CAPÍTULO I. FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO - 2. ACTIVIDAD DEL CONSEJO FISCAL EN 2022

2.2. ACTIVIDAD DEL CONSEJO FISCAL EN 2022

2.1 Introducción

El Consejo Fiscal constituido en 2018 agotó su periodo lectivo en el mes de abril de 2022, por lo que fue renovado tras las elecciones celebradas el 4 de mayo de 2022, una vez cumplimentados el proceso electoral según las previsiones del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal.

Este órgano está constituido, bajo la Presidencia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, por el/la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y el/la Fiscal Jefe/a Inspector/a como Vocales natos/as, así como por nueve Vocales electos, pertenecientes a cualquiera de las tres categorías de la carrera fiscal y elegidos cada cuatro años por sufragio de todos los miembros en servicio activo de la carrera (arts. 12.b y 14.1 EOMF).

Su regulación se contiene en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, esencialmente en su artículo 14, aun cuando son numerosas las referencias al Consejo Fiscal en otros preceptos del texto estatutario, desarrollándose su normativa en el Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal que ha sido objeto de diversas modificaciones, siendo la última de ellas por Real Decreto 1009/2017, de 1 de diciembre. Además, el Consejo dispone de un Reglamento de Régimen Interior aprobado en sesión del Pleno celebrado el día 20 de septiembre de 1983. Asimismo, por Decreto de 21 de junio de 2019 se aprobaron los «Criterios de ejercicio de la competencia del Consejo Fiscal para informar los proyectos de ley o normas reglamentarias que afecten a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal».