT 4.º

0

0

0

Fiscalía del TMT 5.º

0

0

0

Total

4

1

2

1.5.3.1.1.4 Sentencias penales dictadas en 2022

El número de sentencias dictadas en el orden penal por los distintos Tribunales Militares, y su correspondencia con las pretensiones acusatorias ejercidas por el Ministerio Fiscal, quedan reflejadas en el siguiente cuadro:

T.M.C. Madrid

T.M.T 1.º

Madrid

T.M.T 2.º Sevilla

T.M.T 3.º Barcelona

T.M.T 4.º A Coruña

T.M.T 5.º Tenerife

Total

Totales

3

33

48

13

26

12

135

Sentencias condenatorias

2

25

33

7

24

10

101

1. Conformes con petición MF

1

16

17

3

14

7

58

1.1 Antes de la Vista

1

13

3

2

0

3

22

1.2 En la Vista

0

3

14

1

14

4

36

2. No conformes con MF

1

9

16

4

10

3

43

Sentencias absolutorias

1

8

15

6

2

2

34

Las anteriores cifras reflejan el notable porcentaje, en torno al 75% (similar al anterior período de 2021), en que los respectivos Tribunales han acogido las pretensiones de condena del Ministerio Fiscal (101 sentencias condenatorias), de las cuales un 57,4% concluyeron con sentencia de conformidad (58 sentencias). Por su parte, el índice de sentencias absolutorias alcanzó el 25% del total de las dictadas, siendo destacable la gran proporción de absoluciones producidas en el ámbito del TMT 3.º, que se eleva hasta el 46,15% (en los mismos términos que durante el año 2021), seguida del TMC, TMT 1.º y TMT 2.º, con porcentajes entre el 31%, 25% y el 33,33% respectivamente; lo que contrasta con el 16,66% de absoluciones producidas en el TMT 5.º o el 7,69 % del TMT 4.º

1.5.3.1.1.5 Sentencias Condenas desglosadas por delitos y código penal o penal militar (de 1985 o 2015) aplicado

En los siguientes cuadros se recoge la relación de delitos que han sido objeto de condena por la Jurisdicción militar durante 2022, con distinción del código aplicado: Código Penal Militar (CPM 1985 derogado o CPM 2015) o Código Penal.

Art.

Código Penal Militar 1985

119

Abandono de destino o residencia

1

138

Extralimitación en el ejercicio el mando

1

Total

2

Art.

Código Penal Militar 2015

26

Revelación de Secretos

1

34-35

Delitos contra centinela, autoridad militar, fuerza armada o policía militar

1

42-43

Insulto a superior

10

44

Desobediencia

7

45-48

Abuso de autoridad

18

49

Contra ejercicio derechos fundamentales, maltrato o abusos sin relación jerárquica

7

50

Impedimento o limitación al ejercicio de derechos fundamentales, acoso, amenazas

3

55

Deslealtad

20

56

Abandono de destino o residencia

29

58

Quebrantamientos especiales deber presencia

1

59

Inutilización voluntaria y simulación para eximirse del servicio

1

67

Abandono de servicio

2

68-69

Delitos contra los deberes del centinela

3

70

Embriaguez e intoxicación drogas tóxicas en acto de servicio…

6

76

Tráfico, cultivo elaboración de drogas en instalaciones militares.

1

77

Muerte o lesiones por imprudencia en actos de servicio

2

81-85

Delito contra el patrimonio en el ámbito militar

6

Total

118

Art.

Código Penal

Total

Delitos comunes

5

1.5.3.1.1.6 Evolución de la criminalidad militar en los últimos cuatro años

El índice delictivo en el ámbito militar sigue estando muy por debajo de las cifras que arrojaban los años anteriores a 2017, anualidad a partir de la cual la criminalidad experimenta un notable descenso. En el año 2022, el número de condenas ha disminuido en un 23,3% con respecto a 2021, habiéndose producido en todos los grupos de figuras delictivas, destacando la reducción en un 80% de los delitos de abuso de autoridad en sus modalidades de acoso, amenazas, coacciones, injurias o discriminación (art. 47 CPM) y en un 64,3% de los delitos contra los derechos fundamentales, que comprende los casos de trato degradante, abusos y agresiones sexuales y distintas modalidades de acoso entre militares de igual rango (arts. 49 y 50 CPM 2015), conductas todas ellas que se incorporaron como delito militar al texto punitivo castrense en 2015 (vigente desde enero de 2016).

El cuadro que se expone a continuación revela desde un punto de vista cualitativo la evolución de la criminalidad a partir de las condenas recaídas en la jurisdicción militar durante el período 2019 a 2022, por grupos de delitos agrupados en función del bien jurídico protegido.

Relación de condenas por tipos penales (sumarios y diligencias preparatorias)

Grupos de figuras delictivas del C.P.M.

2019

2020

2021

2022

Delitos contra los deberes del servicio (de los arts. 115 a 123 CPM 1985 y arts. 51 a 80 CPM 2015)

81

58,3%

45

47,4%

78

49,1%

67

55,8%

Delitos contra la disciplina (arts. 91 a 106 CPM 1985 y arts. 38 a 48 CPM 2015)

33

23,7%

27

28,4%

43

27,0%

35

29,2%

Delitos contra derechos fundamentales (trato degradante, agresión o abuso sexual, acoso, arts. 49 y 50 CPM)

28

17,6%

10

8,3%

Delitos contra la Hacienda/ Patrimonio en el ámbito militar (arts. 189 a 197 CPM 1985 y arts. 81 a 85 CPM 2015)

5

3,6%

5

5,3%

7

4,4%

6

5,0%

Resto de figuras delictivas

20

14,4%

18

18,9%

31

19,5%

2

1,7%

Total

139

100%

95

100%

159

100%

120

100%

1.5.3.1.2 Orden contencioso-disciplinario militar

Los cuadros que se plasman a continuación reflejan la evolución experimentada durante los cuatro últimos años en este ámbito jurisdiccional, cuya competencia viene también atribuida a la jurisdicción militar y se articula para la revisión de las sanciones disciplinarias impuestas a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil por las faltas leves, graves o muy graves contenidas en sus respectivas leyes de régimen disciplinario: la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, para las Fuerzas Armadas y la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, para la Guardia Civil.

Dos son las clases de recursos a través de los que puede instarse la tutela judicial para el control de la legalidad, ordinaria o constitucional, de la potestad sancionadora ejercida por la Administración Militar en el ámbito disciplinario militar: el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario y el recurso contencioso-disciplinario militar preferente y sumario, este último configurado en la Ley Procesal Militar para la protección de los derechos fundamentales de la persona referidos en el artículo 53.2 de la Constitución.

La evolución de la litigiosidad en este ámbito queda reflejada en el siguiente cuadro:

TRIBUNALES MILITARES

Recursos contencioso-disciplinarios militares iniciados (*) y porcentaje sobre el total

2019

2020

2021

2022

T. M. C. (Madrid)

263

78,9%

198

74,7%

160

70,2%

122

68,9%

T. M. T. 1.º (Madrid)

33

9,9%

21

7,9%

17

7,4%

15

8,5%

T. M. T. 2.º (Sevilla)

8

2,4%

20

7,6%

15

6,6%

10

5,6%

T. M. T. 3.º (Barcelona)

7

2,1%

9

3,4%

8

3,5%

7

4,0%

T. M. T. 4.º (A Coruña)

17

5,2%

14

5,3%

21

9,2%

15

8,5%

T. M. T. 5.º (Tenerife)

5

1,5%

3

1,1%

7

3,1%

8

4,5%

Total.

333

100%

265

100%

228

100%

177

100%

(*) Se incluyen tanto los recursos contenciosos ordinarios como los preferentes y sumarios.

Del cuadro anterior se desprende la consolidación de la tendencia descendente en los últimos años en el número de procedimientos incoados, que pasan de 228 en 2021 a 177 en 2022, lo que supone una reducción del 22,3%. Por otra parte, el mayor peso de la actividad judicial desarrollada en el ámbito contencioso-disciplinario, a diferencia de lo que sucede en el orden penal, sigue recayendo sobre el TMC, que soporta el 68,9% de los procedimientos, un porcentaje muy próximo al alcanzado en los años precedentes.

El desglose por años, diferenciando una y otra clase de recursos, ofrece el siguiente resultado, que expresamos a continuación en los siguientes cuadros, en forma numérica y gráfica:

Recursos Contenciosos Disciplinarios Iniciados

2019

2020

2021

2022

Recursos Contenciosos Disciplinarios Ordinarios

303

241

213

163

Recursos Contenciosos Disciplinarios Preferentes y Sumarios

30

24

15

14

Total

333

265

228

177

Cap02_Graf_16

De los datos recogidos en el anterior cuadro numérico y correlativo gráfico se infiere que la indicada disminución con respecto a 2021 en el número total de recursos contencioso-disciplinarios no corre de forma pareja en uno y otro tipo de procedimientos, pues el recurso ordinario, de más frecuente utilización, presenta una disminución del 23,4% mientras que el preferente y sumario, como procedimiento especial, decrece tan solo un 6,7%, pues ya se encontraba en números muy bajos (pasan de 15 a 14).

La general disminución de los asuntos contenciosos disciplinarios durante 2022 se alinea con la de los procedimientos penales tramitados en el mismo período, como se puede apreciar en el cuadro numérico y subsiguiente gráfico que se aporta a continuación:

Procedimientos Iniciados

2019

2020

2021

2022

Procedimientos penales

603

497

552

528

Recursos contencioso-disciplinarios

333

265

228

177

Cap02_Graf_17

Por lo que respecta a la resolución de los recursos contenciosos-disciplinarios, ya sea mediante sentencia o anticipadamente por auto de inadmisión a trámite, se presentan en el siguiente cuadro los datos comparativos de los distintos tribunales en los últimos cuatro años, que evidencian una disminución global (-27,10%) de la sentencias y autos de inadmisión dictados durante el pasado año, al pasar de 273 a 199 resoluciones, en línea con la tendencia decreciente de los últimos años, solo alterada en el ejercicio de 2021.

Tribunales Militares

Recursos contencioso-disciplinarios militares resueltos(*)

y porcentaje correspondiente a cada tribunal

2019

202

2021

2022

T.M. Central (Madrid)

255

81%

181

77,4%

204

74,7%

135

67,8%

T.M.T. 1.º (Madrid)

22

7%

16

6,8%

26

9,5%

20

10,2%

T.M.T. 2.º (Sevilla)

14

4,4%

10

4,3%

18

6,6%

16

8,0%

T.M.T. 3.º (Barcelona)

8

2,5%

4

1,7%

8

3,0%

11

5,5%

T.M.T. 4.º (A Coruña)

12

3,8%

18

7,7%

11

4,0%

13

6,5%

T.M.T. 5.º (Tenerife)

4

1,3%

5

2,1%

6

2,2%

4

2,0%

Total

315

100%

234

100%

273

100%

199

100%

(*) Resueltos por sentencia o auto de inadmisión, tanto en recursos contenciosos militares ordinarios como recursos contenciosos militares preferentes y sumarios.

1.5.3.2 Actividad de la Fiscalía Togada

En total, durante el año 2022, han tenido entrada en esta Fiscalía Togada 1.756 asuntos, procedentes de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, de órganos administrativos o directamente de los ciudadanos, evacuándose en cada caso el trámite oportuno.

Los escritos e informes despachados por la Fiscalía Togada pueden clasificarse del siguiente modo:

1.5.3.2.1 Asuntos ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo

1.5.3.2.1.1 Orden Penal

Orden penal

116

Informes emitidos en recursos de casación

97

Informes emitidos en incidentes de nulidad, tasación de costas

19

1.5.3.2.1.2 Orden Contencioso-Disciplinario Militar

Orden contencioso-disciplinario militar

9

Informes emitidos en recursos de casación

4

Informes emitidos en incidentes de nulidad, competencia

5

1.5.3.2.2 Asuntos ante otras Salas del Tribunal Supremo

Sala Especial (Art. 39 LOPJ) de Conflictos de Jurisdicción informes emitidos: 3.

1.5.3.2.3 Relaciones con las Fiscalías del Tribunal Militar Central, Tribunales Territoriales, otros organismos e información al ciudadano

Informes, comunicaciones, consultas, y otros escritos

764

1.5.3.2.4 Recursos de Casación interpuestos ante la Sala Quinta

1.5.3.2.4.1 Orden Penal

Orden Penal

55

Preparados por el Ministerio Fiscal

4

Preparados por el Ministerio Fiscal y la Defensa

0

Preparados por el Ministerio Fiscal y Acusación particular

1

Preparados por la Acusación Particular

12

Preparados por la Defensa

37

Preparados por la Defensa y Acusación Particular

1

Preparado por la defensa, Fiscal y Acusación Particular

0

1.5.3.2.4.1.1 Recursos de casación desglosados por delitos (*)

Quedan reflejados en el siguiente cuadro:

Art.

Código Penal Militar 2015

N.º

26

Revelación de secretos o informaciones relativas a la Seguridad y Defensa

1

42-43

Insulto a superior

6

44

Desobediencia

2

45-48

Abuso de autoridad

15

49-50

Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas por los militares (trato degradante, acoso o abuso sexual, acoso y otros a personal militar de igual empleo)

6

55

Deslealtad

9

56

Abandono de destino o residencia

9

65

Extralimitaciones en el ejercicio del mando

1

67

Abandono de servicio

2

71

Omisión del deber de socorro

1

75-77

Delitos contra la eficacia del servicio

3

80

Delitos contra otros deberes del servicio

1

81-85

Delitos contra el patrimonio en el ámbito militar

3

Total

59

(*) Algunos recursos pueden referirse a varios delitos o ser interpuestos por varios recurrentes.

Art.

Código Penal

N.º

179

Agresión sexual

1

456

Denuncia falsa

2

458

Falso testimonio

1

Total

4

Art.

Código Penal Militar 1985

N.º

182

Delito contra la Administración de Justicia Militar

1

1.5.3.2.4.1.2 Principales delitos que son objeto de recurso de casación

Los delitos contra la disciplina (en particular los de abuso de autoridad e insulto a superior, que conjuntamente totalizan 21 recursos de casación) son las infracciones penales que con más frecuencia se han llevado a debate casacional, lo que confirma la tendencia apreciada en los últimos años. Destacan así los 15 recursos en causas seguidas por delito de abuso de autoridad (incluye casos de maltrato de obra, trato degradante y acoso sexuales a militar subordinado), y los 6 recursos en procedimientos por delitos de insulto a superior (comprende casos de maltrato de obra, coacciones, amenazas o injurias a superior). Le siguen en orden cuantitativo las impugnaciones casacionales de condenas por delito de abandono de destino, otrora protagonista principal de la actividad impugnativa, que ascienden a 9 recursos, y los de deslealtad (dar, a sabiendas, información falsa sobre asuntos del servicio, usualmente en supuestos de analíticas de orina para detección de consumo de sustancias prohibidas), también 9. Los datos estadísticos correspondientes a los demás delitos conocidos en vía casacional no son significativos.

1.5.3.2.4.1.3 Tiempo medio entre emisión de informe del Ministerio Fiscal y la sentencia

De los recursos de casación formalizados o informados (oposición y/o adhesión) por la Fiscalía Togada en el año 2022 la media de tiempo transcurrido entre la formalización o la oposición del fiscal y la decisión del recurso es de 107 días. El período de resolución constatado oscila entre un mínimo de 18 días y un máximo de 266 días, sin que a estos efectos se hayan computado 4 recursos que penden de resolución.

1.5.3.2.4.2 Recursos de Casación en el orden contencioso-disciplinario militar

Preferentes y sumarios

8

Preparados por el Ministerio Fiscal

0

Preparados por la Abogacía del Estado

1

Preparados por el sancionado

5

Informes emitidos sobre cuestión de competencia, nulidad de actuaciones y revisión

2

1.5.3.2.4.2.1 Ordinarios (*)

Preparados por el demandante y/o Abogado del Estado

59

(*) Se significa que el Ministerio Fiscal no es parte en los contenciosos disciplinarios militares ordinarios, si bien es llamado a intervenir ocasionalmente para informar sobre competencia o prejudicialidad penal.

1.5.3.2.5 Recursos contencioso-disciplinarios incoados por la Sala Quinta en primera y única instancia

Recursos contencioso disciplinarios incoados por la Sala Quinta en primera y única instancia

11

1.5.3.2.6 Asuntos de relevancia o interés doctrinal analizados por la Sala Quinta

De los asuntos que han sido resueltos por la Sala Quinta merecen ser citados por su relevancia o interés doctrinal, los siguientes:

En relación con el incumplimiento del art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y el art. 2 del Protocolo 7 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, al no haberse implantado la doble instancia en la jurisdicción militar, cabe citar la sentencia de 12 de enero de 2022, 43/2021, en la que la Sala mantiene de modo uniforme que en nuestro sistema procesal se da satisfacción a las exigencias sobre el derecho a la doble instancia penal que derivan de nuestros compromisos internacionales, y ello se logra a través del recurso de casación articulado en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, entendido en sentido amplio, al punto de permitir una revisión integral de la sentencia de instancia, no sólo de las cuestiones de derecho, sino también de la prueba practicada, en cuanto a su misma existencia y suficiencia, su obtención y práctica conforme a derecho y su valoración razonable y razonada.

Por lo que respecta a la revisión de sentencias absolutorias en sede casacional, la doctrina de la Sala reitera la dificultad de tornar la absolución en condena en vía casacional, al quedar reducida esta posibilidad estrictamente a los supuestos en que ello es inevitable consecuencia del debate jurídico sobre la correcta subsunción de los hechos, ya inamovibles y vinculantes, en la norma penal aplicable. Así lo ha entendido la Sala 5.ª, por ejemplo, en las STS núm. 94/2022, de 19 de octubre, y en la núm. 31/2022, de 23 de noviembre, en ambos casos sobre delitos de abuso de autoridad.

1.5.3.2.7 Otras actividades

El día 3 de febrero se llevó a cabo en la sede de la Fiscalía General del Estado una actividad docente con los alumnos del Grado en Derecho, Relaciones Internacionales y Criminología de la Universidad Europea de Madrid.

El día 3 de marzo se realizó una actividad docente en la sede de la Fiscalía General del Estado con los alumnos del Grado en Derecho de la Universidad Europea de Madrid.

El día 2 de abril se participó en el Prácticum de los alumnos del Grado en Derecho y Relaciones Internacionales de la Universidad Carlos III, igualmente en la sede de la Fiscalía General del Estado.

El día 8 de noviembre se llevó a cabo en la sede de la Fiscalía General del Estado una jornada de trabajo con una representación del Consejo Judicial Militar Italiano.

1.5.4 Procedimientos judiciales de cierta relevancia, transcendencia social o interés para la Fiscalía

Se incorporan a continuación algunas referencias a procedimientos concretos que, a juicio de los fiscales jefes de las respectivas fiscalías jurídico militares, merecen particular mención por su especial relevancia, trascendencia social o interés para la Fiscalía.

1. Fiscalía del Tribunal Militar Central.

De los procedimientos iniciados contra personal aforado al Tribunal Militar Central, son de destacar los siguientes:

– Sumario 01/01/22: Seguido contra un teniente coronel por un presunto delito contra la eficacia del servicio (art. 75 CPM) como consecuencia de los hechos ocurridos durante un ejercicio de adiestramiento (ANCLA 21) realizado en Castro Urdiales (Cantabria) por el Regimiento de Pontoneros n.o 12 con sede en Zaragoza, que consistía en la instalación de un muelle flotante de pontones. Debido al estado de la mar con fuerte marejada y rachas de viento, varios elementos acabaron a la deriva produciendo daños en algunas embarcaciones, así como lesiones en varios de los militares intervinientes en el ejercicio. La causa se encuentra en fase de juicio oral.

– Sumario 01/05/22: Seguido contra personal de empresas y personal militar (un teniente coronel y un brigada) por hechos relacionados con presuntas irregularidades en la contratación y gestión de transporte de personal militar de la Brigada Paracaidista (BRIPAC), Paracuellos del Jarama (Madrid). La causa se encuentra en fase de instrucción.

– Sumario 02/02/22: Seguido contra un general de brigada y dos tenientes coroneles, como investigados, en averiguación de las lesiones causadas a un soldado, ocupante de un vehículo táctico, tras impactar en el mismo un proyectil iluminante disparado por una pieza de artillería durante la realización de la Operación Teide, con fuego real, desarrollada por el Regimiento de Artillería de Campaña n.o 93, con guarnición en la Laguna y el Regimiento de Infantería n.o 49, con guarnición en Santa Cruz de Tenerife (unidades ambas de la Brigada «Canarias XVI»), enmarcada dentro del Ejercicio CANAREX 21. La causa se encuentra en fase de instrucción.

– Sumario 02/05/22: Seguido contra personal militar como consecuencia de la presunta sustracción de gasóleo propiedad de la Armada y su comercialización a precios muy bajos, en una trama orquestada simulando averías y derrames en los tanques de gasóleo en las instalaciones militares de la Armada en Cartagena (Murcia). La causa se encuentra en fase de instrucción.

2. Fiscalía del TMT 1.º (Madrid).

En el ámbito del TMT 1.º figuran como procedimientos de relevancia en tramitación el siguiente:

– Sumario 14/01/22: Iniciado como diligencias previas 14/01/21 por auto de 10 de junio de 2021 como consecuencia del fallecimiento de un Sargento destinado en el Tercio «Alejandro Farnesio» 4.º de la Legión, durante un salto paracaidista realizado como parte de las actividades de instrucción del curso de operaciones especiales que estaba realizando. Se encuentra en instrucción.

3. Fiscalía del TMT 2.º (Sevilla).

En el ámbito del TMT 2.º figura como procedimiento de relevancia en tramitación el siguiente:

– Sumario n.o 24/02/22: Seguido por un presunto delito contra la eficacia en el servicio (art. 77 CPM) por el fallecimiento de un Caballero Legionario durante la celebración de un ejercicio táctico en el Campo de Tiro y Maniobras Álvarez de Sotomayor. La causa se encuentra en fase de instrucción.

4. Fiscalía del TMT 3.º (Barcelona).

En este año 2022 se incoó el Sumario 32/04/2022 con ocasión del incidente ocurrido en un ejercicio de adiestramiento básico de un avión EF-18MC 15-41 en una misión programada AS-301 (vuelo a muy baja cota). Durante dicho ejercicio el piloto golpeó el avión con dos cables de tendido eléctrico provocando distintos daños en la aeronave. El procedimiento se encuentra en fase de instrucción, habiéndose dictado auto de procesamiento contra el piloto de la aeronave por un presunto delito de daños cometidos en bienes afectos a las FAS por imprudencia grave.

5. Fiscalía del TMT 4.º (A Coruña).

En el territorio del TMT 4.º figuran como procedimientos de relevancia:

– Sumario 41/07/22: Seguido contra un Sargento Primero destinado en el Acuartelamiento de Atocha (A Coruña), ante la sospecha de que pudiera estar traficando con drogas dentro de la Unidad. La causa se encuentra en instrucción, habiendo solicitado la Fiscalía el procesamiento del Suboficial por un delito contra la eficacia del servicio, en su modalidad de tráfico de sustancias estupefacientes que causan grave daño para la salud.

– Sumario 43/03/22: Seguido contra un Subteniente del Ejército como consecuencia de la denuncia presentada por una Soldado destinada en el Acuartelamiento «Diego Porcelos» (Burgos), por abusos sexuales. Se encuentra en fase de instrucción, habiéndose acordado el procesamiento del Suboficial como presunto autor de dos delitos de «abuso de autoridad» en su modalidad de trato degradante, en relación de concurso ideal con dos delitos de abusos sexuales continuados. Se encuentra en fase de instrucción.

6. Fiscalía del TMT 5.º (Santa Cruz de Tenerife).

En el ámbito del TMT 5.º figura como procedimiento de relevancia el sumario 52/03/2015, instruido como consecuencia del accidente de helicóptero «Superpuma».

HD 21-10, del 802 Escuadrón del Ejército del Aire, en el que fallecieron sus 4 tripulantes. Dicho sumario fue sobreseído definitivamente por el TMT 5.º aunque posteriormente la Sala V del Tribunal Supremo estimó el recurso de casación interpuesto por la acusación particular, acordando la devolución del procedimiento al Juzgado Togado Militar Territorial núm. 52 para que continuara la instrucción del sumario y procediera a la práctica de determinadas diligencias de prueba. Actualmente se encuentra aún en fase de instrucción pendiente de un nuevo informe solicitado al INTA.