CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 5. INSPECCIÓN FISCAL

5.6 Movilidad en el seno de la carrera fiscal. Concursos, ascensos y comisiones de servicio internas en 2022. Breve referencia a los/as abogados/as fiscales en expectativa de destino

Acontecimiento

Número de movimientos

% Sobre el total de integrantes de la Carrera

Concursos discrecionales

52

1,99

Concursos reglados

241

9,22

Comisiones de servicio internas con relevación de funciones

16

0,61

Nuevas incorporaciones a la carrera fiscal

127

4,86

Ascensos de segunda a primera categoría

7

0,26

Ascensos de segunda a tercera categoría

31 + 77 = 108

4,13

Total

551

21,07

En el ejercicio de 2022 se han producido un total de 551 movimientos en la plantilla en activo del Ministerio Fiscal como consecuencia de los acontecimientos señalados en la columna izquierda de la tabla anterior. Dichos movimientos afectan a casi el 22 % de la plantilla, lo que revela una dinamización de la carrera fiscal que constituye la senda sobre la que seguir insistiendo. A continuación, se analizan con detalle algunos de los supuestos recogidos en la tabla.

5.6.1 Concursos discrecionales

Dispone el artículo el artículo 13.1 EOMF que corresponde al/a la Fiscal General del Estado la facultad de proponer al Gobierno los ascensos y nombramientos para los distintos cargos, previo informe del Consejo Fiscal, oído el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma respectiva cuando se trate de cargos en las fiscalías de su ámbito territorial. Por su parte el artículo 14.4 del propio Estatuto indica que corresponde al Consejo Fiscal informar las propuestas pertinentes respecto al nombramiento de los diversos cargos y elaborar los informes para ascensos de los miembros de la carrera fiscal (letras c y d del art. 35 EOMF).

En 2022 se han convocado cuatro importantes concursos discrecionales a resultas de los cuales la persona titular de la Fiscalía General del Estado efectuó 52 propuestas que dieron lugar al nombramiento y publicación en el BOE de los cargos de designación discrecional siguientes:

1. Orden JUS/1425/2021, de 21 de diciembre, para la cobertura de las plazas de Teniente Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo y Fiscal de segunda categoría de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.

2. Orden JUS/134/2022, de 28 de febrero, en la que fueron ofertadas las plazas de Fiscal de Sala Jefe/a de la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fiscal de Sala Jefe/a de la Unidad de Apoyo, Fiscal de Sala de la Sección de lo Social de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fiscal de Sala de Cooperación Penal Internacional, Fiscal de Sala de Criminalidad Informática, Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo, Fiscal de Sala de Seguridad Vial, Fiscal de Sala de Extranjería, Fiscal de Sala Jefe de la Audiencia Nacional, Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga, fiscal de segunda categoría de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fiscales Superiores del País Vasco, Región de Murcia, Andalucía, teniente fiscal de la Fiscalía Especial Antidroga, tenientes fiscales de la Fiscalía del País Vasco, Cantabria, Galicia y Región de Murcia y fiscales jefes/as de las fiscalías provinciales de Zaragoza, Salamanca, Girona, Cádiz, Almería, Lleida, Tarragona y Álava.

3. Orden JUS/832/2022, de 29 de agosto, que incluía las plazas de Fiscal de Sala de la Fiscalía Togada, Fiscal Jefe/a de la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, Inspector/a Fiscal, Fiscales Superiores de la Comunidad Autónoma de Canarias, La Rioja, teniente fiscal de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fiscal de segunda categoría de la Fiscalía Antidroga, fiscales jefes/as de las fiscalías provinciales de Granada, Málaga, Huesca, y fiscales jefes/as de las fiscalías de área de Sabadell, Móstoles, Granollers y Ferrol.

4. Orden JUS/1001/2022, de 19 de octubre, en el que se ofertaron las plazas de fiscal de segunda categoría de la Sección de lo Social de la Fiscalía del Tribunal Supremo, fiscal de segunda categoría de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, fiscales jefes/as de las fiscalías provinciales de Tenerife, Bizkaia, teniente fiscal de la Fiscalía de la Rioja, de la Comunidad de Castilla y León, y fiscales jefes/as de las fiscalías de área de Cartagena, Alcalá de Henares y Mérida.

Al total de 52 plazas discrecionales informadas por el Consejo en el año 2022 debe sumarse la designación del Excmo. Sr. Promotor de la Acción Disciplinaria y una comisión de servicios en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Catalunya.

Todas las propuestas de nombramiento fueron seguidas del correspondiente nombramiento rubricado por la Excma. Sra. Ministra de Justicia y su publicación en el BOE.

5.6.2 Concursos ordinarios o reglados

La Inspección Fiscal impulsa periódicamente la convocatoria de concursos reglados de plazas vacantes que se tramitan desde hace varios años por el sistema de cobertura «a resultas», modalidad que presenta la ventaja de concentrar en una única convocatoria y resolución, la cobertura de las plazas desiertas ofertadas y la de todas aquellas que, derivadas de la anterior adjudicación, quedan vacantes, facilitando la producción de un elevado número de movimientos de fiscales y abogados/as fiscales que, de otro modo, no sería viable en un solo ejercicio anual.

La entrada en vigor del nuevo Reglamento del Ministerio Fiscal, ha supuesto un cambio en los concursos reglados, en cuanto se atribuye de manera expresa a la Inspección Fiscal la preparación de las propuestas de convocatoria y la ulterior gestión de los concursos reglados (art. 13.7).

La inexistencia de una aplicación de gestión de personal que permita conocer la exacta situación administrativa de todos y cada uno de los miembros de la carrera fiscal, así como el número de plazas realmente vacantes –ordinarias y del artículo 355 bis LOPJ–, convierte en imprescindible la colaboración y coordinación con el Ministerio de Justicia para dar efectivo cumplimiento a la disposición reglamentaria. Existe por tanto un ámbito muy fértil de colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Inspección Fiscal a la hora de gestionar los concursos reglados, que incluye la relación fluida con SAPIMSA, empresa consultora informática que trabaja con carácter externalizado para el Ministerio de Justicia prestando el necesario soporte tecnológico, entre otros, en los procesos de traslado que afectan a los miembros del Ministerio Fiscal.

El escaso número de plazas desiertas, junto con el compromiso por parte del Ministerio de Justicia de aprobar un aumento de plantilla, determinó la decisión de demorar la convocatoria del concurso ordinario hasta la publicación de dicha ampliación que, si bien estaba inicialmente prevista para finales de marzo, no tuvo lugar hasta el mes de mayo, momento en que se produjo la publicación del Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo, por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.

En fecha 26 de mayo de 2022, la Excma. Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, en sustitución de la Fiscal General del Estado (art.17. a EOMF), remitió a la Ministra de Justicia la propuesta de convocatoria de concurso con la relación de plazas vacantes (4 de teniente fiscal de fiscalías provinciales, 59 plazas ordinarias de fiscal, 4 plazas de fiscal a cubrir conforme a las previsiones del artículo 355 bis, 9 plazas ordinarias de abogado fiscal y 1 plaza de abogado fiscal del artículo 355 bis.). La referida propuesta junto con la relación de plazas a resultas fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 13 de junio de 2022 mediante la Orden JUS/536/2022, de 9 de junio, por el que se convoca concurso de traslados para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal.

En este concurso se presentaron un total de 526 instancias electrónicas y 10 en papel impreso, estás últimas correspondientes a fiscales en situación de servicios especiales o excedencia voluntaria.

La propuesta de resolución del concurso –que implicaba un total de 241 movimientos de fiscales y abogados fiscales, que supone el 9,21 % de quienes integran la institución–, fue trasladada a toda la carrera y al Consejo Fiscal, formulándose observaciones por cuatro fiscales, de las cuales solo una fue estimada. La propuesta, junto con copia de las observaciones presentadas y las resoluciones finalmente adoptadas se elevaron al Ministerio de Justicia el 22 de julio de 2022 para su aprobación y ulterior publicación (art. 69.1 RMF).

En el oficio de remisión dirigido al Ministerio de Justicia se hizo constar expresamente la circunstancia de que, en caso de producirse la resolución del concurso en el plazo de dos meses previsto en el precepto reglamentario invocado, la misma coincidiría con el mes de agosto, lo que podría afectar al disfrute de los permisos de vacaciones de los/as fiscales interesados/as, además de generar una importante disfunción en la organización y la correcta prestación de los servicios en las distintas fiscalías afectadas. Por dicho motivo, la Inspección Fiscal interesó la ampliación del plazo máximo de resolución del concurso hasta el mes de septiembre al concurrir circunstancias excepcionales que lo hacían necesario de conformidad con lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

La publicación en el BOE del resultado del concurso se produjo el 7 de septiembre de 2022, fecha en que vieron la luz el Real Decreto 745/2022, de 6 de septiembre y la Orden JUS/852/2022, de 1 de septiembre, por los que se resuelven el concurso de traslado para la cobertura de plazas vacantes en el Ministerio Fiscal.

Con la resolución de este concurso, todos los abogados fiscales que se encontraban en aquel momento en situación de expectativa de destino obtuvieron plaza en propiedad (art. 31 RMF), quedando desiertas únicamente ocho plazas de abogado fiscal. En la referida Orden se adjudicaron a tres fiscales que ocupaban plaza de abogado fiscal tres plazas de categoría segunda del mismo órgano fiscal, al no haber ningún solicitante de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 69.4 RMF, quedando entonces otras tres plazas desiertas de la tercera categoría.

5.6.3 Ascensos

El Real Decreto 437/1983 de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, establece como competencia de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal elaborar los informes para ascensos de los miembros de la Carrera Fiscal que se rijan por criterios reglados (art. 4.1).

El 8 de febrero de 2022 la Fiscal General del Estado elevó propuesta de promoción a la categoría de fiscal a 31 abogados fiscales como consecuencia de 5 ascensos a primera categoría, 5 fallecimientos, 19 jubilaciones y 4 excedencias voluntarias, además de 2 reingresos en el servicio activo. Circunstancias estas producidas desde el último ascenso que tuvo lugar por RD 95/2021, de 16 de febrero, sobre promociones en la Carrera Fiscal (BOE de 17 de febrero). Dicha propuesta fue aprobada en virtud del Real Decreto 155/2022, de 22 de febrero, sobre promociones en la carrera fiscal.

Por último, en fecha 16 de diciembre se remitió nueva propuesta de ascensos de los miembros de la carrera fiscal al Consejo Fiscal para informe (art. 4.1 RD 437/1983 y art. 37.2 EOMF), sin que se formulara observación alguna. La propuesta afectaba a 77 abogados fiscales a raíz de los 6 ascensos producidos a la primera categoría, 2 fallecimientos, 16 jubilaciones y 1 excedencia voluntaria por interés particular, vacantes de segunda categoría producidas desde el Real Decreto 155/2022, a las que había que sumar las 52 plazas de nueva creación de la segunda categoría, creadas en virtud del Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo, por el que se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.

La propuesta fue remitida al Ministerio de Justicia en fecha 27 de diciembre de 2022 y ha sido el 25 de enero de 2023 cuando se ha publicado en el BOE el Real Decreto 45/2023, de 24 de enero, sobre promociones en la Carrera Fiscal.

5.6.4 Comisiones de servicio internas

Promueve la Inspección Fiscal en 2022 un mecanismo capaz de incrementar la movilidad dentro de la institución que, si bien ya estaba previsto en la Instrucción 3/2015 de la Fiscalía General del Estado, sobre comisiones de servicio en la carrera fiscal para la cobertura temporal de plazas no ocupadas por ausencia de su titular o vacante, lo cierto es que en el pasado apenas se había utilizado.

En la actualidad, el Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal prevé de forma pormenorizada la posibilidad de ofrecer determinadas plazas en comisión de servicios internas en sus artículos 9 y siguientes, siendo voluntad de la Fiscalía General del Estado efectuar dichas ofertas de forma regular, pues se fomenta la posibilidad de asumir nuevos retos por parte de los y las fiscales, con el consiguiente estímulo profesional.

Por Decreto del Fiscal General del Estado de 16 de octubre de 2022 se inició el procedimiento de cobertura de plazas mediante comisión de servicios interna con relevación de funciones para un total de 20 plazas, 4 de ellas de segunda categoría ubicadas en la Fiscalía de área de Cartagena, Fiscalía provincial de Zaragoza, Fiscalía provincial de Girona y Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra y otras 16 plazas de tercera categoría ubicadas en la Fiscalía de área de Alcalá de Henares (1 plaza), Fiscalía provincial de Salamanca (1), Fiscalía provincial de Madrid (5 plazas), Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (1 plaza), Fiscalía provincial de Barcelona (4 plazas), Fiscalía provincial de Toledo (1 plaza), Fiscalía provincial de Valencia (1 plaza), Fiscalía provincial de Alicante (1 plaza) y sección territorial de Torrevieja, Alicante (1 plaza).

La Inspección Fiscal remitió la convocatoria a todos los órganos fiscales el 17 de octubre de 2022. Concluido el plazo para formular las correspondientes solicitudes, una vez analizada la documentación y oído el Consejo Fiscal, se acordó la adjudicación de las plazas ofertadas en comisión de servicio a los peticionarios con mayor antigüedad en el escalafón no excluidos del procedimiento de selección por medio de Decreto del Fiscal General del Estado de 10 de noviembre de 2022, quedando no obstante vacantes tres de las comisiones en la Fiscalía provincial de Barcelona y la de la sección territorial de Torrevieja.

5.6.5 Breve referencia a los/as alumnos/as fiscales de la 60.ª promoción. Plazas en titularidad y fiscales en expectativa de destino

Durante el año 2022 los/as alumnos/as del Centro de Estudios Jurídicos aspirantes a ser nombrados abogados fiscales realizaron el curso teórico y práctico de carácter selectivo, tras haber aprobado el examen de oposición libre convocado mediante el Acuerdo de 18 de diciembre de 2020 de la Comisión de Selección a la que se refiere el art. 305 LOPJ.

Una vez superado el curso y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 RMF, los alumnos de la 60.ª promoción de fiscales fueron nombrados abogados fiscales por Orden de la persona titular del Ministerio de Justicia. La adjudicación de destinos a los/as fiscales de nuevo ingreso ha de realizarse de acuerdo con las peticiones de los/as interesados/as entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden establecido en el proceso selectivo.

El 22 de noviembre de 2022, la Fiscalía General del Estado –a través de la Inspección Fiscal–, trasladó al Centro de Estudios Jurídicos la relación de las plazas a ofertar a los 127 aspirantes a ingresar en la carrera fiscal. Solo se pudieron ofrecer en titularidad las 11 plazas que habían quedado desiertas tras el último concurso de traslado publicado.

Para la elaboración de la relación de las 116 plazas a ofertar en expectativa de destino la Inspección Fiscal realizó un estudio pormenorizado de las diferentes necesidades de los órganos territoriales que integran el Ministerio Fiscal, valorándose varios parámetros que aparecen reflejados en el informe remitido al Consejo Fiscal en sesión del Pleno de 15 de diciembre. A modo de resumen, señalar que se tuvieron en cuenta los refuerzos existentes en esa fecha en las distintas fiscalías, las necesidades del servicio, la creación de juzgados mixtos, de instrucción y de violencia sobre la mujer en virtud del Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2022 y adecuación de la planta judicial, las comisiones de servicio internas que igualmente se han ofertado durante el ejercicio y la consideración del tipo de fiscalía ofertada, excluyendo de la propuesta las fiscalías provinciales de Madrid y de Barcelona, no porque no cuenten con refuerzos ni nuevos órganos judiciales sino porque se trata de plazas ampliamente demandadas por la carrera, y estimarse la conveniencia de incluir en la propuesta como primeros destinos aquellos ubicados en fiscalías de área o secciones territoriales en las que resultara previsible que los abogados fiscales pudieran obtener próximamente una plaza en propiedad.

El 19 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE la Orden JUS/1249/2022, de 13 de diciembre, por la que nombran Abogados y Abogadas fiscales a los alumnos/as del Centro de Estudios Jurídicos, correspondientes a la convocatoria aprobada por Acuerdo de la Comisión de Selección de Jueces y Fiscales de 18 de diciembre de 2020.

Los compañeros en expectativa de destino prestan juramento o promesa y toman posesión ante el/la Fiscal General del Estado. Están obligados a concursar a todas las plazas que se ofrezcan hasta obtener destino y cesan en el momento de ser destinados a las vacantes que se van produciendo, según su orden numérico en la lista de aspirantes aprobados, no teniendo preferencia para ocupar plaza en propiedad aun cuando la vacante se produzca en la fiscalía donde están destinados en expectativa. El tiempo transcurrido en expectativa de destino les es computable a todos los efectos, incluidos los relativos al tiempo mínimo de permanencia –un año– en el primer destino, conforme prevé el art. 36.5 EOMF.

El progresivo incremento de la cifra de fiscales que se incorporan a la carrera fiscal en esa situación revela la necesidad de abordar sin demora la progresiva ampliación de la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal con un incremento de plazas que acomode las plantillas a las necesidades reales de la carrera. Es además urgente la creación de plazas de segunda categoría, hasta alcanzar la equiparación con la carrera judicial.

A tal fin, la Inspección forma parte de los encuentros mantenidos regularmente con el Ministerio de Justicia para el estudio y materialización de la reconversión de plazas de tercera en segunda categoría, estando en el momento de redactar estas líneas, pendientes de la resolución por parte de dicho departamento de la prevista reconversión de un total de 219 plazas de tercera.